ࡱ> 35012q bjbjt+t+ AA̦wj]D D D Z n n n 4 h ,6 T *8n(*******$,-^*n "*n n =n n * n n n n *|$n n *$PJ g*& Organizacin Mundial WT/MIN(96)/16PRIVATE  13 de diciembre de 1996 del ComercioADVANCE \U 4.25 (96-5438)  ADVANCE \U 14.15CONFERENCIA MINISTERIAL Singapur, 9-13 de diciembre de 1996 DECLARACIN MINISTERIAL SOBRE EL COMERCIO DE PRODUCTOS DE TECNOLOGA DE LA INFORMACIN SINGAPUR, 13 DE DICIEMBRE DE 1996 Los Ministros, En representacin de los siguientes Miembros de la Organizacin Mundial del Comercio ("OMC") y Estados o territorios aduaneros distintos en proceso de adhesin a la OMC, que han llegado a un acuerdo en Singapur sobre la expansin del comercio mundial de productos de tecnologa de la informacin, y que representan un porcentaje bastante superior al 80 por ciento del comercio mundial de esos productos ("partes"): PRIVATE AustraliaJapnCanadNoruegaComunidades EuropeasSingapurCoreaSuizaEstados UnidosTerritorio Aduanero Hong Kong Distinto de Taiwn, Indonesia Penghu, Kinmen y MatsuIslandiaTurqua Considerando la funcin clave que desempea el comercio de productos de tecnologa de la informacin en el desarrollo de las industrias de la informacin y en la expansin dinmica de la economa mundial, Reconociendo los objetivos de elevacin de los niveles de vida y expansin de la produccin y el comercio de mercancas, Deseosos de conseguir la mxima libertad del comercio mundial de productos de tecnologa de la informacin, Deseosos de fomentar el desarrollo tecnolgico continuo de la industria de la tecnologa de la informacin en todo el mundo, Conscientes de la contribucin positiva que hace la tecnologa de la informacin al crecimiento econmico y al bienestar mundiales, Habiendo acordado llevar a efecto los resultados de estas negociaciones que implican concesiones adicionales a las incluidas en las Listas anexas al Protocolo de Marrakech anexo al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, Reconociendo que los resultados de estas negociaciones implican tambin algunas concesiones ofrecidas en negociaciones conducentes al establecimiento de Listas anexas al Protocolo de Marrakech, Declaran lo siguiente: seq level0 \h \r0 seq level1 \h \r0 seq level2 \h \r0 seq level3 \h \r0 seq level4 \h \r0 seq level5 \h \r0 seq level6 \h \r0 seq level7 \h \r0 seq level0 \*arabic1. El rgimen de comercio de cada parte deber evolucionar de manera que aumenten las oportunidades de acceso a los mercados para los productos de tecnologa de la informacin. seq level0 \*arabic2. De conformidad con las modalidades establecidas en el Anexo de la presente Declaracin, cada parte consolidar y eliminar los derechos de aduana y los dems derechos o cargas de cualquier clase, en el sentido del prrafo 1 b) del artculo II del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, con respecto a los siguientes productos: a) todos los productos clasificados (o clasificables) en las partidas del Sistema Armonizado de 1996 ("SA") enumeradas en el Apndice A del Anexo de la presente Declaracin;y b) todos los productos especificados en el Apndice B del Anexo de la presente Declaracin, estn o no incluidos en el Apndice A; mediante reducciones iguales de los tipos de los derechos de aduana a partir de 1997 y hasta el ao2000, reconociendo que, en limitadas circunstancias, podra ser necesario ampliar el escalonamiento de las reducciones y, antes de la aplicacin, los productos comprendidos. 3. Los Ministros manifiestan su satisfaccin por el gran nmero de productos comprendidos que figuran en los Apndices del Anexo de la presente Declaracin. Encomiendan a sus respectivos representantes que hagan esfuerzos de buena fe para finalizar las conversaciones tcnicas plurilaterales que se celebrarn en Ginebra sobre la base de esas modalidades y que completen esa tarea no ms tarde del 31 de enero de 1997, con el fin de conseguir que la presente Declaracin sea aplicada por el mayor nmero posible de participantes. 4. Los Ministros invitan a los Ministros de los dems Miembros de la OMC y de los Estados o territorios aduaneros distintos en proceso de adhesin a la OMC a que impartan instrucciones anlogas a sus respectivos representantes, con el fin de que puedan tomar parte en las conversaciones tcnicas a que se hace referencia en el prrafo 3 supra y participar plenamente en la expansin del comercio mundial de productos de tecnologa de la informacin. Anexo: Modalidades y productos comprendidos Apndice A: Lista de partidas del SA Apndice B: Lista de productos ANEXO Modalidades y productos comprendidos Todo Miembro de la Organizacin Mundial del Comercio, o Estado o territorio aduanero distinto en proceso de adhesin a la OMC, podr participar en la expansin del comercio mundial de productos de tecnologa de la informacin de conformidad con las modalidades siguientes: seq level0 \h \r0 seq level1 \h \r0 seq level2 \h \r0 seq level3 \h \r0 seq level4 \h \r0 seq level5 \h \r0 seq level6 \h \r0 seq level7 \h \r0 seq level0 \*arabic1. Cada participante incorporar las medidas descritas en el prrafo 2 de la Declaracin a su lista anexa al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y adems, a nivel de lnea arancelaria de su arancel o a nivel de 6 dgitos del Sistema Armonizado de 1996 ("SA"), a su arancel oficial o a cualquier otra versin publicada del arancel de aduanas, si fuera esa otra la utilizada comnmente por los importadores y los exportadores. Cada uno de los participantes que no sea Miembro de la OMC aplicar estas medidas de manera autnoma, en espera de la culminacin de su adhesin a la OMC, y las incorporar a su lista sobre acceso a los mercados para las mercancas, anexa al Acuerdo sobre la OMC. seq level0 \*arabic2. A estos efectos, cada participante proporcionar a los dems participantes lo antes posible, y en todo caso el 1 de marzo de 1997 a ms tardar, un documento que contenga a) los pormenores sobre cmo prever el trato arancelario adecuado en su lista de concesiones anexa al Acuerdo sobre la OMC, y b) una lista de las partidas detalladas del SA a las que correspondan los productos especificados en el Apndice B. Estos documentos se examinarn y se aprobarn por consenso y el proceso de examen se terminar el 1de abril de 1997 a ms tardar. En cuanto haya terminado este proceso de examen de cualquiera de esos documentos, ese documento se presentar como modificacin de la Lista del participante de que se trate, de conformidad con la Decisin de 26 de marzo de 1980 sobre Procedimientos para la modificacin o rectificacin de las listas de concesiones arancelarias (IBDD27S/25). a) Las concesiones que debe proponer cada participante como modificaciones de su Lista consolidarn y eliminarn, de la forma que a continuacin se indica, todos los derechos de aduana y los dems derechos o cargas de cualquier clase aplicados a los productos de tecnologa de la informacin: i) la eliminacin de dichos derechos de aduana se llevar a cabo mediante reducciones en tramos iguales de los tipos, a no ser que los participantes acuerden lo contrario. Salvo acuerdo en contrario de los participantes, cada participante consolidar a ms tardar todos los aranceles aplicados a los productos enumerados en los Apndices el 1 de julio de 1997 y har efectiva a ms tardar la primera de esas reducciones de los tipos el 1 de julio de 1997, la segunda el 1 de enero de 1998 y la tercera el 1 de enero de 1999, y la eliminacin de los derechos de aduana quedar completada el 1 de enero del ao 2000 a ms tardar. Los participantes acuerdan alentar la eliminacin autnoma de los derechos de aduana antes de las fechas indicadas. En cada fase, el tipo reducido deber redondearse al primer decimal; y ii) la eliminacin de los dems derechos y cargas de cualquier clase citados, en el sentido del prrafo 1 b) del artculo II del Acuerdo General, quedar completada el 1 de julio de 1997, a no ser que en el documento facilitado por el participante a los dems participantes para su examen se indique lo contrario. b) Las modificaciones de su Lista que debe proponer un participante para llevar a cabo la consolidacin y eliminacin de los derechos de aduana aplicados a los productos de tecnologa de la informacin tendrn ese resultado: i) en el caso de las partidas del SA que se indican en el Apndice A, mediante la creacin, cuando proceda, de subdivisiones en la Lista de ese participante a nivel de lnea arancelaria de su arancel nacional; y ii) en el caso de los productos especificados en el Apndice B, mediante la adicin a la Lista de ese participante de un anexo en el que estarn incluidos todos los productos del Apndice B, en el que han de especificarse las partidas detalladas del SA correspondientes a dichos productos a nivel de lnea arancelaria de su arancel nacional o de 6 dgitos del SA. Cada participante modificar inmediatamente su arancel nacional de aduanas para recoger en l las modificaciones que haya propuesto, tan pronto como stas hayan comenzado a surtir efecto. seq level0 \*arabic3. Los participantes se reunirn peridicamente bajo los auspicios del Consejo del Comercio de Mercancas a fin de examinar los productos comprendidos que se especifican en los Apndices, con miras a acordar por consenso si, a la luz de la evolucin de la tecnologa, la experiencia en la aplicacin de las concesiones arancelarias o los cambios de la nomenclatura del SA, debern modificarse los Apndices para incorporar productos adicionales, y a fin de celebrar consultas sobre los obstculos no arancelarios al comercio de productos de tecnologa de la informacin. Dichas consultas no afectarn a los derechos y obligaciones dimanantes del Acuerdo sobre la OMC. seq level0 \*arabic4. Los participantes se reunirn tan pronto como sea factible pero en todo caso no ms tarde del 1 de abril de 1997 para examinar la situacin de las aceptaciones recibidas y evaluar las conclusiones que deban extraerse. Los participantes pondrn en aplicacin las medidas previstas en la presente Declaracin a condicin de que para entonces hayan notificado su aceptacin participantes que representen aproximadamente el 90 por ciento del comercio mundial de productos de tecnologa de la informacin, y a condicin de que se haya acordado el escalonamiento a satisfaccin de los participantes. Para determinar si se han de poner en aplicacin las medidas previstas en la Declaracin, en el caso de que el porcentaje del comercio mundial representado por los participantes sea algo inferior al 90 por ciento del comercio mundial de productos de tecnologa de la informacin los participantes podrn tener en cuenta el grado de participacin de los Estados o territorios aduaneros distintos que representen para ellos el volumen sustancial de su propio comercio de dichos productos. En esa reunin los participantes comprobarn si se han cumplido estos criterios. seq level0 \*arabic5. Los participantes se reunirn cuantas veces sea necesario y en todo caso el 30 de septiembre de1997 a ms tardar para examinar las discrepancias que puedan existir entre ellos en lo que respecta a la clasificacin de los productos de tecnologa de la informacin, comenzando por los productos especificados en el Apndice B. Los participantes se fijan el objetivo comn de establecer, en su caso, una clasificacin comn para esos productos dentro de la nomenclatura actual del SA, tomando en consideracin las interpretaciones y decisiones del Consejo de Cooperacin Aduanera (conocido tambin como Organizacin Mundial de Aduanas u "OMA"). En caso de que persista una discrepancia en cuanto a la clasificacin, los participantes examinarn la posibilidad de hacer una propuesta conjunta a la OMA con respecto a la actualizacin de la nomenclatura existente del SA o a la solucin de la discrepancia en la interpretacin de la nomenclatura del SA. seq level0 \*arabic6. Los participantes entienden que el artculo XXIII del Acuerdo General ser aplicable a la anulacin o menoscabo de ventajas resultantes directa o indirectamente para un Miembro de la OMC de la aplicacin de la presente Declaracin como consecuencia de la aplicacin de cualquier medida por otro Miembro de la OMC participante, est o no dicha medida en conflicto con las disposiciones del Acuerdo General. seq level0 \*arabic7. Cada participante examinar con comprensin cualquier solicitud de celebracin de consultas que formule otro participante con respecto a los compromisos enunciados supra. Dichas consultas se entendern sin perjuicio de los derechos y obligaciones dimanantes del Acuerdo sobre la OMC. seq level0 \*arabic8. Los participantes, actuando bajo los auspicios del Consejo del Comercio de Mercancas, informarn de las presentes modalidades a los dems Miembros de la OMC y a los Estados o territorios aduaneros distintos en proceso de adhesin a la OMC y entablarn consultas con miras a facilitar su participacin en la expansin del comercio de productos de tecnologa de la informacin sobre la base de la presente Declaracin. seq level0 \*arabic9. En las presentes modalidades se entender por "participante" todo Miembro de la OMC, o todo Estado o territorio aduanero distinto en proceso de adhesin a la OMC, que el 1 de marzo de1997 a ms tardar haya proporcionado el documento descrito en el prrafo 2. seq level0 \*arabic10. El presente Anexo estar abierto a la aceptacin de todos los Miembros de la OMC y de cualquier Estado o territorio aduanero distinto en proceso de adhesin a la OMC. Las aceptaciones se notificarn por escrito al Director General, quien las comunicar a todos los participantes. El Anexo tiene dos Apndices. En el Apndice A se enumeran las partidas del SA o las partes de las mismas que quedarn comprendidas. En el Apndice B se enumeran los productos especficos que quedarn comprendidos en un Acuerdo sobre Tecnologa de la Informacin, cualquiera que sea la partida del SA en que estn clasificados. Apndice A, seccin 1 PRIVATE  SA 96Designacin del SAADVANCE \D 4.553818Elementos qumicos impurificados para uso en electrnica, en discos, plaquitas o formas anlogas; compuestos qumicos impurificados para uso en electrnica846911Mquinas para tratamiento de textos8470Calculadoras y mquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con funcin de clculo; mquinas de contabilidad; mquinas de franquear, expedir boletos (tiques) y mquinas similares, con dispositivo de clculo; cajas registradoras847010Calculadoras electrnicas que funcionen sin fuente de energa exterior y mquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con funcin de clculo847021Las dems calculadoras electrnicas con dispositivo de impresin847029Las dems847030Las dems calculadoras847040Mquinas de contabilidad847050Cajas registradoras847090Las dems8471Mquinas automticas para tratamiento de informacin y sus unidades; lectores magnticos u pticos, mquinas para registro de informacin sobre soportes en forma codificada y mquinas para tratamiento de esta informacin, no expresadas ni comprendidas en otras partidas847110Mquinas automticas para tratamiento de informacin, analgicas o hbridas847130Mquinas automticas para tratamiento de informacin porttiles y digitales, de peso inferior o igual a 10 kg, que comprendan, por lo menos, una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador847141Las dems mquinas automticas para tratamiento de informacin digitales, que lleven bajo una envuelta (gabinete) comn, por lo menos, una unidad central de proceso, una unidad de entrada y una de salida, estn o no combinadas847149Las dems mquinas automticas para tratamiento de informacin digitales presentadas en forma de sistemas847150Unidades de tratamiento digitales, excepto las de las subpartidas 8471 41 y 8471 49, aunque lleven bajo la misma envuelta (gabinete) uno o dos tipos de unidades siguientes: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salida847160Unidades de entrada o de salida, aunque lleven unidades de memoria bajo la misma envuelta (gabinete)847170Unidades de memoria, incluidas las unidades de memoria centrales, las unidades de memoria de disco pticas, las unidades de memoria de disco duro y las unidades de memoria de cinta847180Las dems unidades de mquinas automticas para tratamiento de informacin847190Las demsex847290Cajeros automticos847321Partes y accesorios de mquinas de la partida 8470 de calculadoras electrnicas de las subpartidas8470 10, 8470 21 y 8470 29847329Partes y accesorios de mquinas de la partida 8470 que no sean las calculadoras electrnicas de las subpartidas 8470 10, 8470 21 y 8470 29847330Partes y accesorios de mquinas de la partida 8471847350Partes y accesorios que puedan utilizarse indistintamente con mquinas o aparatos de dos o ms de las partidas 8469 a 8472ex850440Convertidores estticos destinados a mquinas automticas para tratamiento de informacin y sus unidades, y aparatos de telecomunicacinex850450Las dems bobinas de reactancia y de autoinduccin para fuentes de alimentacin de mquinas automticas para tratamiento de informacin y sus unidades, y aparatos de telecomunicacin8517Aparatos elctricos de telefona o telegrafa con hilos, incluidos los telfonos de abonado de auricular (combinado con micrfono) inalmbrico y los apartados para sistemas de telecomunicacin por corriente portadora o para sistemas de telecomunicacin numricos (digitales); videfonos851711Telfonos de abonado de auricular (combinado con micrfono) inalmbrico851719Los dems telfonos de abonado y videfonos851721Telefax851722Teleimpresores851730Aparatos de conmutacin para telefona o telegrafa851750Los dems aparatos de telecomunicacin por corriente portadora o telecomunicacin numrica (digital)851780Los dems aparatos, incluidos los interfonos851790Partes de aparatos de la partida 85.17ex851810Micrfonos de una gama de frecuencias comprendida entre 300 Hz y 3,4 KHz, con un dimetro igual o inferior a 10 mm y una altura igual o inferior a 3 mm, para uso en telecomunicacionesex851830Auriculares de telfonoex851829Altavoces, sin sus cajas, con una gama de frecuencias comprendida entre 300 Hz y3,4KHz, con un dimetro igual o inferior a 50 mm, para uso en telecomunicaciones852020Contestadores telefnicos852311Cintas magnticas de anchura inferior o igual a 4 mm852312Cintas magnticas de anchura superior a 4 mm pero inferior o igual a 6,5 mm852313Cintas magnticas de anchura superior a 6,5 mm852320Discos magnticos852330Tarjetas con una tira magntica incorporada852390Los dems852431Discos para sistemas de lectura por rayos lser para reproducir fenmenos distintos del sonido o la imagen852432Discos para sistemas de lectura por rayos lser para reproducir nicamente sonidoex852439Los dems: - para reproducir representaciones de instrucciones, datos, sonido e imagen, grabados de forma binaria legible por mquina, y susceptibles de ser manipulados o ser interactivos con el usuario mediante una mquina automtica para tratamiento de informacin852440Cintas magnticas para reproducir fenmenos distintos del sonido o la imagen852460Tarjetas con tira magntica incorporada852491Soportes para reproducir fenmenos distintos del sonido o la imagenex852499Los dems: - para reproducir representaciones de instrucciones, datos, sonido e imagen, grabados de forma binaria legible por mquina, y susceptibles de ser manipulados o ser interactivos con el usuario mediante una mquina automtica para tratamiento de informacinex852510Emisores excepto los aparatos de radiodifusin o televisin852520Emisores receptoresex852540Videocmaras de imagen fija digitalesex852790Receptores de bolsillo para instalaciones de llamada, aviso o bsqueda de personasex852910Antenas del tipo utilizado en aparatos de radiotelefona y de radiotelegrafaex852990Partes de: emisores excepto los aparatos de radiodifusin o televisin emisores receptores videocmaras de imagen fija digitales receptores de bolsillo para instalaciones de llamada, aviso o bsqueda de personas853120Tableros indicadores con dispositivos de cristal lquido (LCD) o diodos emisores de luz (LED)ex853190Partes de aparatos de la subpartida 8531 208532Condensadores elctricos fijos, variables o ajustables853210Condensadores fijos para redes elctricas de 50/60 Hz capaces de absorber una potencia reactiva igual o superior a 0,5 kvar (condensadores de potencia)853221Condensadores fijos de tntalo853222Condensadores fijos electrolticos de aluminio853223Condensadores fijos con dielctrico de cermica de una sola capa853224Condensadores fijos con dielctrico de cermica, multicapas853225Condensadores fijos con dielctrico de papel o de plstico853229Los dems condensadores fijos853230Condensadores variables o ajustables853290Partes8533Resistencias elctricas, excepto las de calentamiento (incluidos los restatos y potencimetros)853310Resistencias fijas de carbono, aglomeradas o de capa853321Las dems resistencias fijas de potencia inferior o igual a 20 W853329Las dems resistencias fijas de potencia igual o superior a 20 W853331Resistencias variables bobinadas, incluidos los restatos y los potencimetros de potencia inferior o igual a 20 W853339Resistencias variables bobinadas, incluidos los restatos y los potencimetros de potencia igual o superior a 20 W853340Las dems resistencias variables, incluidos los restatos y los potencimetros853390Partes8534Circuitos impresosex853650Conmutadores electrnicos de corriente alterna formados por circuitos de entrada y de salida acoplados pticamente (conmutadores de corriente alterna con tiristores, aislados)ex853650Conmutadores electrnicos, incluidos los conmutadores electrnicos con proteccin trmica, formados por un transistor y un microcircuito lgico (tecnologa hbrida) para una tensin igual o inferior a 1000 voltiosex853650Conmutadores con colector electromecnico para una corriente igual o inferior a 11amperiosex853669Clavijas y tomas de corriente para cables coaxiales y circuitos impresosex853690Conexiones y elementos de contacto para hilos y cables8541Diodos, transistores y dispositivos semiconductores similares; dispositivos semiconductores fotosensibles, incluidas las clulas fotovoltaicas, aunque estn ensambladas en mdulos o paneles; diodos emisores de luz; cristales piezoelctricos montados:854110Diodos, excepto los fotodiodos y los diodos emisores de luz854121Transistores, excepto los fototransistores, con una capacidad de disipacin inferior a1W854129Transistores, excepto los fototransistores, con una capacidad de disipacin igual o superior a 1W854130Tiristores, diacs y triacs, excepto los dispositivos fotosensibles854140Dispositivos semiconductores fotosensibles, incluidas las clulas fotovoltaicas aunque estn ensambladas en mdulos o paneles; diodos emisores de luz854150Los dems dispositivos semiconductores854160Cristales piezoelctricos montados854190Partes8542Circuitos integrados y microestructuras electrnicas854212Tarjetas provistas de circuitos integrados electrnicos ("tarjetas inteligentes")854213Semiconductores de xido metlico (tecnologa MOS)854214Circuitos obtenidos por tecnologa bipolar854219Los dems circuitos integrados monolticos digitales, incluidos los circuitos obtenidos por combinacin de las tecnologas MOS y bipolar (tecnologa BIMOS)854230Los dems circuitos integrados monolticos854240Circuitos integrados hbridos854250Microestructuras electrnicas854290Partes854381Tarjetas y etiquetas de activacin por proximidadex854389Mquinas elctricas con funciones de traduccin o de diccionarioex854441Los dems conductores elctricos para una tensin inferior o igual a 80 V, con piezas de conexin, del tipo utilizado para las telecomunicacionesex854449Los dems conductores elctricos para una tensin inferior o igual a 80V, sin piezas de conexin, del tipo utilizado para las telecomunicacionesex854451Los dems conductores elctricos para una tensin superior a 80 V pero inferior o igual a 1.000 V, con piezas de conexin, del tipo empleado en las telecomunicaciones854470Cables de fibras pticas900110Fibras pticas, haces y cables de fibras pticasex900912Fotocopiadoras electrostticas digitales, con reproduccin del original mediante soporte intermedio (procedimiento indirecto)ex900921Las dems fotocopiadoras electrostticas digitales, pticas900990Partes y accesorios9026Instrumentos y aparatos para la medida o control del caudal, nivel, presin u otras caractersticas variables de los lquidos o de los gases (por ejemplo: caudalmetros, indicadores de nivel, manmetros o contadores de calor), con exclusin de los instrumentos y aparatos de las partidas 9014, 9015, 9028 o 9032:902610Instrumentos para la medida o control del caudal o del nivel de los lquidos902620Instrumentos y aparatos para la medida o control de la presin902680Los dems instrumentos y aparatos para la medida o control de la partida 9026902690Partes y accesorios de instrumentos y aparatos de la partida 9026902720Cromatgrafos y aparatos de electroforesis902730Espectrmetros, espectrofotmetros y espectrgrafos que utilicen radiaciones pticas (UV, visibles, IR)902750Los dems instrumentos y aparatos que utilicen radiaciones pticas (UV, visibles, IR) de la partida 9027902780Los dems instrumentos y aparatos de la partida 9027 (excepto los de la partida 902710)ex902790Partes y accesorios de productos de la partida 9027, excepto los analizadores de gases o de humos y los micrtomos903040Instrumentos y aparatos para la medida y control, especialmente concebidos para las tcnicas de telecomunicacin (por ejemplo: hipsmetros, kerdmetros, distorsimetros o sofmetros) Apndice A, seccin 2 Equipos para la fabricacin y pruebas de semiconductores, y partes de los mismos PRIVATE Cdigo delSADesignacin de la mercancaComentariosex7017.10Tubos de reactancia de cuarzo y soportes diseados para su insercin en hornos de difusin y oxidacin para la produccin de discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice Bex8419.89Aparatos de deposicin qumica de vapor para la produccin de semiconductoresPara el Apndice Bex8419.90Partes de los aparatos de deposicin qumica de vapor para la produccin de semiconductoresPara el Apndice Bex8421.19Secadoras centrfugas para la elaboracin de discos (obleas) semiconductoresex8421.91Partes de las secadoras centrfugas para la elaboracin de discos (obleas) semiconductoresex8424.89Mquinas de rebabar para limpiar y eliminar los contaminantes de los hilos metlicos de salida de las estructuras de semiconductores antes del proceso de galvanoplastiaex8424.89Pulverizadores para atacar qumicamente, desnudar o limpiar los discos (obleas) semiconductoresex8424.90Partes de los pulverizadores para atacar qumicamente, desnudar o limpiar los discos (obleas) semiconductoresex8456.10Mquinas que trabajen por arranque de cualquier materia mediante lser u otros haces de luz o de fotones en la produccin de discos (obleas) semiconductoresex8456.91Aparatos para atacar en seco, desnudar o limpiar los discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice B8456.91Mquinas para grabar en seco la traza sobre material semiconductorex8456.99Fresadoras de haces inicos focalizados para la produccin o reparacin de mscaras y retculos utilizados como modelos en los discos (obleas) semiconductoresex8456.99Cortadoras por haz de lser para cortar las pistas de contacto en la produccin de semiconductoresPara el Apndice Bex8464.10Mquinas para cortar en rodajas los lingotes monocristalinos o los discos (obleas) en microplaquitasPara el Apndice Bex8464.20Mquinas de amolar, pulir y rodar para la elaboracin de discos (obleas) semiconductoresex8464.90Mquinas de fragmentacin para marcar o ranurar los discos (obleas) semiconductoresex8466.91Partes de las mquinas para cortar en rodajas los lingotes monocristalinos olos discos (obleas) en microplaquitasPara el Apndice Bex8466.91Partes de las mquinas de fragmentacin para marcar o ranurar los discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice Bex8466.91Partes de las mquinas de amolar, pulir y rodar para la elaboracin de discos (obleas) semiconductores ex8466.93Partes de las fresadoras de haces inicos focalizados para la produccin o reparacin de mscaras y retculos utilizados como modelos en los discos (obleas) semiconductoresex8466.93Partes de las cortadoras por haz de lser para cortar las pistas de contacto en la produccin de semiconductores mediante lserPara el Apndice Bex8466.93Partes de las mquinas que trabajen por arranque de cualquier materia mediante lser u otros haces de luz o de fotones en la produccin de discos (obleas) semiconductoresex8466.93Partes de los aparatos para atacar en seco, desnudar o limpiar los discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice Bex8466.93Partes de la mquinas para grabar en seco la traza sobre material semiconductorex8477.10Equipos de encapsulacin para el montaje de semiconductoresPara el Apndice Bex8477.90Partes de los equipos de encapsulacinPara el Apndice Bex8479.50Mquinas automatizadas para el transporte, la manipulacin y el almacenamiento de discos (obleas) semiconductores, casetes de discos (obleas), cajas de discos (obleas) y dems material para dispositivos semiconductoresPara el Apndice Bex8479.89Aparatos para el crecimiento y estiramiento de los lingotes semiconductores monocristalinosex8479.89Aparatos para la deposicin fsica por pulverizacin en discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice Bex8479.89Aparatos para atacar con cido, revelar, desnudar o limpiar los discos (obleas) semiconductores y los visualizadores de panel planoPara el Apndice Bex8479.89Aparatos de fijacin por matriz, soldadores automticos de cintas y soldadores de hilos para el montaje de semiconductoresPara el Apndice Bex8479.89Equipos de encapsulacin para el montaje de semiconductoresPara el Apndice Bex8479.89Mquinas de deposicin epitaxial para los discos (obleas) semiconductoresex8479.89Mquinas para enrollar, curvar, plegar, enderezar o aplanar los hilos de salida de los semiconductoresPara el Apndice Bex8479.89Aparatos de deposicin fsica para la produccin de semiconductoresPara el Apndice Bex8479.89Rotores para revestir con emulsiones fotogrficas los discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice Bex8479.90Partes de los aparatos para la deposicin fsica por pulverizacin en discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice Bex8479.90Partes de los aparatos de fijacin por matriz, soldadores automticos de cintas y soldadores de hilos para el montaje de semiconductoresPara el Apndice Bex8479.90Partes de rotores para revestir con emulsiones fotogrficas los discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice B ex8479.90Partes de los aparatos para el crecimiento y estiramiento de los lingotes semiconductores monocristalinosex8479.90Partes de los aparatos para atacar con cido, revelar, desnudar o limpiar losdiscos (obleas) semiconductores y los visualizadores de panel planoPara el Apndice Bex8479.90Partes de las mquinas automatizadas para el transporte, la manipulacin y el almacenamiento de los discos (obleas) de semiconductores, las casetes de discos (obleas), las cajas de discos (obleas) y dems material para dispositivos semiconductoresPara el Apndice Bex8479.90Partes de los equipos de encapsulacin para el montaje de semiconductoresPara el Apndice Bex8479.90Partes de las mquinas de deposicin epitaxial para los discos (obleas) semiconductoresex8479.90Partes de las mquinas para enrollar, curvar, plegar, enderezar o aplanar los hilos de salida de los semiconductoresPara el Apndice Bex8479.90Partes de los aparatos de deposicin fsica para la produccin de semiconductoresPara el Apndice Bex8480.71Moldes por inyeccin o por compresin para la fabricacin de dispositivos semiconductoresex8514.10Hornos de resistencia (de caldeo indirecto) para la fabricacin de dispositivos semiconductores en discos (obleas) semiconductoresex8514.20Hornos que trabajen por induccin o por prdidas dielctricas para la fabricacin de dispositivos semiconductores en discos (obleas) semiconductoresex8514.30Aparatos para el calentamiento rpido de discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice Bex8514.30Partes de hornos de resistencia (de caldeo indirecto) para la fabricacin de dispositivos semiconductores en discos (obleas) semiconductoresex8514.90Partes de aparatos para el calentamiento rpido de discos (obleas)Para el Apndice Bex8514.90Partes de hornos de las partidas Nos 8514 10 a 8514 30ex8536.90Sondas de discos (obleas) semiconductoresPara el Apndice B8543.11Aparatos de implantacin inica para dopar material semiconductorex8543.30Aparatos para atacar con cido, revelar, desnudar o limpiar los discos (obleas) semiconductores y visualizadores de panel planoPara el Apndice Bex8543.90Partes de aparatos para atacar con cido, revelar, desnudar o limpiar los discos (obleas) semiconductores y visualizadores de panel planoPara el Apndice Bex8543.90Partes de aparatos de implantacin inica para dopar material semiconductor 9010.41 a 9010.49Aparatos para proyectar, realizar la traza o recubrir circuitos sobre material semiconductor sensibilizado y visualizadores de panel planoex9010.90 Partes y accesorios de los aparatos de las partidas N 9010 41 a 9010 49 ex9011.10Microscopios estereoscpicos pticos dotados de equipo diseado especficamente para la manipulacin y transporte de discos (obleas) semiconductores o retculosPara el Apndice Bex9011.20Microscopios fotomicrogrficos dotados de equipo diseado especficamente para la manipulacin y transporte de discos (obleas) semiconductores o retculosPara el Apndice Bex9011.90Partes y accesorios de microscopios estereoscpicos dotados de equipo diseado especficamente para la manipulacin y transporte de discos (obleas) semiconductores o retculosParael Apndice Bex9011.90Partes y accesorios de microscopios fotomicrogrficos dotados de equipo diseado especficamente para la manipulacin y transporte de discos (obleas) semiconductores o retculosPara el Apndice Bex9012.10Microscopios de haz electrnico dotados con equipo especficamente diseado para la manipulacin y transporte de discos (obleas) semiconductores o retculosPara el Apndice Bex9012.90Partes y accesorios de microscopios de haz electrnico dotados con equipo diseado especficamente para la manipulacin y transporte de discos (obleas) semiconductores o retculosPara el Apndice Bex9017.20Aparatos generadores de modelos para la produccin de mscaras y retculos a partir de sustratos revestidos de una capa fotorresistentePara el Apndice Bex9017.90Partes y accesorios para aparatos generadores de modelos para la produccin de mscaras y retculos a partir de sustratos revestidos de una capa fotorresistentePara el Apndice Bex9017.90Partes de esos aparatos generadores de modelosPara el Apndice B9030.82Instrumentos y aparatos para la medida o deteccin de plaquitas "wafers" o mecanismos semiconductoresex9030.90Partes y accesorios de instrumentos y aparatos para la medida o control de plaquitas "wafers" o mecanismos semiconductoresex9030.90Partes de instrumentos y aparatos para la medida o control de plaquitas "wafers" o dispositivos semiconductores9031.41Instrumentos y aparatos pticos para el control de las plaquitas ("wafers") o dispositivos semiconductores, o para el control de las mscaras y retculas utilizadas en la fabricacin de dispositivos semiconductoresex9031.49Instrumentos y aparatos pticos para la medicin de las impurezas de material particulado en la superficie de los discos (obleas) semiconductoresex9031.90Partes y accesorios de instrumentos y aparatos pticos para el control de las plaquitas ("wafers") o dispositivos semiconductores, o para el control de las mscaras, fotomscaras y retculas utilizadas en la fabricacin de dispositivos semiconductoresex9031.90Partes y accesorios de instrumentos pticos para la medicin de las impurezas de material particulado en la superficie de los discos (obleas) semiconductores Apndice B Lista positiva de los productos especficos que quedarn comprendidos en el mbito del presente Acuerdo cualquiera que sea la partida del SA en que estn clasificados. Cuando se especifiquen partes, stas quedarn comprendidas con arreglo a la nota2b) de la seccinXVI y las notas del captulo 90 del SA, respectivamente. PRIVATE Ordenadores (computadores): Mquinas automticas para tratamiento de informacin capaces de 1)registrar el programa o los programas de proceso y, por lo menos, los datos inmediatamente necesarios para la ejecucin de ese o de esos programas; 2) programarse libremente por el usuario de acuerdo con sus necesidades; 3) realizar clculos aritmticos definidos por el usuario; y 4) realizar, sin intervencin humana, un programa de proceso en el que puedan, por decisin lgica, modificar la ejecucin durante el tratamiento.El Acuerdo abarca las mquinas automticas para tratamiento de informacin que sean capaces o no de recibir y procesar con la asistencia de una unidad central de proceso seales de telefona, seales de televisin u otras seales sonoras o visuales analgica o digitalmente procesadas. No estn comprendidas en el presente Acuerdo las mquinas que realicen una funcin propia distinta del tratamiento de informacin, o incorporen una mquina automtica para tratamiento de informacin o trabajen en relacin con tal mquina, que no estn especificadas de otro modo en la parte A o en la parte B.Amplificadores elctricos utilizados como repetidores en los productos de lnea telefnica comprendidos en el presente Acuerdo, y partes de los mismos.Visualizadores de panel plano (incluidos los de cristal lquido (LDC), electroluminiscentes, los de plasma y dems tecnologas) para productos comprendidos en el presente Acuerdo, y partes de los mismos.Equipo de red: aparatos para Red de rea Local (LAN) y Red de rea Extensa (WAN), incluidos los productos utilizados exclusiva o principalmente para permitir la interconexin de mquinas automticas para tratamiento de informacin y las unidades de las mismas para formar una red utilizada primordialmente para compartir recursos tales como unidades centrales de proceso, dispositivos de almacenamiento de datos y unidades de entrada y salida -incluidos los adaptadores, mltiples de impulsos (hubs), repetidores en lnea, convertidores, concentradores, puentes y direccionadores y conjuntos de circuitos impresos para incorporacin fsica en mquinas automticas para tratamiento de informacin o unidades de las mismas.Pantallas de control: unidades de visualizacin de mquinas automticas para tratamiento de informacin con tubo de rayos catdicos con trama de puntos de separacin inferior a 0,4 mm, que no pueden recibir ni procesar seales de televisin ni otras seales sonoras o visuales procesadas analgica o digitalmente sin la asistencia de la unidad central de proceso de un ordenador segn se define en el presente Acuerdo.Por consiguiente no estn comprendidas en el mbito del Acuerdo las televisiones (ni aun las de alta definicin).Unidades de memoria de disco ptico para mquinas automticas para tratamiento de informacin (incluidas las unidades CD y DVD), puedan o no escribir/registrar adems de leer, inclusive en sus envolturas.Dispositivos de alerta de radiomensajes, y sus partes.Trazadores, sean unidades de entrada o de salida de la partida N 8471 del SA o mquinas de dibujo o trazado de la partida N 9017 del SA.Estructuras de circuitos impresos para los productos comprendidos en el presente Acuerdo, incluidas las estructuras de esa clase para conexiones externas, como las tarjetas que cumplen la norma PCMCIA.Esas estructuras de circuitos impresos constan de uno o ms circuitos impresos de la partida N 8534 con uno o ms elementos activos montados en ellos, con o sin elementos pasivos. "Elementos activos" significa diodos, transistores y dispositivos semiconductores similares, sean o no fotosensibles, de la partida N 8541, y circuitos integrados y microestructuras de la partida N 8542.Unidades visualizadoras de panel plano para proyeccin utilizadas con las mquinas automticas para tratamiento de informacin, capaces de visualizar informacin numrica generada por la unidad central de proceso.Dispositivos patentados de memoria de formatos, incluidos los medios para los mismos, para mquinas automticas para tratamiento de informacin, con o sin medios desmontables y sean de tecnologa magntica, ptica u otra, incluidas las unidades de memoria de cartucho Bernoulli Box, Syquest o Zipdrive.Equipos de perfeccionamiento multimedia para mquinas automticas para tratamiento de informacin y unidades de los mismos, acondicionados para la venta al por menor y que consten de, al menos, altavoces y/o micrfonos adems de una estructura de circuito integrado que permita a las mquinas automticas para tratamiento de informacin y a las unidades de las mismas procesar seales sonoras (tarjetas de sonido).Adaptadores multimedia que desempean una funcin de comunicacin: dispositivo de microprocesador, que incorpora un mdem para acceso a Internet y que tiene una funcin de intercambio de informacin interactivo. En nombre de la unin aduanera de Suiza y Liechtenstein. Este porcentaje ser calculado por la Secretara de la OMC sobre la base de los datos ms recientes de que se disponga en el momento de la reunin. Los participantes examinarn la designacin de este producto en enero de 1999 en el marco de las disposiciones sobre consulta del prrafo 3 del Anexo. WT/MIN(96)/16 Pgina page \* arabic8 WT/MIN(96)/16 Pgina page \* arabic18 $%-./IUVefhrstxy"#IkXȸ~~tdjQ@OJQJUmH 6@OJQJmH 5>*@OJQJmH j5@OJQJUmH  jUmH@CJOJQJmH j@OJQJUmH j@OJQJUmH @OJQJmH j@OJQJUmH 5@OJQJmH :@CJ,OJQJmH @OJQJmH "0Ihsuvx#$GHIXY*$ *$ `0 *$d *$ !"#567MNtu""##$$%%''''**5/6/334455778899::::L;M;d;e;w;x;y;;;;;;;C<D<E<F<K<N<r<s<t<u<z<{<======:>;><>=>B>E>>>>>>>>>>>>>>>d!)*+,AJKLMSZ[\]lH@$$x u @# *$ $ `0XY2 ;  + ^ _ g w x     + , - .   78JL^`rtĻĻ>*@OJQJmH @OJQJmHj@OJQJUmH 6>*@OJQJmH 6@OJQJmH @OJQJmH j0J@OJQJUmH F1 2 P*$ `0$$x u @# *$ $ `0   ] ^ v w VW  xy*$` `0*$ `0!"#567MNtu""##$$%*$p `0*$` `0*$ *$ `0''''''******n,o,6/7/J/K/L/M/3 33333444444u5z5556666777777888888M;N;c;e;f;n;ýò @mH j@UmH  >*@mH @mH 6@OJQJmH j0J@OJQJUmH @OJQJmH j@OJQJUmH @OJQJmHB%%''''**5/6/334455778899::::*$` `0*$p `0*$ `0:L;M;d;e;w;x;y;;;;;;;r$*$R$ `0B$$$4ru">#$*$R$ `0 *$R$ `0*$R$ `0*$ *$ `0 n;o;p;;;;;:lOlRlllllllYvZvDEOQ[hiʪ̪ѪҪ BCX㭣Ηㅌㅌ 0J@mH j0J@UmH jP@UmH >*@OJQJmH @OJQJmH  @H*mH  <@mH j@UmH  @mH  >*@mH j@UmH @mH j@UmH j@UmH /;C<D<E<F<K<N<r<s<t<u<z<{<====@$*$R$ `0$*$R$ `0A$$$ru">#*$R$ `0===:>;><>=>B>E>>>>>>>>>0T$*$R$ `0A$$$ru">#*$R$ `0$*$R$ `0>>>>>>>>>>>>>>>>>|*$R$ `0$*$R$ `0$*$R$ `0A$$$ru">#>>>>>>>>>>>????? ???????-@.@/@0@5@8@@@@@@@XAYAZA[A`AcAFBGBHBIBNBQBBBBBBBCCCCCCDDDD$D'DDDDDDD2E3E4E5E:E=EGEHEIELEQETEhEiEjEkEpEsEEEEEEEFFFFFFd>????? ???????-@.@/@0@T`\$*$R$ `0$*$R$ `0A$$$ru">#*$R$ `00@5@8@@@@@@@XAYAZA[A`AcAFBGBP$*$R$ `0A$$$ru">#*$R$ `0$*$R$ `0GBHBIBNBQBBBBBBBCCCCCC*$R$ `0$*$R$ `0$*$R$ `0A$$$ru">#CDDDD$D'DDDDOXA$$$ru">#$*$R$ `0$*$R$ `0A$$$ru">#*$R$ `0 DDDD2E3E4E5E:E=EGEHEIELEQETEhETA$$$ru">#*$R$ `0$*$R$ `0$*$R$ `0hEiEjEkEpEsEEEEEEEFFFFFFFFF$XA$$$ru">#*$R$ `0FFFFFFFKGLGMGPGUGXGGGGGGGHHHHHHIIIIII!J"J#J$J)J,JXJYJZJ[J`JcJkJlJmJnJsJvJJJJJJJJJJJJJ4K5K6K7K#*$R$ `0HHIIIIII!J"J#J$J)J,JXJYJZJ[J`JcJkJLLA$$$ru">#*$R$ `0kJlJmJnJsJvJJJJJJJJJJJJJ4K5K6KhA$$$ru">#*$R$ `06K7K#*$R$ `0mLpLLLLLLL8M9M:M;M@MCM]M^M_M`MeMhMMA$$$ru">#*$R$ `0`MeMhMMMMMMMMMMMMM.N/N0N1N6N9NKNLNMNNNSNVNNNNNNNNNNNNN OOOOOOjOkOlOoOtOwOOOPPP Qklm@MMMMMMMMMMMM.N/N\A$$$ru">#*$R$ `0 /N0N1N6N9NKNLNMNNNSNVNNNtoA$$$ru">#*$R$ `0A$$$ru"># NNNNNNNNNNN OOOOOOjOkOlOoOTtd*$R$ `0A$$$ru">#oOtOwOOOPPPPPPPPPPPP`A$$$ru"># *$R$ `0 *$$ `0 *$$ `0*$R$ `0PQQQQQQ]Q^Q_QbQgQjQuQvQvRwR<d *$R$ `0 *$$ `0 *$$ `0A$$$ru">#*$R$ `0wRxR{RRRRRRRRRRRRRRRSSSS$|*$R$ `0A$$$ru">#SSSqSrSsSvS{S~SSSSSSSSS!Tl *$$ `0 *$$ `0A$$$ru">#*$R$ `0!T5T[TTTTTTTUUUU!U$UPUQURUA$$$ru">#*$R$ `0 *$R$ `0 *$$ `0RUSUXUYUUUUUUU3V4V5V6V;V>V]V^V_V`VeVA$$$ru">#*$R$ `0eVhVVVVVVVVVVVVV*W+W,W-W2W5WpW0A$$$ru">#*$R$ `0pWqWrWsWxW{WWWWWWWWoA$$$ru">#A$$$ru">#*$R$ `0 WWWWWWWWWWWWEXFXGXHXMXPXXXXH0A$$$ru">#*$R$ `0XXXXXXXXXXYYY Y%Y(YYYYYY0A$$$ru">#*$R$ `0YYZZZZ!Z$ZsZtZuZvZ{Z~ZZZZZZZZhHpA$$$ru">#*$R$ `0ZZZZZZ^[_[`[c[h[k[A\B\C\F\K\N\\\\XA$$$ru">#*$R$ `0\\\\]]]] ] ]D]E]F]G]L]M]K^L^M^N^S^A$$$ru">#*$R$ `0S^V^^^^^^^^^^^__f_g_h_i_n_q__8A$$$ru">#*$R$ `0______V`W`X`Y`^`a``````````HA$$$ru">#*$R$ `0``````````aaa aaacadaeafakatA$$$ru">#*$R$ `0kanaaaaaaaaaaaaoA$$$ru">#A$$$ru">#*$R$ `0 aa~bbbbbbbbbbbbbbbbbbcA$$$ru">#*$R$ `0ccc ccccccc c#cUcVcWcZc_cbccccH8|A$$$ru">#*$R$ `0ccccBdCdDdGdLdOdddddddeeeee|A$$$ru">#*$R$ `0eeeeeeeeeeeeeffffffff,$A$$$ru">#*$R$ `0ffffffffffff+h,h-h.h3h6hhhh| `(A$$$ru">#*$R$ `0hhhhhhhhhh&i'i(i)i.i1isitiuivi{id4A$$$ru">#*$R$ `0{i~iiiiiiijjjj$j'jjjjjjjjA$$$ru">#*$R$ `0jjjjjktkukvkwk|kk7l8l A$$$ru">#*$R$ `0 8l9lPlQllllllllX7$$4\u># $*$6$ `0$*$:6$ `0*$ `0*$ A$$$ru"># lllmmmmmmnnnnxnnnnnnnh6$$\u>#*$:6$ `0$*$:6$ `0nnnnLoMoNoQoYopppppopppqptp|ppɠɴ*$:6$ `0$*$:6$ `06$$\u>#pppppqqqqqq r r rrVrWrXr[rcr8$*$:6$ `06$$\u>#*$:6$ `0crsssssrssssss t t ttntotptst$*$:6$ `06$$\u>#*$:6$ `0st{ttttttOubucufunuuuuuuVvWvH$*$:6$ `06$$\u>#*$:6$ `0WvXvZv]vevwwwwwwwwws|s6$$\u>#*$:6$ `0$*$:6$ `06$$\u># wwixjxkxnxvxxxxxxHyIyJyMyUyyyytl$*$:6$ `06$$\u>#*$:6$ `0yyyyyyyyzzzzzL{M{N{Q{Y{{{6$$\u>#*$:6$ `0$*$:6$ `0{{{{T|g|h|k|s||}}} }I}\}]}`}h}}Ɍhl\*$:6$ `0$*$:6$ `06$$\u>#}}}}}&~9~:~=~E~~~~~~~$*$:6$ `06$$\u>#*$:6$ `0+>?BJu6$$\u>#$*$:6$ `06$$\u>#*$:6$ `0 Àˀ567:Bԁ T\6$$\u>#*$:6$ `0$*$:6$ `0Tghks˃̃̓Ѓ؃M`adlф҄Մ݄P$*$:6$ `06$$\u>#*$:6$ `0݄789<DDžȅɅ̅ԅijknv҆ӆֆކk@h6$$\u>#*$:6$ `0klmpx·χ҇ڇH[\]e$46$$\u>#*$:6$ `04GHKS݉HIJKLW|ɤd *$:$ `0*$:6$ `06$$\u>#W_ABCEHP\yw6$$\u>#6$$\u>#*$:6$ `0 *$6$ `0 ŒʌzK^_bj<D6$$\u>#*$:6$ `0&ڏATUX`Lɜ8*$:6$ `06$$\u>#" |6$$\u>#*$:6$ `0LMN$6$$\u>#6$$\u>#*$:6$ `0NO\]™}~QRX d4P $$xB#$$xB#$$xB#*$Z6$ `0*$ *$ `0jk89pqǤȤLM#$STɪ80,\X$$xB#*$Z6$ `0$$xB#ɪʪ˪̪ BCQklm*$ ) `0p@ Pd*$ 0 *$ 0$$xB#XYghijklmCJ @OJQJmH@OJQJmH j@OJQJUmH  000P. 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