COLABORACIÓN CON OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
The °ÄÃÅÁùºÏ²Ê¹ÙÍø×ÊÁÏ and the World Health Organization (WHO)
The °ÄÃÅÁùºÏ²Ê¹ÙÍø×ÊÁÏ collaborates with the WHO on a number of different issues related to trade and health. Although there is no formal agreement between the WHO and the °ÄÃÅÁùºÏ²Ê¹ÙÍø×ÊÁÏ, the WHO has observer status in the Committee on Sanitary and Phytosanitary (SPS) Measures and the Technical Barriers to Trade (TBT) Committee, and it has ad hoc observer status in the Council on Trade-related Aspects of Intellectual Property Rights (TRIPS) and the Council for Trade in Services. The two organizations have joined efforts to bring attention to the need for policy coherence between trade and health matters at global, regional and domestic levels. There is extensive collaboration between the two secretariats, in particular on issues relating to intellectual property, services , health and SPS measures and TBT.
Véase también:
>
Propiedad intelectual (ADPIC)
The °ÄÃÅÁùºÏ²Ê¹ÙÍø×ÊÁÏ Secretariat cooperates closely with the WHO on issues at the crossroads between public health and intellectual property. This includes participating as observer in the World Health Assembly and other WHO bodies, contributing to the implementation of the WHO's Global Strategy and Plan of Action on Public Health, Innovation and Intellectual Property, as well as closely collaborating in the field of technical cooperation.
> Más información sobre los ADPIC y la salud pública
Las normas sobre la inocuidad de los alimentos, la salud de los animales y la preservación de los vegetales volver al principio
La Comisión del Codex Alimentarius de la FAO y la OMS
El Acuerdo MSF de
la OMC dispone que “para armonizar en el mayor grado posible las
medidas sanitarias y fitosanitarias, los Miembros basarán sus medidas
sanitarias o fitosanitarias en normas, directrices o recomendaciones
internacionales”. El Acuerdo estipula que el Codex Alimentarius de la
FAO y la OMS será la organización encargada de establecer normas sobre
los alimentos.
El Codex Alimentarius es una colección de normas alimentarias
internacionales adoptadas por la Comisión del Codex Alimentarius (el “Codex”).
El Codex tiene su sede en Roma y es financiado conjuntamente por la
FAO y la OMS.
>
Vea más detalles en el
módulo de capacitación sobre el Acuerdo MSF
> Para más información, visite el sitio
http://www.codexalimentarius.net/web/index_es.jsp
FANFC
El Servicio para la aplicación de Normas y el Fomento del Comercio es una iniciativa conjunta de la OMC, el Banco Mundial, la FAO, la Organización Mundial de la Salud y la Organización Mundial de Sanidad Animal. El FANFC ayuda a los países en desarrollo a establecer y aplicar normas sanitarias y fitosanitarias para asegurar la protección de la salud y facilitar la expansión del comercio. También está destinado a ser un foro para la coordinación y el intercambio de información sobre actividades de asistencia técnica relacionada con medidas sanitarias y fitosanitarias.
Obstáculos técnicos al comercio (OTC)
De conformidad con los Acuerdos OBT y MSF, la adopción de reglamentaciones para proteger la salud es un objetivo de política legítimo. Es más, el conjunto más numeroso de proyectos de medidas comerciales notificados a la OMC en virtud del Acuerdo OTC se refiere a la salud y a la inocuidad de los alimentos. Por lo tanto, la OMS desempeña un importante papel como observadora en el Comité OTC, y un representante de la organización asiste regularmente a sus reuniones. Además, las normas del Codex arriba mencionadas pueden utilizarse como base de medidas comerciales abarcadas por el Acuerdo OTC (por ejemplo, etiquetado, nutrición y calidad de los alimentos). La OMC también ha seguido de cerca las actividades pertinentes de la OMS. Por ejemplo, durante la negociación del Convenio Marco para la lucha antitabacalera, la OMS creó un grupo de trabajo sobre la lucha antitabacalera a fin de que desde la etapa inicial hubiera una mayor coordinación entre los negociadores. La OMC, que tiene la condición de observadora en la OMS, siguió la evolución de las negociaciones del Convenio y participó en el grupo de trabajo.
volver al principio
Servicios (AGCS)
El comercio internacional de servicios relacionados con la salud, al igual que el de los demás servicios, está comprendido en el alcance del AGCS. No obstante, si un Miembro no ha contraído compromisos específicos, ese comercio no está sujeto a ninguna disciplina sobre el acceso a los mercados o el trato nacional. Para aclarar las (posibles) implicaciones de esas disciplinas, la Secretaría de la OMC y la OMS han sido coautoras de varias publicaciones. La Secretaría de la OMC también ha participado en diversos seminarios y conferencias organizados por la OMS.
> Más información sobre el AGCS y los servicios sociales y de salud
> Cooperación trilateral sobre propiedad intelectual y salud pública
> Los Acuerdos de la OMC y la salud pública — Estudio conjunto de la OMS y la Secretaría de la OMC