ࡱ> VXUq Ebjbjt+t+ )\AAAO]8 <(  (HHHHHH'''''''$)*'HHHHH'HH H4HH' @L@H'l#'H p^|'$Organizacin Mundial del ComercioG/AG/NG/W/96 28 de diciembre de 2000(00-5620)Comit de Agricultura Serie de reuniones extraordinariasOriginal: ingls NEGOCIACIONES DE LA OMC SOBRE LA AGRICULTURA Propuesta de negociacin de Mauricio Introduccin La propuesta de negociacin de Mauricio se basa en los objetivos especificados en el prembulo del Acuerdo sobre la Agricultura y en los distintos puntos del artculo 20 de dicho Acuerdo. Al formular su propuesta, Mauricio tiene en cuenta, pues, los compromisos contrados en virtud de otros acuerdos multilaterales. Mauricio mantiene su compromiso respecto de unas negociaciones orientadas a alcanzar un equilibrio entre las preocupaciones comerciales y no comerciales y apoya la continuacin del proceso de reforma en el sector de la agricultura que reconoce y tiene en cuenta la diversidad de situaciones y sistemas agrarios existentes en el mundo y, en particular, las caractersticas especficas de los pequeos Estados insulares en desarrollo. En el marco de las negociaciones se deben adoptar medidas concretas, adecuadas desde el punto de vista operacional y comercial, en relacin con estos pases, que no han obtenido beneficios concretos de la Ronda Uruguay. La agricultura es una actividad que se desarrolla en todas las regiones del mundo, en el mundo desarrollado y en desarrollo y en zonas de grandes posibilidades y de potencial reducido, todas las cuales deben coexistir. Debido al nivel diferente de desarrollo y a la diversidad de situaciones en el sector agrcola, cada pas y cada regin tienen sus propias preocupaciones, particularmente, si se tiene en cuenta que el papel de la agricultura no se reduce a la produccin de alimentos y fibras, sino que abarca una variedad de funciones que afianzan el entramado socioeconmico de las zonas rurales. La agricultura debe contribuir cada vez ms, ya sea de forma directa o indirecta, a reducir el calentamiento mundial. A este respecto, conviene recordar que la mayora de los pequeos Estados insulares en desarrollo, que carecen de combustibles fsiles, son las primeras vctimas del calentamiento del planeta. El compromiso tercero, (prrafo 28) del Plan de Accin de la Cumbre Mundial sobre la Alimentacin celebrada en Roma subraya que "los pequeos Estados insulares en desarrollo afrontan la amenaza de prdida y erosin de la tierra a causa de los cambios climticos y tienen necesidades especiales para alcanzar un desarrollo general sostenible. En esos pases, las mejoras que se logren en el comercio, el transporte, las comunicaciones, los recursos humanos, la estabilizacin de los ingresos y la elevacin de los ingresos de exportacin aumentarn la seguridad alimentaria". 1. Preocupaciones no comerciales La seguridad alimentaria, el desarrollo rural y la preservacin del medio ambiente, entre otras cosas, son objeto de preocupacin tanto en los pases en desarrollo como desarrollados. Sin embargo, los instrumentos que debern utilizarse para abordar esas preocupaciones variarn de un pas a otro en funcin de sus caractersticas especficas y de la diversidad a las que se ha hecho referencia anteriormente. En efecto, no existe medida alguna que pueda ser adecuada para todos los pases. Aunque se reconoce que para abordar las preocupaciones no comerciales se han de adoptar medidas transparentes, la limitacin de recursos financieros es de tales proporciones que en el caso de la mayora de los pequeos Estados insulares en desarrollo y de los pases que son pequeos productores no es aplicable el criterio de adoptar medidas "que slo tengan efectos de distorsin del comercio en grado mnimo". Se ha de permitir a los pequeos Estados insulares en desarrollo utilizar los medios adecuados para asegurar las mltiples funciones de la agricultura. Especialmente, es preciso salvaguardar las disposiciones comerciales que ofrecen a esos pases los medios para alcanzar sus objetivos de poltica agrcola. 2. Seguridad alimentaria Tal como se subraya en la Declaracin de Roma, existe seguridad alimentaria cuando todas las personas tienen en todo momento acceso fsico y econmico a suficientes alimentos inocuos y nutritivos para satisfacer sus necesidades alimenticias y sus preferencias en cuanto a los alimentos para llevar una vida activa y sana. Es posible, pues, que las cuestiones relacionadas con la seguridad alimentaria no se puedan abordar desde una perspectiva nica y general y que haya que tener en cuenta las caractersticas especficas de los distintos pases. La mayora de los pequeos Estados insulares en desarrollo son deficitarios en alimentos y, en consecuencia, tienen una gran dependencia de las importaciones para satisfacer sus necesidades alimentarias. Sin embargo, estos pases no figuran entre los beneficiarios prioritarios de la ayuda alimentaria. Nuestra experiencia en Mauricio nos induce a pensar que la forma ms adecuada de conseguir la seguridad alimentaria consiste en adoptar un conjunto de medidas que, entre otras cosas, a) aseguren unos ingresos de exportacin estables y previsibles que permitan acumular unas reservas bsicas de divisas para adquirir alimentos en condiciones razonables y en el momento necesario; b) garanticen el acceso fsico a los alimentos a travs de fuentes distintas y adecuadas de suministro, asegurando al mismo tiempo unos sistemas de transporte y almacenamiento fiables; c) impulsen la produccin agrcola nacional teniendo en cuenta las distintas limitaciones derivadas de las caractersticas del relieve y las condiciones agroclimticas. La exclusin de determinados productos de los compromisos de reduccin tambin contribuira a mantener la produccin de alimentos; d) prevean el establecimiento de una reserva internacional de alimentos a cargo de pases donantes; e) fomenten el acceso a la tecnologa agrcola necesaria, incluso a nuevas semillas y especies vegetales. 3. Trato especial y diferenciado El prembulo del Acuerdo sobre la Agricultura recuerda que el trato especial y diferenciado a los pases en desarrollo es un elemento integrante del proceso de reforma. Como se indica en el documento G/AG/NG/W/55, el objetivo bsico del trato especial y diferenciado es establecer una competencia equitativa y leal cuando las condiciones estructurales de los pases son diferentes. Esto est en consonancia con el Plan de Accin de la Cumbre Mundial sobre la Alimentacin de Roma, que hace referencia a las zonas de alto y bajo potencial. Hasta la fecha, las disposiciones relativas al trato especial y diferenciado se han formulado en general para conceder a los pases en desarrollo plazos ms largos que a los pases desarrollados en la aplicacin de la reforma. Aunque este aspecto debe seguir siendo un elemento importante del trato especial y diferenciado, ste debe facilitar instrumentos ms eficaces para afrontar las distintas preocupaciones de los pases en desarrollo y, en particular, las dificultades estructurales que les impiden alcanzar un grado elevado de competitividad. Esta cuestin reviste un inters especial para los pequeos Estados insulares en desarrollo debido a sus deseconomas de escala y a las graves dificultades estructurales a las que se enfrentan. El trato especial y diferenciado podra incluir la elaboracin de instrumentos que: a) excluyeran de los compromisos de reduccin cualesquiera medidas encaminadas a la reduccin de la pobreza; b) facilitar la tecnologa adecuada para aumentar la competitividad; y c) garantizar la seguridad de acceso a los pequeos Estados insulares en desarrollo y a los pequeos productores, en particular a quienes no pueden beneficiarse de un incremento de los niveles de minimis ni de una mayor flexibilidad para otorgar medidas de ayuda interna. 4. Acceso a los mercados La mayor parte de los pequeos Estados insulares en desarrollo dependen, para su actividad exportadora, de uno o dos productos agropecuarios bsicos y, por consiguiente, los ingresos obtenidos mediante la exportacin de esos productos tienen una importancia crucial para el desarrollo global de la economa de esos pases. Por eso es de especial importancia para ellos el acceso garantizado, previsible y seguro de esos productos a los mercados. Mauricio considera que algunos productos sensibles deberan ser excluidos de los compromisos relativos al acceso a los mercados, la ayuda interna y la competencia de las exportaciones. En particular, todos los compromisos asumidos por los pequeos Estados insulares en desarrollo deberan basarse en aranceles consolidados. Mauricio propone que se mejore el acceso a los mercados de los pases desarrollados y que se otorguen salvaguardias. En particular, es preciso no menoscabar las condiciones de acceso a los mercados de los pequeos Estados insulares en desarrollo y de los pases que producen un nico producto. Los grandes exportadores, tanto de pases en desarrollo como desarrollados, deberan imponerse una autolimitacin en relacin con los productos procedentes de los pequeos Estados insulares en desarrollo que son vitales para sus economas. En el marco de los acuerdos comerciales preferenciales tradicionales se deberan seguir otorgando preferencias significativas. Ello implicara, entre otras cosas, que en el contexto de la reduccin arancelaria, se estableciera una diferencia sustancial entre los aranceles aplicables "dentro" y "fuera" de los contingentes. El examen de la administracin de los contingentes arancelarios no debera afectar negativamente a las condiciones actuales de acceso a los mercados de los pequeos Estados insulares en desarrollo y otros pases productores de un nico producto. Para que otros productos se beneficiaran de un mayor acceso a los mercados deberan ser "procedentes" del pas beneficiario o "ser producidos y exportados por l". Mauricio reitera que, segn lo dispuesto en el artculo 20, la clusula de salvaguardia especial debe seguir en vigor mientras dure el proceso de reforma. 5. Ayuda interna El Acuerdo sobre la Agricultura contempla como objetivo a largo plazo la aplicacin de reducciones progresivas sustanciales de la ayuda y establece normas para determinar el tipo de ayuda que se puede otorgar. Como ya se ha indicado, Mauricio sustenta la opinin de que algunos productos sensibles deberan ser excluidos de los compromisos de reduccin. Adems, todos los compromisos que se asumieran deberan ser de carcter sectorial. En razn del volumen de los desembolsos presupuestarios necesarios para aplicar medidas de ayuda, los pequeos Estados insulares en desarrollo se han visto imposibilitados, generalmente, para prestar la ayuda necesaria en sus pases, principalmente a los agricultores, pero tambin (y ello es importante) a las instituciones de investigacin agrcola. A su vez, esto ha obstaculizado gravemente la investigacin agrcola y el desarrollo de tecnologa de importancia para los pequeos Estados insulares en desarrollo. En cuanto a las propuestas precedentes respecto del aumento de los niveles de minimis y la ampliacin del compartimento verde, por atractivas que puedan parecer no siempre son de mucha utilidad, pues estn limitadas por las realidades presupuestarias. No obstante, debe tomarse debidamente en consideracin el hecho de que algunos pases, incluso los pequeos Estados insulares en desarrollo, pueden estar en condiciones de adoptar las medidas que se enumeran en el anexo 2 y, en particular, las relativas al medio ambiente, si se aseguran unos ingresos estables y previsibles. En este sentido, son de gran importancia las condiciones preferenciales de acceso. 6. Competencia de las exportaciones Mauricio seala que, de conformidad con el artculo 20, la continuacin del proceso de reforma prev como un objetivo a largo plazo la aplicacin de reducciones progresivas sustanciales de las medidas de ayuda y proteccin, pero no su eliminacin. Mauricio considera que al abordar todas las medidas relativas a la competencia de las exportaciones debe adoptarse una posicin prudente y pragmtica, pues esas medidas inciden positivamente en la capacidad de procurarse alimentos de los pases que por sus condiciones agroclimticas slo pueden producir uno o dos productos. Aunque las subvenciones y los crditos a la exportacin no puedan considerarse como una solucin a largo plazo para los pases en desarrollo con dficit de alimentos, no se puede negar que esas medidas han facilitado el acceso al suministro de productos alimenticios. En el marco del proceso de aplicacin, la OMC est elaborando disciplinas por las que se regirn los crditos a la exportacin. Esas disciplinas deben prever un trato diferenciado en favor de los pases en desarrollo importadores netos de productos alimenticios. La introduccin de nuevas reducciones o de disciplinas reforzadas en la esfera de la competencia de las exportaciones debera ir acompaada de medidas de alcance equivalente en favor de los pases en desarrollo importadores netos de alimentos. Los pequeos Estados insulares en desarrollo, muchos de los cuales se encuentran aislados geogrficamente y alejados de sus principales mercados, deberan seguir estando exentos de los compromisos de reduccin de las subvenciones encaminadas a reducir los costos de comercializacin de las exportaciones de productos agropecuarios y los gravmenes aplicables a las exportaciones en concepto de transporte interno y de flete. A este respecto, los pequeos Estados insulares en desarrollo deberan seguir gozando de la flexibilidad que establece el prrafo 4 del artculo 9 del Acuerdo sobre la Agricultura y su alcance debera ampliarse ms all de lo dispuesto en los apartadosd) y e) del prrafo 1 del artculo 9. 7. Empresas de comercio de Estado En los mercados de dimensiones reducidas, las empresas de comercio de Estado pueden desempear una funcin importante por su condicin de vendedores y compradores nicos. Tienen la capacidad de amortiguar los efectos de los aumentos de precios de los productos bsicos y de garantizar el suministro cuando esos productos escaseen en el mercado o cuando los agentes del mercado libre no estn dispuestos a arriesgarse al no existir unas condiciones comerciales que hagan viable la actividad empresarial. As pues, al adoptar normas ms estrictas respecto de las empresas comerciales del Estado hay que tener en cuenta la funcin que cumplen dichas empresas en los mercados de dimensiones reducidas como los de los pequeos Estados insulares en desarrollo y no olvidar que en muchos casos permiten que haya un volumen de comercio importante. Es preciso tener en cuenta que en determinadas situaciones, la imposicin de disciplinas estrictas en relacin con las empresas de comercio de Estado puede dar lugar a un proceso, muy perjudicial, de cartelizacin y aplicacin de prcticas comerciales restrictivas. Todas las cuestiones referentes a las empresas comerciales del Estado deben abordarse en el marco del artculo XVII del GATT de 1994. 8. Clusula de paz La clusula de paz o clusula de la debida moderacin forma parte esencial del mbito de la agricultura en la OMC. Constituye un requisito indispensable para la consecucin de los objetivos y, por tanto, debera seguir en vigor hasta que no haya concluido el proceso de reforma. Sin embargo, es necesario ampliar el alcance de los compromisos asumidos en virtud de la clusula de la debida moderacin para asegurar un trato equitativo a todos los pases. 9. Vinculaciones con otras esferas Las negociaciones en el sector de la agricultura estaran incompletas si no fueran acompaadas de la introduccin de mejoras respecto de las indicaciones geogrficas y de una flexibilidad en la aplicacin de las medidas sanitarias y fitosanitarias. Es necesario ampliar el nmero de productos agropecuarios y alimenticios que pueden ser objeto de proteccin por las indicaciones de sus orgenes geogrficos. Para ayudar a los pequeos Estados insulares en desarrollo y a otros pases en desarrollo a cumplir las prescripciones cada vez ms estrictas en relacin con las medidas sanitarias y fitosanitarias, es necesario facilitarles la tecnologa adecuada. Adems, hay que favorecer la participacin de esos pases en las tareas de los organismos internacionales de normalizacin. En los pequeos Estados insulares en desarrollo, la gestin del riesgo entraa una gran dificultad a causa de la fragilidad de la diversidad. A los pases que no puedan efectuar una evaluacin detallada del riesgo no se les debe impedir la introduccin de productos en sus territorios so pretexto de consideraciones comerciales. __________ G/AG/NG/W/96 Pgina  PAGE 6 G/AG/NG/W/96 Pgina  PAGE 5 !"#'(5OY]WwY"c"""l+|+//11:=:"?4?A$AEEEEEEEEEEEEEEEmH jU6CJ5:CJ,>* 5:CJ,5"#$%&'(5MNOYZ 0~ $$l0+p#$$l4+p# $$l4+p# $d$$$l4+p#`$$$dh$"#$%&'(5MNOYZ[\]s; < u v ijSTVWxy#$|} L!M!!!""""$$%%&&''(*)***k+l+}+~+7-dZ[\]s; < u v 4$ $$l+p# $$ @$$l`+p#$$ijSTVW`Wxy#$|} L!M!!!""""$$%%&&''(*`$$$$`(*)***k+l+}+~+7-8-A/B/1112M5N5L7M7::>:?::<;<==>>7-8-//11125577::>:?::<;<==>>!?"?5?6?O@P@AA%A&A B!BBB;D!?"?5?6?O@P@AA%A&A B!BBB;DE>List Continue 2:F":List Continue 3 >G2>List Continue 4>HB>List Continue 5p0d$RdEnvelope Address%&@ /+D  CJOJQJ.@b.Header$ !6.6 TOA Heading  52 2Index 1 $#;$/$List 0(2(List 2 0(3(List 3 (4(List 4 p0(5(List 5 D1D List Number & F  hD:D List Number 2 & F!0 D;D List Number 3 & F" H<H List Number 4! & F#p0 H="H List Number 5" & F$ D02D List Bullet# & F%0 hD6BD List Bullet 2$ & F&0 H7RH List Bullet 3% & F'0 H8bH List Bullet 4& & F(p0 J9rJ List Bullet 5' & F) &)@& Page NumberJJParagr. 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