ࡱ> hjg@ DGbjbj.. 7\DD'?` ` ` ` ` ` ` t |||8,$t z;&&&:::::::$p<R>Z;` ;` ` &&4;   L` &` &: :  Q8l` ` :& 4#a t|MX9*:,J;0z;9*?F?T:t t ` ` ` ` ?` : ;;t t  x(t t xComit de Agricultura en Sesin Extraordinaria 4 de mayo de 2006 Acceso a los mercados Documento de referencia del Presidente Productos especiales Antecedentes El prrafo 7 de la Declaracin Ministerial de Hong Kong dice lo siguiente: "... Tambin observamos que ha habido algunos avances recientes sobre la designacin y el trato de los productos especiales y los elementos del mecanismo de salvaguardia especial. Los pases en desarrollo Miembros tendrn la flexibilidad de designar por s mismos un nmero apropiado de lneas arancelarias como productos especiales guindose por indicadores basados en los criterios de la seguridad alimentaria, la seguridad de los medios de subsistencia y el desarrollo rural. [] Los productos especiales y el mecanismo de salvaguardia especial sern parte integrante de las modalidades y del resultado de las negociaciones sobre la agricultura." El prrafo 41 del Marco Acordado (Anexo A del documento WT/L/579) dice lo siguiente: "Los pases en desarrollo Miembros dispondrn de la flexibilidad necesaria para designar un nmero apropiado de productos como productos especiales, basndose en criterios relativos a las necesidades de seguridad alimentaria, seguridad de los medios de subsistencia y desarrollo rural. Estos productos podrn ser objeto de un trato ms flexible. Los criterios y el trato de dichos productos se especificarn ms detalladamente durante la fase de negociacin y reconocern la importancia fundamental de los productos especiales para los pases en desarrollo." Estructura para el debate Introduccin La Declaracin Ministerial de Hong Kong aclara: a) que cada pas en desarrollo Miembro designar por s mismo sus propios productos especiales; b) que se puede designar un "nmero apropiado de productos" como productos especiales; y c) que la seleccin de esos productos se guiar por indicadores y se basar en los criterios de la seguridad alimentaria, la seguridad de los medios de subsistencia y el desarrollo rural. Pero traducir estas orientaciones a modalidades prcticas y previsibles no est resultando fcil. Todas las delegaciones aceptan que la designacin de una lnea arancelaria como producto especial tiene que estar vinculada a estos tres criterios. No obstante, la realidad es que no es fcil hallar indicadores fiables y universales que permitan establecer una correspondencia entre un producto y esos criterios, y las negociaciones han mostrado que existen tres enfoques distintos con respecto a esta cuestin. ( Uno de los enfoques que se ha defendido consiste en llevar a cabo la seleccin guindose por una "lista de indicadores ilustrativa, no exhaustiva, no preceptiva y no acumulativa" que tengan en cuenta la diversa naturaleza de los sistemas agropecuarios nacionales y regionales de los pases en desarrollo Miembros. Esta posicin se basa en el entendimiento de que la Declaracin Ministerial de Hong Kong exige indicadores que sirvan de gua para el proceso de autoseleccin de cada pas en desarrollo. En virtud de este enfoque, el nmero efectivo de productos que podran seleccionarse no se limitara a ningn porcentaje de lneas arancelarias. Este enfoque basado en "directrices" abiertas ha tropezado con la oposicin de varios Miembros, entre ellos algunos pases en desarrollo. ( Los defensores de la segunda teora sostienen que son requisitos previos analizar un conjunto finito y comn de indicadores y llegar a un acuerdo sobre el mismo. Seguidamente esos indicadores se combinaran para "filtrar" o "cribar" los productos candidatos para ser designados como productos especiales. Esos indicadores podran ser tanto positivos como negativos. Es decir, algunos indicaran productos que no se podran designar como productos especiales (por ejemplo, si el pas en desarrollo es un exportador neto del producto en cuestin) y otros indicaran productos que renen las condiciones para poderse designar como productos especiales (por ejemplo, indicadores que muestren que un producto representa una proporcin determinada de la ingesta nacional o regional de caloras). Un enfoque de estas caractersticas podra incluir una limitacin del nmero de productos especiales que se podran seleccionar. Este enfoque no ha conocido ms suerte que el anterior a la hora de obtener consenso entre los Miembros. ( Por ltimo, una tercera opcin, surgida a raz de las dificultades e incertidumbres que conllevan los dos primeros enfoques, consistira en limitar la autodesignacin a un nmero o proporcin determinados de lneas arancelarias, a lo que posiblemente se uniran indicadores relativos a los criterios. Obvio es decir que hay margen para diferentes combinaciones de esos tres enfoques y, sin duda, tambin para enfoques completamente nuevos. Tras los debates informales celebrados recientemente, hay una clara sensacin de que ahora tenemos que centrarnos en la ltima opcin para comprobar si puede lograr el avance que tanto se necesita. Por este motivo, no me detendr aqu en los dos primeros enfoques. La presente nota se centra en lo que se ha de hacer si queremos progresar en la cuestin de las cifras, porque si bien el Marco de Julio hace referencia a "un nmero apropiado de productos", existen amplias divergencias en cuanto a lo que constituye un nmero apropiado y a cmo definiremos ese nmero. Comentario Pienso que necesitamos urgentemente desplegar esfuerzos para alinear las propuestas concretas con lo que decimos, a un nivel general, que son nuestros propsitos compartidos. Al mismo tiempo, a mi juicio, en estos momentos hay una seria falta de correspondencia entre nuestras propuestas y los propsitos que hemos manifestado. Tenemos que abordar esta cuestin y disponemos de muy poco tiempo para hacerlo. Las razones que justifican la prosecucin de estos debates son apremiantes. Por ejemplo, en estas negociaciones se ha debatido intensivamente sobre lo que deberan ser los recortes arancelarios globales y las bandas, as como sobre cules deberan ser los compromisos apropiados de los pases en desarrollo con respecto a estas cuestiones. Aunque no existe acuerdo sobre esos elementos, el debate ha sido intenso y los Miembros hablan de estas cifras empleando a veces trminos como "modalidades bsicas". Sin embargo, la cuestin de los productos especiales tiene el potencial de prevalecer efectivamente sobre cualquier cosa que podra considerarse en el "centro" de la negociacin de las modalidades cuando los Miembros debaten sobre los recortes y las bandas. Por ejemplo, se ha dicho que deberamos considerar el 20 por ciento de las lneas arancelarias como un nmero posible de productos con derecho a ser considerados como productos especiales. De hecho, estrictamente hablando, la propuesta del G-33 habla de "al menos" el 20 por ciento, lo cual, interpretado literalmente, prefigura un nmero an mayor. Dado que tenemos que partir de un porcentaje concreto para evaluar lo que tendremos que tratar desde un punto de vista prctico, partamos de esa cifra del 20 por ciento como hiptesis de trabajo. Para ayudarme a orientar este debate, ped a la Secretara que hiciera una valoracin aproximada de lo que podra significar esto para dos Miembros en desarrollo. Nada me hace pensar que estos pases puedan presentar un perfil atpico. En un caso, si el Miembro estuviera autorizado a considerar el 20 por ciento de las lneas como productos especiales, podra abarcar hasta el 98,4 por ciento del valor del comercio de importacin. En el otro caso, la cifra ascendera al 94,0 por ciento de dicho valor. Esto no quiere decir que los pases en desarrollo en cuestin elegiran realmente sus productos especiales basndose en el valor del comercio de esos productos, pero pone de relieve efectivamente el volumen de comercio que podra quedar abarcado por el 20 por ciento de las lneas arancelarias. Inmediatamente vienen a la mente dos observaciones. En primer lugar, si se trata verdaderamente de un perfil tpico, todo el debate sobre el trato especial y diferenciado resultara (desde el punto de vista tcnico, ms adelante hablaremos de la realidad poltica) completamente redundante, dado que versa sobre las flexibilidades para los pases en desarrollo relacionadas con recortes arancelarios y umbrales para el acceso a los mercados. Todo lo previsto en esa parte del Marco perdera valor. Adems, el Marco establece claramente el derecho de los pases menos adelantados Miembros a no efectuar recortes arancelarios. El citado nivel de productos especiales parecera conceder esencialmente el mismo derecho potencial a los pases en desarrollo que no son pases menos adelantados Miembros. Dudo que ste fuera el propsito del Marco de Julio. En segundo lugar, de todos modos me cuesta imaginar que alguien pueda razonablemente alegar que el tener el 98 por ciento de su comercio en esta categora en particular se podra calificar de "especial". Podra haber un parmetro, discutible, que defina qu porcentaje del comercio representara lo "especial" en oposicin a lo "normal", pero estoy satisfecho con la conclusin de que el 94 o el 98 por ciento dista mucho de ser un parmetro que se preste a debate. A pesar de todo, hay buenas noticias. En los debates celebrados hasta ahora no he odo de ningn Miembro en desarrollo que se proponga seriamente recurrir a un nivel de utilizacin tan elevado de los productos especiales. Todos los Miembros han dicho que, para ellos, esta categora es una categora verdaderamente "especial" y, como tal, no puede ser ni sera la norma para el trato de las importaciones. A esto me refera antes cuando he hablado de una falta de correspondencia. Es la realidad aparente de una posicin dada, pero no es algo deliberado. Un porcentaje de la magnitud descrita supra est en considerable discordancia con el enfoque aparentemente convenido de todos los Miembros. Sobre esa base, el nico modo razonable de proceder es tratar de hallar una manera de corregir esas consecuencias no deseadas. La cuestin es cmo hacerlo. Se podra considerar la posibilidad de hacerlo mediante un derecho que estara sujeto a un lmite mximo, y que no se utilizara plenamente. Pero actuamos en un mundo de realidades sujetas a negociacin y es muy probable que la respuesta fuera la siguiente: pero si esa limitacin mxima es muy superior a lo que se necesita, por qu tener derecho a recurrir a un nivel tan elevado? Y, en definitiva, estamos tratando de hallar una manera de crear confianza y de garantizar que los mecanismos concuerden con las expectativas compartidas. Cules, son entonces, las opciones realistas? Pienso que hemos de encontrar algunas ahora. A mi entender, hay al menos tres, que no necesariamente se excluyen mutuamente. En primer lugar, si vamos a considerar porcentajes -y las consultas celebradas hasta ahora me indican que los Miembros son partidarios de este enfoque- una opcin clara consiste en examinar un porcentaje global ms bajo. Este es, al menos a mi parecer, un planteamiento que deberamos someter enrgicamente a prueba. No obstante, habra que decir que, para rebajar el tamao potencial de la cobertura de comercio a algo ms cercano al sentido corriente de "especial", el porcentaje en cuestin tendra que ser significativamente inferior al 20 por ciento. Creo que esto merece ser objeto de una dedicacin seria y urgente. En segundo lugar, est la cuestin de si se puede incorporar el "trato" en un enfoque que pudiera disminuir las preocupaciones acerca de un porcentaje absoluto, relativamente elevado, del nmero de lneas arancelarias. Evidentemente, si para las lneas arancelarias de que se trate el estatus de producto especial es idntico, o casi idntico, a la no liberalizacin, nos encontramos con la falta de correspondencia antes mencionada, en su grado sumo. Desde un punto de vista analtico, cabe suponer que esos efectos se atenen en la medida en que el trato sea relativamente ms permisivo del comercio. Para m est claro que, al menos hasta ahora, los "proponentes" de los productos especiales se han mostrado poco dispuestos a interpretar la norma del "trato ms flexible" prevista en el Marco de Julio en un sentido que no sea el de limitar estrictamente las importaciones. Si ese sigue siendo el caso, me parece que habra que poner todo el acento en la opcin anterior. Esto es una mera observacin fctica, y no pretende prescribir nada. Aadira, empero, que no he odo -ni siquiera de parte de quienes proponen un enfoque algo ms liberal con respecto al trato- voces disidentes respecto de la opinin de que el trato debera ser inequvocamente ms flexible que en el caso de los productos sensibles. En consecuencia, de existir la voluntad de explorar esta va, podramos proceder sobre esa base firme y aceptada si ello ayudara a elevar los niveles de confianza. Bien es cierto que hasta el momento no nos hemos puesto de acuerdo sobre el trato de los productos sensibles pero, desde un punto de vista exclusivamente tcnico, siempre es posible matizar las opciones que estn sobre el tapete, a condicin de que exista la voluntad de hacerlo. En tercer lugar, tcnicamente, siempre podemos optar por que los Miembros indiquen por anticipado y en trminos generales cules son sus verdaderos propsitos, independientemente de cul pueda ser el nmero efectivo formal al que tengan derecho. Esta idea se viene planteando activamente desde antes de Hong Kong. Pero hasta ahora no ha habido inters en emprender un ejercicio de este tipo, al menos no en un foro multilateral. No obstante, he detectado una variante que tal vez valga la pena estudiar. Un Miembro determinado podra estar dispuesto, o dispuesto a declarar su disposicin, a no recurrir a los productos especiales, o a recurrir en menor grado del que podra acordarse en general. Merece la pena estudiar cualquiera de las dos opciones. Me limitar a sealar que esta opcin presenta problemas considerables de carcter organizativo/logstico, especialmente en vista del tiempo limitado de que disponemos. Si no hay ninguna disposicin a negociar seriamente segn uno de los parmetros arriba expuestos, o una combinacin de los mismos, es difcil no llegar a la conclusin de que los esfuerzos por trabajar en aras de un nmero sencillamente no prosperarn. Digo esto porque el alcance potencialmente amplio de una decisin en esta esfera -a este nivel- hara casi imposible convenir en tal nmero. Naturalmente, quedan el texto del Marco de Julio y el texto de la Declaracin de HongKong. Estos textos plantean dos cuestiones. En primer lugar, el asunto de los indicadores. Como se desprende claramente de los debates informales mantenidos hasta la fecha, esta cuestin se ha incorporado a nuestra labor. Creo que hemos avanzado en la direccin de querer trabajar sobre la hiptesis de los nmeros. Esto, no obstante, significa que tenemos que estar dispuestos a encontrar un modo de abordar las consecuencias no deseadas identificadas supra. De nada sirve proseguir los debates si seguimos defendiendo nmeros desde extremos totalmente opuestos, sin ningn verdadero intento de negociacin para hallar una zona de compromiso. Tendramos entonces que volver al ejercicio de los indicadores. En segundo lugar, queda la opcin de un examen en la etapa de las listas sin ninguna orientacin numrica previa, con o sin indicadores acordados acerca de cul ser el carcter que atribuiremos a esa "orientacin" al definirla. Detect un malestar generalizado ante la idea de que en esa etapa del proceso todo es objeto de un tira y afloja entre dos bandos. Independientemente de las consideraciones que motivan ese malestar (y que difieren claramente de un Miembro a otro), un examen en la etapa de las listas supondra una enorme presin de tiempo en las ltimas etapas de las negociaciones. No me parece que sea la mejor forma de proceder. El hecho es que en ausencia de una decisin en lo inmediato, el proceso tomar ese derrotero tanto si los Miembros estn satisfechos con ese resultado como si no. __________ -  PAGE 5 - 3429 /@WX 2 5    0=lo%(Z訽虍skhNmH sH hQ-2hQ-26aJmH sH hQ-2hQ-26mH sH hmH nH sH tH hQ-2hQ-2mH nH sH tH hQ-2hQ-2aJmH sH hmH sH hQ-2mH sH hQ-2hQ-256mH sH h9]:mH sH hQ-2hQ-2:mH sH hQ-2hQ-2mH sH hQ-2hQ-25mH sH *AWXYZ  gdQ-2 ^gdQ-2 0^`0gdQ-2gdQ-2$a$gdQ-2$a$gdQ-2 $ (#a$gdQ-2'GCG   ./0=>K  <= x^`xgdNgdQ-2 & F gdQ-2gdQ-2 $ a$gdQ-248ABIJ    eo;<=ohoOWz{Y\35, J #!;!>!"""""hmH sH hQ-2h`:mH sH h`:mH sH hQ-2hQ-256mH sH hQ-2mH sH hQ-2hNmH sH  jhNmH sH hQ-2hQ-2mH sH hNmH sH A!#& ,.1H248;A?PAG%G&G'G6G7G8G9G$a$gdQ-2gdN$a$gdNhgdNgdQ-2 & F gdQ-2 gdQ-2""g"j"##$$%%%%s&&&&((((()))))))*!*#*$*+*8*h+v+,,~----v.{.|...../|//////00}0000001111{2|2n3v33344445&5h6kmH sH h*kmH sH hQ-2hQ-26mHnHsH uh`:mH sH hmH sH hQ-2hQ-2mH sH N&5Y5Z5p5q56666V8v88888*9/999_;h;j;y;<0<2<<<v<}<==>>>@ @@@@@@@A#A7AOAABUB`BBBBB0C8C`CqCCCCCDDDDDD EE4EEEeEjEFFGhQ-2hQ-26mHnHsH uhQ-2h6kmH sH hmH sH h6kmH sH h*kmH sH hQ-2hQ-2mH sH LGG%G&G'G)G*G0G1G2G3G7G8G9G@GAGBGCGDG̶ܶhXYheR_hQ-2heR_mH sH hXY0JmHnHu heR_0JjheR_0JUheR_mH sH hNhNmH sH hN5mH sH hNmH sH 9G:G?G@GAGBGCGDGgdN5 0&P 1h:pQ-2. 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