Cómo están organizadas las negociaciones
La Declaración de noviembre de 2001 de la Cuarta Conferencia Ministerial, celebrada en Doha, Qatar, establece el mandato para las negociaciones sobre una variedad de temas y para otros trabajos, incluidas las cuestiones relativas a la aplicación de los acuerdos actuales.
Las negociaciones se celebran en el Comité de Negociaciones Comerciales y sus órganos subsidiarios.
Otras tareas previstas en el programa de trabajo se llevan cabo en otros consejos y comités de la OMC.
> Lista de temas
> Explicación de la Declaración de Doha
> Explicación de la Decisión relativa a la aplicación
Organización y gestión de las negociaciones
La Declaración de Doha organiza los trabajos de las negociaciones y otras tareas (entre paréntesis se indican los párrafos pertinentes).
Estructura
> Declaración del Presidente del CNC sobre la ´Ç°ù²µ²¹²Ô¾±³ú²¹³¦¾±ón de los trabajos, 1º de febrero de 2002
Comité de Negociaciones Comerciales (CNC), bajo la autoridad del Consejo General, establecido por la Declaración de Doha. Presidente:
el Director General de la OMC.
Grupos de negociación El Comité de Negociaciones Comerciales acordó la siguiente estructura.
En nuevos grupos de negociación:
- Acceso a los mercados
- Normas de la OMC (antidumping, subvenciones, acuerdos comerciales regionales)
En órganos existentes:
- Agricultura: en reuniones extraordinarias del Comité de Agricultura
- Servicios: en reuniones extraordinarias del Consejo del Comercio de Servicios
- Indicaciones geográficas, un sistema de registro multilateral: en reuniones extraordinarias del Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). Otras cuestiones relacionadas con los ADPIC recibirán atención prioritaria en las reuniones ordinarias del Consejo de los ADPIC
- Entendimiento sobre Solución de Diferencias: en reuniones extraordinarias del Órgano de Solución de Diferencias
- Medio ambiente: en reuniones extraordinarias del Comité de Comercio y Medio Ambiente
- Negociaciones sobre cuestiones pendientes relativas a la aplicación: en los órganos pertinentes de conformidad con el párrafo 12 de la Declaración Ministerial de Doha. (Ver ±ð³æ±è±ô¾±³¦²¹³¦¾±ón)
La decisión también hace considerable hincapié en el trato especial y diferenciado para los países en desarrollo, y ello de tres maneras: afirma que es parte integrante de los Acuerdos de la OMC; todas las negociaciones y demás aspectos del programa de trabajo de Doha deben tomar plenamente en cuenta este principio; y todas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado han de examinarse para que sean más precisas, eficaces y operativas. A tal efecto:
- Examen de todas las disposiciones sobre trato especial y diferenciado: en reuniones extraordinarias del Comité de Comercio y Desarrollo
Principios
Todo único: Prácticamente cada punto de la negociación es parte de un todo indivisible, y nada puede acordarse por separado. “Nada queda acordado mientras no se haya acordado todo”.
±Ê²¹°ù³Ù¾±³¦¾±±è²¹³¦¾±ón: Pueden participar en las negociaciones todos los Miembros de la OMC y los gobiernos observadores que estén negociando o se propongan negociar su adhesión. Sin embargo las decisiones sobre los resultados son únicamente adoptadas por los Miembros.
Transparencia: Las negociaciones deben ser transparentes.
Trato especial y diferenciado: Las negociaciones deben de tomar plenamente en cuenta el principio del trato especial y diferenciado para los países en desarrollo y los menos adelantados.
Desarrollo sostenible: Los Comités de Comercio y Desarrollo y Comercio y Medio Ambiente identifican y debaten los aspectos de las negociaciones relacionados con el desarrollo y el medio ambiente, a fin de contribuir al logro del objetivo de hacer que en las negociaciones se refleje de manera adecuada el desarrollo sostenible.
Temas no negociados: Los elementos del programa de trabajo que no incluyen negociaciones también reciben alta prioridad. El Consejo General ha de informar sobre la marcha de los trabajos a la Quinta Conferencia Ministerial en 2003.
Véase también:
> “principios y prácticas” detallados en el Comité de Negociaciones
Comerciales, 1º de febrero de 2002
> Declaración del Presidente del CNC sobre la ´Ç°ù²µ²¹²Ô¾±³ú²¹³¦¾±ón de los trabajos,
1º de febrero de 2002