ࡱ> q bjbjt+t+ *AAc]NNNNNNNDzzzz,&z4|:^``4b4b4b4b4b4b4$57 4N0004NN0NN`4NNNN0`4*"Z.NN`4g`zz:4&Organizacin Mundial del Comercio RESTRICTED DOCPROPERTY "Symbol1" WT/TPR/G/118 30 de junio de 2003 (03-3356)rgano de Examen de las Polticas Comerciales Original: francs EXAMEN DE LAS POLTICAS COMERCIALES  DOCPROPERTY "Country"\* MAYS NGER Informe del Gobierno  De conformidad con el Acuerdo por el que se establece el Mecanismo de Examen de las Polticas Comerciales (Anexo 3 del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organizacin Mundial del Comercio), se adjunta la exposicin de polticas presentada por el Gobierno de  DOCPROPERTY "Country" Nger.  ADVANCE \y 700  Nota: Este informe ser de distribucin reservada y no podr difundirse a la prensa hasta el final de la reunin del rgano de Examen de las Polticas Comerciales sobre DOCPROPERTY "Country" Nger. NDICE  TOC \o "1-7" I. Introduccin  PAGEREF _Toc45345965 \h 5 II. ENTORNO MACROECONMICO  PAGEREF _Toc45345966 \h 5 III. POLTICAS Y PRCTICAS COMERCIALES  PAGEREF _Toc45345967 \h 6 1) Objetivos generales de poltica econmica y comercial  PAGEREF _Toc45345968 \h 6 a) Objetivos generales de poltica econmica  PAGEREF _Toc45345969 \h 6 b) Objetivos generales de poltica comercial  PAGEREF _Toc45345970 \h 6 2) Objetivos sectoriales de la poltica comercial  PAGEREF _Toc45345971 \h 7 a) Sector de la minera  PAGEREF _Toc45345972 \h 7 b) Sector agropecuario  PAGEREF _Toc45345973 \h 8 c) Servicios  PAGEREF _Toc45345974 \h 9 d) Industria  PAGEREF _Toc45345975 \h 11 e) Energa  PAGEREF _Toc45345976 \h 12 3) Descripcin general del rgimen de importacin y de exportacin  PAGEREF _Toc45345977 \h 12 a) Reglas generales  PAGEREF _Toc45345978 \h 12 b) Reglas especficas  PAGEREF _Toc45345979 \h 14 4) Marco de poltica comercial  PAGEREF _Toc45345980 \h 14 a) Leyes y reglamentos por los que se rige la aplicacin de la poltica comercial  PAGEREF _Toc45345981 \h 14 b) Mecanismo de formulacin y examen de la poltica comercial  PAGEREF _Toc45345982 \h 17 c) Acuerdos comerciales bilaterales, regionales y multilaterales  PAGEREF _Toc45345983 \h 18 5) Aplicacin de la poltica comercial  PAGEREF _Toc45345984 \h 19 a) Medidas de poltica comercial aplicadas en el Nger  PAGEREF _Toc45345985 \h 19 b) Problemas en los mercados interiores y exteriores  PAGEREF _Toc45345986 \h 23  Introduccin El Nger es un vasto pas sin litoral de una superficie de 1.267.000 km2 y una poblacin estimada en 10.790.352 habitantes. Su tasa de crecimiento demogrfico, de 3,1 por ciento al ao, es una de las ms altas del mundo. El Nger limita al Este con el Chad, al Oeste con Burkina Faso y Mal, al Sur con Nigeria y Benin, y al Norte con Argelia y Libia. Por su situacin geogrfica, el Nger constituye un nexo de unin entre los pases del Norte y los del Sur del Sahara y, como tal, es centro de intercambios econmicos entre ambas regiones. La economa del Nger est muy supeditada al sector rural (agricultura, ganadera y artesana), que comprende aproximadamente el 80 por ciento de la poblacin activa. En el plano poltico, el Nger es una Repblica democrtica y social regida por una Constitucin. A nivel administrativo, y en virtud de la Ley N 2001-023, del 10 de agosto de 2001, relativa a la creacin de circunscripciones administrativas y colectividades territoriales, el Nger se subdivide en ocho regiones (Agadez, Diffa, Dosso, Maradi, Tahoua, Tillabry, Zinder y la Comunidad Urbana de Niamey). ENTORNO MACROECONMICO Desde comienzos del decenio de 1980, el Nger ha hecho frente a dificultades econmicas que han ocasionado el deterioro de sus equilibrios internos y externos. Esta situacin se explica, sobre todo, por los factores siguientes: - la baja de los precios del uranio, principal producto de exportacin; - las sequas de los aos 1973 y 1984, que originaron una situacin de inseguridad alimentaria en las poblaciones rurales y de inestabilidad poltica desde comienzos del decenio de 1990; - la escasa movilizacin de recursos internos; - el rpido crecimiento de la deuda exterior; - la falta de ortodoxia financiera y de rigor en la gestin de los recursos financieros, materiales y humanos; y - la tendencia excesiva de la economa a convertirse en actividades no estructuradas. Para hacer frente a esa situacin, el Nger ha negociado con las instituciones de Bretton Woods (el FMI y el Banco Mundial) acuerdos de ajuste estructural basados en la privatizacin de las empresas estatales de los sectores de produccin y en la promocin de la economa. Asimismo, se ha beneficiado del apoyo de otros interlocutores, tanto a nivel multilateral como bilateral. Lamentablemente, esos esfuerzos han resultado neutralizados por diversos factores, en particular: - la inestabilidad poltica resultante del deterioro sin precedentes de la situacin econmica y financiera del Estado, incapaz ya de hacer frente a sus obligaciones, y cuyas consecuencias son las diferentes reivindicaciones de tipo social y poltico que han afectado a la buena marcha de las instituciones polticas y administrativas del pas. Ni siquiera la devaluacin del franco CFA en enero de 1994 ha dado lugar a una mejora significativa de la situacin, en particular debido a la insuficiencia de la oferta y la omisin de las suficientes medidas complementarias. Con la instauracin de la 5 Repblica, se crearon las condiciones para el crecimiento econmico. En su Declaracin de Poltica General, el Primer Ministro, jefe del Gobierno, ha definido los objetivos de poltica econmica y comercial. Por otra parte, el Nger, con apoyo del FMI, est poniendo en prctica, en el marco del Servicio para el Crecimiento y la Lucha contra la Pobreza, un programa econmico y financiero para2000-2003 cuya cuanta asciende a 59,2 millones de derechos especiales de giro. Los objetivos macroeconmicos previstos para el ao 2003 son los siguientes: - lograr una tasa de crecimiento del PIB real del 4 por ciento; - mantener la tasa de inflacin por debajo del 3 por ciento; y - limitar el dficit corriente de la balanza de pagos, sin contar las transferencias del sector pblico, al 9 por ciento del PIB. POLTICAS Y PRCTICAS COMERCIALES Objetivos generales de poltica econmica y comercial Objetivos generales de poltica econmica En su Declaracin de Poltica General, formulada en abril de 2000, el Primer Ministro, jefe del Gobierno defini entre otros, los siguientes objetivos generales de la poltica econmica: - lograr la estabilizacin del entorno macroeconmico; - organizar el sector rural mediante el desarrollo de subsectores agropecuarios destinados a la exportacin; - establecer los instrumentos y las condiciones de creacin de nuevas unidades de produccin; y - resolver la difcil cuestin del sector no estructurado mediante la aplicacin de una poltica de incentivos, tanto fiscales como promocionales, para la integracin progresiva de ese sector en la economa organizada y moderna. Objetivos generales de poltica comercial Con miras a mejorar la balanza comercial crnicamente deficitaria del Nger y asegurar una mejor integracin del pas en el sistema multilateral de comercio, el Gobierno ha realizado diversas acciones, entre las que figuran: - la liberalizacin de las operaciones del comercio exterior mediante la supresin del sistema de licencias y la creacin, en la Cmara de Comercio, Agricultura, Industria y Artesana del Nger, de una ventanilla nica para tramitar las operaciones de comercio exterior; - la liberalizacin del comercio de productos agropecuarios y de los precios; - la organizacin de una mesa redonda sobre el sector privado y de un encuentro de inversores; y - la creacin de un equipo para el seguimiento de los Acuerdos de la OMC. Actualmente, y tambin con miras al futuro, los principales objetivos son los siguientes: - aplicar el programa de desarrollo de las exportaciones; - poner en prctica el proyecto de promocin de las exportaciones agropecuarias; - mejorar el entorno institucional del desarrollo del comercio; - explotar adecuadamente los mercados subregionales, regionales e internacionales y organizar con eficacia los mercados interiores; - explotar y revalorizar los recursos locales; - mejorar la competitividad de los productos; - mejorar el entorno empresarial; - reforzar la capacidad del personal directivo, los agentes econmicos y la sociedad civil; - asegurar un mejor seguimiento de los Acuerdos de la OMC; - elaborar normas para los principales productos de exportacin; - buscar mercados para los productos nigerinos de exportacin; y - desarrollar la oferta de productos de exportacin. Objetivos sectoriales de la poltica comercial Sector de la minera En la declaracin relativa a la poltica minera, el Gobierno reafirma su voluntad de poner el mximo empeo en la diversificacin del sector. Con ese fin, el sector minero se ha incluido entre los elementos prioritarios del marco de lucha contra pobreza, sobre la base de los objetivos siguientes: - proseguir la explotacin minera de las unidades ya existentes en un rgimen asociativo mutuamente ventajoso; - crear un entorno favorable para los inversores privados del sector minero, tanto nacionales como extranjeros (infraestructuras geolgicas bsicas, sistema de informacin geolgica y minera, rgimen fiscal y legal, marco de seguridad jurdica y judicial, etc.); - apoyar la iniciativa privada para el desarrollo de explotaciones mineras a pequea escala; e - integrar el sector minero en la economa nacional, subregional, regional (UEMAO, CEDEAO) y mundial. Sector agropecuario La Estrategia de Desarrollo Rural elaborada en relacin con la aplicacin de la Estrategia de Reduccin de la Pobreza constituye un marco de referencia y armonizacin de todas las intervenciones destinadas al desarrollo rural. El objetivo general de la Estrategia de Desarrollo Rural es "reducir la incidencia de la pobreza rural del 66 al 52 por ciento para 2015 mediante la creacin de las condiciones necesarias para un desarrollo econmico y social duradero que permita garantizar la seguridad alimentaria de la poblacin y la gestin sostenible de los recursos naturales". Para alcanzar ese objetivo se han establecido tres ejes estratgicos: Eje estratgico 1: creacin de las condiciones para un crecimiento econmico sostenible en el medio rural mediante el acceso de los productores rurales a las oportunidades econmicas cuyos objetivos globales son los siguientes: - promover el aumento de la produccin rural, en particular mediante el aumento de las inversiones; - incrementar los ingresos de las familias rurales mediante una mejora del entorno econmico de la produccin que permita la diversificacin y una mayor valorizacin de los productos; y - aumentar la productividad y la sostenibilidad de los sistemas de produccin silvcola y agropecuaria y pesquera mediante el desarrollo de las investigaciones aplicadas y la transferencia de tecnologas en el medio rural. Eje estratgico 2: mejoramiento de la consolidacin de las condiciones de vida de las poblaciones mediante la gestin sostenible de los recursos naturales y la mejora de la seguridad alimentaria, cuyos objetivos globales son los siguientes: - asegurar el acceso de los hogares rurales a una alimentacin sana y suficiente en cantidad y en calidad; - ampliar el acceso de los hogares rurales a las actividades econmicas menos sujetas a riesgos, en particular menos dependientes de la irrigacin; y - asegurar la explotacin sostenible de los recursos naturales y la preservacin del medio ambiente. Eje estratgico 3: mejora de la gestin del sector rural mediante el refuerzo de la capacidad de las instituciones y las organizaciones rurales, cuyos objetivos globales son los siguientes: - reforzar la participacin de las poblaciones rurales, en particular de las mujeres y los jvenes, en los mecanismos de toma de decisiones sobre desarrollo rural mediante su presencia en las organizacin rurales; - mejorar la coherencia de las intervenciones de desarrollo rural mediante la coordinacin de los diferentes agentes nacionales y asociados para el desarrollo; y - reforzar la capacidad de organizacin y toma de decisiones de las poblaciones rurales, en particular de las mujeres y los jvenes, mediante la instruccin y el acceso a la informacin. Servicios Turismo Las orientaciones asignadas a este sector en la Declaracin de Poltica General son: * aplicar con toda rapidez una poltica de comercializacin turstica a fin de evitar que, de algn modo, se asocie al Nger con el terrorismo internacional; * subsanar, en el plazo de tres aos, las deficiencias comprobadas mediante un programa de reorganizacin de las empresas del sector; y * revalorizar las manifestaciones culturales especficas del Nger con miras a atraer ms visitantes. En el marco de la Estrategia de Reduccin de la Pobreza se han establecido para el sector los objetivos siguientes: * liberalizar por completo el sector de hostelera; * triplicar, en el plazo de tres aos, el nmero de turistas internacionales, estimado en 39.431 para el perodo de 1996-2002; * asegurar una tasa de crecimiento de las corrientes tursticas del 10 por ciento al ao; y * diversificar los productos tursticos y facilitar el acceso del sector a la financiacin. Transportes En materia de transportes terrestres, martimos y fluviales, las orientaciones para el perodo de2000-2004 se basan en las lneas de accin siguientes: * la superacin de la situacin de aislamiento interno y externo del pas; * el control de los gastos de transporte; * la mejora de la calidad de las prestaciones; * la continuacin de la modernizacin del sector; y * el refuerzo de la regulacin y la promocin de las actividades de transporte. Sobre la base de esas orientaciones se han establecido los objetivos siguientes: * elaborar y poner en prctica una poltica sectorial en materia de transportes; * concluir y desarrollar las infraestructuras bsicas de transporte; * modernizar los medios de transporte y asegurar su gestin racional; * mejorar el marco institucional y jurdico del transporte; * mejorar la calidad de los servicios y reducir los costos; * organizar y formar a los agentes del sector del transporte; * aumentar la seguridad de las carreteras. En materia de transporte areo, las orientaciones para el perodo de 2000-2004 son las siguientes: * reactivar los transportes areos en el Nger; y * desarrollar infraestructuras de transporte areo. En el marco de estas orientaciones, se han establecido los objetivos siguientes: * mejorar la red secundaria de transporte areo; * crear una compaa nacional viable para el transporte interno y de cercanas; * renovar las infraestructuras de transporte areo; y * mejorar la calidad y la seguridad del transporte areo. Telecomunicaciones En la declaracin del Primer Ministro se han establecido las orientaciones siguientes: En materia de telecomunicaciones, la poltica del Gobierno consiste en proseguir la aplicacin del plan marco del sector para el perodo de 1991-2010 y crear un marco institucional y jurdico favorable a las inversiones privadas. A tal efecto, se han fijado los objetivos siguientes: * aumentar la oferta de servicios telefnicos y facilitar el acceso a los servicios de telecomunicaciones al mayor nmero posible de usuarios, en particular de zonas rurales; * ofrecer servicios variados y de calidad a precios competitivos, basados principalmente en los costos reales (digitalizacin del 100 por ciento de la red en Niamey para el final de 2004, y en el resto del pas para el final de 2009); * aumentar las inversiones productivas privadas y pblicas en el sector de las telecomunicaciones; * mejorar la utilizacin de unos recursos limitados (las frecuencias); * construir una red nacional de telecomunicaciones fiable y conectada a las autopistas de la informacin; * promover las telecomunicaciones como sector econmico esencial para la expansin de una economa competitiva y abierta al mundo y para el sector de los servicios, que representa una parte importante del PIB; * asegurar el desarrollo de los recursos humanos en el sector de las telecomunicaciones; y * promover el desarrollo de las nuevas tecnologas. Artesana La Orden N 92-026, de 7 de julio de 1992, establece las orientaciones de la poltica nacional relativa al sector de la artesana. Esa poltica insiste, en particular, en la capacidad para generar un desarrollo interno basado en los recursos naturales, materiales y humanos, y las actividades que tienen efecto en la balanza comercial. Tiene en cuenta el desarrollo del sector privado en el marco de una economa de competencia libre y leal. En el marco de esa poltica, se prev la aplicacin de una estrategia para modificar progresivamente el entorno actual y hacerlo menos hostil, ms adaptado y ms favorable al desarrollo de la microempresa y la pequea empresa artesanal. Asimismo, esa poltica prev una estrategia fiscal basada en los siguientes objetivos fundamentales: claridad, simplificacin y contrapartida. Por otra parte, se ha reservado un lugar importante a la formacin de recursos humanos, la financiacin de las microempresas y las pequeas empresas, el abastecimiento y la funcin comercial, as como para los mecanismos institucionales. En el marco de la estrategia de reduccin de la pobreza, se han adoptado los siguientes objetivos para el sector de la artesana: - favorecer el acceso de las microempresas y pequeas empresas artesanales a la financiacin moderna; y - elaborar frmulas en que se integren la formacin, la difusin tecnolgica y la conquista de mercados. Industria En el Programa de Recuperacin Econmica (Ley N 97-024, de 8 de julio de 1997) se han definido como actividades de poltica industrial: - la valorizacin de los recursos nacionales, sobre todo la promocin del sector agroindustrial; - la mejora de la competitividad de las empresas, tanto en el mercado nacional como en materia de exportacin; - la promocin de la pequea y mediana industria (PYMI); - el desarrollo del empleo; - la promocin de las exportaciones de productos industriales mediante la explotacin sistemtica de los nichos de mercado que se originen en los subsectores de la agricultura y la ganadera; y - la integracin subregional. Por otra parte, en el mandato asignado al Ministerio de Industria se han fijado en particular los objetivos siguientes: - crear condiciones de competitividad para los productos nigerinos, tanto en el interior como en el exterior, y fomentar las inversiones privadas en el sector industrial; - fomentar y propiciar las inversiones privadas, en particular de promotores nigerinos, en los mbitos de la industria, el comercio exterior y el comercio interior; - lograr que los nigerinos residentes en el extranjero realicen inversiones en actividades industriales y comerciales en el Nger; y - promover el desarrollo de la industria, en particular de transformacin de los productos agropecuarios, silvcolas y artesanales. Energa Las orientaciones del sector se definen en el mismo Programa de Recuperacin Econmica en torno a los cuatro objetivos siguientes: - la proteccin del medio ambiente mediante la aplicacin de medidas que acten simultneamente sobre la demanda y la oferta de madera para uso energtico a fin de racionalizar la utilizacin de esa fuente de energa; - la independencia energtica, principalmente: * asegurndose el abastecimiento de hidrocarburos, tanto para reducir los costos (concentracin de compras) como para aumentar las reservas; * diversificando la produccin de electricidad que abarque las represas hidroelctricas, en particular, de Gambou, Dyodyenga y Kandadji; - la accesibilidad de la energa; y - la promocin de las energas naturales y renovables. Descripcin general del rgimen de importacin y de exportacin Reglas generales Las operaciones del comercio exterior han sido liberalizadas con la adopcin el 10 de julio de1990, del Decreto N 90-146. El sistema de licencias y restricciones arancelarias se ha suprimido para todos los productos, excepto para los hidrocarburos y los productos farmacuticos. Como parte de las medidas complementarias de esa poltica, se ha creado, en la Cmara de Comercio, una ventanilla nica para los trmites relativos a las operaciones de comercio exterior. La funcin de esa ventanilla nica es informar y sensibilizar a los agentes econmicos, registrar informaciones estadsticas y verificar las operaciones de importacin, exportacin y reexportacin. En lo que respecta a la ventanilla nica, se asigna un nmero de identificacin a todo agente econmico que cumpla las condiciones siguientes: - estar inscrito en el registro de comercio como importador o exportador; - abonar las cotizaciones de la Cmara de Comercio y del Consejo de Usuarios de Transportes Pblicos del Nger (CNUT); - estar inscrito en el registro de patentes o pagar la patente del ao en curso; - en el caso de los extranjeros, tener una autorizacin para desempear la actividad. Las disposiciones de ese Decreto no son incompatibles con: - las prohibiciones o restricciones aplicables a la importacin o al trnsito por motivos de moralidad, orden pblico, seguridad, proteccin de la salud y la vida de las personas y los animales y preservacin de los vegetales, proteccin de los bienes nacionales de valor artstico, histrico o arqueolgico, o proteccin de la propiedad industrial o comercial; - las medidas relativas a la defensa de los consumidores, empaquetado de los productos, vigilancia aduanera o control de las relaciones financieras con el extranjero. Las importaciones de mercancas por un valor FOB igual o superior a 2 millones de francos CFA estn sujetas a inspeccin por parte de COTECNA. En efecto, mediante el Decreto N 96-021/PCSN/MFP, de 12 de febrero de 1996, modificado y completado en virtud del Decreto N 96-370/PRN/MEF/P, de 18 de octubre de 1996, se estableci un programa de inspeccin y verificacin de las importaciones en materia de calidad, cantidad, precio, derechos arancelarios y origen. Las relaciones financieras exteriores se rigen por el Reglamento N 09/98/CM/UEMAO, de20 de diciembre de 1998. En efecto, en virtud del artculo 6 de ese Reglamento, las operaciones de inversin, prstamo, colocacin de fondos y, en general, todos los movimientos de capitales entre Estados miembros de la UEMAO son libres y no estn sujetos a restriccin alguna, de conformidad con los artculos 4, 76 (prrafo d)) 96 y 97 del tratado de la UEMAO. Los pagos al extranjero estn sujetos a autorizacin, a excepcin de los pagos corrientes previstos en el artculo 4 del Reglamento mencionado. Los artculos 23 y 24 de la Ley de Finanzas de 2001 (Ley N 2000-23, de 20 de diciembre de2000) y su decreto de aplicacin (Decreto N 2001-129/PRN/MF, de 26 de julio de 2001) prevn la obligacin de depsito de las mercancas destinadas al comercio. Reglas especficas Importaciones Las empresas e industrias tienen la posibilidad de importar directamente, y sin sujecin al sistema de nmeros de identificacin, las materias primas y los materiales tcnicos cuyas caractersticas dificulten su importacin por empresas no especializadas. Al hacerlo, deben cumplimentar el formulario de registro estadstico. Exportaciones Existen reglamentos especficos para el comercio de exportacin de cueros y pieles, ganado y carne, y sustancias minerales. Segn las disposiciones de la Orden N 86-15, de 3 de abril de 1986, slo las personas fsicas y jurdicas autorizadas pueden ejercer el comercio de cueros y pieles en lo que respecta a la obtencin primaria, el abastecimiento de curtiembres industriales y la exportacin. En cuanto al comercio de ganado y carne, el artculo 2 de la Orden N 86-16, de 3 de abril de1986, establece que "nadie tiene derecho a ejercer el comercio de ganado o carne sin habilitacin previa de la autoridad competente, que le expedir al efecto una tarjeta profesional". La comercializacin de minerales slo podr llevarse a cabo en virtud de un ttulo de explotacin minera o de canteras o una autorizacin para comercializar minerales extrados de explotaciones mineras artesanales. Marco de poltica comercial Leyes y reglamentos por los que se rige la aplicacin de la poltica comercial La Constitucin es la ley fundamental de la Repblica. La Asamblea Nacional vota las leyes. El Presidente de la Repblica negocia y ratifica los tratados y los acuerdos internacionales. No obstante, los tratados de defensa y de paz, los tratados y acuerdos relativos a organizaciones internacionales, de notificacin de leyes internas del Estado o de compromiso financiero del Estado slo pueden ratificarse en virtud de una ley. Textos orgnicos Como textos orgnicos relativos a la poltica comercial cabe citarse, entre otros, los siguientes: * el Decreto N 2001-243/PRN/MC/PSP, de 26 de noviembre de 2001, que establece las atribuciones del Ministro de Comercio y de Promocin del Sector Privado; y * el Decreto N 2001-224/PRN/MC/PSP, de 26 de noviembre de 2001, relativo a la organizacin del Ministerio de Comercio y de Promocin del Sector Privado. Tambin es preciso mencionar los textos orgnicos de los ministerios y las instituciones cuya actividad guarda relacin con el comercio, en particular el Ministerio de Economa y Finanzas, el Ministerio de Transportes, el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperacin, el Ministerio de Turismo y Artesana, y la Cmara de Comercio, Agricultura, Industria y Artesana del Nger. Textos legales sobre comercio El Cdigo del Comercio, subdividido en cuatro libros, se instituy mediante los textos siguientes: * la Orden N 92-048, de 7 de octubre de 1992, relativa al libro I del Cdigo de Comercio, que trata de los comerciantes en general y los servicios auxiliares del comercio; * la Ley N 95-011, de 20 de junio de 1995, relativa al libro II del Cdigo de Comercio, que trata de los actos de comercio en general, determinados contratos comerciales, la letra de cambio, el cheque y las garantas (fianzas y cauciones); * la Orden N 96-038, de 29 de junio de 1996, relativa al libro III, que trata del arrendamiento comercial y de los fondos de comercio; y * la Ley N 97-40, del 1 de diciembre de 1997, relativa al libro del Cdigo de Comercio que trata de los procedimientos colectivos. El ejercicio por extranjeros de actividades profesionales no asalariadas se rige por la Orden N87-010, de 12 de marzo de 1987, y sus textos de aplicacin, en particular el Decreto N87036/PCMS/MCI/T, de 12 de marzo de 1987, en que se establecen las condiciones pertinentes. En materia de comercio exterior, los principales textos en vigor son los siguientes: - Reglamento N 02/2002/CM/UEMAO, de 23 de mayo de 2002, relativo a las prcticas anticompetitivas vigentes en el interior de la UEMAO; - Reglamento N 03/2002/CM/UEMAO, de 23 de mayo de 2002, relativo a los procedimientos aplicables a las colisiones y los abusos de posicin dominante en el interior de la UEMAO; - Reglamento N 04/2002/CM/UEMAO, relativo a las ayudas del Estado en el interior de la UEMAO y a las modalidades de aplicacin del artculo 88 c) del tratado. - Decreto N 90-146/PRN/MPE, de 10 de julio de 1990, relativo a la liberalizacin de las importaciones y exportaciones de mercancas, y sus textos de aplicacin, en particular la Orden N 026/MPE/DCE, de 12 de julio de 1990, modificada por la Orden N 004/PME/PE/STS, de 16 de enero de 1991, la Orden N 023/MCI/T/DCE, de 10 de agosto de 1994, relativa a la supresin de las licencias y del sistema de despacho obligatorio de determinados productos de importacin y exportacin, la Orden N 28/MPE/DCE, de 16 de agosto de 1990, relativa a la creacin de una ventanilla nica y al establecimiento de sus modalidades de funcionamiento, y la Circular N 001/MC/I/DCE/SER, de 11 de noviembre de 1990. - Decreto N 96-021/PCSN/MFP, de 12 de febrero de 1996, por el que se establece un programa de inspeccin y verificacin de las importaciones, modificado y completado mediante el Decreto N 96-370/PRN/MEF/P, de 18 de octubre de 1996, y su texto de aplicacin: Orden N 0184/MFP/MCATT, de 10 de junio de 1996. En lo que respecta a la competencia y los precios, la Orden N 92-025, de 7 de julio de 1992, relativa a la reglamentacin en la materia liberaliza el rgimen de precios y fija las reglas de una competencia leal. Marco normativo en materia de inversiones El Cdigo de Inversiones prev un rgimen fiscal privilegiado para fomentar las inversiones en el Nger en diversos sectores, en particular el agropecuario, industrial, de la energa, la vivienda, los servicios, el transporte y la enseanza. En el sector de la minera, las inversiones se rigen por el Cdigo de Minas, que, a ese respecto, prevalece sobre el Cdigo de Inversiones. El Cdigo de Inversiones se instituy en virtud de la Orden N 89-19, de 8 de diciembre de1989, modificada y completada por la Orden N 97-05, de 27 de febrero de 1997, la Orden 99-69, de 20 de diciembre de 1999, y la Ley 2001-20, de 12 de julio de 2001. El Decreto N 90-123, de 3 de mayo de 1990, modificado por el Decreto N 92-135(bis), de 9de abril de 1992, determina las modalidades de aplicacin de la Orden N 89-19 de 8 de diciembrede 1989. Marco normativo del rgimen aduanero El Cdigo de Aduanas del Nger se instituy en virtud de la Ley 61-17, de 31 de mayo de1961, relativa a los regmenes aduaneros de la Repblica del Nger. Las condiciones de aplicacin de esa Ley se establecieron en el Decreto N 61-211/MF, de 14 de octubre de 1961. Las disposiciones de ese Cdigo comprenden las materias siguientes: principios generales del rgimen de aduanas, organizacin y funcionamiento del servicio de aduanas, trmites aduaneros para la entrada de mercancas, despacho de aduanas, rgimen aduanero de suspensin y admisin temporal, depsito aduanero, operaciones privilegiadas, circulacin y retencin de mercancas en el territorio aduanero, derechos aduaneros diversos percibidos por la aduana, y procedimientos contenciosos. - En el Cdigo de Aduanas de la UEMAO, adoptado en virtud del Reglamento N09/2001/CM/UEMAO, de 26 de noviembre de 2001, y en particular de su libro I, se establece el marco institucional, los procedimientos y los regmenes aduaneros. Segn su artculo 189, "son aplicables las disposiciones del Cdigo de Aduanas de los Estados que no sean contrarias al presente reglamento". - En el Acta adicional N 04-96, de 10 de noviembre de 1996 se establece un rgimen arancelario preferencial transitorio para los intercambios realizados dentro de la UEMAO, y su forma de financiacin. - En virtud del Reglamento N 02/97/CM/UEMAO, de 28 de noviembre de 1997, se adopta el arancel externo comn. - En el Reglamento N 05/98/CM/UEMAO, de 3 de julio de 1998, se establecen la lista de categoras de mercancas comprendidas en la nomenclatura arancelaria estadstica de la UEMAO y las consiguientes disposiciones modificativas. - En virtud de la Orden N 99-02, de 18 de septiembre de 1999, se reforma el arancel de aduanas de la Repblica del Nger. - En la Ley N 2000-003, de 2 de mayo de 2000, se modifican y completan determinadas disposiciones del rgimen fiscal y patrimonial y del arancel de aduanas de la Repblica del Nger. Marco normativo del rgimen fiscal El Nger no tiene cdigo fiscal. Sin embargo, existe un rgimen tributario y patrimonial de la Repblica del Nger en forma de compilacin de diversos textos fiscales en vigor. Cada ao se introducen ajustes en ese rgimen en virtud de la Ley de Finanzas. En el mbito de la UEMAO se adopt, mediante la Decisin 01/98/CM/UEMAO, de 3 de julio de 1998, un programa de armonizacin de los regmenes de tributacin indirecta. Sobre esa base, se adoptaron las directivas siguientes: - Directiva N 02/98/CM/UEMAO, de 22 de diciembre de 1998, relativa a la armonizacin de las legislaciones de los Estados miembros en materia de IVA; - Directiva N 03/98/CM/UEMAO, de 22 de diciembre de 1998, relativa a la armonizacin de las legislaciones de los Estados miembros en materia de impuestos especiales sobre el consumo; - Directiva N 06/2001/CM/UEMAO, de 26 de noviembre de 2001, relativa a la armonizacin de los impuestos sobre los productos del petrleo; - Directiva N 07/2001/CM/UEMAO, de 26 de noviembre de 2001, relativa a la armonizacin del pago anticipado del impuesto sobre los beneficios dentro de la UEMAO. Mecanismo de formulacin y examen de la poltica comercial En el Nger, el Ministerio de Comercio y de Promocin del Sector Privado es la principal institucin responsable de la formulacin y aplicacin de polticas comerciales. Otros departamentos ministeriales pueden desempear tambin una funcin importante en la formulacin de esas polticas, en particular los siguientes: - Ministerio de Economa y Finanzas; - Ministerio de Asuntos Extranjeros y Cooperacin; - Ministerio de Minas y Energa; - Ministerio de Turismo y Artesana; - Ministerio de Transportes; y - Ministerio de la Privatizacin. El sector privado contribuye igualmente a la elaboracin y aplicacin de la poltica comercial a travs de la Cmara de Comercio, Agricultura, Industria y Artesana del Nger, el Consejo Nacional de Usuarios de Servicios Pblicos, las organizaciones patronales y las asociaciones de proteccin de los consumidores. En lo que respecta a los Acuerdos de la OMC, se ha creado un equipo pluridisciplinar de seguimiento y aplicacin de los acuerdos de la Ronda Uruguay, dependiente del Ministerio de Comercio y de Promocin del Sector Privado. En ese equipo participan representantes de los departamentos administrativos pertinentes, del sector privado, del Parlamento y de la sociedad civil (sindicatos y asociaciones). Acuerdos comerciales bilaterales, regionales y multilaterales Acuerdos comerciales bilaterales Con miras a ampliar sus relaciones comerciales con diversos pases, el Nger ha suscrito acuerdos comerciales bilaterales con varios Estados, entre ellos, Nigeria, Argelia, Marruecos, Tnez, China y Libia. No obstante, slo se han previsto preferencias arancelarias con Tnez, mediante una reduccin del 50 por ciento de los derechos de aduana aplicados. Con la instauracin de la UEMAO, se ha suspendido ese acuerdo. Acuerdo regionales El Nger es signatario de acuerdos, convenios o tratados de diversas organizaciones regionales, en particular las siguientes: * Organizacin de la Unidad Africana (OUA), cuya Carta se firm en 1963 en Addis-Abeba (Etiopa); * Comunidad Econmica Africana (CEA), cuyo Tratado se firm en junio de 1991 en Abuja (Nigeria); * Comunidad Econmica de los Estados de frica Occidental (CEDEAO), creada en1975, que ha adoptado un plan de liberalizacin del comercio; * Consejo de la Entente, fundado en 1959 para promover la solidaridad poltica entre los Estados miembros; * Unin Econmica y Monetaria del frica Occidental (UEMAO), establecida en marzo de 1994 para asegurar la integracin econmica de los Estados miembros. El arancel externo comn de esta organizacin entr definitivamente en vigor el 1 de enero de 2000. * Organizacin Comn Africana y Mauriciana (OCAM); * Organizacin para la Armonizacin del Derecho Comercial en frica (OHADA); * Banco de Desarrollo del frica Occidental (BOAD); * Banco Central de los Estados de frica Occidental (BCEAO); * Organizacin de la Conferencia Islmica (OCI); y * Banco Islmico de Desarrollo. Acuerdos multilaterales El Nger se adhiri al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) el3de agosto de 1960, al convertirse en pas independiente, y el 13 de diciembre de 1996 pas a ser Miembro de la Organizacin Mundial del Comercio (OMC). En su calidad de Miembro, ha suscrito todos los compromisos previstos en los Acuerdos de laOMC, al margen de los acuerdos plurilaterales. Como pas menos adelantado, el Nger tiene puestas grandes esperanzas en la aplicacin efectiva de las medidas e iniciativas adoptadas para facilitar la insercin de los PMA en el sistema multilateral de comercio. El Nger es miembro tambin de las Naciones Unidas y de sus organismos especializados, como por ejemplo la UNCTAD, la ONUDI y la OIT. Es asimismo miembro del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial. Acuerdos preferenciales El Nger se beneficia de concesiones arancelarias, especialmente en el marco del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP), el Acuerdo ACP-UE y la Ley sobre Crecimiento y Oportunidades para frica (AGOA), y en virtud de su pertenencia a la UEMAO y a la CEDEAO. Aplicacin de la poltica comercial Medidas de poltica comercial aplicadas en el Nger Medidas que afectan a las importaciones Desde el 1 de enero de 2000, el Nger aplica efectivamente el arancel externo comn de la UEMAO. Las importaciones estn sujetas a los tipos arancelarios siguientes: * categora 0 = 0 por ciento (productos especiales, tales como libros, peridicos, artculos higinicos de caucho o sillones de ruedas para invlidos); * categora 1 = 5 por ciento (materias primas, animales de reproduccin, mquinas industriales, etc.); * categora 2 = 10 por ciento (productos semiacabados, insumos industriales, etc.); y * categora 3 = 20 por ciento (productos acabados). El tipo del impuesto estadstico es del 1 por ciento. El tipo del gravamen comunitario de solidaridad es del 1 por ciento para la UEMAO y del 0,5por ciento para la CEDEAO. El tipo del impuesto sobre el valor aadido (IVA) es del 19 por ciento. El impuesto regresivo de proteccin y el impuesto coyuntural a la importacin constituyen un dispositivo complementario de proteccin. Prohibiciones, contingentes y restricciones cuantitativas Pese a lo dispuesto en el Decreto N 146/PRN/MPE, de 10 de julio de 1990, pueden adoptarse las medidas siguientes: * prohibiciones o restricciones a la importacin o al trnsito por razones de moralidad, orden pblico, seguridad, proteccin de la salud y la vida de las personas y los animales y preservacin de los vegetales, proteccin de los bienes nacionales de valor artstico, histrico o arqueolgico, o proteccin de la propiedad industrial o comercial; y * medidas relativas a la defensa de los consumidores, empaquetado de los productos, vigilancia aduanera o control de las relaciones financieras con el extranjero. Los contingentes y las restricciones cuantitativas se suprimieron con la instauracin de la liberalizacin. Licencias de importacin Se suprimieron al liberalizarse las importaciones de todos los productos, salvo los hidrocarburos y los productos farmacuticos. Valoracin en aduana de las importaciones Como parte de la aplicacin del sistema de valoracin en aduana se adopt el Reglamento05/99/CM/UEMAO, de 6 de agosto de 1999, relativo al valor en aduana de las mercancas. El Nger, que haba obtenido un plazo adicional para la aplicacin del Acuerdo de Valoracin en Aduana, aplica este Acuerdo desde el 14 de diciembre de 2001. Normas de origen Las normas de origen aplicadas por el Nger varan en funcin de los grupos econmicos, y cabe distinguir entre normas de origen UEMAO, CEDEAO, SGP y AGOA. Normas Se ha creado una Direccin de Normalizacin, Calidad y Metrologa, dependiente del Ministerio de Comercio y de Promocin del Sector Privado (ver Decreto N 2001-244/PRN/MC/PSP, de 26 de noviembre de 2001). Las competencias y la organizacin de esa Direccin se determinaron mediante el Decreto N0032/MC/PSP/DNQ/M, de 8 de agosto de 2002. En virtud de la Ley N 2002-028/PRN, de 31 de diciembre de 2002, se ha establecido un sistema nacional de normalizacin, acreditacin y certificacin. En el marco de la UEMAO, se est aplicando un programa para el establecimiento de un sistema de acreditacin, normalizacin y promocin de la calidad. Su objetivo es asegurar la armonizacin de las normas de los Estados miembros de la UEMAO. Medidas que afectan a las exportaciones Marco normativo, restricciones cuantitativas y contingentes: Con la adopcin del Decreto N 90-146/PRN/MPE, de 10 de julio de 1990, relativo a la liberalizacin de las importaciones y las exportaciones, se liberalizaron las actividades de exportacin y reexportacin. No se aplican contingentes ni restricciones cuantitativas a la exportacin. Sin embargo, estn prohibidas las exportaciones de algodn bruto. El sistema de licencias de exportacin ha sido sustituido por simples formularios que se rellenan con fines estadsticos. Impuestos y gravmenes a la exportacin El nico impuesto a la exportacin es el derecho estadstico fijado en el 3 por ciento ad valorem. Subvenciones y ayudas a la exportacin En el Nger no se conceden subvenciones directas a la exportacin. Sin embargo, los agentes econmicos se benefician del apoyo de los proyectos de desarrollo y los asociados para el desarrollo, con miras a mejorar su capacidad tcnica y orgnica. Promocin de las exportaciones En el marco del programa de promocin del sector privado, el Nger se ha beneficiado de la ayuda del PNUD para elaborar un programa de desarrollo de las exportaciones combinado con planes de accin que se presentaron a los donantes con ocasin de la mesa redonda sobre el sector privado organizada en Niamey en noviembre de 2002. El Nger ha obtenido asimismo el apoyo del Banco Mundial para elaborar un proyecto de promocin de las exportaciones agropecuarias, iniciado en 2001. Este proyecto est inscrito en las estrategias sectoriales adoptadas por el Gobierno para establecer los grandes equilibrios macroeconmicos aumentando de la contribucin del sector agropecuario al equilibrio de la balanza de pagos y mejorando el nivel de vida de la poblacin. Conviene sealar que la Cmara de Comercio, Agricultura, Industria y Artesana del Nger dispone de un departamento de intercambios (el antiguo Centro Nigeriano de Comercio Exterior), que proporciona diversos tipos de apoyo a los exportadores, a saber en particular: ** orientacin en materia de ferias y exposiciones; ** organizacin de misiones comerciales y estudios de mercado; y ** formacin de agentes econmicos. Medidas que afectan a la produccin y al comercio Empresas pblicas y procesos de privatizacin En el marco de la privatizacin de empresas estatales en los sectores de produccin, el Nger adopt la Orden N 96/75, de 11 de diciembre de 1996, que establece las condiciones generales de las privatizaciones y los rganos encargados de conducir el proceso de privatizacin en el Nger. A tal efecto se crearon los rganos siguientes: ** el Comit Interministerial, que adopta todas las decisiones relativas a las operaciones de privatizacin y est presidido por el Primer Ministro, jefe del Gobierno; ** el Ministerio de Privatizacin, encargado de definir y aplicar las polticas, los programas y las estrategias de privatizacin; ** el Equipo de Coordinacin del Programa de Privatizacin (CCPP), encargado de la puesta en prctica de todas las operaciones de privatizacin; ** la Comisin de Ofertas, responsable de la apertura de los pliegos y del estudio tcnico de las ofertas. Adems, mediante la Orden N 99/044, de 26 de octubre de 1999, se cre un rgano de regulacin de las actividades en los sectores del agua, la energa, las telecomunicaciones y los transportes. En el marco de aplicacin del programa de privatizacin, que comprende una lista de12empresas, se han privatizado las sociedades siguientes: la Oficina de la Leche del Nger (OLANI), la Sociedad Nigerina de Cementos (SNC), la Sociedad Nigerina de Textiles (SONITEXTIL), la Sociedad Nigerina del Agua (SNE), la Sociedad Nigerina de Telecomunicaciones (SONITEL), la Sociedad Arrendadora de Material de Obras Pblicas (SLMTP). Se hallan en curso de privatizacin las empresas siguientes: ** Sociedad Nigerina de Productos del Petrleo (SONIDEP); ** Sociedad Nigerina de Electricidad (NIGELEC); ** Sociedad Propietaria y Gestora del Hotel Gaweye (SPEHG); ** Sociedad Nacional de Transportes del Nger (SNTN); ** Sociedad del Arroz del Nger (RINI); y ** Oficina de Aguas Subterrneas (OFEDES). Contratacin pblica Mediante la Orden N 85-32, de 14 de noviembre de 1985, se estableci el Cdigo de Contratacin Pblica del Nger. Las modalidades de aplicacin de esa Orden se establecieron en el Decreto N 85-194/PCMS, de 14 de noviembre de 1985, modificado y completado por el Decreto N87-088/PCMS, de 23 de julio de 1987. El Gobierno ha emprendido una profunda reforma del sistema de contratacin pblica que ha culminado en la adopcin de un nuevo cdigo mediante la Orden N 2002-007, de 18 de septiembre de 2002, ratificada por la Asamblea Nacional el 16 de Octubre de 2002. Entre los objetivos de esa reforma pueden citarse: * el afn por lograr un mayor respeto de la aplicacin de las normas y procedimientos existentes en materia de contratacin pblica; * un esfuerzo por aumentar la eficacia y la transparencia; * un afn de mejoramiento de las condiciones de competencia en la contratacin pblica. Los textos de aplicacin del nuevo Cdigo estn en proceso de elaboracin. Problemas en los mercados interiores y exteriores Mercados internos Entre los problemas constatados en los mercados internos se puede citar: * la ausencia de una ley sobre competencia. Tras la adopcin de la legislacin comunitaria sobre competencia, cuya entrada en vigor est prevista para abril de 2003, cada pas miembro de la UEMAO deber establecer una ley sobre la competencia. El proceso de elaboracin de ese proyecto de ley est en curso, que tendr en cuenta: * la insuficiente organizacin de los circuitos de distribucin; * el predominio del sector no estructurado en las actividades comerciales; y * la insuficiencia de informacin y formacin de los agentes. Mercados exteriores En lo que respecta a los mercados exteriores, se han observado los problemas siguientes: * oferta insuficiente de productos nigerinos de exportacin; * escasa informacin sobre los mercados exteriores; * ausencia de normas para los productos de exportacin nigerinos; * insuficiente capacidad humana e institucional para desarrollar el comercio exterior; y * calidad deficiente de los productos de exportacin. Conclusin El Nger ha realizado esfuerzos considerables para liberalizar el comercio, y ha adoptado diversas medidas para mejorar su entorno econmico. Por otra parte, desde la instauracin de la 5 Repblica, el pas se caracteriza por su estabilidad poltica, y los objetivos de su poltica econmica han sido claramente definidos en la Declaracin de Poltica del Gobierno y en el Documento sobre la estrategia de lucha contra la pobreza. Sin embargo, debido a su condicin de PMA enclavado, sujeto a adversidades climticas (sequas), el Nger tropieza con reales dificultades para desarrollar un comercio regional e internacional. Por ese motivo, necesita la ayuda de los asociados para el desarrollo, en particular mediante los programas existentes, como el Marco Integrado para la Asistencia Tcnica relacionada con el Comercio. __________ Nger WT/TPR/G/118 Pgina  PAGE 3 Nger WT/TPR/G/118 Pgina  PAGE 3 WT/TPR/G/118 Examen de las Polticas Comerciales Pgina  PAGE 24 $/345LMYZ[r|ABYZ_`deuv"#9:?@DKMN\]mn    FG`߾߲j5UmHj{5UmHj5UmHj5UmH5mH jUCJ5 j5U:CJ,>* 5:CJ,C$/01234[opqr| 0$$l4+p# $$l4+p# $d$$$l4+p#`$$$dh$$/01234[opqr|}~-./012bcdwBCDKLM eQ  G  W ) + oJ   J   B  J A?> HG  L|}~- G$G$$dh $$l+p#$$ @$$l`+p#$$ $$l0+p#-./012bcdwBCDKLM eQ A?>$H $$l $$$l G$`abcd2 3 L M N O P j k      ' ( A B C E F jI5Uj5UjS5Uj5Uj]5Uj5Ujg5Uj5U5 j5Ujq5U>Q  G  W ) + oW & FB h<<?A      7 8 Q R S U V # $ % ' ( k l % & ' ) * j 5Uj! 5Uj5Uj+5Uj5Uj55Uj5Uj?5U j5Uj5U5=* a b { | }  Z&o&))u,,]/n/114488[:\:>>$D.DII#O+OrRR^^_`cceehht9t~wwq5.m2Eُ-Xn *TRY8`b6>*56>*H* jUj 5U j5U5VW0HHI,%rsuvtgda^[XUMJ  w9yzJ  J  J  _J   _J   2J   J  J   -J   -J   0HHI,%rsuv;$00W !"h""" #G###\$$$$7%r%%%*&+&Z&o&̾}zwtqn`TJ  KJ   Kt,gBWK   6J  J   1wJ  J  J  W !"h""" #G###\$$$$7%r%%  & FK h00<<%%*&+&Z&o&' ()p))))*-,s,t,Z-[--|.\/O0P00~0  & FK h00o&' ()p))))*-,s,t,Z-[--|.\/O0P00T111{2|2S334444455D6Ȼtqna^[K   wJ   w$[\{[|}cd K   K   TJ   TJQK   "0T111{2|2S334444455D6667S77/888000  & FK h0~~D6667S77/8888839~999 :\:]:::;;F;;;;;<<E<F<q<r<<< = =>=?====>|yvspm#$uvBCno'(nWX 6K   ()a K    p*88839~999 :\:]:::;;F;;;;;<<E<F<q<r<<<  & FK h< = =>=?====>L>>>>>>@@@ABVBBCC"D#D0  & FK h00>L>>>>>>@@@ABVBBCC"D#D.D/DEFhGVHHBIII?JJKKK¿{xugZWTQ mK   J   r^K   ^LK   LK   K   K   "^K   ,-h#D.D/DEFhGVHHBIII?JJKKKhK,LKLLLLpMNN"O~|00~  & FK hKKhK,LKLLLLpMNN"O#O+OOPPHQQQ1R2RrRRRSUUUqVVWɼsfYVSPMySK  ! 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