ࡱ> CE@ABq 8bjbjt+t+ 4HAA]:]~~~dH***>>>>8>:<$*||**||B*|*|>>****&b )**|`Z8M>>EVrgimen de polticas comerciales: marco y objetivos Introduccin Desde el anterior Examen de las Polticas Comerciales de El Salvador en 1996, se han introducido varios cambios importantes en el rgimen legal de comercio y de inversiones. Esto ha permitido a ElSalvador avanzar hacia una poltica de comercio exterior que busca contribuir al perfeccionamiento del proceso de integracin centroamericana y al fortalecimiento de los flujos de comercio e inversin entre ElSalvador y el resto del mundo. Dichas polticas se sustentan en un marco institucional y jurdico estable. El Salvador participa activamente en el sistema multilateral de comercio; en este sentido, se adhiri al Acuerdo sobre Tecnologa de la Informacin y particip en las negociaciones sobre los servicios financieros y sobre telecomunicaciones bsicas. El Salvador participa tambin en varios esquemas de integracin regional: es miembro del Mercado Comn Centroamericano (MCCA) y tiene en vigencia acuerdos de libre comercio con Chile, Mxico, y la Repblica Dominicana. ElSalvador ha suscrito y ratificado tambin un acuerdo de libre comercio con Panam. Adems, est negociando un acuerdo con el Canad y participa en las negociaciones del rea de Libre Comercio de las Amricas; se espera que para enero de 2003 se inicien las negociaciones de un tratado con los Estados Unidos. Formulacin y aplicacin de la poltica comercial Marco general jurdico e institucional La Constitucin de la Repblica de El Salvador, vigente desde el 20 de diciembre de 1983 con algunas reformas, seala que los rganos fundamentales del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) son independientes entre s en sus funciones y atribuciones. El rgano Ejecutivo est encabezado por un Presidente elegido por voto popular cada cinco aos, asistido por el Vicepresidente y el Consejo de Ministros. Entre sus funciones principales estn las de cumplir y hacer cumplir la Constitucin y dirigir la poltica exterior. Para el cumplimiento de las funciones ejecutivas se cuenta con Ministerios. El rgano Ejecutivo tambin est facultado, entre otras cosas, para celebrar tratados y convenciones internacionales, someterlos a la ratificacin de la Asamblea Legislativa y vigilar su cumplimiento. El rgano Legislativo consiste en una Asamblea Legislativa, cuerpo colegiado de carcter unicameral formada por 84 diputados elegidos por sufragio cada tres aos con derecho a reeleccin. Las principales funciones de la Asamblea son la creacin de la ley y la aprobacin del presupuesto. Los tratados internacionales deben ser ratificados por la Asamblea, la cual puede aprobarlos o rechazarlos, pero no hacer reservas. El rgano Judicial est conformado por la Corte Suprema de Justicia, las Cmaras de Segunda Instancia y los dems tribunales establecidos en las leyes secundarias. La Corte Suprema de Justicia est conformada por 15 Magistrados y cuatro Salas, siendo stas: la Sala de lo Constitucional; la Sala de lo Contencioso Administrativo; la Sala de lo Penal; y la Sala de lo Civil. Para la administracin poltica, la Repblica de El Salvador se divide en Departamentos, en cada uno de los cuales el rgano Ejecutivo nombra un Gobernador propietario y un suplente. Los Departamentos se dividen a su vez en Municipios, cuyas facultades incluyen la de crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones pblicas para la realizacin de obras determinadas. Tienen iniciativa de ley: los Diputados; el Presidente de la Repblica por medio de sus Ministros; la Corte Suprema de Justicia en materias relativas al rgano Judicial, al ejercicio del notariado y de la abogaca, y a la jurisdiccin y competencia de los Tribunales; y los Concejos Municipales en materia de impuestos municipales. Objetivos y formulacin de la poltica comercial Las autoridades sealaron que desde el anterior Examen de las Polticas Comerciales de ElSalvador, la poltica comercial sigue teniendo como objetivo principal el definir e impulsar estrategias que contribuyan a perfeccionar el proceso de integracin centroamericana y a fortalecer los flujos de comercio e inversin entre El Salvador y el resto del mundo. Con ese fin, el Gobierno ha definido estrategias de negociacin e implementacin de tratados bilaterales y multilaterales. Estas estrategias consisten, entre otras cosas, en: i) analizar, revisar y ajustar la poltica comercial a fin de que sea concordante con las metas establecidas y con los compromisos adoptados a nivel centroamericano e internacional; ii) analizar, revisar y ajustar la poltica comercial agropecuaria; iii)coordinar con los dems pases de la regin medidas para profundizar la Integracin Centroamericana, as como para establecer posiciones para las negociaciones multilaterales; iv)coordinar entre instituciones del Gobierno en reas comerciales; y, v) consultar y coordinar con el sector privado. El Ministerio de Economa sigue siendo responsable de la formulacin de la poltica comercial y est encargado de su aplicacin a travs del Viceministerio de Economa, por medio de la Direccin de Poltica Comercial y la Direccin de Administracin de Tratados (DATCO). La Direccin de Poltica Comercial est encargada de: compatibilizar la poltica comercial con el resto de las polticas econmicas y planes de desarrollo impulsados por el Gobierno; y de coordinar, conducir y dar seguimiento a las negociaciones comerciales de carcter bilateral, regional y multilateral. Por su parte, la DATCO est encargada de dirigir y supervisar la administracin de los acuerdos, convenios, tratados y otros instrumentos en materia comercial que se encuentran en vigor y los derivados de la Integracin Econmica Centroamericana. Dentro de este marco la DATCO se encarga de dar seguimiento a concesiones arancelarias, acceso a mercados, aplicacin de preferencias y contingentes agropecuarios, as como de aplicar los mecanismos de defensa comercial contemplados en los instrumentos jurdicos en materia de comercio internacional. Las dems entidades del rgano Ejecutivo que intervienen en el proceso de formulacin de la poltica comercial son: el Ministerio de Relaciones Exteriores; el Ministerio de Salud y Asistencia Social; el Ministerio de Agricultura y Ganadera; el Ministerio de Hacienda; el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologa (CONACYT); y cualquier Ministerio o Institucin cuando, dependiendo del tema de que se trate, sea necesaria su consulta. La coherencia de las polticas comerciales y su seguimiento y cumplimiento con el Plan de Gobierno, son responsabilidad del Comit de Productividad, integrado por Ministros, como los de Economa, Hacienda, Agricultura y Relaciones Exteriores. El seguimiento de las polticas es asegurado por la Secretara Tcnica de la Presidencia de la Repblica. La Asamblea Legislativa no interviene directamente en la formulacin de la poltica comercial, sin embargo juega un papel determinante al tener que ratificar los tratados bilaterales, regionales y multilaterales comerciales que suscriba El Salvador para que los mismos puedan entrar en vigor. La Misin Permanente de El Salvador en Ginebra, que depende del Ministerio de Relaciones Exteriores aunque en estricta coordinacin con el Ministerio de Economa, representa al pas ante la OMC. A fines de 2002, se estaba estudiando el nombramiento, a partir del 1 de enero del 2003, de un alto funcionario del Ministerio de Economa como Representante Permanente en Ginebra para el seguimiento exclusivo de los asuntos de la OMC. A efectos de formular sus polticas comerciales, el Gobierno efecta consultas con el sector privado, a travs de la Oficina de Apoyo del Sector Productivo para las Negociaciones Comerciales (ODASP), en la que participan representantes de todos los sectores empresariales. El enlace con la Direccin de Poltica Comercial se efecta por medio de un coordinador designado para tales propsitos. Las entidades privadas involucradas incluyen: la Asociacin Nacional de la Empresa Privada (ANEP); la Asociacin Salvadorea de Industriales (ASI); la Cmara de Comercio e Industria de El Salvador; la Comisin de Textiles; y la Corporacin de Exportadores de ElSalvador (COEXPORT). Adems, la Fundacin Salvadorea para el Desarrollo Econmico y Social (FUSADES), instituto de investigacin privado, asesora en ocasiones al Gobierno sobre cuestiones de poltica econmica. Principales leyes y reglamentos comerciales La Constitucin prevalece sobre todas las dems leyes. De conformidad con la Constitucin, un tratado internacional se constituye en ley de la Repblica de El Salvador una vez ratificado, publicado en el Diario Oficial y cumplidos los requisitos para su entrada en vigor. Una ley nacional no puede modificar o derogar lo acordado en un tratado; en caso de conflicto entre el tratado y una ley, prevalece el tratado. Es por ello que las disposiciones de los tratados internacionales, como parte de la legislacin en vigor, pueden ser invocadas ante los tribunales nacionales. Desde el anterior Examen de El Salvador, se han modificado o introducido nuevas leyes en esferas especficas tales como procedimientos de aduanas, propiedad intelectual (vase el captuloIII), e inversin (vase seccin 3, infra). Se han aprobado asimismo nuevas enmiendas y modificaciones con respecto a varias leyes centradas en sectores concretos, por ejemplo, en diversas actividades del sector de los servicios, como se indica en el captulo IV. Rgimen de inversiones extranjeras Desde su anterior Examen, El Salvador ha continuado con sus esfuerzos para fomentar la inversin, especialmente la inversin extranjera, con el objetivo de contribuir al desarrollo econmico y social del pas a travs de la generacin de empleo, el incremento de la productividad, la diversificacin de la produccin, y el aumento de la exportacin de bienes y servicios. En este sentido, El Salvador ha implementado reformas del marco legal e institucional, encaminadas a proporcionar mayor seguridad jurdica a los inversionistas con respecto al establecimiento y la gestin de sus inversiones, y a facilitar el proceso de formalizacin de inversiones mediante la reduccin de trmites y la creacin de la Oficina Nacional de Inversiones para su administracin. En particular se reformaron el Cdigo de Comercio, la Ley del Registro de Comercio; y se dio una nueva Ley de Inversiones. La Ley de la Superintendencia de Obligaciones Mercantiles y la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contadura completan el marco legal general en lo que respecta a inversiones. La Ley de Inversiones (Decreto N 732 de 14 octubre de 1999) introdujo cambios en el rgimen de inversiones, tanto en el mbito legal como institucional. Las autoridades subrayaron que la nueva Ley establece disposiciones que reconocen los principios de garanta y proteccin de las inversiones basados en las "mejores prcticas" mundiales, uniformando los criterios para el establecimiento y la gestin de la inversin nacional y extranjera de estas disposiciones. En este sentido, la Ley garantiza la libertad de inversiones y el trato nacional para inversionistas extranjeros, salvo en las reas en las que existan limitaciones de acuerdo a otras leyes, as como la proteccin y seguridad de la propiedad. Tambin se garantiza la libre transferencia de fondos al exterior, la cual se encontraba sujeta a regulacin de acuerdo con la Ley anterior. La nueva Ley busca tambin la agilizacin de trmites y la reduccin de los costos de transaccin para el inversionista, a travs, por ejemplo, de la utilizacin de una ventanilla nica para los trmites relativos al establecimiento y la gestin de la inversin. Las autoridades observaron que el cumplimiento de estas nuevas disposiciones implic ajustar el marco jurdico mercantil en general y efectuar una reforma de modernizacin a nivel institucional. La Ley de Inversiones de 1999 consolid las diferentes limitaciones establecidas con anterioridad, tanto en la Constitucin de la Repblica como en leyes secundarias, con lo cual quedan limitadas las inversiones en las actividades y trminos siguientes: el comercio, la industria y la prestacin de servicios "en pequeo" son patrimonio exclusivo de los salvadoreos por nacimiento y de naturales de pases centroamericanos; el subsuelo pertenece al Estado, que puede, sin embargo, otorgar concesiones para su explotacin; la propiedad de bienes races rsticos no puede ser adquirida por extranjeros en cuyos pases de origen no tengan iguales derechos los salvadoreos, excepto cuando se trate de tierras para establecimientos industriales; la extensin mxima de tierra rstica perteneciente a una misma persona natural o jurdica, no puede exceder de 245 hectreas; el Estado tiene la facultad de regular y vigilar los servicios pblicos prestados por empresas privadas, as como la aprobacin de sus tarifas. Adems, las inversiones efectuadas para la adquisicin de acciones de entidades financieras estn sujetas a las limitaciones sealadas en las leyes que rigen dichas instituciones (vase captulo IV.5 ii)). La Ley de Inversiones tambin estableci la Oficina Nacional de Inversiones (ONI), dependencia del Ministerio de Economa. La ONI funciona como una ventanilla nica, ante la cual el inversionista nacional o extranjero puede realizar en un punto nico todos los trmites que sean necesarios. Las instituciones y trmites centralizados en dicha ventanilla, son: el Centro Nacional de Registros (matrcula nica de empresa, inscripcin de sociedades nacionales y extranjeras, inscripcin de balances contables, inscripcin de establecimientos mercantiles, inscripcin de derechos de propiedad intelectual y dems inscripciones que impliquen modificaciones de las inscripciones originales); el Ministerio de Hacienda (registro del nmero de identificacin tributaria y del nmero de contribuyente al IVA, y registro de importador); el Instituto Salvadoreo del Seguro Social (registro del nmero de identificacin patronal); el Ministerio de Gobernacin (residencia temporal, visa mltiple y carnet de extranjero residente); y el Ministerio de Economa (registro de inversin extranjera). La Ley obliga a los inversionistas extranjeros a registrar sus inversiones en la ONI, de lo contrario la inversin no queda garantizada, pudiendo adems el inversionista ser sancionado por la Superintendencia de Obligaciones Mercantiles. El registro no tiene carcter discrecional y su objeto es principalmente comprobar que la inversin proviene del exterior, ya que la ONI est tambin encargada de elaborar estadsticas sobre inversiones nacionales y extranjeras efectuadas en El Salvador. La Ley precisa que la ONI no puede condicionar la inscripcin en el registro de las inversiones extranjeras al cumplimiento de requisitos de desempeo explcitamente listados en la Ley, sin prejuicio de lo establecido en disposiciones contenidas en tratados internacionales y en las leyes que regulan materias de medio ambiente y salud pblica. El marco de inversiones de El Salvador se completa con acuerdos bilaterales, regionales y multilaterales que conceden garantas y proteccin a las inversiones extranjeras. Los Tratados de Libre Comercio negociados por los pases del MCCA con Chile (captulo X) y la Repblica Dominicana (captulo IX), as como el Tratado de Libre Comercio de Guatemala, El Salvador y Honduras con Mxico (captulo 14), contienen disposiciones especficas en materia de inversiones. ElSalvador es miembro del Organismo Multilateral de Garantas de Inversiones (OMGI) del Banco Mundial. A septiembre de 2002, El Salvador haba suscrito 23 convenios bilaterales sobre promocin y proteccin recproca de las inversiones, la mayor parte de los cuales estaban ya en vigor (cuadro II.1). Cuadro II.1 Acuerdos de promocin y proteccin recproca suscritos por El Salvador, octubre de 2002 PasFecha de suscripcinFecha de publicacinFecha de entrada en vigorFrancia20 de septiembre de 19781 de octubre de 199212 de diciembre de 1992Ecuador 16 de mayo de 199419 de diciembre de 19945 de enero de 1996Suiza8 de diciembre de 199420 de marzo de 199516 de septiembre de 1996Espaa 14 de febrero de 19955 de mayo de 199520 de febrero de 1996Argentina9 de mayo de 199619 de septiembre de 19968 de enero de 1999Per13 de junio de 199617 de octubre de 199614 de diciembre de 1996Taipei Chino30 de agosto de 199618 de diciembre de 199615 de febrero de 1997Chile8 de noviembre de 199621 de marzo de 1997Pendiente de notificacin de parte de ChileAlemania11 de diciembre de 199727 de marzo de 199815 de abril de 2001Paraguay30 de enero de 199821 de abril de 19989 de noviembre de 1998Corea7 de julio de 199818 de marzo de 200225 de mayo de 2002Nicaragua23 de enero de 199922 de abril de 19998 de julio de 2000Marruecos21 de abril de 199922 de septiembre de 2000 11 de abril de 2002Blgica/Luxemburgo12 de octubre de 199910 de marzo de 200018 de noviembre de 2002Holanda12 de octubre de 199910 de marzo de 20001 de marzo de 2001Reino Unido14 de octubre de 19999 de marzo de 20001 de diciembre de 2000Repblica Checa30 de noviembre de 19998 de mayo de 200028 de marzo de 2001Israel3 de abril de 200031 de julio de 2000Pendiente de notificacin de parte de IsraelUruguay 24 de agosto de 200022 de noviembre de 2000Pendiente de notificacin de parte de UruguayBelice4 de diciembre de 200118 de marzo de 2002Pendiente de notificacin de parte de BeliceCosta Rica21 de noviembre de 200118 de marzo de 2002Pendiente de notificacin de parte de Costa RicaFinlandia20 de mayo de 2002Ratificado por la Asamblea el 15de agosto de 2002. Pendiente de publicacin a octubre de 2002-Fuente: Informacin proporcionada por las autoridades salvadoreas. Como parte de la iniciativa del Gobierno de El Salvador para fomentar la inversin extranjera, se cre en febrero de 2000 la Comisin Nacional de Promocin de Inversiones Promoviendo ElSalvador (PRO.ESA) como una entidad estatal oficial especializada encargada de promover las inversiones extranjeras en El Salvador. El objetivo ltimo de la labor de PRO.ESA, a travs de la generacin de un mayor flujo de inversin extranjera, en contribuir a la creacin de empleo, diversificar e incrementar las exportaciones, fomentar la actividad turstica, e incentivar la transferencia de tecnologa. La administracin de PRO.ESA est a cargo de una Junta Directiva, presidida por el Vicepresidente de la Repblica e integrada por representantes del sector pblico y el sector privado. Como parte de su labor, PRO.ESA promueve la imagen de El Salvador en el exterior, identifica potenciales inversionistas y les brinda apoyo en la bsqueda de oportunidades de negocios en El Salvador, ofrecindoles informacin, contactos y los servicios necesarios para guiarlos hacia la decisin de establecer una inversin en el pas. La estructura institucional de PRO.ESA le permite interactuar con otros entes de los sectores pblico y privado, a fin de identificar los sectores en los que El Salvador presenta una ventaja comparativa, buscar socios estratgicos locales como una alternativa de negocios, y apoyar a los inversionistas ya establecidos en el pas. PROE.SA trabaja estrechamente con la ONI, que se encarga de proporcionar asesora sobre el rgimen legal y ofrecer sus servicios de trmites para el establecimiento de las inversiones. PRO.ESA no cobra por los servicios proporcionados; tiene un presupuesto anual de unos tres millones de dlares EE.UU., que proceden de intereses generados por fondos en fideicomiso provenientes de la privatizacin en el sector de las telecomunicaciones. Con la ampliacin de los beneficios de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe en el ao 2000 (vase infra), PRO.ESA inicialmente orient sus esfuerzos hacia la industria de la confeccin. A fines de 2002, la estrategia de PRO.ESA apuntaba a atraer las remesas de salvadoreos del exterior, tradicionalmente utilizadas para financiar consumo, hacia la inversin. PRO.ESA ha tomado a su cargo, desde su creacin, parte de las labores de FUSADES, a travs de su programa de Promocin de las Inversiones (PRIDEX), que contribuy significativamente en la dcada de los noventa al establecimiento de zonas francas y techo industrial en El Salvador. Relaciones internacionales Organizacin Mundial del Comercio La Asamblea Legislativa de El Salvador ratific el Protocolo de Adhesin al GATT en mayo de1991, y el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la OMC en mayo de 1995. El Salvador ha hecho uso de los perodos de transicin a los que pueden acogerse los pases en desarrollo. En base a lo estipulado en los compromisos asumidos, El Salvador ha venido presentando las correspondientes notificaciones a la OMC (cuadro II.2). Cuadro II.2 Notificaciones presentadas por El Salvador de conformidad con los Acuerdos de la OMC, septiembre de 2002 Artculo de la OMCDocumento de la OMC fecha (ltimo documento si peridico)Descripcin del requisitoAcuerdo sobre la AgriculturaArtculo 18.2G/AG/N/SLV/14 - 7.8.02Cuadro DS.1 - Ayuda internaArtculo 18.2G/AG/N/SLV/11 - 7.8.02Cuadro MA.1 - Contingentes arancelarios y de otro tipoArtculo 18.2G/AG/N/SLV/8 - 28.3.00Cuadro MA.2 - Contingentes arancelarios y de otro tipoArtculo 18.2Provisional entry - 7.8.02Artculos 10 y 18.2G/AG/N/SLV/14 - 7.8.02Cuadro ES.1 - Subvenciones a la exportacinArtculos 5.7 y 18.2G/AG/N/SLV/12 - 7.8.02Cuadro MA.5 - Medidas de salvaguardia especialAcuerdo Anti-dumping (Acuerdo relativo a la Aplicacin del Articulo VI del GATT)Artculo 16.4G/ADP/N/22/Add.1/Rev. 8 16.4.02Informes semestralesArtculo 16.5G/ADP/N/14/Add.14 26.4.02 G/SCM/N/18/Add.14 26.4.02 Autoridades competentesArtculo 18.5G/ADP/N/1/SLV/2 - 7.4.00Leyes y reglamentosValoracin en Aduana (Acuerdo relativo a la aplicacin del Articulo VII del GATT )Anexo III (1)G/VAL/N/4/SLV/1 30.5.01Progreso en la aplicacinArtculo 20.1WT/LET/1/Rev.2 - 7.4.95Entrada en vigorAcuerdo sobre Inspeccin Previa a la ExpedicinArtculo 5G/PSI/N/1/Add.6 - 3.4.97Leyes y reglamentosAcuerdo sobre Normas de OrigenArtculo 5 y Anexo II (4)G/RO/N/30 - 4.12.00Cambios en normas preferenciales y no preferencialesArtculo 5.1 y Anexo II (4)G/RO/N/11 - 20.8.96Normas preferenciales y no preferenciales existentesArtculo 5.1 y Anexo II (4)G/RO/N/10 - 29.4.96Normas preferenciales y no preferenciales existentesAcuerdo sobre SalvaguardiasFin de la investigacinG/SG/N/9/SLV/1 - 15.2.01Investigacin en materia de salvaguardias concluye sin imposicin de medidas de salvaguardiaG/SG/N/9/SLV/2 - 13.6.01G/SG/N/9/SLV/3 - 5.11.01Artculo 12.1 (a)G/SG/N/6/SLV/1 - 27.1.00Iniciacin de la investigacin y sus razonesG/SG/N/6/SLV/1/Suppl.1 - 16.3.00G/SG/N/6/SLV/2 - 18.7.00G/SG/N/6/SLV/1/Suppl.2 - 20.10.00G/SG/N/6/SLV/3 - 04.12.00G/SG/N/6/SLV/2/Suppl.1 - 22.12.00G/SG/N/6/SLV/1/Suppl.3 - 29.1.01G/SG/N/6/SLV/1/Suppl.4 - 19.3.01G/SG/N/6/SLV/2/Suppl.2 - 2.4.01G/SG/N/6/SLV/3/Suppl.1 - 15.5.01G/SG/N/6/SLV/3/Suppl.2 - 2.8.01Artculo 12.6G/SG/N/1/SLV/2 - 20.8.96Notificacin de leyes, reglamentos y procedimientos administrativosG/SG/N/1/SLV/1 - 14.3.95Incorporacin del Acuerdo a la legislacin nacionalAcuerdo sobre la Aplicacin de Medidas Sanitarias y FitosanitariasArtculo 7, Anexo BG/SPS/N/SLV/45 - 2.5.02Transparencia de los reglamentosG/SPS/N/SLV/38/Add.1 - 2.5.02Comercio de Estado (Entendimiento relativo a la interpretacin del artculo XVII)Artculo XVII (4) (a) G/STR/N/6/SLV - 27.2.01Actividades de comercio de Estado anualesAcuerdos sobre Subvenciones y Medidas CompensatoriasArtculo 25.1G/SCM/N/71/SLV - 31.12.01 G/SCM/N/71/SLV/Suppl.1 - 28.2.02Informe anual sobre subvencionesArtculo 25.11G/SCM/N/68/Add.1 - 22.1.01Informe semestral sobre medidas compensatoriasArtculo 25.12G/SCM/N/18/Add.5 - 28.5.97Autoridades competentesArtculo 32.6G/SCM/N/1/SLV/2 - 7.4.00Incorporacin del Acuerdo a la legislacin nacionalArtculo 27.4G/SCM/N/74/SLV/2 - 31.12.01SubvencionesAcuerdo sobre Obstculos Tcnicos al ComercioAnexo 3 c)G/TBT/CS/N/61 - 4.12.96Aceptacin del Cdigo de Buena Conducta sobre normas voluntariasArtculo 2.10G/TBT/NOTIF.95.324 - 2.11.95Reglamentos tcnicos propuestos y adoptadosG/TBT/NOTIF.99.505 - 6.10.99Artculo 2.9G/TBT/N/SLV/12 - 14.3.02Reglamentos tcnicos propuestos y adoptadosArtculo 10.6G/TBT/NOTIF.00/102 - 22.2.00Reglamentos tcnicos propuestos y adoptadosG/TBT/NOTIF.00/103 - 22.2.00G/TBT/NOTIF.99.224 - 28.4.99G/TBT/N/SLV/6 - 11.10.01Acuerdos sobre Textiles y el VestidoArtculos 2.8 a) y 2.11G/TMB/N/236/Add.1 - 19.6.97Lista de productos que se incluirn en la segunda etapa del proceso de integracinG/TMB/N/236 31.01.97G/TMB/N/236/Corr.1 - 8.10.97G/TMB/N/397 - 5.4.01Programa de integracin para la segunda y tercera faseG/TMB/N/397/Corr.1 - 7.12.01Artculos 2.6 y 2.7 b)G/TMB/N/52 - 1.3.95Lista de productos que se incluirn en la primera fase del proceso de integracinArtculo 6.1G/TMB/N/8 - 8.2.95Reserva del derecho a recurrir al mecanismo de salvaguardiaArtculo 6.1G/TMB/N/199 - 24.7.96Memorndum de entendimiento entre EE.UU. y ElSalvadorAcuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el ComercioArtculo 63.2IP/N/6/SLV/1 - 7.6.00Notificacin de leyes y reglamentosArtculo 69IP/N/3/Rev.2/Add.2 - 17.10.96Notificacin de puntos de contactoAcuerdo General sobre el Comercio de ServiciosArtculo III 4) o IV 2)S/ENQ/25 - 17.10.96Notificacin de puntos de contactoArtculo VII 4)S/C/N/17 - 17.10.96ReconocimientoArtculo XXVIII del GATT 1994Artculo XXVIII 5)G/MA/29 - 06.01.97Reserva del derecho a modificar el programaFuente: Secretara de la OMC. El Salvador particip en las negociaciones sobre telecomunicaciones bsicas y servicios financieros celebradas en el marco del AGCS y acept el Cuarto y el Quinto Protocolo anexo al AGCS. El Cuarto Protocolo fue suscrito el 15 de abril de 1997 y ratificado por medio del Decreto Legislativo N 1.031, de 29 de abril de 1997, publicado en el Diario Oficial N 92 del 22 de mayo de1997. El Quinto Protocolo fue suscrito el 27 de febrero de 1998 y ratificado por medio del Decreto Legislativo N 613, publicado en el Diario Oficial N 343 del 26 de mayo de 1999 (vase el captuloIV.5)). Asimismo, desde 1997, El Salvador participa en el Comit sobre la Expansin del Comercio de Productos de Tecnologa de la Informacin y en el Acuerdo sobre Tecnologa de la Informacin adoptado en la Conferencia Ministerial celebrada en Singapur en diciembre de 1996. Sin embargo a mediados de 2002, el Acuerdo an no haba entrado en vigor en El Salvador por estar en proceso de ratificacin por la Asamblea Legislativa. El Salvador, de conformidad con el Artculo XIII del Acuerdo de Marrakech, decidi no aplicar los Acuerdos Comerciales Multilaterales entre El Salvador y la Repblica Popular China. Las autoridades observaron que en la prctica no se excluye a China del trato de la nacin ms favorecida, aunque ste no est garantizado. Durante los preparativos de la Conferencia Ministerial de Seattle, junto con Cuba, Honduras, Nicaragua y la Repblica Dominicana, El Salvador solicit que se incluyeran en las negociaciones sobre agricultura y servicios varios puntos, entre otros, temas relativos a: la mejora del acceso a los mercados para los principales productos agrcolas de exportacin de los pases en desarrollo; el otorgamiento de flexibilidad y facilidades a los pases en desarrollo para poder utilizar ayuda interna en el sector agrcola; y la mejora del acceso a los mercados de servicios de aquellos sectores y modos de suministro de inters para los pases en desarrollo, especialmente, en lo referente al movimiento de personas fsicas. Asimismo, junto con Honduras y la Repblica Dominicana, El Salvador present una propuesta en favor de un rgimen especfico aplicable a los servicios de turismo para la prevencin de prcticas anticompetitivas en el marco del AGCS. En la Conferencia Ministerial de Doha de 2001, El Salvador destac la importancia de las zonas francas para su economa y la necesidad de prorrogar, con arreglo al prrafo4 del artculo27del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (sobre el trato especial ydiferenciado), el perodo de transicin para las zonas francas. La Conferencia Ministerial dispuso que el Comit de Subvenciones y Medidas Compensatorias prorrogara el perodo de transicin previsto en ese artculo para determinadas subvenciones a la exportacin otorgadas por los Miembros. En las actuales negociaciones de la OMC sobre la agricultura, El Salvador, junto con otros pases en desarrollo, present propuestas sobre el trato especial y diferenciado y sobre las medidas del "compartimento verde". La primera propuesta destaca la importancia del trato especial y diferenciado para los pases en desarrollo en materia de poltica agrcola e insta a la creacin de un compartimento de desarrollo con instrumentos de poltica destinados a: proteger y mejorar la capacidad de produccin nacional de productos alimenticios, en particular de primera necesidad; aumentar la seguridad alimentaria y el acceso a los productos alimenticios especialmente entre los pases ms pobres; crear puestos de trabajo o al menos mantener el empleo existente en las zonas rurales pobres; proteger de las importaciones baratas a los agricultores que ya estn ofreciendo un suministro adecuado de productos agropecuarios bsicos; ofrecer flexibilidad para prestar la ayuda necesaria a los pequeos agricultores, especialmente para aumentar su capacidad de produccin y competitividad. Los instrumentos propuestos para el compartimento de desarrollo incluyen: identificar explcitamente los productos o sectores que se benefician de tales apoyos internos y someterlos a las normas del Acuerdo sobre la Agricultura; permitir ajustar el nivel de los aranceles consolidados, en particular en aquellos casos en que se haya establecido que las importaciones baratas estn perjudicando o amenazan perjudicar a los productores nacionales; y aumentar el nivel de ayuda interna de mnimis del 10 al 20 por ciento; prohibir la utilizacin de la clusula de salvaguardia especial a los pases desarrollados; prohibir cualquier forma de dumping; y eliminar todas las formas de subvenciones a la exportacin (directas o indirectas) concedidas por los pases desarrollados. La segunda propuesta seala diversos problemas y deficiencias del compartimento verde y recomienda condensar todas las categoras de ayuda interna en un nico compartimento "subvenciones generales" con un conjunto de criterios para definir qu programas estaran permitidos dentro de ese nico compartimento. Adems, se propone que la clusula de la debida moderacin que protege contra el recurso a las subvenciones del compartimento verde sea una disposicin relativa al trato especial y diferenciado que proteja a los pases en desarrollo en sus esfuerzos por conseguir una mayor seguridad alimentaria, asegurar el empleo rural y aumentar su capacidad de produccin nacional. El Salvador ha participado en un numero limitado de casos de solucin de diferencias, siempre como parte demandante o como tercero (cuadroII.3) Cuadro II.3 Asuntos de la OMC relativos a diferencias en que participa o particip El Salvador, 1996-septiembre de 2002 AsuntoPlanteado contra/porMedidas adoptadas (fecha)Documento de la OMCAsuntos con El Salvador como parte reclamanteMedidas que afectan a los textiles y las prendas de vestir IIEE.UU./UE en asociacin con ElSalvador, Repblica Dominicana, Hong Kong, China, Pakistn, Honduras, Japn, Suiza e India Solicitud de celebracin de consultas (noviembre de 1998); notificacin de una solucin mutuamente convenida (julio de2000)WT/DS151/1-10Medidas de salvaguardias aplicadas al azcarChile/Colombia en asociacin con El Salvador, Cuba, Guatemala, Nicaragua y Costa RicaSolicitud de celebracin de consultas (marzo de 2001)WT/DS/228/1-6Asuntos con El Salvador como terceroProhibicin de las importaciones de determinados camarones y productos del camarnEE.UU/India, Malasia, Pakistn y TailandiaSolicitud de celebracin de consultas (octubre de 1996); adopcin del informe del Grupo Especial y del informe del rgano de Apelacin (noviembre de1998); distribucin del informe de situacin (julio de 1999); invocacin por Malasia del prrafo 5 del articulo 21 del ESD (octubre de 2000); solicitud de ampliacin del plazo previsto para la aplicacin de las recomendaciones y resoluciones (marzo de 2001); distribucin del informe del Grupo Especial (junio de 2001); notificacin de apelacin (julio de 2001), adopcin del informe del rgano de Apelacin (noviembre de 2001) (El Salvador no es parte)WT/DS58/1-23&Add.1-4 WT/DS58/R WT/DS58/RW WT/DS/AB/R WT/DS58/AB/RWInvestigacin antidumping sobre el cemento Portland procedente de MxicoGuatemala/MxicoSolicitud de celebracin de consultas (octubre de 1996); distribucin del informe del grupo especial (junio de1998); notificacin de apelacin (agosto de 1998); adopcin del informe del Grupo Especial y del rgano de Apelacin (noviembre de 1998) WT/DS60/1-12 WT/DS60/R WT/DS60/AB/RMedida antidumping definitiva aplicada al cemento Portland gris procedente de Mxico Guatemala/MxicoSolicitud de celebracin de consultas (enero de 1999); distribucin del informe del Grupo Especial (octubre de 2000); adopcin del informe del Grupo Especial (noviembre de 2000)WT/DS156/1-4 WT/DS156/RFuente: Secretara de la OMC. Acuerdos preferenciales Desde su ltimo Examen de las Polticas Comerciales , los tratados de libre comercio (TLC) han seguido cobrando una importancia cada vez mayor para las relaciones comerciales de El Salvador. Adems del MCCA, El Salvador ha suscrito nuevos tratados con Chile, la Repblica Dominicana, Mxico y Panam. Los acuerdos regionales y bilaterales preferenciales se han convertido en elementos importantes de la liberalizacin comercial en El Salvador pero su nmero cada vez mayor suscita preocupacin en cuanto a su costo administrativo, as como a su efecto sobre la transparencia del acceso al mercado y a posibles efectos de desviacin de comercio. Las autoridades sealaron que hasta la fecha, El Salvador no ha sido demandado por ningn socio comercial, ya sea en base a las disposiciones del MCCA o de los mecanismos de solucin de controversias acordados en los TLC suscritos con Chile, Mxico y la Repblica Dominicana; asimismo tampoco ha hecho uso de dichos mecanismos como demandante. Mercado Comn Centroamericano (MCCA) El Salvador es miembro del Mercado Comn Centroamericano (MCCA) desde 1961. El MCCA tambin incluye como miembros a Costa Rica, Guatemala, Honduras y Nicaragua. Desde el anterior examen de El Salvador, el proceso de integracin centroamericano ha experimentado cambios importantes, en particular con la ratificacin y entrada en vigor del Protocolo de Guatemala al Tratado General de Integracin Econmica Centroamericana (en agosto de 1995), Protocolo que define los objetivos, principios y medios de accin para alcanzar la Unin Econmica, meta fijada por los Presidentes Centroamericanos en complemento del Protocolo de Tegucigalpa. Con respecto al perfeccionamiento de la zona de libre comercio, se han eliminado la mayora de los obstculos al comercio intrarregional. En 2002, la gran mayora de los productos originarios de la regin gozaban de un arancel cero. En el mbito del comercio bilateral de El Salvador con cada uno de los dems pases existen excepciones al trato de libre comercio de algunos productos como: el caf tostado y sin tostar, el azcar de caa, el alcohol etlico, la harina de trigo, las bebidas alcohlicas destiladas y los productos derivados del petrleo (vase captulo III.2). Adems, conforme a los compromisos establecidos en el Protocolo de Guatemala al Tratado General de Integracin Econmica Centroamericana, El Salvador y Guatemala impulsaron desde 1996 medidas tendientes al establecimiento de una unin aduanera entre sus territorios. Posteriormente, en junio de 2000, Honduras y Nicaragua se sumaron al esfuerzo, logrando resultados como la armonizacin en un 71 por ciento del Arancel Externo Comn entre los cinco pases del MCCA, y la eliminacin de diversos obstculos no arancelarios al comercio intrarregional. A pesar de lo anterior, un estudio del Centro de Trmites de Exportacin de El Salvador (CENTREX) ha hecho notar que el comercio intrarregional se ha visto limitado en los ltimos aos por la persistencia de ciertos obstculos no arancelarios. La Secretara de Integracin Econmica Centroamericana (SIECA) tambin ha sealado una serie de medidas contrarias al libre comercio intrarregional, las cuales en el caso de las trabas de acceso al mercado salvadoreo incluyen prohibiciones a la importacin de porcinos y fruta de coco de Guatemala, por razones sanitarias y fitosanitarias, respectivamente. Las autoridades salvadoreas han observado que se han dado pasos importantes para eliminar los obstculos subsistentes al comercio intrarregional, establecindose por mandato Presidencial el 31 de diciembre del 2002 como fecha lmite para esta eliminacin. Otros objetivos incluyen el establecimiento de una poltica comercial externa comn y la eliminacin de puestos fronterizos intra-centroamericanos para el 31 de diciembre de 2003. Desde el anterior Examen de El Salvador, se ha adecuado la normativa comercial regional a los compromisos asumidos por cada uno de los pases centroamericanos en la OMC. A fines de 2002, se haban aprobado nuevos reglamentos en las siguientes reas: origen de las mercancas; prcticas desleales de comercio; medidas de salvaguardia; medidas de normalizacin, metrologa y procedimientos de autorizacin; as como medidas y procedimientos sanitarios y fitosanitarios. En materia de valoracin en aduana se adopt un Protocolo al Anexo "B" del Convenio sobre el Rgimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, mediante el cual se deroga en forma expresa la Legislacin Centroamericana sobre el Valor Aduanero de las Mercancas. Este Protocolo se encontraba en proceso de ratificacin a fines de octubre de 2002. Adems, en marzo de 2002, se suscribi la parte normativa de un Tratado Centroamericano sobre Inversiones y Comercio de Servicios; a septiembre de 2002, estaban siendo negociados los listados de reservas a dicho Tratado. Asimismo, el 27 de febrero de 2002, se suscribi una Enmienda al Protocolo de Tegucigalpa por medio de la cual se abre la posibilidad de establecer un mecanismo para la solucin de controversias comerciales en la regin. Dicha enmienda fue ratificada por El Salvador a travs del Decreto Legislativo N 939 de 28 de julio de 2002, publicado en el Diario Oficial N 152 del 20 de agosto de 2002. En el marco de su poltica de relaciones comerciales exteriores, los pases miembros del MCCA han seguido suscribiendo acuerdos con interlocutores comerciales del hemisferio occidental. En particular suscribieron acuerdos con la Repblica Dominicana, Chile y Panam. Tratado de Libre Comercio entre Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica, y la Repblica Dominicana El TLC suscrito por Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica con la Repblica Dominicana fue ratificado por la Asamblea Legislativa de El Salvador el 27 de Mayo de1999 y por la Repblica Dominicana el 15 de marzo de 2001; entr en vigor en ambos pases el 4de octubre de 2001. Dicho tratado abarca las siguientes esferas: acceso al mercado de mercancas; normas de origen; procedimientos aduaneros; medidas de salvaguardia; prcticas desleales; medidas sanitarias y fitosanitarias; reglamentos tcnicos; inversiones; comercio de servicios; transporte areo; telecomunicaciones; y solucin de controversias. La gran mayora de las importaciones provenientes de la Repblica Dominicana (cerca del 98por ciento del universo arancelario) est libre de derechos arancelarios; el promedio arancelario es del 0.3 por ciento (cuadro III.2). Un nmero limitado de productos no goza de libre acceso, en particular: carne y despojos comestibles; camarones; leche; cebollas; frijoles; caf; arroz; harina de trigo; grasas y aceites animales o vegetales; azcar de caa; concentrado de tomate; cerveza de malta; alcohol etlico; tabaco y cigarrillos; productos derivados de petrleo; y papel. Tratado de Libre Comercio entre Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica, y Chile El TLC que Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica suscribieron con Chile fue ratificado por la Asamblea Legislativa de El Salvador el 4de octubre de 2001 y por Chile el 24 de enero de 2002; entr en vigor el 1 de junio de 2002. Dicho tratado abarca las siguientes esferas: acceso al mercado de mercancas; normas de origen; procedimientos aduaneros; medidas de salvaguardia; prcticas desleales; medidas sanitarias y fitosanitarias; reglamentos tcnicos; inversiones; comercio de servicios; transporte areo; telecomunicaciones; poltica de competencia; contratacin pblica; y solucin de controversias. Las concesiones arancelarias otorgadas a las importaciones originarias de Chile abarcan prcticamente todo el universo arancelario (95,6 por ciento de las lneas arancelarias). Este TLC incluye un programa de desgravacin arancelaria escalonado sobre un periodo de 16 aos a partir de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio para un limitado nmero de productos de parte de Chile, pero un nmero mayor de productos de parte de El Salvador. Chile concedi acceso inmediato libre de aranceles a productos representando un 83,4 por ciento de las lneas, mientras que El Salvador lo hizo para un 63 por ciento. Debido a esto, en junio de 2002 el promedio del arancel preferencial aplicado a las importaciones chilenas era de 4,3 por ciento y segua estando relativamente prximo al promedio del arancel NMF. La mayora de los productos chilenos que no gozan de preferencia corresponde a productos agropecuarios, entre los cuales destacan productos clasificados bajo las siguientes partidas: animales vivos (captulo 01 del SA); carne y despojos comestibles (captulo02del SA); y tabaco y sucedneos del tabaco elaborados (captulo 24 del SA). Las importaciones de algunos productos de fundicin, hierro y acero (captulo 72 del SA), as como de armas y municiones (captulo 93 del SA) tampoco gozan de preferencia respecto al trato NMF. Tratado de Libre Comercio entre Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua y Costa Rica, y Panam El 6 de marzo de 2002, Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica suscribieron un Tratado de Libre Comercio con Panam. Este TLC fue ratificado por El Salvador el 3de octubre de 2002, encontrndose en ese momento, en proceso de ratificacin en Panam. El TLC abarca las siguientes esferas: acceso al mercado de mercancas; normas de origen; procedimientos aduaneros; medidas de salvaguardia; prcticas desleales; medidas sanitarias y fitosanitarias; reglamentos tcnicos; inversiones; comercio de servicios; servicios financieros; telecomunicaciones; poltica de competencia; contratacin pblica; propiedad intelectual; y solucin de controversias. A la espera de la entrada en vigor del nuevo TLC, El Salvador y Panam aplican el Tratado de Intercambio Preferencial suscrito el 11 de agosto de 1970. Dicho tratado tiene una cobertura de un 83,3 por ciento, la mayor parte de efecto inmediato y el resto escalonado en diez aos. Con base a lo anterior, se estableci un rgimen de libre comercio, uno de intercambio preferencial y un rgimen de cuotas o controles de importacin y exportacin para los productos naturales o manufacturados originarios de los territorios de ambos pases. Los productos sujetos al primer rgimen estn exentos de pago de derechos de importacin y de exportacin e incluyen la mayor parte de los rubros del Arancel. Los productos sujetos al segundo rgimen gozan de preferencia arancelaria calculada como porcentaje del arancel NMF. Entre estos productos figuran algunos jugos y conservas, algunos preparados alimenticios, determinados tipos de ropa y calzado, y ciertas mquinas elctricas. Asimismo, para un nmero limitado de productos se establecieron contingentes de importacin, incluyendo algunos tipos de sopas, perfiles de aluminio, tubos de aluminio, cables y alambres para conducir la electricidad, y escobas. Por ltimo, algunos productos, como carnes, legumbres y alimentos, pinturas, cueros y algunos artculos para la construccin, estn sujetos a controles de importacin y requieren de una autorizacin previa. Tratado de Libre Comercio entre El Salvador, Guatemala, Honduras y Mxico El TLC entre El Salvador (como parte del Tringulo Norte junto a Guatemala y Honduras) y Mxico se firm en mayo de 2000 y entr en vigor el 15 de marzo de 2001. Dicho tratado abarca las siguientes esferas: acceso al mercado de mercancas; procedimientos aduaneros; normas de origen; reglamentos tcnicos; medidas sanitarias y fitosanitarias; medidas especiales; salvaguardias; inversiones; comercio de servicios; propiedad intelectual; y solucin de controversias. El programa de reduccin arancelaria es asimtrico y debera concluir al cabo de 11 aos. Ms del 65 por ciento de las exportaciones procedentes de ElSalvador, Guatemala, Honduras y alrededor de 50 por ciento de las exportaciones mexicanas de productos industriales pasaron a beneficiarse desde un principio de un trato de franquicia arancelaria; para el ao 2005, gozarn de dicho trato el 80 por ciento y el 65 por ciento de las exportaciones, respectivamente. El TLC incluye una salvaguardia especial para los productos agrcolas sensibles. En 2002, el tipo arancelario medio aplicado a los productos procedentes de Mxico se situaba en un 5,1 por ciento, es decir, ms de dos puntos porcentuales por debajo del promedio NMF (cuadro III.2). Acuerdos de Alcance Parcial en el marco de la ALADI En el marco de la Asociacin Latinoamericana de Integracin (ALADI), El Salvador mantiene dos acuerdos de alcance parcial sobre la base del Artculo 25 del Tratado de Montevideo, uno con Venezuela (AAP N 27), y otro con Colombia (AAP N 8). Arreglos comerciales en proceso de negociacin El Salvador participa en el proceso de negociaciones del rea de Libre Comercio de las Amricas (ALCA), iniciativa lanzada en diciembre de 1994 con el propsito de eliminar progresivamente las barreras al comercio de bienes y servicios dentro del hemisferio occidental, y cuya conclusin est prevista para el ao 2005. Adems, a septiembre 2002, El Salvador estaba negociando, junto con sus interlocutores del MCCA, un acuerdo comercial con el Canad. Adems, se espera que para enero de 2003, se d inicio a las negociaciones de un TLC entre los Estados Unidos de Amrica y Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica. Por otra parte El Salvador y el Taipei Chino estaban estudiando la posibilidad de iniciar negociaciones para la subscripcin de un TLC entre ambos pases. Otros Acuerdos Adems de los programas de integracin negociados, El Salvador se beneficia de concesiones unilaterales otorgadas por varios pases desarrollados, en particular en el mbito del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP). En el caso de la Unin Europea, adems del rgimen general del SGP, El Salvador, junto con el resto de pases de Centroamrica y la Comunidad Andina, goza de un rgimen especial, conocido como el Rgimen Especial de Apoyo a la Lucha contra la produccin y Trfico de Drogas, para un determinado nmero de productos agrcolas e industriales, como incentivo por los esfuerzos realizados en la lucha contra el trfico de drogas. Dicho rgimen vence el 31 de diciembre de 2004. Cuadro II.4 Exportaciones salvadoreas con arreglo a la ICC y al SGP, 1996-2001 199619971998199920002001Exportaciones totales (millones de $EE.UU.)1.7882.4262.4412.5102.9412.865En el marco de la ICC (%)a12,510,99,79,410,57,9En el marco del SGP (%)b17,816,19.57,25,43,8a Exportaciones a los Estados Unidos de Amrica. b La lista de pases de destino vara segn los aos; sin embargo los principales destinos fueron la Unin Europea, el Canad y Suiza. Fuente: Secretara de la OMC en base a informacin proporcionada por las autoridades salvadoreas. Asimismo, desde 1983, los Estados Unidos han otorgado preferencias unilaterales a ElSalvador y otros pases en el marco de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC). La cobertura de productos fue ampliada en el ao 2000 por medio de una nueva legislacin denominada Ley CBTPA por sus siglas en ingls, en la que se reconoce la importancia para los pases de la ICC de las exportaciones de confeccin hacia los EE.UU. (cuadro II.4). En mayo de 2000, los Estados Unidos de Amrica aprobaron la Ley de Comercio y Desarrollo de 2000, que ampli los beneficios de la ICC. Con la aprobacin de dicha Ley, ElSalvador y los dems pases de la regin gozan de acceso preferencial al mercado estadounidense para algunos productos que en el pasado haban quedado excluidos de dicha Iniciativa. La medida otorga beneficios arancelarios hasta septiembre de 2008 o hasta el momento en el que entre en vigor el ALCA. La ampliacin de dichos beneficios implica la eliminacin de los aranceles sobre el valor agregado que pagan los productos textiles que se confeccionan en la regin con tela de los Estados Unidos. Adicionalmente, se otorga libre comercio a una cantidad determinada de prendas confeccionadas con tela regional elaborada con hilaza estadounidense hasta un lmite anual equivalente a 250 millones de metros cuadrados de tela local; as como a las camisetas confeccionadas con tela de la regin elaborada con hilaza estadounidense, hasta llegar a un mximo de4,2 millones de docenas. Estos lmites se incrementarn en un 16 por ciento anual como mximo, hasta el ao2004. A partir de ese ao se har una evaluacin para determinar el porcentaje de crecimiento. Los beneficios ICC se modificaron en 2002, por medio de la Ley de Comercio de dicho ao. Las autoridades observaron que estas modificaciones resultaron en una ampliacin del contingente, en equivalente en metros cuadrados, para tela regional de punto formada con hilaza de los Estados Unidos y para camisetas de vestir de punto formadas con hilaza de los Estados Unidos. En 2001, los principales productos exportados a travs de la ICC fueron: caf; azcar; toallas de algodn; camarones; papel higinico; velas; melaza de caa; cervezas; bolsas de papel; artculos de aluminio para cocina y productos tnicos. Los resultados de las preferencias otorgadas a travs del ICC parecen no haber estado a la altura de lo esperado, particularmente en el sector de los textiles y las prendas de vestir. Las autoridades observaron que, cuando se aprob la ampliacin de la ICC, se esperaba que a raz de las mayores preferencias, las exportaciones de ese sector llegaran a 4.000millones de dlares de EE.UU. en 2003, y que el valor agregado generado por el sector llegara a los 1.300 millones de dlares de EE.UU. Sin embargo, manifestaron que estas cifras debern ser ajustadas a la luz de las limitaciones introducidas por la Ley de Comercio del 2002 con respecto a los procesos que generan valor agregado y los procesos de acabado. En otras reas, como por ejemplo las exportaciones de calzado o atn, la apreciacin del impacto de las preferencias parece ser ms positiva.  Vase OMC (1996), Examen de las polticas comerciales de El Salvador, captulo II.1).  Documento G/IT/1/Rev.18, de 20 de abril de 2001.  Documento WT/L/429 de la OMC, 7 de noviembre de 2001.  Documento WT/GC/W/120 de la OMC, de4 de diciembre de 1998.  Documento WT/GC/W/372 de la OMC, de14 de octubre de 1999.  Documento WTMIN(01)/ST/77 de la OMC, de 11 de noviembre de2001.  Documento WT/MIN(01)/17 de la OMC, de20 de noviembre de2001.  Documento G/AG/NG/W/13 de la OMC, de23 de junio de2000.  Documento G/AG/NG/W/14 de la OMC, de23 de junio de2000.  Las restricciones bilaterales a los derivados del petrleo y las bebidas alcohlicas destiladas se aplican slo al comercio con Honduras.  Centro de Trmites de Exportacin (2000), Barreras no arancelarias que limitan el comercio regional, Gerencia Internacional.  Secretara de Integracin Econmica Centroamericana (SIECA), Medidas Contrarias al Libre Comercio Intrarregional, Guatemala, 2 de octubre de 2002.  Vase OMC (2002), Examen de las polticas comerciales de la Repblica Dominicana (captuloII.3).  Informacin proporcionada por el Ministerio de Economa de El Salvador.  Decreto Legislativo N 64, publicado en el Diario Oficial N 151 del 21 de agosto de 1970.  Costa Rica ya subscribi un TLC con el Canad el 23 de abril de 2001. WT/TPR/S/111 Examen de las Polticas Comerciales Pgina  PAGE 30 El Salvador WT/TPR/S/111 Pgina  PAGE 21 Page I. PAGE \* COMFORMATO 1 koEF g'h'ABIIJTTU[V\VVVVXXY3ZZZ[8[i\j\k\l\m\\_`q``aSabce(egghh  h     5BGY r5!$ȼzm`SF93  3  !   !                                  $&%i'/)R)}-2g7>2AAB\B]BbBwBBBBBBBBBCɼ{yyvqlgb^YTOJFA     &  <  U  ]^  x         :   :                  _   _>2AAB\B]BbBwBBBBBBBB@(($F$$l t$\fp#<<$@& BBCC+C>C?CEC\CpCCCCCCCC ,$$$l t$ fp#(($F$$l t$\fp#CC+C>C?CEC\CpCCCCCCCCCCDDDD3DIDaDbDoDDDDDDDDEE}xtoje`\    4  K  QR  h                    )  34  J  \  r  z{              "CCCDDDD3DIDaDbDoDDDDDDDDEEE2EFEZE[E Dx($$$l t$ fp#(($EE2EFEZE[EdExEEEEEEEEEEFF*F+F5FIFcFwFxFFFFFFFFGG}xsoje`[      .  67  O  c  y                    3  G  Z  `a  x              "[EdExEEEEEEEEEEFF*F+F5FIFcFwFxFFFFF4X$(($$$l t$ fp#(($FFFFGGG!G7GJGbGcGsGGGGGGGG HHH,HDH8<p$(($(($$$l t$ fp#GG!G7GJGbGcGsGGGGGGGG HHH,HDHrHsHzHHHHHHH I;I;[fڞX 0   & Fj h  h   & F$$l 3p# 9(($$(($(($>;[fڞX ի8̿}pcUH;-     (   '      &   % 8   8<  $ <  #   "   ! \  \   j  `   `   X ի8kغ $<<$ $9<<$@&    0  h8kغ "',-Y_eʼywwtoje`[VQMHC>  i  o                  .      -      ,      + 3   3  *   ) "',-Y_ekqw}D}vvvvvm$9<$$<$$9<$d$$֞ Np# $9<<$$<<$ ekqw}~]!"`vi\ZWWWWWB   2 9  1 d  0 9  / &                    !  %  *  /  JK  Q  W  ]  c"}~ 0 n $ n $9(($$(($ $9(($$$ Np#]!"`a$%ab*+@B`a$%ab*+@N 678  2   B #W@ANO /0128CJmH jCJUCJ5mH jU j0J0U6%N 345'$$lD# $$$$lD#$B56782 00&P P. 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