ࡱ> .0)*+,-q bjbjt+t+ @AA||]hhh8$<<<<P|4< x(FF\N !DACCCCCC$"$ g!,"N!!g%F\x%%%!8F\A<<!A%"%+b )A\<<P+V<<Z#,VPOLTICAS COMERCIALES, POR SECTORES Visin General Desde el anterior examen de El Salvador, el peso del sector manufacturero ha aumentado sensiblemente en trminos de contribucin al PIB y al comercio exterior. Esto se debe principalmente a la expansin de las industrias acogidas a regmenes especiales tales como zonas francas o depsitos para perfeccionamiento activo. Con la notable excepcin de algunas actividades agroindustriales, El Salvador ha limitado el uso de medidas de poltica comercial como instrumentos de poltica industrial, siendo el nivel de proteccin arancelaria otorgado al sector manufacturero relativamente bajo. El sector agrcola, a pesar de la perdida de peso relativo sufrida frente al sector manufacturero, sigue siendo importante en trminos de contribucin al valor agregado y al empleo nacional, as como en trminos de generacin de divisas. El Gobierno ha definido una poltica comercial agropecuaria especfica, cuyo objetivo general es proporcionar condiciones adecuadas a los productores agropecuarios salvadoreos que faciliten su transicin hacia la competitividad, su integracin a las cadenas productivas nacionales y su insercin en el mercado mundial, asegurando un adecuado abastecimiento interno y promoviendo su participacin en el crecimiento de las exportaciones. Con ese fin, se ha emprendido una revisin de la estructura arancelaria de los productos agropecuarios "sensitivos," revisin que hasta finales de 2002 haba resultado en un incremento de los aranceles que se aplican a las importaciones de queso, arroz, maz blanco y carne de cerdo. Los dos principales productos agrcolas de exportacin, el caf y el azcar, han estado expuestos a condiciones de mercado adversas, incluida la cada de los precios internacionales. Desde 1996, el sector de los servicios ha registrado cambios importantes, en particular en las reas de telecomunicaciones y de servicios financieros, permitiendo avances significativos en el proceso de modernizacin de sectores fundamentales para el desarrollo del pas. Asimismo se han llevado a cabo reformas importantes en el sector elctrico, propiciando una mayor participacin del sector privado y una mayor competencia en las actividades de generacin, distribucin y comercializacin de energa elctrica. Con respecto a los compromisos multilaterales, El Salvador particip en las negociaciones sobre los servicios financieros as como en las negociaciones sobre telecomunicaciones bsicas del AGCS y acept ambos protocolos. Sector Agrcola Estructura de mercado y resultados La importancia econmica del sector agropecuario ha disminuido desde el anterior examen de El Salvador, aunque dicho sector sigue teniendo una influencia considerable en trminos de contribucin al valor agregado y al empleo nacional. La contribucin del sector (incluidas las actividades de caza, silvicultura y pesca) al PIB total pas de 13,5 por ciento en 1996 a 12,3 por ciento en 2001. Dicha contribucin sobrepasa el 20 por ciento si se incluye al sector agroindustrial (alimentos, bebidas y tabaco) (cuadro IV.1). La importancia del sector agropecuario para el desarrollo social de El Salvador queda reflejada en el hecho de que la poblacin rural representa ms del 40 por ciento de la poblacin total y ms del 35 por ciento de la poblacin econmicamente activa; adems las zonas rurales tambin concentran la mayora de los hogares en situacin de pobreza. Segn la Fundacin Salvadorea para el Desarrollo Econmico y Social (FUSADES), la prdida de dinamismo del sector agropecuario durante la segunda mitad de la dcada de los noventa se explica por una serie de factores entres los cuales destacan: los desrdenes climatolgicos; los bajos niveles de productividad (especialmente en el caso del azcar y de los granos bsicos); la insuficiente capacitacin empresarial; y las deficiencias de infraestructura. Adems, FUSADES destaca la ausencia de un marco legal e institucional que promueva y defienda la libre competencia, as como el deterioro del medio ambiente. Con respecto a los problemas medioambientales por los que atraviesa el pas, cabe sealar que en el ao 1998 la Asamblea Legislativa adopt la Ley del Medio Ambiente (Decreto N 233 de fecha 2 de marzo de 1998, publicado en el Diario Oficial N 79, Tomo N 339 de fecha 4 de mayo de 1998), cuya finalidad es asegurar la proteccin, conservacin y recuperacin del medio ambiente, y el uso sostenible de los recursos naturales, as como regular la gestin ambiental, pblica y privada. Un ao antes de que se adoptara la Ley se cre el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, institucin encargada de velar por el cumplimiento del marco legal que regula la proteccin del medio ambiente en El Salvador. Cuadro IV.1 Contribucin del sector agropecuario y agroindustrial al PIB, 1996-2000a (Porcentaje) 19961997199819992000Agricultura, caza, silvicultura y pesca13,5113,0112,4512,9612,28Caf oro3,132,812,482,772,31Granos bsicos2,712,482,22,532,27Caa de azcar0,610,730,810,760,73Otros productos agrcolas2,292,252,212,22,19Ganadera2,162,242,22,182,18Avicultura1,371,391,451,511,59Silvicultura0,760,740,710,70,69Productos caza y pesca0,480,360,390,310,29Agroindustriaa 8,018,167,967,998,17a Incluye la industria de alimentos (carne y sus productos, productos lcteos, productos elaborados de la pesca, productos de molinera y panadera, azcar, otros productos alimenticios elaborados, bebidas, tabaco elaborado). Los datos se indican en precios constantes. Fuente: Banco Central de Reserva de El Salvador. Entre 1996 y 2001, el promedio del rea agrcola destinada a los principales cultivos (caf, caa de azcar y granos bsicos) se elev a unas 710.000 hectreas; sin embargo dicha rea estuvo sujeta a fluctuaciones importantes, alcanzando su auge en 1997 con unas 762.000 hectreas y su mnimo en 2000 con apenas 678.000 hectreas. Los dos principales cultivos en trminos de superficie cosechada son el maz y el caf; mientras el rea cosechada de maz padeci fluctuaciones importantes durante el perodo considerado, el rea cosechada de caf se mantuvo prcticamente constante. En relacin con lo anterior, las autoridades notaron que no existen en El Salvador restricciones legales ni de facto que impidan la expansin o reduccin de las reas de cultivo del caf. Adems del maz, los principales cultivos para consumo interno son el sorgo y el frijol; la evolucin de la superficie cosechada (y de la produccin) de estos dos productos fue antagnica. Mientras la superficie cosechada de frijol aument en ms de un 25 por ciento, la de sorgo se redujo en poco ms de 18 por ciento. Asimismo, los indicadores del arroz apuntan a una contraccin importante de ese cultivo, tanto en trminos de superficie cosechada como de produccin, durante los dos ltimos aos. En el mismo perodo, los cultivos de las principales frutas se mantuvieron relativamente constantes (cuadro IV.2). Cuadro IV.2 Indicadores de produccin de los principales cultivos, 1996-2001 (Miles de hectreas y de toneladas) 199619971998199920002001Tradicionales Caf verde Superficie cosechada163,9164,2162,0162,1162,2162,2 Produccin 148,9124,2117,2160,8114,1112,2 Azcar de caa Superficie cosechada55,869,974,977,175,364,4 Produccin 4.908,55.169,94.966,25.306,65.071,24.589,5Granos bsicos Maz Superficie cosechada279,1306,1295,4263,4259,3294,1 Produccin 630,0507,7563,1659,8583,0565,0 Sorgo Superficie cosechada119,4124,4109,3106,493,997,5 Produccin 182,0199,7168,6139,5149,0148,8 Frijol Superficie cosechada67,783,078,174,479,085,2 Produccin 59,167,546,666,568,274,1 Arroz Superficie cosechada10,714,910,310,98,26,3 Produccin 55,366,151,457,447,237,3Frutas Banano Superficie cosechada6,46,46,46,56,06,0 Produccin 40,970,070,070,065,065,0 Naranja Superficie cosechada4,95,65,14,95,25,2 Produccin 33,036,326,137,037,337,3 Aguacate Superficie cosechada4,24,24,34,34,04,0 Produccin 41,542,042,542,540,040,0 Limn Superficie cosechada2,72,72,72,72,82,8 Produccin23,523,523,524,025,025,0 Mango Superficie cosechada2,72,72,72,72,52,5 Produccin 17,917,917,918,017,517,5Fuente: Secretaria de la OMC en base a datos de la FAOSTAT. Caf Hasta el ao 2000, el peso del caf en el valor agregado agrcola de El Salvador se situaba en casi 20 por ciento y en las exportaciones totales de bienes en casi 10 por ciento (cuadro IV.3). El sector cafetalero de El Salvador ha sido tradicionalmente uno de los principales generadores de empleo en las zonas rurales del pas: durante la dcada de los noventa, el sector emple un promedio de 155.000 personas cada ao, alrededor del 17 por ciento de la poblacin econmicamente activa rural. Por lo tanto, la crisis que el sector ha atravesado desde 1997 ha tenido un impacto econmico y social considerable en las zonas rurales de El Salvador. Durante dicho periodo, los productores salvadoreos no slo han sufrido prdidas causadas por varios fenmenos naturales, incluyendo los terremotos que sacudieron el pas a principios de 2001 y cuyo costo para el sector ascendi a ms de 600 millones de dlares EE.UU., sino que tambin han debido enfrentarse al desplome de los precios en el mercado mundial a niveles por debajo de los 50 dlares por quintal (un quintal equivale a 46kilogramos). Cuadro IV.3 Volumen y valor de las exportaciones de caf y azcar, 1996-2000 199619971998199920002001aCaf Volumen (miles de toneladas)138,2166,4101,5113,9150,492,1 Valor (millones de $EE.UU.)339,0520,5323,7245,1297,9115,1 % de las exportaciones totales19,021,513,39,810,14,0Azcar Volumen (miles de toneladas)97,6174245,5219,3256,5310,4 Valor (millones de $EE.UU.)36,656,16746,539,970 % de las exportaciones totales2,02,32,71,91,42,4a cifras preliminares. Fuente: Secretara de la OMC en base a cifras del Banco Central de Reserva de El Salvador. Segn un estudio del Consejo Salvadoreo del Caf, la evolucin de los precios del caf en los ltimos cuatro aos responde al exceso de la oferta mundial a partir de 1998 respecto al consumo. En particular, el estudio seala el ingreso al mercado mundial de Viet Nam, pas que elev su participacin en la oferta global del 4 por ciento en 1995 al 13 por ciento en 2001, as como el fuerte aumento de la capacidad productiva del Brasil en aos recientes como dos de los factores que han contribuido al fuerte crecimiento de la oferta mundial. En el caso de El Salvador, la cada de los precios del caf se ha traducido en bajas significativas de la produccin, que pas de un promedio de 3,1 millones de quintales "oro-uva" en la dcada de los noventa, a 2,4 millones en los ciclos 2000-2001 y 2001-2002. En trminos del ingreso generado por las exportaciones de caf en el quinquenio 1994-1998, durante el perodo 1999-2001. El Salvador dej de percibir un promedio de 138 millones de dlares EE.UU. por ao. Segn estimaciones de PROCAFE y el Consejo Salvadoreo del Caf, para el ciclo 20002001 las prdidas de los productores de caf salvadoreos ascendan en promedio a 12 dlares por quintal. La baja de los precios ha incidido en mayor grado en los niveles de rentabilidad de las cooperativas y los microproductores (aqullos que dedican menos de 7 hectreas al cultivo de este grano). Ante la drstica cada de la rentabilidad, los productores han ido reduciendo su inversin en insumos relacionados con el mantenimiento de los cafetales, la siembra y resiembra, el control de plagas y la fertilizacin, de manera que durante el ciclo 2000-2001, la inversin en cada una de estas actividades registr una baja de entre 26 y 90 por ciento con respecto al promedio del perodo 19951999. Esta tendencia, de prolongarse, tendr un impacto negativo sobre la productividad futura de los cafetales salvadoreos. La actual crisis tambin ha afectado a otras actividades vinculadas con el caf, principalmente el transporte. El abandono de numerosas fincas como resultado de la crisis en el sector ha provocado un considerable aumento del desempleo en el campo y una reduccin de los ingresos para muchos trabajadores rurales, cuyo nmero cay a 96.000 en el ciclo 2001-2002. Para el 2002-2003, se prev una cada adicional del 35 por ciento de la demanda de mano de obra. El UNICEF indica que como resultado del creciente desempleo y la falta de fuentes alternativas de ingresos para muchas de las familias que dependan del caf, los niveles de desnutricin infantil han alcanzado niveles de hasta 80por ciento en algunas municipalidades del pas. En respuesta a la crisis del sector, en julio de 2001 el Gobierno constituy el Fideicomiso ambiental para la conservacin del bosque cafetalero (FICAFE), al cual han sido trasladadas las carteras de deuda del caf de siete bancos. Al mismo tiempo, se realiz una reestructuracin del crdito del sector a plazos de 20 aos y se concedieron a los agricultores crditos de avo parcialmente garantizados por el Gobierno. Aunque estas medidas otorgan alivio de corto plazo, dado los altos niveles de endeudamiento que registra el sector (alrededor de 3.540 dlares por trabajador), la supervivencia de una gran cantidad de cafetaleros en el mediano y largo plazo depender de la evolucin de los precios mundiales y de su habilidad para desarrollar productos que logren mejores mrgenes de ganancia en mercados internacionales. En reconocimiento a lo anterior, el Gobierno ha venido promoviendo el cultivo de caf fino de especialidad (gourmet y orgnico) a travs de un subsidio equivalente al 6 por ciento del valor total de las exportaciones (captulo III.3) vi)). La demanda de estos cafs en los mercados maduros (principalmente los Estados Unidos y la Unin Europea) ha experimentado un extraordinario crecimiento en los ltimos aos. No obstante, y aunque en la mezcla de cafs de especialidad predominan cafs que ya se cultivan en El Salvador, en la actualidad las exportaciones de cafs gourmet y orgnico no rebasan el 2 por ciento del total de las exportaciones salvadoreas de caf. Azcar En trminos de volumen, la produccin de azcar ha fluctuado considerablemente desde1996. Despus de registrar un aumento de casi 7 por ciento en 1999, la produccin azucarera cay en ms de 13 por ciento en los dos aos siguientes, alcanzando su nivel ms bajo desde 1996 (cuadro IV.2). Mientras tanto, ha habido una clara tendencia al alza en los volmenes de azcar destinados a la exportacin. stos pasaron de poco menos de 100.000 toneladas en 1996 a ms de 310.000 toneladas en 2001 (cuadro IV.3). El sector azucarero se beneficia de un alto nivel de proteccin con aranceles nominales del 40por ciento. Segn un estudio publicado por el Banco Central de Reserva de El Salvador, el nivel de proteccin es mayor, dado que "para poder efectuar importaciones de azcar, se necesita el aval del Ministerio de Economa, el cual lo otorga nicamente si detecta 'escasez' en el mercado." A nivel de los pases miembros del MCCA, se aplica una norma tcnica que exige que el azcar destinada al mercado interno sea fortificada con vitamina A, como una medida que permite contrarrestar el nivel de desnutricin de la poblacin, especialmente infantil (captulo III.2) x)). A fines de 2000 el sector se encontraba enfrentado a una serie de dificultades, entre las cuales destacaban, segn FUSADES, la cada del precio mundial del producto y el incumplimiento de cuotas de venta interna por parte de un ingenio, lo que contribuy a deprimir el precio interno. Frente a esta situacin, se adopt la Ley de Produccin, Industrializacin y Comercializacin de la Agroindustria Azucarera de El Salvador, emitida segn Decreto Legislativo N 490, publicada en el Diario Oficial Tomo 352, 17 de agosto de 2001. Dicha ley tiene como objeto regular las relaciones entre los ingenios y entre stos y los productores de caa de azcar. A tal efecto, otorga la facultad a los ministros de economa y agricultura para que, basados en un anlisis tcnico, econmico y social de la agroindustria azucarera, puedan establecer los precios mximos del azcar y la miel final para el mercado interno. Asimismo, la Ley de Produccin, Industrializacin y Comercializacin de la Agroindustria Azucarera establece la creacin del Consejo Salvadoreo de la Agroindustria Azucarera, integrado por los ministros de economa y agricultura, tres representantes de los ingenios y tres representantes de las gremiales de productores. Basndose en la participacin histrica de cada ingenio en la produccin de azcar y en estimaciones de la demanda interna y externa, el Consejo se encarga de asignar la cantidad de azcar que puede vender cada uno de los ingenios en los mercados nacional y preferencial cada ao. La ley no contempla la asignacin de contingentes a los productores de azcar extranjeros para abastecer el mercado nacional. Por otra parte, el proceso de privatizacin puesto en marcha con la entrada en vigor de la Ley de Privatizacin de Ingenios y Plantas de Alcohol de 1994 se ha prolongado considerablemente. La Ley de Privatizacin conceda facilidades crediticias para que los trabajadores y caicultores vinculados a los ingenios pudieran adquirir una parte de las acciones de los mismos. Sin embargo, los trabajadores que se beneficiaron de estos crditos no pudieron cumplir con sus obligaciones crediticias en los plazos establecidos por la Ley de Privatizacin. De cara a esta situacin, el 29 de julio de 2002 la Asamblea Legislativa adopt el Decreto No 928, mediante el cual la Corporacin Salvadorea de Inversiones (CORSAIN), entidad a la que fueron transferidas las cuentas por cobrar por concepto de la privatizacin de los ingenios, podr ofrecer nuevas opciones de pago a los deudores. Objetivos e instrumentos de poltica En el marco de la poltica agropecuaria establecida para el perodo 1999-2004, el Ministerio de Economa, en estrecha coordinacin con el Ministerio de Agricultura y Ganadera (MAG), defini una poltica comercial agropecuaria, cuyo objetivo general es proporcionar condiciones adecuadas a los productores agropecuarios salvadoreos que faciliten su transicin hacia la competitividad, su integracin a las cadenas productivas nacionales y su insercin en el mercado mundial, asegurando un adecuado abastecimiento interno y promoviendo su participacin en el crecimiento de las exportaciones. Segn las autoridades, los intereses de los consumidores tambin se toman en cuenta al formular medidas especficas en el marco de la poltica comercial agropecuaria. Con miras a alcanzar el objetivo general que se establece para la poltica comercial agropecuaria, a fines de 2002 se estaba llevando a cabo una revisin de los aranceles que se aplican a productos agropecuarios "sensitivos," es decir, aquellos "con mercados internacionales inestables y distorsionados que tienen importancia en la generacin de empleo y valor agregado agropecuario." Este ejercicio ha resultado en incrementos de los aranceles que se aplican a las importaciones de queso, arroz, maz blanco y carne de cerdo. A excepcin de este ltimo, las autoridades observaron que el aumento de los aranceles de estos productos tambin obedece al proceso de armonizacin arancelaria iniciado en el marco del establecimiento de la unin aduanera entre El Salvador y Guatemala. El Gobierno ha establecido la Comisin Interministerial de Comercio Agropecuario, integrada por representantes de los Ministerios de Economa, Agricultura y Ganadera, y Hacienda. Dicha Comisin tiene entre sus principales funciones orientar y asesorar a los productores agropecuarios en temas relacionados con la poltica comercial, arancelaria, fiscal, de sanidad agropecuaria, as como en cualquier otro tema de inters que requiera recomendaciones tcnicas para la toma de decisiones a nivel ministerial o presidencial. Por su parte, el MAG ha implementado, en colaboracin con el Ministerio de Hacienda, el Sistema de Informacin de Precios Internacionales de Productos Agropecuarios. Por medio de este sistema, el MAG transmite peridicamente a la Direccin General de la Renta de Aduanas (DGRA) una lista que contiene los "precios usuales de competencia" para las importaciones, a fin de que la DGRA pueda detectar posibles subfacturaciones o subvaloraciones. Asimismo se ha creado la Comisin Consultiva sobre el Manejo de Donaciones, que analiza y emite dictmenes de aprobacin a las donaciones alimentarias e insumos agropecuarios que recibe el pas con el fin de evitar distorsiones en el mercado local debido al ingreso de estos productos. Adicionalmente, se cre la Comisin Tcnica de Contingentes, ente especializado en hacer las recomendaciones pertinentes a la apertura y administracin de los contingentes. La poltica comercial agropecuaria tambin comprende medidas encaminadas a mejorar el acceso a los mercados para los productos agropecuarios salvadoreos. A tal efecto, el MAG apoya las gestiones del Ministerio de Economa en la negociacin de tratados comerciales. Adicionalmente, varios de los programas especficos que mantiene el MAG como parte de la Poltica Agropecuaria y Gestin Agropecuaria Nacional 1999-2004 estn destinados a promover una mayor participacin de los productos agropecuarios salvadoreos en los mercados internacionales. A fines de 2002 existan programas especficos en reas como investigacin y transferencia de tecnologa, fomento del desarrollo de agronegocios, desarrollo de infraestructura fsica de apoyo a las actividades productivas, educacin agropecuaria, sanidad agropecuaria y seguridad en la tenencia de la tierra. En materia de financiamiento, el sector agropecuario y agroindustrial se beneficia, adems de los crditos que se ofrecen a travs de los bancos del sistema financiero nacional y de los programas descritos en el captulo III (seccin 4) v)), de recursos pblicos canalizados a travs de fondos especiales. Entre estos fondos se encuentran el Fondo de Crdito para el Medio Ambiente (FOCAM), que cuenta con alrededor de 20 millones de dlares para promover actividades productivas de conservacin del medio ambiente, y el Fideicomiso Especial de Desarrollo Agropecuario (FEDA), cuyos recursos de aproximadamente 45 millones de dlares se destinan a financiar inversiones de investigacin a mediano y largo plazo de diferentes actividades agropecuarias. Ambos programas proporcionan condiciones preferenciales a los usuarios. El Gobierno ha sealado que se estn revisando los lineamientos de otorgamiento de dichos programas para que los fondos sean ms accesibles. Conjuntamente, el Gobierno contina apoyando al sector agropecuario por medio de fondos para el refinanciamiento de los saldos morosos de los afectados por fenmenos naturales, como el Fondo de Financiamiento para el Sector Agropecuario (FINSAGRO), cuyos recursos ascienden a 34 millones de dlares. Indicadores de ayuda Las notificaciones de El Salvador al Comit de Agricultura sealan que desde 1997, no se ha otorgado ninguna subvencin a la exportacin ni introducido ninguna medida de ayuda interna en favor de productos agrcolas. La proteccin arancelaria otorgada a los productos agrcolas (definidos en base al Anexo I del Acuerdo sobre la Agricultura de la OMC) sigue siendo sensiblemente superior a la otorgada a los productos industriales (captulo III.2) iii)). Sin embargo, no existen indicadores, como por ejemplo estimaciones de equivalentes en subvenciones al productor, que permitan estimar el impacto global neto, sobre el sector o sobre productos especficos, de las diferentes medidas de proteccin y de promocin. El gasto pblico destinado al sector agrcola ha permanecido relativamente constante en trminos nominales desde el ltimo Examen de El Salvador. Sin embargo, en proporcin al gasto total del sector pblico, el gasto pblico agrcola ha mostrado una clara tendencia a la baja, pasando del 2.5 por ciento del gasto pblico total en 1996 a cerca del 2 por ciento en 2000 (sin tener en cuenta la transferencia del MAG al Banco de Fomento Agropecuario de 47 millones de dlares EE.UU. en2000 para fortalecer la posicin de este ltimo). Segn informacin proporcionada por las autoridades para el perodo 1996-2000, de los 20 millones de dlares EE.UU. que se desembolsaron en promedio cada ao en favor del sector agrcola, el 70 por ciento se destin al rea de fomento productivo, que incluye el desarrollo de sistemas de riego y drenaje, el perfeccionamiento y desarrollo de mercados, as como los programas de reforma institucional para la mejora de la gestin e innovacin y de recuperacin ambiental y agricultura sostenible. Industria manufacturera Desde el anterior Examen de El Salvador, el sector manufacturero ha mostrado un desempeo dinmico, creciendo a tasas medias superiores a las del PIB total. Como resultado, el peso del sector manufacturero en la economa ha aumentado significativamente, pasando del 21,5 por ciento del PIB en 1996 al 23,5 por ciento en 2001. En trminos de empleo, el sector manufacturero emplea el 17,4 por ciento de la poblacin econmicamente activa. Asimismo, el sector ha tomado un papel central como generador de divisas, en particular la industria maquiladora que gener en 2001 exportaciones por ms de 1.650 millones de dlares EE.UU. (equivalentes al 57,6 por ciento del valor total de las exportaciones). Sin embargo, el valor de las exportaciones netas de la industria maquiladora fue mucho menor, alrededor de 490 millones de dlares EE.UU., ya que las importaciones de dicha industria se increment a poco ms de 1.160 millones de dlares EE.UU. En promedio, durante el periodo 1997-2001, los rubros con mayor peso en la produccin manufacturera fueron los siguientes: qumica de base y elaborados con 9,8 por ciento del PIB manufacturero; productos de molinera y panadera (9,8 por ciento); bebidas (9,7 por ciento); azcar (7,9 por ciento); otros productos alimenticios elaborados (7,1 por ciento) y textiles y artculos confeccionados de materiales textiles (6,9 por ciento). Por otro lado, las ramas ms dinmicas fueron la industria del caucho y plstico, con una tasa media de crecimiento de 9,2 por ciento anual entre 1997 y 2001; los materiales de transporte y manufacturas diversas (7,6 por ciento); el papel, cartn y sus productos (6,4 por ciento); los productos metlicos de base y sus elaborados (6,2 por ciento) y la industria de las bebidas (6,1 por ciento) (cuadro IV.4). Cuadro IV.4 Desglose del valor agregado del sector industrial, 1996-2001 (Porcentajes) 199619971998199920002001Industria Manufacturera (% del PIB total)21,021,021,422,623,123,0 Productos alimenticios26,526,827,927,526,726.4 Bebidas7,67,76,86,76,59.0 Tabaco elaborado1,91,50,00,00,00.0 Textiles y confecciones textiles (exc. prendas vestir)6,26,76,87,46,65.8 Prendas de vestir3,73,63,52,82,71.8 Cuero y sus productos4,94,35,04,24,03.7 Madera y sus productos2,02,21,92,01,91.2 Papel, cartn y sus productos3,33,43,33,33,42.7 Productos de la imprenta y de industrias conexas5,45,65,24,84,94.5 Qumica de base y elaborados7,36,57,68,17,38.5 Productos de la refinacin de petrleo6,76,15,46,17,15.0 Productos de caucho y plstico2,12,12,22,12,22.7 Productos minerales no metlicos elaborados3,84,04,44,03,84.3 Productos metlicos de base y elaborados4,34,44,54,34,74.7 Maquinaria, equipos y suministros4,43,63,63,53,43.1 Material de transporte y manufacturas diversas3,63,64,04,55,03.5 Servicios industriales de maquila6,38,08,18,69,913.3Fuente: Banco Central de Reserva de El Salvador En 2000, los principales productos exportados por la industria manufacturera no maquiladora fueron: productos qumicos (medicamentos y productos de limpieza); productos textiles (ropa interior, prendas de vestir, ropa de cama, mesa y cocina, e hilados de algodn); productos metlicos (productos laminados de hierro y acero y manufacturas de aluminio); y mquinas, aparatos y material elctrico.  El Salvador ha limitado el uso de medidas de poltica comercial como instrumentos de poltica industrial, con las notables excepciones de algunas actividades agroindustriales y del uso de regmenes especiales de exportacin (captulo III.3) vi) y vii)). El nivel de proteccin arancelaria otorgado al sector industrial es relativamente bajo; en 2002 el promedio arancelario del sector manufacturero se elevaba al 7,5 por ciento (estimado en base a la clasificacin CIIU). Sin embargo, algunas actividades industriales siguen beneficindose de niveles de proteccin arancelaria muy por encima del promedio del sector. Adems de algunas ramas de la industria alimentaria (CIIU 31), la industria de textiles, de prendas de vestir y del cuero (CIIU 32), y la industria de la madera siguen gozando de un nivel de proteccin arancelaria superior al promedio del sector manufacturero (grficoIV.1). Otras medidas de promocin del sector industrial incluyen los programas de ayuda para la investigacin (captulo III.4) vi), y varios programas especficos de financiamiento generalmente enfocados hacia la pequea y mediana industria (captulo III.4) v)). Adems la industria salvadorea en su conjunto, y especialmente la industria maquiladora de textiles y prendas de vestir se beneficia de condiciones de acceso preferenciales con arreglo a diferentes esquemas de concesiones unilaterales como el Sistema Generalizado de Preferencias o la Iniciativa para la Cuenca del Caribe (captulo III.3) x) y captulo II.4) iii)). El papel que desempea la industria maquiladora en la economa del pas ha aumentado considerablemente. Las exportaciones del sector pasaron de 646,6 millones de dlares EE.UU. en1995 a 1.651,6 millones en 2001, cifra que equivale a poco ms del 57 por ciento del total de las exportaciones salvadoreas de ese ao. Otro desarrollo que refleja el dinamismo de este sector es el marcado incremento del nmero de zonas francas, las cuales sumaban 15 a julio de 2002 y provean alrededor de 595.000 metros cuadrados de techo industrial, ms del doble que en 1996. La industria maquiladora de El Salvador se especializa en el ensamble de prendas de vestir. En 2001, aproximadamente el 95 por ciento de las exportaciones provenientes de las zonas francas del pas fueron de ropa y artculos confeccionados de textiles, mientras que el cinco por ciento restante consisti principalmente en productos electrnicos, aunque tambin se exportaron refrigeradores, cocinas, mquinas de coser y lminas plsticas. La experiencia acumulada en otros pases sugiere que la concentracin de la produccin maquiladora en textiles y prendas de vestir limita la generacin de vnculos entre las zonas francas y las empresas nacionales, lo cual resulta en bajos niveles de valor agregado local. Las exportaciones del sector maquila en El Salvador estn altamente concentradas no slo en trminos de produccin, sino tambin en lo que respecta a su destino geogrfico, ya que casi la totalidad de las exportaciones de este sector se destinan a los Estados Unidos. Como lo sealaron las autoridades, uno de los principales beneficios derivados de las zonas francas ha sido la creacin de empleos. En 2001, las zonas francas emplearon a 81.220 trabajadores, casi el 20 por ciento del total de los trabajadores de la industria manufacturera. Adems casi un 38por ciento ms de los empleos manufactureros en El Salvador estn indirectamente relacionados con las zonas francas. Sector elctrico Se estima que la contribucin del sector elctrico al PIB es de un 0,6 por ciento. Hasta mediados de la dcada de los noventa, el sector elctrico salvadoreo estuvo dominado por una empresa estatal, la Comisin Ejecutiva Hidroelctrica del Ro Lempa (CL). A partir de 1996, se aprobaron nuevas leyes que desembocaron en una reestructuracin de la industria y la particin y privatizacin parcial de la mencionada empresa pblica. El nuevo marco normativo del sector elctrico incluye las siguientes normas: la Ley General de Electricidad (Decreto Legislativo N 843 del 21 de octubre 1996, publicada en el Diario Oficial N 201 del 25 de octubre de 1996); su Reglamento (Acuerdo Ejecutivo N 70 del 25 de julio de 1997); la Ley de creacin de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) (Decreto Legislativo N808 del 12 de septiembre de 1996, publicado en el Diario Oficial N 189 del 9 de octubre de 1996); el Reglamento aplicable a las actividades de comercializacin de energa elctrica (Decreto Ejecutivo N 90, 1 de Noviembre de 2000); las Normas y Acuerdos de la SIGET; los Reglamentos de la Unidad de Transacciones; y el Reglamento de Operacin del Sistema de Transmisin y del Mercado Mayorista, emitido por Acuerdo SIGET No, E-13-99 del 19 de julio de 1999, publicado en el Diario Oficial N 138 del 23 de julio de 1999. Dicho marco normativo contempla la separacin de la industria elctrica en cuatro segmentos (generacin, transmisin, distribucin y comercializacin), la introduccin de la competencia en el mercado de generacin y de gran consumo de electricidad (Mercado Mayorista de Electricidad - MME), as como la competencia al nivel minorista mediante la accin de comercializadores. Las polticas del sector estn definidas por la Direccin de Energa Elctrica del Ministerio de Economa. La SIGET est encargada de vigilar la aplicacin de las normas contenidas en tratados internacionales sobre electricidad y telecomunicaciones y las leyes que regulan dichos sectores. Entre las atribuciones de la SIGET, destacan las de: revisar los trminos, condiciones y precios mximos de los pliegos tarifarios aplicables al usuario final; INCLUDEPICTURE \d "_themes/blends/blebul1a.gif"establecer normas tcnicas para la generacin, transmisin y distribucin; aINCLUDEPICTURE \d "_themes/blends/blebul1a.gif"nalizar el otorgamiento de concesiones para la explotacin de los recursos hidroelctricos y geotrmicos; dictar normas tcnicas aplicables a los sectores bajo su supervisin; INCLUDEPICTURE \d "_themes/blends/blebul1a.gif"realizar auditoras tcnicas de los sistemas de generacin, transmisin y distribucin; y promover la competencia. Las actividades de generacin y de distribucin estn abiertas a la inversin privada. La generacin de energa elctrica a partir de recursos hidrulicos y geotrmicos requiere una concesin otorgada por la SIGET. La Ley General de Electricidad no contempla limitaciones con respecto a la nacionalidad o la naturaleza de los concesionarios, que por lo tanto pueden ser inversionistas privados extranjeros. Las actividades de generacin mediante otros recursos, as como las de transmisin, distribucin y comercializacin de energa elctrica no requieren concesiones; slo se requiere que las empresas se inscriban en el Registro de Operadores del Sector Electricidad llevado por la SIGET. Las actividades de transmisin son actualmente un monopolio operado por la Empresa Transmisora de El Salvador, de propiedad estatal. En la comercializacin participa el sector privado, pero el grueso est concentrado en manos del Estado. A fines de 2002, la industria elctrica salvadorea contaba con: trece empresas generadoras; una empresa dedicada a la transmisin; cinco empresas distribuidoras; cuatro comercializadoras; y tres grandes consumidores en el MME. Adems el sector cuenta con una entidad privada independiente, la Unidad de Transacciones (UT), encargada de coordinar y operar el MME, cuyos accionistas son exclusivamente los operadores (ya sean generadores, transmisores o distribuidores) y usuarios finales que participan directamente en el MME. A fines de 2002, participaban en la UT cuatro generadores, la empresa transmisora, cuatro operadores de distribucin y dos usuarios finales. Cada una de las distribuidoras cubre una zona geogrfica pero ninguna de ellas cuenta con una concesin de exclusividad de suministro. De las cinco distribuidoras (CAESS, DELSUR, AESCLESA, EEO y DEUSEM), cuatro fueron privatizadas en 1998, y cuentan con participacin de capital venezolano, chileno y estadounidense; DEUSEM fue privatizada en fecha posterior. Las distribuidoras son tambin exportadores e importadores de electricidad. En 2001, la produccin total de energa elctrica en el mercado mayorista fue de 3.647 GWh, de los cuales el 31 por ciento correspondi a generacin de empresas pblicas y el 69 por ciento a generadores privados; la demanda neta de energa elctrica alcanz 3.956 GWh, rebasando la produccin domestica, con lo cual la oferta nacional se complet con importaciones provenientes de Guatemala equivalentes a 309 GWh (cuadro IV.5). En trminos de capacidad instalada, ese mismo ao, las empresas privadas (generacin trmica exclusivamente) superaron la capacidad instalada por las empresas pblicas (generacin hidrulica y geotrmica), llevando el total de la capacidad instalada a 1.118 MW, repartida entre los siguientes recursos: 50 por ciento generacin trmica; 36 por ciento generacin hidrulica; y 14 por ciento generacin geotrmica. Cuadro IV.5 Principales indicadores del sector elctrico, 1994-2002 199419951996199719981999200020012002aCapacidad instalada (MW) b8189099439439439881.1011.1181.133 Pblica (%)1009085858554505051 Privada (%)01015151546505049Demanda mxima (MW)566592626666694718758734748Demanda neta de energac (GWh)3.0643.2363.3613.6363.7753.8894.0743.9561.942Produccin (GWh)3.0753.2713.3403.5483.7373.6383.3773.6471.811 Pblica (%)1009480747564563131 Privada (%)0620262527446969Importaciones netasd (GWh)-11-35218838250696309131Precio medio sector residencial ($EE.UU./kWh)0,0700,0720,0800,0810,1230,1160,1260,1340,132a Cifras al 30 de junio. b Mercado mayorista. c Suma de la produccin local y las importaciones netas de energa elctrica. d Las importaciones netas negativas representan exportaciones a los pases vecinos. Fuente: Informacin proporcionada por las autoridades salvadoreas. En cuanto a la generacin por operador en el MME, en 2001 la empresa estatal CL cubri un 29 por ciento de la demanda, seguida por las empresas Gesal (con participacin accionaria italiana) y Nejapa, (capital estadounidense) con un 23 por ciento cada una, Duke (empresa privada regional) con un 16 por ciento, y la empresa salvadorea productora de cemento CESSA con el 1 por ciento. En lo relativo a la energa hidrulica y geotrmica slo hay dos generadores en operacin: el antiguo monopolio estatal CL, que controla la mayor parte de la produccin, y la empresa salvadorea Geotrmica Salvadorea, S.A. de C.V. Sin embargo, a octubre de 2002 se haban otorgado concesiones a otras cuatro empresas privadas, que an no estaban operando. El Salvador participa en el Proyecto SIEPAC (Sistema de Interconexin Elctrica de los Pases de Amrica Central), que consiste en la creacin y puesta en marcha de un mercado elctrico mayorista centroamericano y el desarrollo del primer sistema de transmisin regional. El Salvador, junto con Guatemala, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panam, aprobaron y ratificaron el Tratado Marco del Mercado Elctrico de Amrica Central, firmado en diciembre de 1996 y en vigor desde enero de 1999, que apunta a la creacin de un Mercado Elctrico Regional (MER). El Tratado Marco abri los mercados nacionales al regional para la transmisin y la compra y venta de electricidad y cre una Comisin Regional de Interconexin Elctrica (CRIE), responsable de asegurar la implementacin de los principios del Tratado Marco y los reglamentos subsiguientes, y un Ente Operador Regional (EOR), responsable de la operacin tcnica y de los aspectos comerciales del mercado regional. Ambos entes fueron constituidos formalmente en 2000; en octubre de 2002 se decidi que la sede permanente de EOR estara en El Salvador, mientras que la de la CRIE estara en Guatemala. El Tratado Marco otorga una concesin para que la Empresa Propietaria de la Red (EPR) construya y opere el primer sistema de transmisin regional, denominado Lnea SIEPAC. En la EPR participan seis empresas elctricas pblicas de cada uno de los pases miembros, as como la empresa espaola ENDESA. La lnea tendr una longitud de 1.830 kilmetros y se espera que est terminada en 2006; su costo estimado es de 320 millones de dlares EE.UU., financiado en un 75 por ciento por un prstamo del Banco Interamericano de Desarrollo y el resto por aporte de los socios. A fines de2002, exista interconexin entre El Salvador y Guatemala, y entre El Salvador y Honduras. La tarifa al consumidor final minorista constituye el principal instrumento utilizado para la regulacin de las actividades en el segmento de distribucin. Con ese fin, los operadores de redes de distribucin que acten como comercializadores en el rea geogrfica donde se ubican sus redes, deben presentar anualmente a la SIGET, para su aprobacin, un pliego tarifario que contenga los precios y condiciones de suministros de energa elctrica de acuerdo con el nivel de voltaje, estacionalidad y distribucin horaria de su uso. El pliego tarifario fija precios tope aprobados. Para efectuar esto, los precios se descomponen en tres tipos de cargas: carga por consumo de energa, carga por uso de red y carga por atencin al cliente. La SIGET regula estas dos ltimas cargas; sin embargo, la carga por consumo de energa, que de acuerdo a las autoridades representa un 70 por ciento del precio, no es regulada, sino que se determina en el mercado mayorista. El marco normativo del sector no incluye disposiciones en materia de subsidios al consumidor final, sin embargo el Gobierno otorga subsidios directos focalizados a los consumidores de menores ingresoso. Dada la escasez de los recursos necesarios, hasta marzo de 2001 se recurri indirectamente a los ingresos de la empresas pblica CL, a travs de los descuentos que esa empresa realiz en las facturas de venta de energa a las distribuidoras. Desde abril de 2001, los subsidios son cubiertos por el Estado a travs del Fondo de Inversin Nacional en Electricidad y Telefona (FINET) (vase seccin iii)). Actualmente, la poltica del Gobierno consiste en focalizar los subsidios y orientar los recursos estatales hacia la ampliacin de la cobertura elctrica y los consumidores de menores ingresos. Los subsidios tarifarios instaurados son los siguientes: subsidio al consumo residencial para consumos mensuales inferiores a 99 kWh; subsidio al bombeo de agua para los consumos de la empresa estatal ANDA y las cooperativas rurales. Segn informacin proporcionada por la SIGET, 551.000 usuarios se beneficiaron de los subsidios en 2001, recibiendo subsidios por un total de 26,3millones de dlares EE.UU., mientras que el subsidio implcito al ANDA fue de unos 18 millones de dlares EE.UU., y el subsidio al consumo de energa para bombeo y rebombeo de agua fue de unos 2,5 millones de dlares EE.UU. Las tarifas de estos consumidores han permanecido sin ajustes, la diferencia la paga el Estado a travs de FINET. Segn un informe de la CEPAL, los subsidios habran representado una reduccin de hasta un 76 por ciento de la factura elctrica de los grupos de menor consumo, y, en el perodo 1998-2001, el monto de los subsidios fue del orden de 167 millones de dlares EE.UU. Sin embargo, las autoridades observaron que los subsidios se redujeron en ms de un 50 por ciento en 2001 con respecto a 2000, totalizando 27 millones de dlares EE.UU. Servicios Principales caractersticas Desde el anterior informe de la Secretara han ocurrido cambios importantes en el sector de los servicios, en particular en las reas de telecomunicaciones y de servicios financieros. En 2001, la contribucin del sector de los servicios al PIB total fue del orden del 62 por ciento. De acuerdo con el desglose de las cuentas nacionales del Banco Central de Reserva, los principales subsectores de servicios en trminos de su contribucin al valor agregado total en 2001 fueron, por orden decreciente de importancia: el comercio; los alquileres de viviendas; el transporte y el almacenamiento; la construccin; y los servicios financieros (cuadro IV.6). Cuadro IV.6 Contribucin al PIB de los principales sectores de servicios, 1996-2001 199619971998199920002001aElectricidad0,30,30,30,30,30,6Agua y alcantarillados0,30,30,30,30,30,3Construccin3,73,84,03,83,63,9Comercio16,716,716,816,516,716,7Restaurantes y hoteles3,13,13,23,13,13,1Transporte y almacenamiento5,65,75,85,75,85,8Comunicaciones1,92,01,92,42,72,8Bancos, seguros y otras instituciones financieras3,03,23,43,73,83,8Bienes inmuebles y servicios prestados a las empresas3,33,33,43,23,23,2Alquileres de vivienda9,08,88,78,48,48,0Servicios comunales, personales y sociales3,63,63,53,43,43,4Servicios domsticos1,91,81,71,71,71,6Servicios del Gobierno5,85,85,65,55,45,4Servicios industriales y de maquila1,62,12,42,53,03,1Total =SUMA(ABOVE) 59,8 =SUMA(ABOVE) 60,5 =SUMA(ABOVE) 61,0 =SUMA(ABOVE) 60,5 =SUMA(ABOVE) 61,4 =SUMA(ABOVE) 61,7a Cifras Preliminares. Fuente: BCR. La Lista de compromisos especficos de El Salvador con arreglo al Acuerdo General de la OMC sobre el Comercio de Servicios (AGCS), incluye compromisos para seis de las 12 categoras de servicios (cuadro IV.7). En cuanto a compromisos horizontales, la Lista de compromisos especficos establece las siguientes limitaciones aplicables a la inversin extranjera: las utilidades netas obtenidas en cada ejercicio en actividades comerciales y de servicios pueden remitirse hasta un equivalente del 50 por ciento de la inversin registrada; y los pagos por derechos de explotacin de marcas y patentes extranjera, asistencia tcnica y otros servicios similares se pueden remitir libremente siempre que el valor no exceda del 10 por ciento del valor de las ventas netas. Asimismo, conforme a lo establecido en la Ley de Inversiones (vase captulo II. 3)), la Lista dispone que el comercio, la industria y la prestacin de servicios "en pequeo" son patrimonio exclusivo de los salvadoreos por nacimiento, no pudiendo los extranjeros desempear cargos de administrador, director, gerente o representante en dichas empresas. Adems, salvo autorizacin especial del Ministerio de Trabajo y Previsin Social, todo patrono est obligado a garantizar que el personal de su empresa comprenda por lo menos un 90 por ciento de salvadoreos, siendo el monto de salarios devengados de salvadoreos igual o superior al 85 por ciento del total de salarios pagados. Las autoridades sealaron que tanto las limitaciones a la repatriacin del capital extranjero, como la prohibicin de que los inversionistas extranjeros desempeen cargos directivos, contenidas en la Lista de compromisos de El Salvador corresponden a la legislacin vigente en la poca en que la Lista se negoci y fueron derogadas expresamente por la Ley de Inversiones de 1999. La Lista de compromisos especficos de El Salvador incluye exenciones al trato NMF para todos los sectores en beneficio de los pases miembros del Mercado Comn Centroamericano (MCCA). Asimismo para los servicios financieros, El Salvador incorpor exenciones al trato NMF en favor de Honduras y Nicaragua en base al Convenio para facilitar la integracin financiera de los pases del Istmo Centroamericano. Cuadro IV.7 Resumen de los compromisos de El Salvador en el marco del AGCSa Acceso a los mercadosTrato nacionalModos de suministro: Suministro transfronterizo11 Consumo en el extranjero22 Presencia comercial33 Presencia de personas fsicas44Compromisos (% plenos; % parciales; % ningn compromiso; - no figura en la Lista)Horizontalesb%%%%%%%%Compromisos relativos a sectores especficos1. Servicios prestados a las empresas A. Servicios profesionales a. jurdicos c %%%%%%%% b. de contabilidad c %%%%%%%% c. de asesoramiento tributario c %%%%%%%% d. de arquitectura c%%%%%%%% e. de ingeniera c %%%%%%%% B. Servicios de informtica y servicios conexos, exclusivamente: c. de procesamiento de datos c%%%%%%%% C. Servicios de investigacin y desarrollo"""""""" D. Servicios inmobiliarios"""""""" E. Servicios de arrendamiento o alquiler sin operarios c. de arrendamiento o alquiler de vehculos c %%%%%%%% F. Otros servicios prestados a las empresas a. de publicidad c %%%%%%%%2. Servicios de comunicaciones A. Servicios postales"""""""" B. Servicios de mensajeros"""""""" C. Servicios de telecomunicaciones, exclusivamente: a. de telfono%%%%%%%% b. de transmisin de datos con conmutacin de paquetes%%%%%%%% c. de transmisin de datos con conmutacin de circuitos%%%%%%%% d. de Tlex%%%%%%%% e. de telgrafo%%%%%%%% f. de facsmil%%%%%%%% g. de circuitos privados arrendados%%%%%%%% o. otros c %%%%%%%% D. Servicios audiovisuales""""""""3. Servicios de construccin """"""""4. Servicios de distribucin """"""""5. Servicios de enseanza""""""""6. Servicios relacionados con el medio ambiente c%%%%%%%%7. Servicios financieros A. Servicios de seguros y relacionados con los seguros"""""""" B. Servicios bancarios y otros servicios financieros, exclusivamente: a. Aceptacin de depsitos y otros fondos c %%%%%%%% b. Prstamos de todo tipo c%%%%%%%% C. Otros%%%%%%%%8. Servicios sociales y de salud""""""""9. Servicios de turismo y servicios relacionados con los viajes  A. Hoteles y restaurantes a. Hostelera y alojamiento c%%%%%%%% b. Suministro de comida c%%%%%%%% B. Agencias de viajes y organizacin de viajes en grupo c%%%%%%%% C. Servicios de guas de turismo%%%%%%%% D. Otros""""""""10. Servicios de esparcimiento y deportivos""""""""11. Servicios de transporte A. Por agua"""""""" B. Por vas navegables interiores"""""""" C. Areo d. Servicios de reparacin y mantenimiento%%%%%%%% D. Espacial"""""""" E. Por ferrocarril"""""""" F. Por carretera"""""""" G. Por tuberas"""""""" H. Auxiliares"""""""" I. Otros """"""""12. Otros servicios""""""""a La nica fuente autntica de informacin sobre estos compromisos es la Lista de compromisos especficos de El Salvador que figura en los documentos GATS/SC/29 (15 de abril de 1994), GATS/SC/29/Suppl.1 (11 de abril de 1997) y GATS/SC/29/Suppl.2 (26 de febrero de 1998). b Slo se aplican a los servicios incluidos en la Lista de compromisos de El Salvador. c No se aplican a todas las subdivisiones de la categora de servicios (para ms detalle, vase la Lista de compromisos de El Salvador). Fuente: Secretara de la OMC. Servicios financieros Estructura y desempeo La contribucin del sector de servicios financieros (incluidos servicios de seguros) al PIB total se elev en 2001 a 3,8 por ciento. El sector est conformado por entidades repartidas en las siguientes categoras: bancos comerciales; entidades burstiles (bolsas de valores, casas de corredores de bolsas y sociedades especializadas en el depsito y custodia de valores); casas de cambio; entidades previsionales; almacenes generales de depsitos; intermediarios financieros (cooperativas, federaciones y sociedades de ahorro y crdito); instituciones pblicas de crdito; y entidades de seguro y fianzas. Las entidades supervisoras del sistema financiero son: la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF); la Superintendencia de Valores; y la Superintendencia de Pensiones. Las atribuciones de la SSF incluyen: hacer cumplir las leyes, reglamentos y dems disposiciones legales aplicables al Banco Central de Reserva de El Salvador y dems entidades sujetas a su vigilancia; dictar las normas para el funcionamiento de las instituciones bajo su control; autorizar la constitucin, funcionamiento y cierre de los bancos, sociedades de seguros y dems entidades financieras que las leyes sealen; garantizar la transparencia de informacin; aplicar sanciones; e intervenir entidades del sistema financiero con problemas. La Superintendencia de Valores est encargada de vigilar el cumplimiento de las disposiciones aplicables a las entidades burstiles y de facilitar el desarrollo del mercado de valores, mientras la Superintendencia de Pensiones est a cargo del sistema de pensiones. Paralelamente, el Banco Central de Reserva est encargado de velar por el normal funcionamiento de los sistemas de pago. Compromisos multilaterales El Salvador particip en las negociaciones sobre los servicios financieros y acept el Quinto Protocolo anexo al AGCS, incorporndolo a su legislacin mediante Decreto Legislativo N 653 de 13de marzo de 1999, publicado en el Diario Oficial N 97 del 26 de mayo de 1999. El alcance de los compromisos contrados en base a dichas negociaciones presenta algunas modificaciones con respecto a los compromisos contrados en el marco de la Ronda Uruguay. Por ejemplo, para el modo de suministro mediante presencia comercial en el sector bancario, El Salvador se comprometi en la Ronda Uruguay a otorgar acceso a las instituciones financieras extranjeras a travs del establecimiento de sucursales o mediante la participacin en la propiedad de bancos o financieras nacionales que estaba limitada hasta un mximo de 50 por ciento. En la nueva oferta dicho nivel se increment al 75 por ciento para instituciones financieras extranjeras calificados de primera lnea, sujetas a regulacin prudencial y supervisin en sus pases de origen. Sin embargo, el porcentaje mximo que las personas naturales extranjeras pueden adquirir se redujo del 50 al 25 por ciento. Asimismo, la Lista inicial limitaba la tenencia de acciones por parte de una persona natural o jurdica a un mximo de 5 por ciento del capital por institucin, mientras que en la nueva Lista esto se suprimi, reemplazndose por un requisito de aprobacin de la SSF para la posesin por parte de una persona natural o jurdica de acciones que representen ms de un 1 por ciento del capital de una institucin financiera. Por otra parte, la lista ms reciente slo incluye compromisos con respeto a medidas del tipo especificado en el artculoXVI:2f) del AGCS (lmites a la participacin de propiedad extranjera) y no incluye explcitamente la posibilidad de acceso a travs de sucursales. El Salvador no incluy los servicios de seguros en sus compromisos bajo el AGCS, ni como resultado de la Ronda Uruguay ni de la negociacin del Quinto Protocolo. Banca Caractersticas y desempeo Al 30 de junio de 2002 , el sector bancario salvadoreo estaba conformado por 13 bancos en operacin (incluidos una filial de un banco extranjero, dos bancos estatales y dos sucursales de bancos extranjeros) y una financiera autorizados a captar recursos del pblico. La nacionalidad de los titulares de acciones de las entidades cubiertas por la Ley de Bancos establecidas en El Salvador (es decir, excluyendo las dos sucursales de bancos extranjeros) corresponda en un 52 por ciento a personas fsicas o morales salvadoreas, en un 31 por ciento a personas centroamericanas y el 17 por ciento a personas de otros pases, dentro de los cuales los mayores inversionistas eran bancos del Canad, los Estados Unidos y Alemania. Cuatro entidades bancarias estaban controladas por accionistas extranjeros: dos por accionistas nicaragenses, una por accionistas canadienses y otra por accionistas panameos. En 2001, amparndose en la nueva Ley de Bancos, se aprob la creacin o los planes de regularizacin para la conformacin de un nmero de conglomerados financieros, segn estn definidos en la nueva Ley (ver infra). Adems de las entidades autorizadas a captar recursos del pblico, el sector financiero salvadoreo est formado por entidades habilitadas para realizar operaciones activas; al 31 de diciembre de 2001, dichas entidades incluan cuatro agencias de instituciones extranjeras operando como centros de informacin o colocando fondos en El Salvador en crditos o inversiones y 11instituciones pblicas de crdito. Al 30 de junio de 2002, los activos totales del sistema bancario se elevaban a 9.082 millones de dlares EE.UU., distribuidos principalmente en cartera de prstamos (57,6 por ciento de los activos totales), inversiones financieras (19 por ciento) y disponibilidades (12,64 por ciento); por su parte, los pasivos se elevaban a 8.278 millones de dlares EE.UU. y se distribuan principalmente entre depsitos (77,8 por ciento del total de pasivos) y prstamos (15,3 por ciento). A partir de 1998, la cartera de crditos del sector bancario ha tenido un dinamismo bajo, particularmente hasta 2001,a pesar de la disminucin de los tipos de inters (cuadro IV.8). Los depsitos tuvieron un crecimiento en lnea con la evolucin de la actividad econmica hasta 2001, pero retrocedieron en el primer semestre de 2002, en lnea con el creciente inters de los bancos, a raz de la entrada en vigor de la Ley de Integracin Monetaria, por captar recursos en el exterior (verinfra). Cuadro IV.8 Evolucin de la cartera de prstamos neta y captacin de depsitos , 1997 Junio de 2002 (Millones de $EE.UU.) 199719981999200020012002 (Junio)Prstamos4.5565.0525.1325.1205.1185.229Depsitos5.0835.4815.8946.1896.5036.435Fuente: Superintendencia del Sistema Financiero (2002), Boletn Estadstico de Bancos, Abril - Junio de 2002 en lnea. Disponible en la siguiente direccin: http://www.ssf.gob.sv/. Aunque el volumen de crdito creci ligeramente en el primer semestre de 2002, este crecimiento (2,2 por ciento con respecto a diciembre de 2001) fue modesto si se toma en cuenta la sustancial reduccin de las tasas de inters, que, como efecto de la Ley de Integracin Monetaria pasaron, para los prstamos hasta un ao plazo, del 9,6 por ciento en junio 2001 al 6,9 por ciento en junio de 2002, y para los prstamos a ms de un ao plazo pasaron del 11,4 al 8,2 por ciento. Esto ha conducido a que los bancos tengan una situacin de alta liquidez, lo que los ha llevado a realizar colocaciones de recursos en el exterior bajo la forma de prstamos e inversiones en bonos soberanos de gobiernos extranjeros. La SSF seala que los bancos estn a la bsqueda de nuevos usuarios va expansin regional a travs de conglomerados financieros y la apertura de oficinas de representacin en otros pases. A pesar de la reduccin de las tasas de inters, el escaso dinamismo del mercado crediticio nacional, as como la dolarizacin de la economa, han llevado tambin a los bancos a captar recursos en el mercado internacional a largo plazo y a menores costos y a interesarse menos en la captacin de depsitos en el mercado interno. Otro efecto de la debilidad de la demanda de crdito ha sido que el sistema bancario registre reservas de liquidez superiores a las requeridas. A fines de junio de 2002, el sistema bancario mantena reservas por un total de 1.384,7 millones de dlares EE.UU., frente a reservas requeridas que ascendan a 1.367.9 millones. Segn un estudio publicado en 2000, los indicadores de la calidad de los activos crediticios en la industria bancaria salvadorea registraron una tendencia al deterioro entre 1997 y 2000, debida en particular a las operaciones de los bancos estatales, sobre todo el Banco de Fomento Agropecuario. Con el objeto de mejorar la solvencia del sistema bancario salvadoreo, la nueva Ley de Bancos (verinfra) estableci requisitos de solvencia ms estrictos. En principio los bancos deben mantener en todo tiempo una relacin de por lo menos el 12 por ciento entre su fondo patrimonial y la suma de sus activos ponderados por riesgo. En la prctica, para alcanzar dicho requisito de solvencia, se prev un periodo transitorio con una meta intermediaria de 9,6 por ciento para el ao 2000 e incrementos graduales hasta alcanzar el objetivo de 12 por ciento en el 2005. La banca salvadorea ha realizado considerables progresos en el cumplimiento de la meta arriba mencionada. Al 30 de junio de 2002, el requerimiento patrimonial respecto a los activos ponderados del sistema fue de 11,85 por ciento, superior al lmite legal para 2002, de 10,5 por ciento. Los prstamos morosos al 30 de junio de 2002 totalizaron 211,8 millones de dlares EE.UU. o un 3,9por ciento del total, una mejora con respecto a los niveles de diciembre de 2000, fomentada por la reduccin de las tasas de inters y el traslado de deuda del sector cafetalero (ver infra). La cobertura de provisiones para deudas incobrables es de ms del 100 por ciento. Con respecto a la situacin del Banco de Fomento Agropecuario, las autoridades sealaron que actualmente se encuentra bajo las disciplinas de la Ley de Bancos y que est completando un proceso de transicin, pasando de ser un banco con una cierta medida de asistencialismo, a ser un banco que tiene que competir con otros. El proceso de transicin incluye la reduccin de personal y del nmero de agencias, y la venta de activos. Sin embargo, al 30 de junio de 2002, el porcentaje de crditos vencidos (23,8 por ciento) era an alto y el porcentaje de cobertura (58,7 por ciento), bajo. En 2002 el Banco de Fomento Agropecuario reinici la concesin de crditos. Un elemento importante de la poltica financiera en aos recientes ha sido la constitucin en julio de 2001 del Fideicomiso Ambiental para la Conservacin del Bosque Cafetalero (FICAFE). Participan en FICAFE los bancos Agrcola, Cuscatln, Salvadoreo, Comercio, Hipotecario y Fomento Agropecuario, que han aportado 250,2 millones de dlares EE.UU. de cartera de prstamos al Fideicomiso a cambio de bonos. FICAFE cuenta con una garanta gubernamental de 40 millones de dlares EE.UU. A travs del Fideicomiso, y gracias a la garanta del Gobierno, se reestructuraron los prstamos aportados a plazos ms largos y tasas de inters considerablemente ms bajas. La deuda total del sector cafetalero ascenda en junio de 2002 a 273,3 millones de dlares EE.UU. Aunque la creacin de FICAFE constituy una forma de reduccin de riesgo para el sistema financiero, el nivel persistentemente bajo de los precios internacionales del caf, muy por debajo de lo previsto cuando se constituy el Fideicomiso, ha incrementado la probabilidad de que algunos de los prstamos deban ser clasificados como incobrables. Marco normativo Desde el anterior examen de El Salvador, el sistema financiero salvadoreo ha incurrido en cambios importantes, especialmente en el rea normativa con la adopcin de la nueva Ley de Bancos y la Ley de Intermediarios Financieros No Bancarios (cuadro IV.9). Adems, el sector financiero estuvo marcado por la entrada en vigor en 2001 de la Ley de Integracin Monetaria, que abri el paso al proceso de transicin hacia una economa dolarizada (Captulo I). La Ley de Bancos estipula que todos los bancos constituidos en El Salvador deben organizarse y operar en forma de sociedades annimas de capital fijo, dividido en acciones nominativas con no menos de diez socios. La propiedad de las acciones debe mantenerse, como mnimo, en un 51 por ciento entre los siguientes tipos de inversionistas: personas naturales salvadoreas o centroamericanas; personas jurdicas salvadoreas cuyos accionistas o miembros mayoritarios sean personas naturales salvadoreas o centroamericanas u otras personas jurdicas salvadoreas; y bancos y otras instituciones financieras extranjeras, en cuyo pas de origen exista regulacin prudencial y una supervisin acordes a los usos internacionales sobre esta materia y que estn calificados como de primera lnea por sociedades clasificadoras de riesgo reconocidas internacionalmente. La SSF lleva un Registro de Bancos e Instituciones Financieras Extranjeros de Primera Lnea, compuesto en el segundo semestre de 2002 por 50 bancos de Alemania, el Canad, Chile, Costa Rica, Espaa, los Estados Unidos, Guatemala, Italia, Panam, los Pases Bajos, el Reino Unido, Suiza y Venezuela. Cuadro IV. 9 Principales leyes del sistema financiero TtuloFecha de entrada en vigor (publicacin)DescripcinLey de Intermediarios Financieros No Bancarios31 de marzo de 2001Regula la organizacin, funcionamiento y las actividades de intermediacin financiera que realizan las sociedades y asociaciones cooperativas de ahorro y crdito que captan recursos del pblico, as como las Federaciones.Ley de Integracin Monetaria1 de enero de 2001 (22 de diciembre de 2000)Otorga al dlar de los Estados Unidos de Amrica curso legal ilimitado y sin restricciones, fijando el tipo de cambio del coln respecto al dlar en 8.75.Ley de Bancos8 de octubre 1999 (30 de septiembre de 1999)Establece el marco legal para el funcionamiento de los bancos con una base jurdica fundamentada en principios internacionales de regulacin y supervisin bancaria. Asimismo, establece los mecanismos para una supervisin consolidada de los conglomerados financieros. Crea el Instituto de Garanta de Depsitos.Ley Orgnica de la Superintendencia de Pensiones1 de enero de 1997Crea la institucin de derecho pblico encargada de fiscalizar, vigilar y controlar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables al funcionamiento del sistema de ahorro para pensiones y del sistema de pensiones pblico y de las instituciones administradoras.Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones1 de enero de 1997 (23 de diciembre de 1996)Crea el sistema de ahorro para pensiones mediante el cual se administrarn los recursos destinados a pagar las prestaciones que deban reconocerse a sus afiliados para cubrir los riesgos de invalidez comn, vejez y muerte.Ley de Sociedades de Seguros5 de diciembre de 1996 (4 de noviembre de 1996)Regula la constitucin y funcionamiento de las sociedades de seguros y la participacin de los intermediarios.Ley Orgnica de la Superintendencia de Valores13 de octubre de 1996 (4 de octubre de 1996)Crea la institucin de derecho pblico especializada, encargada de fiscalizar y regular el mercado de valores y sus diversos participantes.Ley de Creacin del Banco Multisectorial de Inversiones5 de junio de 1994 (27 de mayo de 1994)Crea al BMI como una institucin pblica de crdito con personalidad jurdica y patrimonio propio que tiene por objeto promover el desarrollo de proyectos de inversin del sector privado, financiando con recursos para el mediano y largo plazo.Ley de Mercado de Valores30 de abril de 1994 (21 de abril de 1994)Establece el marco jurdico-institucional para el funcionamiento del mercado de valores.Ley Orgnica del Banco Central de El Salvador12 de mayo de 1991 (3 de mayo de 1991)Otorga al Banco Central de Reserva autonoma institucional y le asigna como funciones prioritarias -entre otras- la de velar por el normal funcionamiento de los sistemas de pagos y propiciar un sistema financiero competitivo y solvente.Ley Orgnica de la Superintendencia del Sistema Financiero19 de diciembre de 1990 (10 de diciembre de 1990)Regula la actuacin de la Superintendencia en su calidad de ente fiscalizador del Sistema Financiero y le otorga autonoma administrativa y presupuestaria para el logro de sus funciones, concedindole las facultades para regular el sistema y para sancionar los incumplimientos.Ley de Casas de Cambio de Moneda Extranjera15 de abril de 1990 (6 de abril de1990)Regula la autorizacin y las operaciones de las sociedades que se dedican de manera habitual a la compra y venta de moneda extranjera, concediendo al Banco Central la facultad de autorizarles sus operaciones, y a la SSF la facultad de fiscalizarlas.Ley de Creacin de la Financiera y del Fondo de Garanta para la Pequea Empresa (FIGAPE)16 de junio de 1973 (7 de junio de 1973)Crea una institucin autnoma de crdito y garanta para los pequeos comerciantes e industriales.Ley del Fondo Social para la Vivienda15 de junio de 1973 (6 de junio de 1973)Se crea el Fondo Social para la Vivienda como institucin de crdito.Ley del Banco de Fomento Agropecuario4 de mayo de 1973 (25 de abril de1973)Crea la institucin oficial de crdito denominada Banco de Fomento Agropecuario, cuyos objetivos fundamentales son crear, fomentar y mantener facilidades financieras para contribuir al fomento agrcola y servir de agente financiero de los organismos encargados de desarrollar programas de bienestar rural y de reforma de la estructura agraria.Cdigo de Comercio1 de abril de 1971 (31 de julio de1970)Regula las actividades de los comerciantes, los actos de comercio y las cosas mercantiles, constituyndose as en la base del ordenamiento jurdico financiero y, por ende, en una de las principales normas de aplicacin supletoria.Fuente: Banco Central de Reserva de El Salvador, disponible en www.bcr.gob.sv/finan002.htm. Ninguna persona natural o jurdica, directamente o por interpsita persona, puede ser titular de acciones de un banco que representen ms del 1 por ciento del capital de la institucin, sin que previamente haya sido autorizada por la SSF. El requisito mnimo de capital para el establecimiento de un banco en El Salvador es de 11 millones de dlares EE.UU. Previa autorizacin de la SSF, los bancos extranjeros pueden establecer sucursales en El Salvador mediante las cuales pueden efectuar las mismas operaciones que los bancos constituidos en el pas. Asimismo, previa autorizacin, los bancos extranjeros pueden abrir oficinas para servir como centros de informacin a sus clientes o bien para colocar fondos en el pas en crditos o inversiones, sin realizar operaciones pasivas en el territorio nacional. En ambos casos, la autorizacin se confiere por un plazo de dos aos prorrogable por perodos idnticos. La Ley establece que los depositantes y acreedores domiciliados en El Salvador gozan de derechos de preferencia sobre el activo que una institucin financiera extranjera posea en El Salvador. Con respecto al trato nacional, la Ley de Bancos estipula que, salvo disposicin legal contraria, las sucursales y oficinas de instituciones financieras extranjeras que operen en El Salvador gozan de los mismos derechos y privilegios, estn sujetos a las mismas leyes y se rigen por las mismas normas y reglamentos aplicables a los bancos domsticos. Las autoridades observaron que no existe actualmente legislacin que disponga la no aplicacin del trato nacional a la instituciones extranjeras. La Ley de Bancos tambin establece los mecanismos para la supervisin consolidada de los conglomerados financieros por parte de la SSF. El conglomerado financiero est definido como un conjunto de sociedades caracterizado por el hecho de que ms de 50 por ciento de sus capitales accionarios es propiedad de una sociedad controladora, la cual es tambin miembro del conglomerado. No obstante, la SSF puede autorizar que un banco constituido en el exterior forme parte de un conglomerado, siempre que la controladora posea como mnimo el 45 por ciento de las acciones del banco de referencia, debiendo cumplirse una serie de requisitos especficos con fines prudenciales. La sociedad controladora del conglomerado puede ser una sociedad cuya finalidad exclusiva sea la inversin en ms del 50 por ciento del capital de entidades financieras, o un banco constituido en El Salvador. En el primer caso, la sociedad controladora puede tener inversiones minoritarias, por un monto total no superior a un 25 por ciento de su fondo patrimonial, en acciones de instituciones administradoras de fondos de pensiones del pas. Sin embargo en el caso en que la sociedad controladora sea un banco, ni dicho banco, ni sus filiales, pueden invertir en el capital accionario de instituciones administradoras de pensiones o de sociedades de seguros. Las sociedades controladoras estn sujetas a la fiscalizacin de la SSF, que tiene acceso a la informacin de cada una de ellas con el objeto de ejercer la supervisin consolidada del conglomerado. Aparte de la sociedad controladora, las sociedades que pueden integrar un conglomerado son un banco y una o ms entidades del sector financiero tales como sociedades de seguros, instituciones administradoras de fondos de pensiones, casas de corredores de bolsa, sociedades especializadas en el depsito y custodia de valores, emisoras de tarjetas de crdito, casas de cambio de moneda extranjera, sociedades de arrendamiento financiero, almacenes generales de depsito, incluyendo sus filiales, debidamente vigiladas por la SSF o por el organismo supervisor que corresponda. Los bancos salvadoreos cuya propiedad accionaria pertenezca en ms del 50 por ciento a una entidad financiera extranjera (bancos o a conglomerados financieros) slo pueden compartir nombres, activos, infraestructura u ofrecer servicios conjuntos al pblico con otras sociedades del mismo conglomerado, siempre que dicha entidad constituya en El Salvador una sociedad controladora subsidiaria. Los bancos e instituciones financieras del exterior que establezcan en El Salvador agencias o sucursales y cuyas matrices o sociedades del conglomerado financiero al que pertenecen son propietarias en el pas de ms del 50 por ciento de otras sociedades de giro financiero, pueden funcionar de manera similar a un conglomerado financiero sin necesidad de establecer en el pas una sociedad controladora subsidiaria. Entre los cambios introducidos mediante la Ley de Bancos tambin destaca la creacin del Instituto de Garanta de Depsitos, cuyo objeto es garantizar los depsitos del pblico en caso de disolucin y liquidacin forzosa de un banco, as como contribuir a la reestructuracin de bancos con problemas de solvencia. El patrimonio del Instituto esta constituido principalmente por un nico aporte del Banco Central de 250 millones de colones y las primas que paguen los bancos miembros. El lmite de cobertura de los depsitos es de 6.285 dlares EE.UU.; todos los bancos privados deben ser miembros del Instituto, con la excepcin de las sucursales de bancos extranjeros cuando los depsitos estn garantizados en el pas donde estn establecidos dichos bancos. En cuanto a bancos estatales, el Banco Hipotecario de El Salvador est sujeto al mismo rgimen de seguros de depsitos que la banca privada, pero, en el caso del Banco de Fomento Agropecuario, la garanta la otorga el Estado. La Ley de Integracin Monetaria, en su Artculo 20, introdujo a partir del 1 de enero de 2001 nuevas disposiciones en lo relativo a las reservas de liquidez que deben mantener los bancos. Con arreglo a la Ley, la SSF establecer una reserva de liquidez que, en forma proporcional a sus depsitos y obligaciones, debern mantener los bancos y que ser administrada por el Banco Central de Reserva de El Salvador. Para 2001 y 2002, la reserva de liquidez de cada banco podr estar constituida en forma de depsitos de dinero en dlares EE.UU., en el BCR o en ttulos valores emitidos por ste en la misma moneda. A partir de 2003, dicha reserva tambin podr estar invertida en el exterior, en depsitos en bancos de primera lnea o en ttulos valores emitidos de alta liquidez y bajo riesgo. La Ley establece que se mantenga un 20 por ciento medio ponderado de los depsitos en concepto de reserva de liquidez, y que la reserva de liquidez media de los depsitos no sea superior al 25 por ciento de los mismos. Las normas NPB3-06 "Normas para el Clculo y Utilizacin de la Reserva de Liquidez sobre Depsitos y Otras obligaciones" regulan la implementacin de los requisitos de reserva de liquidez. La SSF es la responsable de verificar el cumplimiento de la reserva, as como de establecer los excedentes o deficiencias diarias y remitir al BCR la informacin relativa a la situacin de liquidez de cada banco. La reserva de liquidez se deposita en el BCR, en un 50 por ciento en forma de depsito a la vista y en un 50 por ciento en forma de inversin en ttulos valores no negociables, emitidos por el Banco Central, y est remunerada. El BCR cobrar una comisin por la administracin de esta reserva. El primer 25 por ciento de los fondos mantenidos bajo el nuevo mecanismo de encaje est disponible sin pago de intereses, mientras que el segundo tramo de 25 por ciento est sujeto al cobro de un cargo proporcional a los fondos por parte del BCR. Para el desembolso de fondos en el 50 por ciento restante se requiere la aprobacin de la SSF. Seguros Caractersticas y desempeo El Salvador contaba, al 30 de junio de 2002, con 20 compaas de seguros, de las cuales 18 se encontraban operando a plenitud y dos en proceso de liquidacin. La propiedad accionaria de las 20compaas se encontraba distribuida de la siguiente manera: el 86,4 por ciento de las acciones estaba en propiedad de personas salvadoreas, el 0,2 por ciento de pases del rea centroamericana y el restante 13,4 por ciento de personas de otros pases, dentro de los cuales los mayores inversionistas eran Espaa, con 7,9 por ciento y los Estados Unidos, con el 3,5 por ciento. Slo dos de estas empresas estaban controladas por inversionistas extranjeros. El Estado no participa en el sector asegurador. En octubre de 2002, tras la conclusin de la liquidacin de las dos compaas antes mencionadas, el nmero de aseguradoras se haba reducido a 18. Segn la SSF, el sistema asegurador se encontraba en una situacin de solvencia aceptable en2002, a pesar de haber tenido que hacer frente a una serie de dificultades. Pese a los reclamos que ha tenido que pagar por los terremotos ocurridos a principios de 2001, las utilidades del sector fueron superiores a las del ao anterior en un 18,4 por ciento, mientras que las utilidades registradas en el primer semestre de 2002 fueron un tercio mayores que las del mismo perodo del ao anterior. Las compaas aseguradoras recibieron reclamos por 328,5 millones de dlares EE.UU. por concepto de las prdidas totales provocadas por los terremotos en 2001 Casi un 95 por ciento de estos reclamos haban sido indemnizados al 30 de junio de 2002. La prdida resultante para el sistema asegurador, segn informacin proporcionada por la SSF, se estimaba en 6,4 millones de dlaresEE.UU. A pesar de que las prdidas para el sector fueron limitadas, un efecto negativo de los terremotos fue el incremento del precio de los reaseguros internacionales y la reduccin de la cobertura y exclusin de algunos riesgos. Esto se tradujo en un alza generalizada de las primas, lo cual a su vez provoc una reduccin del nmero de clientes y un retraso en la renovacin de plizas. En general, el alza de las primas contrarrest la disminucin en volumen de las mismas y permiti un aumento de la utilidad. A raz de los cambios legislativos introducidos con respecto a los conglomerados financieros, el sector de seguros estaba experimentando un cambio de estructura importante mediante procesos de adquisiciones, fusiones y conformaciones de conglomerados financieros. En mayo de 2002, las SSF aprob que la mayora de las acciones de las sociedades Seguros Universales, S.A. Seguros de Personas y Compaa Mundial de Seguros, S.A. fueran adquiridas por la sociedad Corporacin Excelencia, S.A. de C.V. Marco normativo Las actividades de seguro estn reguladas por la Ley de Sociedades de Seguros de 1997. Dicha Ley estipula que las sociedades de seguros constituidas en El Salvador deben organizarse y operar en forma de sociedades annimas de plazo indeterminado, con capital fijo dividido en acciones nominativas. A diferencia de los bancos, la Ley no exige un nmero mnimo de socios. Sin embargo, ninguna persona natural o jurdica, directamente o por interpsita persona, puede ser titular de acciones de una sociedad de seguros que representen ms del 1 por ciento del capital de la sociedad, sin haber sido previamente autorizada por la SSF. La propiedad de las acciones de las sociedades de seguros debe mantenerse, como mnimo en un 75 por ciento, en forma individual o conjunta, en las siguientes clases de personas: personas naturales o jurdicas salvadoreas o centroamericanas; o sociedades de seguros o reaseguros centroamericanas u otras extranjeras. Las sociedades extranjeras fuera del rea centroamericana deben estar clasificadas como sociedades de primera lnea de acuerdo a lo que establezca la SSF basndose en clasificaciones efectuadas por instituciones clasificadoras internacionalmente reconocidas. No se permite el suministro transfronterizo de servicios de seguros. Telecomunicaciones El sector de las telecomunicaciones ha incurrido en cambios importantes en los ltimos aos, especialmente despus de la privatizacin de la compaa estatal Administracin Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) y la adopcin de un nuevo marco normativo. La privatizacin de ANTEL fue regulada por la Ley de Privatizacin de la Administracin Nacional de Telecomunicaciones (Decreto N 53 de 24 de julio de 1997, publicado en el Diario Oficial N 143 del 7 de agosto de 1997). ANTEL fue dividida en dos entidades, la Compaa de Telecomunicaciones de El Salvador (CTE) dedicada principalmente a servicios de telefona almbricos, y la compaa Internacional de Telecomunicaciones (INTEL) dedicada principalmente a servicios de telefona inalmbricos. El control de la CTE fue adquirido por France Telecom mediante subasta; el Estado sigue manteniendo una participacin equivalente al 43 por ciento del capital social de dicha compaa. Las autoridades indicaron que se tiene el objetivo de privatizar la empresa totalmente. A su vez la compaa INTEL fue adquirida mediante subasta por un consorcio liderado por Telefnica de Espaa. Desde un principio, ambas compaas han tenido que competir con otros operadores en el mercado. A mayo de 2002, El Salvador contaba con nueve operadores de lneas telefnicas fijas (AESTEL, Cablevisa, CTE, EMETEL, GCA, SALNET, SALTEL, Telefnica y Telemvil, ) y cuatro de lneas telefnicas mviles (CTE Personal, Telefnica, Telemvil y DIGICEL). CTE controlaba un 90 por ciento de las lneas telefnicas fijas, mientras que en telefona mvil el principal operador era Telemvil (45 por ciento de los abonados), seguido por Telefnica (29 por ciento), CTE Personal (23por ciento) y DIGICEL (3 por ciento). El valor agregado del sector de comunicaciones aument considerablemente en trminos reales entre 1998 y 2001; en trminos de contribucin al valor agregado total, el sector de las telecomunicaciones junto con el de los servicios postales contribuy con el 2,8 por ciento en 2001, comparado con el 1,9 por ciento en 1998. Con respecto a infraestructura, la evolucin de los indicadores tambin ha sido apresurada: el nmero de lneas fijas ha pasado de unas 387.000 en 1998 a ms de 709.000 en mayo de 2002; mientras el nmero de abonados al sistema telefnico mvil celular ha pasado de 137.000 a cerca de 908.000 en el mismo periodo. Asimismo, los indicadores de calidad del servicio proporcionados por la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) apuntan a una mejora de la situacin. Las tarifas, sin embargo, se han incrementado, tanto para llamadas locales como nacionales en el caso de telefona fija, y han permanecido invariables desde 1999 en el caso de telefona mvil. Las tarifas de las llamadas a larga distancia s han cado considerablemente en los ltimos aos (cuadro IV.10). Cuadro IV.10 Indicadores de telecomunicaciones Tamao y dimensin de la red telefnica19981999200020012002dLneas telefnicas en funcionamiento386.659495.340625.785649.879709.394Capacidad total de las centrales telefnicas locales (en cantidad de usuarios)523.294603.761711.7372.945.774..Lneas principales conectadas a centrales digitales (%)8488100100..Cantidad de telfonos pblicos monederos4.926....1.754..Cantidad de telfonos pblicos con tarjetas prepagadas..21.71522.07516.916..Nmero de abonados al sistema telefnico mvil celular137.114511.365743.628857.782908.227Nmero de lneas de abonado telex4673583931.079..Nmero de circuitos arrendados..60190184..Abonados a redes pblicas de datos..5001.8652.131..Calidad de servicioSolicitudes no atendidas de lneas telefnicas residenciales174.163103.61772.56637.991..Solicitudes no atendidas de lneas telefnicas comerciales......256..Averas del servicio telefnico, reparadas al da laborable siguiente (%)....7679..Cantidad de averas del servicio telefnico, comunicadas por los usuarios......234.073..Llamadas no completadas durante la hora pico (%)....511..Servicios de operadora que obtienen respuesta en 15 segundos (%)....9187..TrficoaTrfico telefnico localb45.9472.787.1433.3345.5133.492.329..Trfico telefnico nacionalb9.170313.617474.282814.111..Trfico telefnico internacional (entrante)223.524398.284710.330801.918..Trfico telefnico internacional (saliente)38.84353.562138.815157.673..Tarifasc ($EE.UU.)Cargo por la instalacin del servicio telefnico335,77335,77335,77335,77..Cargo bsico mensual residencial6,847,137,138,129,43Cargo bsico mensual comercial13,6914,2114,2114,2116,14Costo del minuto local (centavos de $EE.UU.)1,942,012,292,292,65Costo del minuto nacional (centavos de $EE.UU.)3,233,363,823,824,45Costo del minuto por llamadas de fijo a mvil0,020,230,230,230,23Costo del minuto en horario pleno para llamadas internacionales (solamente los Estados Unidos)0,800,480,250,250,25Inversiones Inversin anual total en telecomunicaciones, includos terrenos y edificios (millones de $EE.UU.)477711877163.... No disponible. a En miles de minutos. b No se incluye el trfico de CTE para el ao 1998. c IVA incluido (Tarifas aplicadas por el operador incumbente). d Datos obtenidos hasta mayo del ao 2002. Fuente: Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones, Gerencia de Telecomunicaciones, Manual de Indicadores. Disponible en la siguiente direccin: http://www.siget.gob.sv/ ,29 de julio de 2002. El marco normativo del sector de las telecomunicaciones comprende principalmente las siguientes reglamentaciones: la Ley de Telecomunicaciones (Decreto Legislativo N 142, de 6denoviembre de 1997, publicado en el Diario Oficial N 218, del 21 de noviembre de 1997) y sus reformas (Decreto Legislativo N 387, de 27 de abril de 2001, publicado en el Diario Oficial N 90 del 16 de mayo de 2001) y su Reglamento (Decreto Legislativo N. 64 del 15 de mayo de 1998); la Ley de Creacin de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (Decreto Legislativo N 808, de 12 de noviembre de 1996, publicado en el Diario Oficial N 189, de 9 de octubre de 1996), y sus reformas (Decreto Legislativo N 175, de 4 de diciembre de 1997, publicado en el Diario Oficial N 239 de 22 de diciembre de 1997) y su Reglamento (Decreto Ejecutivo N 56 de 13 de mayo de 1998, publicado en el Diario Oficial N88 de 15 de mayo de 1998); y la Ley del Fondo de Inversin Nacional en Electricidad y Telefona (Decreto Legislativo N 354 de 29 de julio de 1998, publicado en el Diario Oficial N 142 de 29 de julio de 1998) y sus reformas (Decreto Legislativo N 859 de 30 de mayo de 2002, publicado en el Diario Oficial N 115 de 24 de junio de 2002). El Ministerio de Economa se encarga de formular las polticas en materia de telecomunicaciones, mientras la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET), entidad autnoma adscrita al Ministerio de Economa, es la institucin encargada de aplicar y velar por el cumplimiento de las normas y reglamentaciones del sector. La SIGET tambin est encargada de administrar, gestionar y vigilar el espectro radioelctrico, que es propiedad del Estado. La Ley de Telecomunicaciones (LT) se aplica a las actividades del sector de las telecomunicaciones, incluyendo la regulacin del servicio pblico de telefona, la explotacin del espectro radioelctrico, el acceso a los recursos esenciales y el plan de numeracin, incluyendo la asignacin de claves de acceso al sistema multiportador. Los objetivos de la LT incluyen: fomentar el acceso a las telecomunicaciones para todos los sectores de la poblacin; proteger los derechos de los usuarios y de los operadores proveedores de servicios de telecomunicaciones; velar por el uso racional y eficiente del espectro radioelctrico; y desarrollar un mercado de telecomunicaciones competitivo en todos sus niveles. La LT estipula que los precios y condiciones de los servicios de telecomunicaciones entre operadores deben ser negociados libremente, excepto en lo que respecta al acceso a los recursos esenciales. Los operadores interesados en proveer servicios pblicos de telefona deben solicitar a la SIGET una concesin para la explotacin del servicio, la cual, siempre y cuando cumplan con los requisitos de inscripcin establecidos, se les otorga, una vez registrados, en forma automtica por un plazo de 30 aos sin limitacin alguna en cuanto a cantidad y ubicacin, pudiendo existir ms de una concesin en la misma rea geogrfica. Las tarifas mximas del servicio pblico de telefona deben ser determinadas y aprobadas por la SIGET conforme a lo establecido en la LT. sta dispone que los cargos de acceso mximos sean los que aplicaban los operadores el da previo a la entrada en vigor de la LT y que, a partir de esa fecha y hasta el ao 2002 inclusive, dichos valores sean reajustados anualmente por la SIGET, en el mismo porcentaje que el Indice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Ministerio de Economa. La Ley dispone tambin que hasta 2002, inclusive, los operadores de redes telefnicas que controlen menos del 10 por ciento de un determinado mercado o servicio y que estn desvinculados patrimonialmente de cualquier otro operador, pueden optar por solicitar la aprobacin de sus propias tarifas mximas a la SIGET, en base a sus costos reales, o aceptar las tarifas mximas que la SIGET haya aprobado para otros operadores. A partir de 2003, la SIGET deba reajustar las tarifas mximas de telefona en base a un ndice compuesto en un 50 por ciento por el IPC y en un 50 por ciento por la tasa de devaluacin del coln con relacin al dlar. Esto ltimo ha dejado de ser aplicable con la Ley de Integracin Monetaria, por lo que, segn la autoridad competente, an se est estudiando el mecanismo de indexacin que se utilizar para remplazarlo. Con el propsito de estimular las inversiones en nuevas lneas telefnicas, la LT autoriz a la SIGET para realizar Contratos de Inversin con los operadores de redes de acceso que controlen ms del 10 por ciento del mercado, por un plazo de cinco aos, en los cuales se acuerden metas que cumplir en materia de instalacin de nuevas lneas. En contrapartida, en la aprobacin de tarifas mximas de los servicios nacionales se introducen reajustes de las tarifas adicionales a los referidos anteriormente. En este sentido se dispone que, a partir del inicio del contrato de inversin, la SIGET apruebe un incremento adicional para los cargos mximos de los servicios de acceso y adicionales de telefona, en un porcentaje igual al crecimiento de la red de telefona del operador afectado, pero hasta un mximo de 15 por ciento en el primer ao, y 20 por ciento en cada uno de los cuatro aos restantes y sujetos a algunas limitaciones de horario. Se ha firmado un contrato de este tipo, en 1998, con CTE, el cual se encontraba vigente a fines de 2002. Las autoridades observaron que en la prctica las tarifas aumentaron menos de lo permitido por la LT en el marco de estas modalidades. El espectro radioelctrico es de propiedad del Estado, y, con arreglo a la LT, se clasifica en: de uso libre; de uso oficial; y de uso regulado. La explotacin del espectro de uso libre no requiere concesin. Para explotar una parte del espectro de uso regulado, se debe solicitar a la SIGET una concesin, que se otorga por un plazo de 20 aos. Las licitaciones se han realizado principalmente mediante subastas, a travs de las cuales el Gobierno recaud 221,4 millones de dlares EE.UU. entre 1998 y 2001. El precio base por una concesin para la explotacin del espectro radioelctrico se determina segn una frmula que toma en cuenta el ancho de banda total de transmisin y de recepcin, el precio unitario base del espectro, y la poblacin a la que se dirigen las emisiones. Una concesin puede revocarse, si no es ejercida dentro de los dos aos de otorgada. Los operadores de sistemas de comunicacin por satlite que transmitan desde el territorio nacional deben entre otros requisitos: tener los derechos de uso del espectro claramente establecidos por convenios, tratados o acuerdos internacionales suscritos y ratificados por El Salvador, o mediante la obtencin de una concesin para el uso del espectro otorgada por la SIGET. Los servicios considerados esenciales incluyen la interconexin a todos los niveles con la finalidad de terminar telecomunicaciones o transferir telecomunicaciones originadas en la red de una de las partes a otra red seleccionada por el usuario final; la sealizacin; el traspaso de identificacin automtica del nmero del usuario que origina la comunicacin; los datos de facturacin; la portabilidad del nmero telefnico del usuario; y el registro de los usuarios en el directorio telefnico. La LT establece que todo operador de redes comerciales de telecomunicaciones debe proporcionar acceso a recursos esenciales a cualquier operador que lo solicite mediante el pago correspondiente y sin discriminacin alguna. Los precios y condiciones tcnicas para el acceso a cualquier recurso esencial son negociados entre las partes; en caso de que no se consiga un acuerdo en todo o en alguno de los puntos, las partes pueden acudir a la SIGET para la solucin del conflicto. Asimismo la LT estipula que la interconexin de redes es libremente negociada excepto en lo referente al acceso a recursos esenciales mencionados anteriormente. La LT incorpora disposiciones para prevenir prcticas restrictivas de la competencia, en particular, prohbe que los operadores celebren cualquier tipo de acuerdos para fijar, elevar, concentrar o manipular el precio de venta o alquiler de sus servicios a terceros o a usuarios finales, as como acuerdos de distribucin. Asimismo se prohben los subsidios cruzados en los servicios que se presten en competencia con otros operadores. Por ltimo la LT establece un rgimen especial para las actividades de telecomunicaciones realizadas por los operadores de servicios de: radiodifusin sonora de libre recepcin; televisin de libre recepcin; distribucin sonora por suscripcin, a travs de cable o medios radioelctricos; y distribucin de televisin por suscripcin a travs de cable o medios radioelctricos. Dichos servicios requieren concesiones, que se otorgan por un plazo de 20 aos. Solo las personas naturales salvadoreas de nacimiento o jurdicas salvadoreas (entidades con por lo menos el 51 por ciento del capital en manos de salvadoreos) pueden obtener concesiones para prestar servicios de difusin de libre recepcin. Con el objeto de facilitar el acceso de los sectores de poblacin rurales y de menores ingresos a los servicios de electricidad y telefona, se estableci el Fondo de Inversin Nacional en Electricidad y Telefona (FINET). Las atribuciones de FINET incluyen subsidiar la infraestructura y suministro de servicios de telefona (y de energa elctrica vase seccin 4) en reas rurales y de bajos ingresos, siempre que sean de beneficio comunal. La Ley establece que el Fondo subsidiar dichas actividades con los ingresos que obtenga como resultado de la inversin de sus recursos. El patrimonio del Fondo esta constituido principalmente por aportes del Estado, el 98,5 por ciento de los recursos generados por el otorgamiento de concesiones para la explotacin del espectro radioelctrico, y la totalidad de los recursos que generen las concesiones para la generacin geotrmica y hidrulica de energa elctrica. A enero de 2002, haba 18 proyectos con fondos de FINET en ejecucin, cuya asignacin se hizo mediante subasta, por un monto total de 1,64 millones de dlares EE.UU., as como 57 proyectos cuya asignacin se hizo mediante concurso de fondos, por un total de 5,54millones de dlares EE.UU. El Salvador ha consolidado el nivel de acceso al mercado proporcionado por su legislacin en su lista de compromisos acordada durante las Negociaciones sobre Telecomunicaciones Bsicas del AGCS. Durante dichas negociaciones, El Salvador aument significativamente sus compromisos con respecto a la oferta consignada en su oferta de 1994, consolidando los servicios prestados a nivel nacional e internacional mediante redes de telecomunicacin bsica, pblica y no pblica para todos los modos de suministro y tanto con respecto al acceso a mercados como a trato nacional. Transporte Transporte martimo A octubre de 2002, el Vice Ministerio de Transporte, creado en 1994 dentro del Ministerio de Obras Pblicas, Vivienda y Transporte, era el ente encargado de regular todas las polticas de transporte martimo. Esta labor se realiza a travs de la Direccin de Transporte Martimo. El Vice Ministerio debe tambin aprobar las tarifas portuarias y sus modificaciones. El Sistema Portuario de El Salvador dispone de dos puertos comerciales, los puertos de Acajutla y Cutuco, ambos administrados, a fines de 2002, por la Comisin Ejecutiva Portuaria Autnoma (CEPA). Los puertos pesqueros estn bajo la administracin del Ministerio de Economa. Conforme a su Ley Orgnica, CEPA dispone de atribuciones exclusivas para: la administracin, explotacin, direccin y ejecucin de las operaciones portuarias de todas las instalaciones portuarias salvadoreas no sujetas a rgimen especial, as como la custodia, manejo y almacenamiento de mercancas de exportacin e importacin. CEPA tambin es responsable de las instalaciones del Aeropuerto internacional de El Salvador (vase seccin iv) b)). CEPA puede subcontratar la ejecucin de ciertas tareas, pero debe conservar la administracin directa de los puertos. A fines de 2002, los servicios subcontratados a empresas privadas incluan: el amarre de buques, la estriba, la transferencia de mercadera de bodega a muelle y viceversa, y el almacenamiento, entre otros. A mediados de 2002, la totalidad de la carga martima estaba siendo manejada en el puerto de Acajutla, al estar el puerto de Cutuco fuera de operacin. En 1999, el puerto de Acajutla manej 2,3 millones de toneladas de carga; si se toma en cuenta el petrleo y sus derivados, movilizados en las boyas de la refinera RASA empresa privada formada por un consorcio de las compaas petroleras Esso y Shell- la carga total movilizada ascendi a poco ms de 4 millones de toneladas. La gran mayora de dicho volumen (cerca del 86 por ciento) correspondi a importaciones. Con respecto a aos anteriores se observa un ligero crecimiento del volumen de carga manejado en puertos salvadoreos. Los volmenes exportados se han visto afectados por la disminucin de las exportaciones de caf. La Asamblea Legislativa aprob en octubre de 2002 las bases de licitacin para dar en concesin al sector privado la administracin y explotacin del puerto de Acajutla. La concesin ser otorgada por un perodo de 25 aos, y establece una serie de inversiones obligatorias que han de efectuarse en el transcurso de los tres primeros aos a partir de la firma del contrato, por un monto mnimo de 10.875.000 dlares EE.UU. Adems, el concesionario deber realizar otras inversiones por un total de 7.125.000.00 dlares EE.UU. en el transcurso de los 10 primeros aos. Hasta fines de 2002, no exista una ley especfica sobre transporte martimo per se. Las autoridades han observado la necesidad de contar con este tipo de legislacin y en este sentido se prepar un proyecto de ley, que result en La Ley General Martimo Portuaria, aprobado por la Asamblea Legislativa mediante Decreto N. 994, publicado en el Diario Oficial N. 187 del 1 de octubre de 2002, el cual entr en vigor el 1 de noviembre de 2002. En octubre de 2002, la nueva Ley se encontraba an en proceso de entrada en vigor. La nueva Ley regular todo lo relacionado con los servicios de navegacin martima y con los servicios de los puertos. La Ley General Martimo Portuaria crea una Autoridad Martima Portuaria (AMP), entidad reguladora con personalidad jurdica, autonoma administrativa, tcnica y financiera, para la regulacin tcnica y econmica del subsector de transporte martimo portuario. La ley limita las competencias del Ministerio de Obras Pblicas, Transporte y de Vivienda y Desarrollo Urbano a la formulacin de la poltica subsectorial martima portuaria, a la planificacin indicativa de sta y a la normativa legal que permita la implementacin de stas. La AMP es tambin responsable de la representacin de El Salvador ante organismos internacionales y de intervenir en las negociaciones de tratados y convenios internacionales en materia de puertos y de temticas martimas, en coordinacin con las dependencias competentes. Son tambin atribuciones de la AMP el regular tarifas portuarias y establecer los mecanismos de ajuste de las mismas, supervisar y controlar los procesos de otorgamiento y de cumplimiento de los contratos de concesin de los puertos nacionales, prevenir conductas anticompetitivas y discriminatorias entre los usuarios de los servicios martimos y portuarios, y aprobar todos los actos legales relacionados con la cesin, prrroga, caducidad, y rescate de las concesiones, entre otras. La Ley General Martimo Portuaria cre un Consejo Directivo de la Autoridad Martima Portuaria (CDAMP), que se encarga de dictar las polticas, las directrices y los lineamientos para el efectivo cumplimiento de las competencias institucionales de la AMP. La administracin de la AMP estar a cargo de un Director Ejecutivo. La AMP se financiar por: aportes del Gobierno; un porcentaje no mayor del 6 por ciento de los ingresos derivados de las tarifas de los servicios portuarios prestados a las naves y a la carga, en puertos de uso pblico o privados; las tarifas por servicios que preste la misma AMP; los derechos que perciban los distintos registros que lleve la AMP; el producto de las multas o sanciones econmicas que determine la AMP; el producto de ingresos extraordinarios; y cualquier otro ingreso que se obtengo a ttulo legal. El Salvador no cuenta con una flota mercante nacional, sin embargo, en la nueva Ley General Martimo Portuaria se establecen disposiciones para el registro de buques. La Ley establece el Registro Martimo Salvadoreo (REMS), dependencia orgnica de la AMP, en el cual deben registrarse buques y artefactos navales, y operaciones tales como la compraventa, construccin, alquiler, flete e hipotecas. Para ser registrado en el REMS, un buque debe cumplir con ciertas exigencias sobre construccin y condiciones de navegabilidad; adems, su propietario debe estar domiciliado en el pas, o, en el caso de una sociedad, sta debe haberse constituido de acuerdo con las leyes de El Salvador, o si se ha constituido en el extranjero, debe tener una sucursal en El Salvador. Los buques extranjeros podrn ser registrados en el REMS slo si han cancelado previamente su matrcula en el pas expedidor. La AMP otorgar a todo buque o artefacto naval que se inscriba en el REMS un certificado de matrcula, que confiere al buque la nacionalidad salvadorea. Para poder formar parte de la tripulacin de los buques inscritos en el REMS o ejercer profesin, oficio u ocupacin alguna en la jurisdiccin portuaria o en actividad regulada o controlada por la AMP, se requiere una autorizacin de sta y su inscripcin en el REMS. La poltica tarifaria o de precios de los servicios portuarios que presten los puertos pblicos o los puertos privados de uso pblico que operen en El Salvador ser emitida por la AMP a travs del Reglamento Especial para la Aplicacin de Tarifas de Servicios Portuarios, de conformidad con el cual los operadores de puertos debern presentar a la AMP, para su aprobacin, un pliego tarifario que incluya los tarifas o precios de los servicios portuarios, la metodologa que se ha utilizado para calcularlos y la forma en que dichas tarifas o precios sern ajustados en el futuro. Con el fin de evitar subsidios cruzados, los operadores de servicios portuarios debern llevar un sistema de contabilidad de costos por actividad. La AMP podr determinar tarifas usando varios mtodos: tarifas ajustadas en base a ndices de inflacin y mejoras operativas; tarifas por comparacin con otros puertos de su rea competitiva; tarifas en base al clculo de la rentabilidad de la inversin; mercado libre. Las tarifas portuarias aprobadas por la AMP y sus modificaciones, debern ser registradas y publicadas en dos de los peridicos de circulacin nacional, por lo menos 10 das calendario, previos a su entrada en vigor. La Ley dispone que la AMP defina los servicios portuarios que sern desregulados, en aquellos casos en que exista suficiente competencia en el mercado. La Ley prohbe expresamente realizar cualquier acto que tenga la intencin o el resultado de restringir en forma indebida la competencia entre puertos y operadores de servicios portuarios. Se dispone que, mientras el pas no cuente con una legislacin especfica en materia de poltica de competencia, la Junta de Directores de la AMP velar por que se cumpla con los principios que rigen la materia dentro de las actividades martimas y portuarias. Los puertos, ya sean pblicos o privados, en funcionamiento en la fecha de la entrada en vigor de la ley, quedan sometidos al rgimen de reglamentacin de la AMP, en lo aplicable. CEPA ser la autoridad martima portuaria local de los puertos mercantes estatales bajo su jurisdiccin y en stos tendr competencia en concepto de administracin, operacin, mantenimiento y conservacin. En representacin de CEPA, dicha autoridad ser ejercida por el operador de esos puertos. El Salvador es signatario de un nmero de conferencias administradas por la Organizacin Martima Internacional pero no de la Convencin de las Naciones Unidas sobre un Cdigo de Conducta de las Conferencias Martimas. En materia de transporte martimo, El Salvador no asumi ningn compromiso con arreglo al AGCS. Transporte areo La poltica de transporte areo es responsabilidad conjunta del Vice Ministerio de Transporte, dentro del Ministerio de Obras Pblicas, Vivienda y Transporte, y de la Autoridad de Aviacin Civil (AAC). CEPA es responsable de los servicios de control de trfico areo. El Salvador cuenta con dos aeropuertos pblicos, el Aeropuerto Internacional de El Salvador y el Aeropuerto de Ilopango, que sirve a la vez para usos militares y civiles. El Aeropuerto Internacional de El Salvador concentra la totalidad del trfico internacional, tanto de pasajeros como de mercancas. Los indicadores de actividad de dicho aeropuerto evidencian un crecimiento significativo del nmero de aterrizajes y despegues, debido principalmente al transporte de pasajeros. Entre 1996 y 2000, el trfico de pasajeros creci en forma sostenida a una tasa media anual de 13,4 por ciento, alcanzando en 2000 cerca de 1,6 millones de pasajeros. Las autoridades indicaron que existe capacidad para manejar hasta 3,5 millones de pasajeros al ao. La evolucin del trfico de carga ha sido ms contrastada; la carga de mercancas importadas aument sensiblemente entre 1996 y 2000, mientras la carga exportada se redujo (cuadro IV.11). La administracin del Aeropuerto Internacional de El Salvador est a cargo de CEPA, responsable de la direccin, administracin, mantenimiento y ampliacin de todas las instalaciones del Aeropuerto Internacional El Salvador (vase tambin la seccin iv) a)). CEPA est a cargo de manejo y el almacenamiento de las mercancas, sin embargo se est considerando la posibilidad de contratar los servicios de una empresa privada para proporcionar estos servicios. CEPA est a cargo de la seguridad del aeropuerto, sta ltima conjuntamente con la Polica Nacional Civil (PNC), mientras que empresas privadas suministran otros servicios como limpieza, restaurantes, informacin de vuelo y mantenimiento de algunas reas no relacionados con el mantenimiento del aeropuerto. El Aeropuerto Internacional de El Salvador es desde 1983 la base de operaciones, reservaciones, mantenimiento y administracin de TACA International Airlines, S.A., compaa de capital mayoritariamente salvadoreo. TACA International Airlines, S.A. mantiene lazos administrativos y operacionales con las aerolneas de bandera de otros pases centroamericanos, en las cuales ha adquirido participaciones en el capital. TACA International Airlines S.A. constituye con mucho la compaa area ms importante basada en Centroamrica. Ninguna otra compaa domiciliada en El Salvador ofrece servicios areos comerciales. Cuadro IV.11 Indicadores de actividad del Aeropuerto Internacional El Salvador, 1996-00 19961997199819992000PasajerosEntradas 463.455 482.163 599.111 655.587 634.750 Salidas409.230 426.453 554.917 605.231 621.595 Subtotal872.685 908.616 1.154.028 1.260.818 1.256.345 Pasajeros trnsito32.095 21.480 26.491 111.349 85.360 Pasajeros transbordo60.735 30.511 23.006 188.782 256.636 Total965.515 960.607 1.203.525 1.560.949 1.598.341 AeronavesaAviacin comercial22.967 22.093 25.188 27.742 30.796 Aviacin general1.124 1.058 1.202 2.124 1.042 Aviacin nacional124 268 302 156 120 Taxis areos102 680 1.402 1.326 68 Total24.317 24.099 28.094 31.348 32.026 Carga y correo (kg)Carga importacin16.155.915 17.368.915 17.387.583 21.318.441 18.030.674 Carga exportacin16.510.552 14.350.104 13.792.576 14.651.080 14.437.271 Total carga32.666.467 31.719.019 31.180.159 35.969.521 32.467.945 Correo entrando..227.676 267.028 211.310 223.044 Correo saliendo..92.060 104.747 71.924 103.643 Total correo..319.736 371.775 283.234 326.687 Total carga y correo32.666.467 32.038.755 31.551.934 36.252.755 32.794.632 a Se considera aterrizaje y despegue. Fuente: Comisin Ejecutiva Portuaria Autnoma. El Decreto Legislativo N 582 de 19 de Octubre de 2001 aprob la Ley Orgnica de Aviacin Civil. La Ley cre la Autoridad de Aviacin Civil (AAC), y gobierna todo lo relacionado al otorgamiento de licencias, servicios de transporte pblico y privado areo, servicios auxiliares, e infraestructura. Las funciones de la AAC abarcan la regulacin, fiscalizacin y control de todas las actividades de la aviacin civil relativas a la autorizacin, modificacin, cancelacin y revocacin de los certificados de operadores y de permisos de operacin, servicios de trnsito areo, comunicaciones aeronuticas, servicios de meteorologa aeronutica, servicios de informacin aeronutica, servicios e instalaciones de navegacin area, as como el registro, certificacin y fiscalizacin del personal aeronutico, las aeronaves y dems infraestructuras aeronuticas. Adems la AAC debe velar por el mantenimiento de una sana competencia dentro de las actividades de la aeronutica civil y del transporte areo, y prevenir las prcticas monopolsticas. Con ese fin la AAC est encargada de regular las tarifas de servicios aeroportuarios, aeronuticos y de navegacin area, control de trnsito areo y de proteccin al vuelo, que posean caractersticas monopolsticas y que puedan ser objeto de aplicacin de una posicin dominante. La AAC est habilitada para aplicar sanciones por el incumplimiento de las normas aplicables al sector de la aviacin civil. En cuanto a los compromisos asumidos con arreglo al AGCS, El Salvador consolid los servicios de reparacin y mantenimiento con respecto al acceso a mercado y trato nacional para los modos de suministro transfronterizo, de consumo en el extranjero y de presencia comercial. En este ltimo caso, la Lista de concesiones de El Salvador estipula que es necesario solicitar a la CEPA la concesin o licencia para la prestacin de dichos servicios, siendo requisito que el solicitante est domiciliado en El Salvador. Las autoridades han observado que, a la luz de la nueva Ley Orgnica de Aviacin Civil, se requiere ahora un permiso, que otorga la AAC y que en lo ltimos aos se han otorgado permisos de este tipo. No hay limitaciones a la inversin extranjera para establecer lneas areas en El Salvador. Los inversionistas extranjeros reciben trato nacional en lo relativo a la inversin en lneas areas salvadoreas y no existen limitaciones al acceso al mercado bajo la modalidad de presencia comercial. El Salvador ha suscrito un acuerdo de libertad del espacio areo (o acuerdo de quinta y sexta libertad) con los Estados Unidos. Tambin ha suscrito acuerdos bilaterales de cuarta libertad con Chile, Espaa y el Reino Unido. Las licencias para los espacios de aterrizaje se conceden bajo el principio de reciprocidad de acuerdo con el Convenio de Chicago. REFERENCIAS Banco Mundial, El Salvador - Country Assistance Evaluation, Washington D.C., 2002. Ministerio de Salud Pblica y Asistencia Social de El Salvador, Comit de Emergencia Nacional, La Tormenta Tropical Mitch en El Salvador: Efectos, Respuesta y Anlisis de las Experiencias, San Salvador 1999. Comisin Econmica para Amrica Latina y el Caribe, El Salvador: Evaluacin de los Daos Ocasionados por el Mitch. Sus implicaciones para el Desarrollo Econmico-Social, Febrero de 1999. Comisin Nacional del Micro y Pequea Empresa, Caractersticas del Sector Microempresarial Salvadoreo, 1999, San Salvador, 1999. OMC, Examen de las polticas comerciales de El Salvador, Ginebra, 1996. Centro de Trmites de Exportacin, Barreras no arancelarias que limitan el comercio regional, Gerencia Internacional, (2000). 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Segn la definicin de productos agrcolas de la OMC, el promedio arancelario del sector no agrcola era del 6,7 por ciento.  BCR (2002), Revista Trimestral, enero-marzo.  Jenkins, Mauricio; Gerardo Esquivel and Felipe Larran B. (1998), "Export Processing Zones in Central America," Development Discussion Paper N 646, Harvard Institute for International Development, agosto.  CEPAL (2002), Istmo Centroamericano: la Regulacin de la Distribucin de Energa Elctrica en los Pases con Empresas Privadas: los casos de El Salvador, Guatemala, Nicaragua y Panam. Disponible en la siguiente direccin: http://www.eclac.cl/publicaciones/Mexico/6/LCMEXL536/L536.pdf, 28 de agosto de2002.  Documento de la OMC GATS/SC/29 Supp.1 y 2, de 11 de abril de 1997 y el 26 de febrero de 1998, respectivamente.  Documento de la OMC GATS/EL/29, de 15 de abril de 1994.  Estimacin preliminar publicada por el Banco Central de Reservas (2002), Revista Trimestral, Octubre Noviembre Diciembre 2001.  Documento de la OMC GATS/SC/29/Suppl.2 de 26 de febrero de 1998.  Adems de las entidades mencionadas exista un banco en proceso de liquidacin, el Banco CREDISA, que no se incluy en las cifras presentadas en esta seccin.  Superintendencia del Sistema Financiero (2002)[, Boletn Estadstico de Bancos. Disponible en direccin Internet http://www.ssf.gob.sv/.  Lemus Gmez, R.(2000), La industria bancaria en los noventa, Serie de investigacin N 2000-1, FUSADES, 2000.  Los prstamos morosos en diciembre de 2000 totalizaban 268,6 millones de dlares EE.UU. o un 5por ciento del total de prstamos. En diciembre de 2001, el monto total de prstamos morosos se haba reducido a 216,9 millones de dlares EE.UU., o 4,2 por ciento del total de prstamos. Superintendencia del Sistema Financiero, Estados e Indicadores Financieros a Diciembre de 2001. En direccin Internet http://www.ssf.gob.sv/cont/pub/anuariob01/iii.doc.  Informacin disponible en lnea en: http://www.ssf.gob.sv/.  Segn informacin de la SSF basada en el anlisis de riesgo de dos clasificadoras de riesgo internacionales, las compaas aseguradoras salvadoreas se encontraban entre las categoras EAA (muy alta capacidad de pago de sus obligaciones en los trminos y plazos pactados, factores de proteccin fuertes y riesgo modesto) y EBBB- (suficiente capacidad de pago, factores de proteccin suficientes).  Superintendencia del Sistema Financiero (2002)[, Boletn Estadstico de Seguros, abril-junio de2002, Disponible en la siguiente direccin: http://www.ssf.gob.sv/.  La informacin sobre las tarifas mximas aplicables en el ao en curso se encuentra disponible en lnea, en la direccin Internet de la SIGET: http://www.siget.gob.sv/.  Para los reajustes hasta 2002 se aplic la siguiente frmula: P1 = (P0) * ( IPC1 / IPC0), mientras que a partir de 2003 se aplica: P1 = (P0/2 ) * (( IPC1 / IPC0 ) + ( XR1 / XR0 )), donde: P1 es el valor de cada cargo mximo, a partir del da de la indexacin; P0 es el valor del mismo cargo mximo, correspondiente al da de referencia o fecha de la indexacin inmediatamente anterior.; IPC1 es el ndice de precios al consumidor desde el primer da de la indexacin; IPC0 es el ndice de precios al consumidor en la fecha de la indexacin inmediata anterior; XR1 y XR0 son el tipo de cambio de la moneda de curso legal en El Salvador con relacin al dlar EE.UU., desde el primer da de la indexacin y en la fecha de la indexacin inmediata anterior, respectivamente. A partir de 2001, con la Ley de Integracin Monetaria, el valor de la relacin XR1 / XR0 , ha quedado legalmente fijado en 1.  Se consideran de beneficio comunal los consumos de energa elctrica asociados a proyectos de extraccin, bombeo y rebombeo de agua, y los de inmuebles utilizados para la prestacin de servicios de educacin y salud, cuando estos sean propiedad o estn bajo administracin de las comunidades.  Documento de la OMC GATS/SC/29/suppl.1, 11 de abril de 1997.  En el caso de acceso a mercado mediante presencia comercial se requiere solicitar una concesin o licencia a la Superintendencia General de Electricidad y de Telecomunicaciones.  Decreto N 1.014 de 3 de octubre de 2002, publicado en el Diario Oficial.  En un sentido general, la quinta libertad otorga a una compaa area de un pas el derecho de transportar carga o pasaje entre dos pases terceros siempre y cuando el vuelo se origine o termine en el pas de registro de la compaa en cuestin. La sexta libertad concede el derecho a transportar carga o pasaje entre dos pases terceros a travs del pas de registro de la compaa.  En general, la cuarta libertad concede a la compaa area de un pas el derecho a transportar carga o pasaje de otro pas a su propio pas de registro. WT/TPR/S/111 Examen de las Polticas Comerciales Pgina  PAGE 104 El Salvador WT/TPR/S/111 Pgina  PAGE 103  EMBED Excel.Sheet.8  wx!"&'+-U$ + P%V%%%))),*-*K*L*N*x*}*~**********************ɽѲ B*CJPJ5B*CJH*hnH nH 6B*CJhnH B*CJhnH 5B*CJhnH  6B*CJ 5B*CJH*B*CJ 5B*CJH* 5B*CJ j0J0UD$3 y"', $<<$ 9<<$$@& Q  @& x    $3 y"',-U[agmstɻ~ytokfa\WRMIH  N  T  Z  `  f              s   s     $   $*   *        ,-U[agmst}ON$$aֈf:p#f55556 $<($ 9<($N$$ֈf:p#f55556 t} %*/38=Ŀ{wrmhc^Y                                                $%  *  /  4  9  >  G"} 9(($N$$aֈf:p#f55556 $(($ $<($ ON$$ֈf:p#f55556 $(($ 9(($N$$ֈf:p#f55556  %*/38= 9(($N$$\ֈf:p#f55556 $(($ =>INSX]bcpuz$|wspmj][[                           23  8  <  A  F  K  XY  ^  c  h  m  r  }~#=>INSX]bcpON$$#ֈf:p#f55556 $(($ 9(($N$$ֈf:p#f55556 puz 9(($N$$fֈf:p#f55556 $(($ ON$$ֈf:p#f55556 $(($ 9(($N$$ֈf:p#f55556$    % * $9<<$$<<$ $9<<$$   $$@&   $ x 0x    % * + 9 : ; < = > ? @ L M N O P Q R S i o u { þzupkfa]    $  *  0  6  <  RS  T  U  V  W  X  Y  ef  g  h  i  j  k  l  z{              "* + 9 : ; < = > ? @ L M N O TL{rrr$(($9(($  $9<($$<($ 9<($Y$$֞^2 p#jjjjjj O P Q R S i o u { 9(($ Y$$֞^2 p#jjjjjj $9(($$(($ !! ! !!!!)!1!9!A!I!J!Y!Z!Ŀ{vqlgc^Y  L  [\  d  l  t  |                                                " \9(($ Y$$֞^2 p#jjjjjj $9(($$(($ !! ! !!!!)!1!9!A!I!Y$$֞^2 p#jjjjjj $9(($$(($9(($ I!J!Y!Z![!\!]!^!_!`!f!g!h!i!j!k!X4 $9(($$(($9(($ Y$$֞^2 p#jjjjjjZ![!\!]!^!_!`!f!g!h!i!j!k!l!m!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!Ŀ{vqmhc^Y                                  "  89  :  ;  <  =  >  ?  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Estimaciones de la Secretara de la OMC en base a datos facilitados por las autoridades salvadoreas.< Nh3dD$% M 3O&Q4$% M 3O&Q4FA?(#P3O?(#P3 b43*43" 444eee>    dMbP?_*+%MN\\MARCOPOLO4\1047-C1ps XXA4 7''''" dX??U} "} m}  "} m Y  ;T0 ;  ;} ;  ; ; ; ; ; ;( ;' ; ;'' ' '( w G  wT ( (    T   0  D;Table III [esc] Tariff escalation for manufactured products"  (per cent)" $Average'' ISIC 4-digit category Code%(( &)) ! Meat products  3111~ ?#!5@  3111 ! Meat products!Dairy products  3112~ @#m6@  3112 !Dairy products$!Fruit and vegetable canning  3113~ @#b^*@  3113$ !Fruit and vegetable canning ! Fish products  3114~ @ #6Ũ&@   3114 ! Fish products6 !-Manufacture of oil and fats (veg. and animal)  3115~ @ #@   31156 !-Manufacture of oil and fats (veg. and animal) !Grain mill products  3116~ @ #ø_'@   3116 !Grain mill products' !Manufacture of bakery products  3117~ @ #7}7-@   3117' !Manufacture of bakery products !Sugar products  3118~  @ #m۶m;@   3118 !Sugar products*!!Cocoa and chocolate confectionery  3119~ "@#'@  3119* !!Cocoa and chocolate confectionery!Other food products  3121~ $@#O&@  3121 !Other food products$!Manufacture of animal feeds  3122~ &@#@  3122$ !Manufacture of animal feeds7!.Distillation of spirits and alcohol production  3131~ (@#>@  31317 !.Distillation of spirits and alcohol production!Manufacture of wines  3132*@# 2@  3132 !Manufacture of wines-!$Manufacture of malt liquors and malt  3133~ ,@#@  3133- !$Manufacture of malt liquors and malt'!Soft drinks and mineral waters  3134.@#h@  3134' !Soft drinks and mineral waters!Tobacco products  31400@#.@  3140 !Tobacco products0!'Textile spinning, weaving and finishing  3211~ 1@#{Qa/@  32110 !'Textile spinning, weaving and finishing5!,Made-up textile goods except wearing apparel  3212~ 2@#<<<<<5@  32125 !,Made-up textile goods except wearing apparel&!Knitted and crocheted fabrics  3213~ 3@#<}7@  3213& !Knitted and crocheted fabrics!Carpets and rugs  32144@#4@  3214 !Carpets and rugs!Cordage, rope, etc  3215~ 5@#;;2@  3215 !Cordage, rope, etc!Textiles n.e.c.  3219~ 6@#ڼOq @  3219 !Textiles n.e.c.!!Clothing except footwear  3220~ 7@#i5 QE7@  3220! !Clothing except footwear(!Tanning and dressing of leather  32318@#@  3231( !Tanning and dressing of leather!Fur dressing and dying  32329@#.@  3232 !Fur dressing and dying)! Leather products except footwear  3233~ :@#(@  3233) ! Leather products except footwearBXd3:M T0! " # }$  % & ' ( ) * (+ ', - ''. '/ '(0 w1 G2 3 wT4 (5 (6 7 8 9 T: ; < 0= > ? * !!Footwear (ex. rubber and plastic)  3240~ ;@ #7Mo.@   3240* !!Footwear (ex. rubber and plastic)!!Sawmills and woodmills ! 3311~ !<@!#yy@! ! 3311! !Sawmills and woodmills-"!$Wooden case containers and cane ware " 3312~ "=@"#*@" " 3312-" !$Wooden case containers and cane ware#!Wood and cork products # 3319~ #>@##P^Cy@# # 3319# !Wood and cork products5$!,Furniture and fixtures (mainly non-metallic) $ 3320~ $?@$#d! 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