ࡱ> q bjbjt+t+ 8zAA]PPPh(((<<<<8t<<9:Ppl9999999$:<9(9((d((9<<((((9"m0((9< ަ^<<@]9(MARCO DE POLTICA EN MATERIA DE COMERCIO E INVERSIONES Introduccin El marco de poltica en materia de comercio e inversiones del Canad no ha cambiado de manera significativa desde el ao 2000. Est basado en competencias federales y provinciales compartidas y comprende un acuerdo para identificar y reducir los obstculos interprovinciales al comercio y la inversin, ya que los obstculos internos distorsionan la distribucin de los recursos. Como reflejo de la importancia del comercio y las inversiones extranjeras directas en la economa (vase el captulo I), la poltica anunciada por el Canad consiste en mantener los mercados abiertos y otorgar el trato nacional a las empresas extranjeras, asegurando as, el acceso a los mercados extranjeros para las empresas canadienses. El Canad contina enfocando desde diversos ngulos su poltica en materia de comercio e inversin. El Canad considera a la OMC la piedra angular de su poltica comercial y la base de la relacin con sus interlocutores comerciales, y estima que las iniciativas multilaterales, regionales y bilaterales se refuerzan mutuamente. En este contexto, el Canad da una importancia primordial a la gestin de su relacin con los Estados Unidos. Desde su ltimo Examen de las Polticas Comerciales, el Canad ha participado plenamente en la actual ronda de negociaciones de la OMC, con vistas a fortalecer las normas existentes y ampliar el alcance de las disciplinas de la OMC. Al mismo tiempo, el Canad se ha comprometido a negociar acuerdos comerciales preferenciales con algunos socios regionales. Las iniciativas bilaterales y regionales del Canad han contribuido a establecer una estrategia comercial orientada fundamentalmente al exterior (vase el captulo III); no obstante, tales medidas tambin han creado un complejo sistema de aranceles preferenciales y normas de origen. La interaccin polifactica entre el sistema federal del Canad, la integracin regional y la liberalizacin multilateral influye, en gran medida, en sus relaciones exteriores en los sectores que se consideran sensibles, tales como el de los productos agropecuarios cuya oferta est reglamentada y el de las actividades culturales (vase el captulo IV). Marco institucional y normativo Desde su ltimo examen, no ha habido cambios importantes en el rgimen comercial y de inversin del Canad, que es uno de los ms transparentes del mundo. La transparencia y la responsabilidad en la formulacin de polticas se refuerzan mediante las prescripciones en materia de evaluacin que se aplican a todos los programas federales y la mayor parte de los subfederales. En concreto, todos los programas del Gobierno federal son evaluados respecto de su costo, fundamento y eficacia por la Oficina del Auditor General. Las provincias tambin tienen auditores independientes. El Ministerio de Asuntos Exteriores y Comercio Internacional (DFAIT) es el principal organismo federal de formulacin de polticas en materia de comercio internacional e inversiones. Acta en coordinacin con el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Industria del Canad en las cuestiones relacionadas con la poltica de inversin internacional. El DFAIT consulta a las provincias y los territorios con regularidad, ya que algunos de los asuntos abarcados por las disposiciones de la OMC (por ejemplo, las subvenciones, la contratacin pblica, los reglamentos tcnicos, los reglamentos sobre los servicios) estn sujetos a la legislacin provincial. Los acuerdos internacionales no se aplican automticamente con arreglo a la legislacin canadiense. Las leyes en materia de aplicacin son necesarias cuando las obligaciones del Canad dimanantes de tratados difieren de la legislacin interna, incluso en el marco de la OMC. Para la aplicacin de acuerdos internacionales, la divisin de los poderes legislativos entre el Parlamento Federal y las asambleas legislativas provinciales es la misma que para la adopcin de leyes ordinarias. Con arreglo a la Constitucin, slo el Parlamento Federal est autorizado a legislar sobre la reglamentacin del comercio internacional e interprovincial. Por ley, el Gobierno Federal tiene derecho a concertar acuerdos internacionales sin consultar previamente a las autoridades provinciales. No obstante, estas ltimas tienen jurisdiccin legislativa en las cuestiones relacionadas con la propiedad y todos los asuntos locales y privados. Ello les proporciona una libertad de accin considerable para promulgar leyes y aplicar polticas que afectan al comercio o las inversiones. Asimismo, se ha reconocido que ciertas esferas estn bajo una jurisdiccin compartida, ya sea de manera expresa en la Constitucin, por ejemplo la agricultura (sujeta a la supremaca de la legislacin federal), ya sea por medio de decisiones judiciales, por ejemplo, en el caso del medio ambiente. Por consiguiente, la cooperacin entre las provincias es muchas veces indispensable para aplicar los acuerdos internacionales. Tal como se observ en los exmenes anteriores del Canad, la informacin disponible indica la existencia de diferencias importantes en las polticas y las prcticas comerciales y de inversin entre el Gobierno federal y los Gobiernos provinciales, as como entre las provincias. Con el fin de paliar el efecto de tales diferencias de polticas en el comercio interno, el Acuerdo de Comercio Interno (AIT), que entr en vigor en 1995, tiene por objeto "reducir y eliminar, en la medida de lo posible, los obstculos a la libre circulacin de personas, mercancas, servicios e inversiones dentro del Canad, y establecer un mercado interno abierto, eficiente y estable". La Secretara del AIT proporciona apoyo administrativo y operacional con respecto al funcionamiento del Acuerdo. Como parte del AIT, los Gobiernos provinciales se comprometieron a centrar su atencin en 11 sectores o instrumentos de poltica que ofrecen las mayores posibilidades para reducir los obstculos. Las autoridades indicaron que los Gobiernos provinciales y territoriales han hecho progresos sustanciales en esferas clave de la contratacin, los incentivos a la inversin, la movilidad de la mano de obra, las normas relacionadas con el consumo, el transporte y la proteccin ambiental. A finales de 2002, continuaban los debates con vistas a la ampliacin de las disciplinas del AIT en materia de contratacin a las empresas de la Corona provinciales (es decir, empresas de propiedad estatal) (captulo III 4) v)). Aunque el captulo sobre la transformacin de recursos naturales se ha completado, an hay restricciones que limitan la transformacin de ciertas materias primas a las empresas locales (vase el captulo III 4) iii)). An se ha de completar un captulo sobre energa para facilitar la transmisin de electricidad a las provincias. El AIT contiene un mecanismo de solucin de diferencias oficial a disposicin de los Gobiernos y los particulares. Hasta la fecha, ha habido 165 casos de diferencias; la mayor parte de los casos guardaban relacin con la contratacin pblica y casi todos se resolvieron por medio de consultas. El primer informe de un grupo especial relativo a un caso de diferencia entre un particular y el Gobierno se public en diciembre de 2001; en este caso, la Asociacin de Contadores Generales de Manitoba aleg que el rgimen de concesin de licencias de Ontario para contadores pblicos exclua a miembros de su asociacin y, por tanto, incumpla las disposiciones del AIT en materia de movilidad de la mano de obra. El grupo especial fall en favor de los Contadores Generales Certificados de Manitoba. El sector privado es fundamental en el proceso de formulacin de polticas en materia de comercio del Canad para potenciar al mximo la eficacia de la ayuda estatal al comercio y las inversiones. "Team Canada Inc" es una red de ms de 20 departamentos y organismos federales que trabajan con las provincias, los territorios y otros asociados para proveer servicios a los exportadores, con el fin de mejorar la capacidad de exportacin y la preparacin para la expansin del mercado internacional. Las misiones comerciales de "Team Canada" renen a representantes comerciales y estatales en visitas a distintos pases prioritarios para asegurarse de que las empresas aprovechan al mximo las oportunidades internacionales. El Gobierno tambin consulta al pblico con regularidad para obtener su apoyo respecto de las polticas comerciales. Se invita a las partes interesadas a exponer sus opiniones respecto de las cuestiones especficas relacionadas con el comercio y las inversiones de la OMC por medio del sitio Web "consultas con los canadienses". La Oficina de Asuntos del Consumidor del Ministerio de Industria del Canad, junto con la Oficina de Defensa de la Competencia, analiza el impacto de los cambios en la poltica en materia de comercio e inversiones sobre los consumidores. La Oficina de Defensa de la Competencia tiene por objeto evitar la concentracin excesiva del mercado, la fijacin de precios monopolstica y otros comportamientos anticompetitivos que podran mermar el bienestar del consumidor. Rgimen de inversiones extranjeras La proporcin de inversiones extranjeras directas (IED) en el PIB del Canad es una de las ms elevadas del mundo (vase tambin el captulo I 5)). Las estimaciones recientes indican que, aproximadamente, un 50 por ciento de la produccin manufacturera corresponde a empresas extranjeras. Esta situacin va unida a una poltica estatal encaminada a promocionar el Canad como lugar de inversin. No existe un organismo nico encargado de formular o aplicar las reglamentaciones en materia de inversin en el Canad. Los tres ministerios principales con responsabilidad directa en las inversiones son el de Hacienda, el de Asuntos Exteriores y Comercio Internacional y el de Industria. Con el fin de fomentar la entrada de inversiones, Investment Partnerships Canada colabora con asociados inversores federales, ministerios y organismos provinciales/territoriales y el sector privado para desarrollar y aplicar iniciativas especficas relacionadas con la poltica en materia de inversiones, la utilizacin de marcas y la atraccin de inversiones en los mercados y los sectores prioritarios. La sociedad IPC investiga y analiza cuestiones relativas al entorno de inversin para facilitar la resolucin de obstculos a la inversin reales o percibidos (tales como los problemas relacionados con las fronteras, la inmigracin, la reglamentacin y la propiedad extranjera). Las inversiones extranjeras directas en el Canad se realizan dentro del marco establecido por la Ley de Inversiones del Canad de 1985, administrada por el Ministerio de Industria y el Ministerio del Patrimonio Nacional (para los asuntos relacionados con las industrias culturales del Canad). La Ley tiene por objeto fomentar las inversiones que contribuyen al crecimiento econmico y el empleo, y establecer el examen de las inversiones importantes de ciudadanos extranjeros para asegurar tales beneficios. Las inversiones se estudian en funcin de criterios tales como su efecto en la competencia, la productividad, la compatibilidad con las polticas nacionales y provinciales y la participacin de los canadienses. En el ao 2002, las adquisiciones extranjeras realizadas por inversores de pases Miembros de la OMC que superan el umbral de 218 millones de dlares canadienses estn sujetas a examen (el nivel de umbral se somete a un reajuste anual y es considerablemente inferior para los inversores procedentes de pases que no son miembros de la OMC); las adquisiciones extranjeras que exceden del umbral de 5 millones de dlares canadienses en relacin con el transporte, los servicios financieros y los sectores culturales tambin estn sujetas a examen (cuadro II.1). Tras su aprobacin, las inversiones sujetas a examen son supervisadas por el Ministerio de Industria para asegurar el cumplimiento de los compromisos de la empresa. Si un inversor extranjero emprende una nueva actividad comercial o adquiere una empresa canadiense existente, debe notificarlo, a menos que la inversin est sujeta a examen. En 2001, las autoridades anunciaron que se haban presentado 649notificaciones en el marco de la Ley de Inversiones y slo 44 se haban examinado; no se rechaz ninguna. La Ley de Inversiones se ha beneficiado de la clusula de anterioridad en cada uno de los acuerdos de libre comercio del Canad; por consiguiente, sus inversores tambin estn sujetos a las disposiciones en materia de examen de la Ley de Inversiones. Cuadro II.1 Determinadas restricciones y controles relacionados con las inversiones, por sectores, 2002 SectorNivel de gobierno (fundamento jurdico)LimitacinDisposiciones en materia de notificacin y examenTodos los sectores Federal (Ley de Inversiones del Canad ) Todas las adquisiciones de empresas canadienses por extranjeros han de notificarse; se examinan las que excedan de 218 millones de $Can (para2002).Produccin de uranio Servicios de transporte Servicios financieros Federal (Ley de Inversiones del Canad)Niveles mnimos sujetos a examen: 5millones de$Can para las adquisiciones directas y 50millones de $Can para las adquisiciones indirectas o 5 millones de$Can, si el activo situado en el Canad equivale al 50 por ciento o ms de la empresa.Sectores culturales (editorial, cinematogrfico, de cintas de vdeo, musical, y de radiodifusin)Niveles mnimos sujetos a examen: 5millones de$Can para las adquisiciones directas y 50millones de $Can para las adquisiciones indirectas o 5 millones de$Can si el activo situado en el Canad equivale al 50 por ciento o ms de la empresa. Las dems inversiones en los sectores culturales han de notificarse y pueden ser objeto de examen (salvo la radiodifusin).Limitaciones a la propiedad PescaFederal (Ley de Pesca)Slo las sociedades canadienses o bajo control canadiense pueden obtener licencias de pesca. Las empresas canadienses de elaboracin de productos pesqueros con una participacin extranjera superior al 49 por ciento no pueden poseer licencias de pesca comercial. Transporte areo Federal (Ley de Transporte del Canad) La propiedad extranjera de las compaas areas no puede exceder del 25 por ciento.Publicacin y distribucin de libros Federal (Ley de Inversiones del Canad y directrices de poltica adicionales)Las inversiones extranjeras en nuevas empresas se limitan a las empresas mixtas bajo control canadiense. La adquisicin extranjera de empresas ya existentes bajo control canadiense se permite nicamente si: a) la empresa experimenta evidentes dificultades financieras; y b) los canadienses han tenido posibilidades plenas y equitativas de compra. Las adquisiciones indirectas pueden permitirse con sujecin a una prueba de beneficio neto.Publicaciones peridicas Federal (Ley de Inversiones del Canad y directrices de poltica adicionales) Las adquisiciones extranjeras de empresas de publicaciones peridicas de propiedad canadiense o bajo control canadiense no se permiten. Las inversiones extranjeras en el sector editorial de publicaciones peridicas, incluidas las inversiones destinadas a establecer o, directa o indirectamente, adquirir empresas extranjeras para producir y vender publicaciones peridicas en el Canad y acceder al mercado de servicios publicitarios canadiense se permiten si se contrae un compromiso para producir contenido editorial de mayora canadiense. Las inversiones extranjeras respecto de la publicacin, distribucin y venta de publicaciones peridicas estn sujetas a un examen de beneficio neto para el Canad.RadiodifusinFederal (Ley de Radiodifusin, Direccin de la Comisin Canadiense de Radiotelevisin y Telecomunicaciones (inadmisibilidad de los extranjeros) SOR/97-192)La propiedad extranjera de un programa de radiodifusin y empresa de distribucin se limita al 20 por ciento de las acciones con derecho de voto (como mximo, un 33,3 por ciento en el caso de una sociedad matriz).Distribucin de pelculas cinematogrficasFederal (Ley de Inversiones del Canad)No est permitida la adquisicin extranjera de un distribuidor bajo control canadiense. Las inversiones extranjeras en nuevas empresas de distribucin se autorizan nicamente para la importacin y distribucin de productos amparados por derechos de propiedad intelectual (el importador posee los derechos mundiales o es uno de los principales inversores). La adquisicin directa o indirecta por sociedades extranjeras de empresas de distribucin extranjeras establecidas en el Canad se permite nicamente si el inversor se compromete a reinvertir una parte de las ganancias obtenidas en el Canad "de conformidad con las polticas nacionales y culturales".Servicios financierosFederal (Ley de Banca) La propiedad individual de un banco o una compaa de seguros importante est limitada al 20 por ciento de las acciones con derecho a voto, independientemente de la nacionalidad.Leyes provinciales En varias provincias, la propiedad extranjera de las sociedades de gestin de valores mobiliarios, entidades de crdito y sociedades de valores sujetas a reglamentacin provincial se limita al 10por ciento, si es individual, y al 25 por ciento, si es colectiva.Agentes de seguros Isla del Prncipe Eduardo Slo los residentes o las sociedades establecidas en la provincia pueden obtener licencias. Servicios de seguros y otros servicios auxiliares de los seguros Quebec (Loi sur les assurances) Los no residentes no pueden adquirir, sin aprobacin ministerial, ms del 30 por ciento de las acciones con derecho a voto de una sociedad de seguros constituida en Quebec. Columbia Britnica (Ley de Instituciones Financieras) La constitucin de sociedades, la adquisicin de acciones o la solicitud de licencias para actividades econmicas estn sujetas a aprobacin ministerial siempre que una persona controle o pueda controlar el 10por ciento o ms de los votos de la sociedad.Quebec, Saskatchewan, Columbia Britnica Un monopolio pblico tramita el seguro obligatorio de vehculos automviles. TelecomunicacionesFederal (Ley de Telecomunicaciones)La participacin extranjera en empresas canadienses de servicios pblicos de telecomunicaciones est limitada al 20 por ciento si es directa y el 331/3 por ciento si es indirecta (el 46,7 por ciento de la propiedad extranjera mixta, directa e indirecta). No hay restricciones a la participacin extranjera en las acciones con derecho a voto. Fuente: Secretara de la OMC, sobre la base de la informacin facilitada por el Gobierno del Canad. Hay una serie de leyes que limitan la propiedad extranjera en sectores que se consideran sensibles, tales como determinados sectores de la radiodifusin, la cinematografa, las finanzas, el transporte y las telecomunicaciones (cuadro II.1). Varias restricciones a la inversin que se mantienen al nivel provincial afectan tambin a la participacin extranjera en, por ejemplo, proyectos a gran escala, privatizaciones, proyectos relacionados con el petrleo y el gas, sistemas de energa elctrica, produccin de pollos, licencias para bebidas alcohlicas y concesiones mineras. Diversas provincias reglamentan la venta y propiedad de tierras respecto de propietarios extranjeros, sobre todo en los sectores agropecuario y de esparcimiento. En el marco de la Ley sobre Sociedades Comerciales del Canad, se pueden aplicar restricciones a la emisin, la transferencia y la propiedad de acciones en sociedades annimas federales para permitir que las empresas cumplan las prescripciones en materia de propiedad en los sectores en que se prescribe la titularidad canadiense para utilizar o recibir licencias, permisos, donaciones, pagos u otros beneficios. Existen reglamentos similares a nivel provincial. Por ejemplo, todas las sociedades constituidas fuera de Manitoba han de registrarse en Manitoba antes de realizar actividades comerciales en dicha provincia, y una sociedad constituida en Manitoba que ha distribuido sus acciones al pblico puede restringir la transferencia de tales acciones a residentes extranjeros. El Canad ha establecido una serie de reservas en relacin con las medidas fiscales y de subvenciones a nivel provincial en su Lista de compromisos del AGCS. En octubre de 2002, y en el marco del Acuerdo sobre las Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el Comercio de la OMC, el Canad notific los sitios Web que contienen publicaciones elaboradas por los Gobiernos federal y provinciales "en que figuran las MIC". Participacin en la OMC El Canad considera el sistema multilateral de comercio la piedra angular de su poltica comercial y es Miembro fundador de la Organizacin Mundial del Comercio. El Acuerdo sobre la OMC se incorpor a la legislacin nacional canadiense por medio de la Ley de Aplicacin del Acuerdo sobre la OMC, que modific varias leyes para ponerlas en conformidad con las obligaciones del Canad contradas en el marco de la OMC. El Canad otorga, al menos, trato NMF a todos sus interlocutores comerciales, salvo la Repblica Popular Democrtica de Corea y Libia. El Gobierno participa activamente en casi todas las actividades de la OMC y ha cumplido la mayor parte de sus obligaciones de notificacin desde diciembre de 2000. Son excepciones las notificaciones en materia de ayuda interna a la agricultura, de subvenciones y de concesin de licencias a la importacin (cuadro II.2). Las provincias no han notificado ninguna medida a la OMC desde 1998. Prioridades de la poltica comercial El objetivo prioritario del Canad para el Programa de Doha para el Desarrollo es aumentar el crecimiento econmico y la prosperidad social en beneficio de todos los Miembros mediante la reduccin de los obstculos al comercio y la mejora de la previsibilidad en el sistema multilateral de comercio. Para ello, es fundamental llevar a cabo una reforma agrcola bsica. a) Comercio agroalimentario El comercio en el sector agropecuario constituye la mxima prioridad del Canad en las negociaciones de la OMC en curso, y las autoridades consideran que la OMC constituye el mejor foro para abordar la cuestin del comercio de productos agrcolas. La posicin del Canad respecto de las negociaciones sobre la agricultura no ha cambiado desde su ltimo Examen de las Polticas Comerciales y figura en varias propuestas, ya sean individuales o como parte del Grupo de Cairns. Como parte del Grupo de Cairns, el objetivo del Canad es la plena eliminacin de todas las formas de subvenciones a las exportaciones agrcolas; y ha pedido disciplinas ms rigurosas sobre las restricciones y los impuestos a la exportacin, lo cual ayudara a convencer a los Miembros de su capacidad de acceder a los productos alimenticios y los piensos en los mercados internacionales. Desde una perspectiva individual, el objetivo de la propuesta sobre el acceso a los mercados del Canad es "lograr mejoras reales y sustanciales del acceso a los mercados para todos los productos alimenticios y agropecuarios". Las autoridades consideran que esta propuesta constituye un enfoque exhaustivo y ambicioso que abarca a los aranceles, los contingentes arancelarios y su administracin. El Canad tambin ha presentado una propuesta individual para reducir o eliminar la ayuda interna causante de distorsin del comercio y de la produccin. El Canad es un productor relativamente intensivo de productos alimenticios obtenidos mediante biotecnologa (es decir, que contienen organismos modificados genticamente). Adems de otros acontecimientos recientes, el Comit Consultivo de Biotecnologa del Canad present un informe al Gobierno en agosto de 2002 sobre la reglamentacin de los productos alimenticios modificados genticamente, que recomendaba, entre otras cosas, la adopcin de un sistema voluntario para el etiquetado de dichos productos por razones distintas a las relacionadas con la salud o la inocuidad, y la formulacin de una norma internacional aceptada. El Canad ha reiterado su preocupacin en la OMC acerca de la falta de autorizaciones para la biotecnologa agrcola de ciertos miembros de la Unin Europea, lo cual ha afectado de manera desfavorable a las exportaciones canadienses. El Canad tambin ha manifestado su inquietud acerca del carcter obligatorio y la eficacia de los reglamentos propuestos por ciertos Miembros respecto del etiquetado y la trazabilidad de los organismos modificados genticamente. Cuadro II.2 Notificaciones del Canad de conformidad con los Acuerdos de la OMC, septiembre de 1998-agosto de 2002 Fundamento jurdico, instrumentoDocumento de la OMCObservacinAcuerdo sobre la AgriculturaPrrafo 2 del artculo 16G/AG/N/CAN/42 - 12.3.01Medidas relativas a los posibles efectos negativos del programa de reformaPrrafo 2 del artculo 18G/AG/N/CAN/45 - 30.7.01Cuadro MA.1 - Compromisos sobre contingentes arancelarios y de otro tipoPrrafo 2 del artculo 18G/AG/N/CAN/31 - 7.12.99Cuadro MA.2 - Compromisos sobre contingentes arancelarios y de otro tipoPrrafo 7 del artculo 5 y prrafo 2 del artculo 18G/AG/N/CAN/47 - 11.12.01Cuadro MA.5 - Salvaguardias especialesPrrafo 2 del artculo 18G/AG/N/CAN/43/Corr.1 - 19.10.01Cuadro DS.1 - Ayuda internaPrrafo 3 del artculo 18G/AG/N/CAN/44 - 11.6.01Cuadro DS.2 - Ayuda internaArtculo 10 y prrafo 2 del artculo 18G/AG/N/CAN/41 - 6.3.01Cuadros ES.1 a ES.3 - Subvenciones a la exportacinAcuerdo relativo a la Aplicacin del Artculo VI del GATT de 1994, Acuerdo AntidumpingPrrafo 4 del artculo 16G/ADP/N/92/CAN - 23.7.02Informes semestralesPrrafo 4 del artculo 16G/ADP/N/94 - 25.7.02Informes especialesPrrafo 5 del artculo 16G/ADP/N/Add.2 - 28.11.00Autoridades competentesPrrafo 5 del artculo 18G/ADP/N/Add.1 - 13.9.00Notificacin de leyes y reglamentosAcuerdo relativo a la Aplicacin del Artculo VII del GATT de 1994, Acuerdo sobre Valoracin en AduanaPrrafo 2 del artculo 22G/VAL/N/1/CAN/2 - 11.11.97Cambios en la legislacin, los reglamentos y su administracinConcesiones del GATT en el marco del Sistema Armonizado de Designacin y Codificacin de MercancasArtculo 16 del Convenio del Sistema ArmonizadoG/SECRET/HS02/CAN/1/Rev.1 - 1.8.02Revisin de la nomenclatura del Sistema ArmonizadoAcuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994Prrafo 7 a) del artculo XXIVWT/REG38/N/1 - 30.7.97Notificacin del Acuerdo de Libre Comercio (Canad - Chile)Prrafo 5 del artculo XXVIIIG/SECRET/10/Add.1 - 15.12.98Reserva del derecho a modificar la listaAcuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS)Prrafo 3 del artculo IIIS/C/N/90 - 16.12.98Notificacin de leyes y reglamentosPrrafo 4 del artculo III y prrafo 2 del artculo IVS/ENQ/78 - 23.3.01Notificacin de servicios de informacinAcuerdo sobre Contratacin PblicaACP documento OMCGPA/W/168/Add.2 - 14.1.02Valores de umbral nacionalesGPA/W/101/Add.1 - 14.1.02Valores de umbral nacionalesAcuerdo sobre Procedimientos para el Trmite de Licencias de ImportacinPrrafo 3 del artculo 7G/LIC/N/3/CAN/4 - 21.3.02Respuestas al cuestionario relativo a los procedimientos (no se presentaron notificaciones en 1998, 2000 ni 2001)Acuerdo sobre Normas de OrigenAnexo 5.1G/RO/N/31 - 13.3.01Ninguna norma preferencialAcuerdo sobre la Aplicacin de Medidas Sanitarias y FitosanitariasArtculo 7, Anexo BVarios en la serie G/SPS/N/CAN (el ms reciente, de fecha 9.9.02)Transparencia de los reglamentosEntendimiento relativo a la interpretacin del artculo XVII del GATT de 1994, empresas comerciales del EstadoPrrafo 4 a) del artculo XVIIG/STR/N/4/CAN - 5.11.02Actividades anuales de las empresas comerciales del Estado Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas CompensatoriasPrrafo 1 del artculo 25G/SCM/N/60/CAN - 10.6.02Informe anual sobre las subvencionesPrrafo 11 del artculo 25G/SCM/N/87/CAN - 29.7.02Informe semestral sobre las medidas compensatoriasPrrafo 11 del artculo 25G/SCM/N/79 - 6.11.01Informe especial sobre las medidas compensatoriasPrrafo 12 del artculo 25G/SCM/N/18/Add.12 - 17.4.01Autoridades competentesPrrafo 6 del artculo 32G/SCM/N/CAN/3/Add.1 - 2.10.00Incorporacin del Acuerdo a la legislacin nacionalAcuerdo sobre Obstculos Tcnicos al ComercioAnexo 3CG/TBT/CS/N/110 - 5.10.99Cdigo de Buena ConductaPrrafo 7 del artculo 10G/TBT/10.7/N/31 - 28.5.01Acuerdo bilateral y multilateralPrrafo 9 del artculo 2Varios en la serie G/TBT/NOTIF.99, 00, 01 y 02Propuestas y adopciones de reglamentos tcnicosAcuerdo sobre los Textiles y el VestidoPrrafo 1 del artculo 2Varios en la serie G/TMB/N/62 (el ms reciente, de fecha 24.7.02)Notificacin de las restricciones vigentesPrrafo 7 del artculo 2G/TMB/N/2/Corr.4 - 25.6.01Programas de integracinPrrafo 11 del artculo 2Varios en la serie G/TMB/N/214 (el ms reciente, de fecha 25.6.01)Lista de productos abarcados en el proceso de integracinPrrafo 15 del artculo 2G/TMB/N/402/Add.1 - 10.7.01Eliminacin especial de contingentesPrrafo 17 del artculo 2G/TMB/N/440/Add.1 - 14.6.02Disposiciones administrativasPrrafo 1 del artculo 3G/TMB/N/62/Add.3 - 16.1.02Restricciones cuantitativasPrrafo 11 del artculo 8G/TMB/N/410 - 1.8.01Aplicacin del ATVAcuerdo sobre las Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el ComercioPrrafo 2 del artculo 6G/TRIMS/N/2/Rev.9/Add.10 - 11.10.02Sitios Web del Gobierno en que figuran las MICAcuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el ComercioPrrafo 2 del artculo 63Varios en la serie IP/N/1/CAN/ inscripcin provisional (el ms reciente, de fecha 24.6.02)Notificacin de leyes y reglamentos Fuente: Documentos de la OMC y Registro Central de Notificaciones. b) Comercio de servicios El Canad ha presentado varias propuestas de negociacin para la liberalizacin del comercio de servicios en el marco de las negociaciones de la OMC en curso (cuadro II.3). El objetivo del Canad es mejorar el acceso a los mercados, pero tambin fortalecer las normas multilaterales con fuerza de ley aplicables al comercio internacional de servicios. Al mismo tiempo, el Gobierno ha insistido repetidamente en la necesidad de salvaguardar el derecho a reglamentar los servicios en aras de sus objetivos de poltica nacional. En concreto, el Canad afirm en su anterior examen que sus sistemas de sanidad y de educacin pblicas no se veran perjudicados por estas negociaciones. Cuadro II.3 Propuestas de negociacin sobre el comercio de servicios presentadas por el Canad a la OMC FechaSignatura del documentoTtulo/tema14.3.2001S/CSS/W/46Propuesta inicial del Canad para las negociaciones sobre el AGCS 23.3.2001S/CSS/W/46/Corr.1Propuesta inicial del Canad para las negociaciones - Corrigendum14.3.2001S/CSS/W/47Propuesta inicial con vistas a las negociaciones sobre la transparencia y la previsibilidad de la reglamentacin14.3.2001S/CSS/W/48Propuesta inicial para las negociaciones sobre el movimiento temporal de personas fsicas proveedoras de servicios en el marco del AGCS (modo 4)14.3.2001S/CSS/W/49Propuesta inicial para las negociaciones sobre las pequeas y medianas empresas14.3.2001S/CSS/W/50Propuesta inicial para las negociaciones sobre los servicios financieros14.3.2001S/CSS/W/51Propuesta inicial para las negociaciones sobre los servicios relacionados con el medio ambiente14.3.2001S/CSS/W/52Propuesta inicial para las negociaciones sobre los servicios profesionales14.3.2001S/CSS/W/53Propuesta inicial de negociacin sobre los servicios de telecomunicaciones14.3.2001S/CSS/W/54Propuesta inicial para las negociaciones sobre los servicios de turismo y servicios relacionados con los viajes04.05.2001S/CSS/W/54/Rev.1Propuesta inicial para las negociaciones sobre los servicios de turismo y servicios relacionados con los viajes - Revisin14.3.2001S/CSS/W/55Propuesta inicial de negociacin sobre los servicios prestados a las empresas (exceptuados los servicios profesionales y los servicios de informtica y servicios conexos)14.3.2001S/CSS/W/56Propuesta de negociacin inicial sobre los servicios de informtica y servicios conexos14.3.2001S/CSS/W/57Propuesta inicial para las negociaciones sobre los servicios de distribucin14.3.2001S/CSS/W/58Propuesta inicial para las negociaciones sobre los servicios relacionados con el petrleo y elgas Fuente: Secretara de la OMC. El Canad sigue estando en contra de la liberalizacin del comercio en ciertas esferas de los servicios. Por ejemplo, en el transporte areo, el Canad se opone a la inclusin de los derechos de trfico en la cobertura sectorial del AGCS (captulo IV 7)). Las autoridades tambin han declarado que "el Canad tampoco contraer ningn compromiso que restrinja sus posibilidades de alcanzar sus objetivos de poltica cultural hasta que pueda establecerse un nuevo instrumento internacional destinado especficamente a salvaguardar el derecho de los pases a la promocin y preservacin de su diversidad cultural". En el Grupo de Trabajo sobre las Normas del AGCS de la OMC, el Canad ha calificado de "difcil" la notificacin de las subvenciones pertinentes a los servicios y considera que sigue habiendo cuestiones fundamentales por resolver, por ejemplo, cmo definir una subvencin; adems, las autoridades han puesto en duda que la asistencia estatal a los sectores de servicios sea causante de distorsin del comercio. c) Otras cuestiones Como pas con una economa de tamao medio, el Canad considera que un sistema de solucin de diferencias comerciales eficaz que aumente la seguridad y previsibilidad del sistema multilateral de comercio basado en normas es fundamental para lograr buenos resultados econmicos. En la OMC, el Canad apoya las negociaciones sobre las normas que rigen la utilizacin de medidas comerciales correctivas y de subvenciones, y sobre la mejora del sistema de solucin de diferencias. El programa de coherencia, especialmente en relacin con el comercio, las finanzas y el desarrollo, y las necesidades de los pases en desarrollo en las negociaciones tambin forman parte integrante de los objetivos del Canad en el Programa de Doha para el Desarrollo. Otros objetivos canadienses incluyen la conclusin de las negociaciones para lograr un sistema de registro voluntario, de facilitacin, simple y de bajo costo para vinos y bebidas espirituosas. El Canad tambin apoya las negociaciones sobre las cuatro cuestiones de Singapur (inversiones, poltica en materia de competencia, transparencia en la contratacin pblica y facilitacin del comercio). Asimismo, el Canad se ha comprometido respecto de todos los elementos de la labor objeto del mandato de la Declaracin de Doha, incluidos los programas de trabajo (por ejemplo, el comercio electrnico). Adems, las autoridades han declarado que el Canad seguir tratando de lograr la apertura y la transparencia en la OMC. En la esfera del comercio y el medio ambiente, el objetivo del Canad es reforzar la relacin de apoyo mutuo entre las normas de la OMC y los acuerdos ambientales multilaterales. El Canad ratific el Protocolo de Kyoto de la Convencin Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico el 17 de diciembre de 2002. Poltica de inversiones internacionales El Canad participa de manera activa en el Grupo de Trabajo sobre la Relacin entre Comercio e Inversiones de la OMC. Las autoridades han insistido en la importancia de la transparencia, el trato no discriminatorio, la flexibilidad a efectos del desarrollo y el derecho de los gobiernos a adoptar reglamentos en aras del inters pblico. El Canad tambin apoya el compromiso respecto de las obligaciones tanto anteriores como posteriores al establecimiento sobre la base de un enfoque de "lista negativa" en lugar de un enfoque de lista positiva del tipo AGCS. En cuanto a la solucin de diferencias, el Canad respalda la aplicacin del entendimiento relativo a la solucin de diferencias de la OMC al prximo Marco Multilateral para la Inversin y considera que un mecanismo de solucin de diferencias alternativo, como por ejemplo un instrumento de solucin de diferencias entre el Estado y el inversor, no sera adecuado en la medida en que puede ser incompatible con la estructura existente de la OMC. Comercio y desarrollo El Canad considera que es necesario realizar progresos significativos en el acceso tanto a los mercados agrcolas como a los no agrcolas, as como obtener normas sobre la facilitacin del comercio y sobre las inversiones para que las negociaciones comerciales en curso contribuyan a los objetivos de desarrollo de manera eficaz. En el sector agrcola, el Gobierno canadiense ha fortalecido su asociacin con los pases en desarrollo en esferas tales como la seguridad alimentaria, la gestin de riesgos y la capacidad de formulacin de polticas comerciales. Los objetivos del Canad en el marco de la OMC para las negociaciones sobre la agricultura (vase supra) tambin forman parte de su programa de comercio y desarrollo, de manera que el comercio pueda ayudar a todos los Miembros a atender sus necesidades de crecimiento y desarrollo. El Canad considera que las disposiciones que prevean un "trato especial y diferenciado" pueden ayudar a los pases en desarrollo a adaptarse a mercados ms abiertos. El Canad ha sido uno de los pases que ha propuesto la celebracin de una Ronda para el Desarrollo que tenga en cuenta las necesidades de los pases en desarrollo y, en particular, de los pases menos adelantados, en cuanto al fomento de su desarrollo. El Canad ha apoyado una mayor participacin de los pases en desarrollo en las negociaciones, as como en programas y actividades de la OMC, tales como el Marco Integrado para la Asistencia Tcnica relacionada con el Comercio en apoyo de los pases menos adelantados. Asimismo, el Canad tiene el objetivo de reforzar la relacin entre el comercio y las estrategias de lucha contra la pobreza en los planes de desarrollo nacionales. Solucin de diferencias en la OMC El Gobierno canadiense ha seguido participando de manera muy activa en la solucin de diferencias prevista en el Entendimiento sobre Solucin de Diferencias (ESD) de la OMC, basndose en el convencimiento de que un sistema basado en disposiciones, normas y procedimientos es ms beneficioso para el Canad que el ejercicio unilateral del poder econmico. El Canad ha participado aproximadamente en la cuarta parte de todos los casos de solucin de diferencias de la OMC (consultas, soluciones mutuamente convenidas y grupos especiales) desde los inicios de la OMC. La aplicacin de las recomendaciones formuladas por los grupos especiales de la OMC ha producido cambios legislativos y normativos en una serie de esferas, entre ellas: la poltica de fijacin de precios y de exportacin de los productos lcteos (captulo IV 2)); las subvenciones a la exportacin en apoyo de las aeronaves civiles (captulo III 3) ii)); la ley de patentes (captuloIII4)vi)); y los aranceles sobre los vehculos de motor. Desde diciembre de 2000, el nico asunto nuevo de un grupo especial que inclua medidas comerciales canadienses guardaba relacin con las subvenciones a la industria aeronutica (vase tambin el cuadro AII.1). El Canad ha participado como reclamante en nueve asuntos desde diciembre de 2000; siete de ellos fueron contra los Estados Unidos, lo cual confirma la importancia de la OMC en la relacin bilateral entre el Canad y los Estados Unidos. La legislacin en materia de derechos antidumping y compensatorios fue la causa principal de la diferencia. Adems, el Canad se ha sumado a las consultas y ha participado como tercero en varios asuntos (cuadro AII.1). Relaciones comerciales y de inversin preferenciales El Canad ha entablado cierto nmero de relaciones preferenciales con interlocutores bilaterales y regionales (cuadro II.4), en parte, para fomentar la diversificacin, pero tambin para reforzar la cooperacin poltica. El Canad considera que tales relaciones complementan el sistema multilateral de comercio. Casi todos los socios preferenciales del Canad se sitan en el continente americano; las dems actividades comerciales suelen realizarse sobre una base NMF o en el marco de las preferencias arancelarias unilaterales. El Canad otorga preferencias arancelarias unilaterales a los pases en desarrollo en virtud del Arancel Preferencial General (APG), el rgimen arancelario para los pases menos adelantados, y CARIBCAN (captulo III 2) iii)). El comercio con los pases en desarrollo (segn la definicin de la OMC) representa el 16 por ciento de las importaciones del Canad y el 5 por ciento de sus exportaciones. La mayor parte de las actividades comerciales del Canad con los Estados Unidos se realizan en el marco del TLCAN. Desde el ltimo Examen de las Polticas Comerciales del Canad, ha entrado en vigor un nuevo Tratado de Libre Comercio con Costa Rica y se han iniciado o continuado negociaciones con pases de Amrica Central, pases de la AELC y con Singapur. Se han emprendido debates exploratorios para la posible negociacin de acuerdos de libre comercio con la CARICOM, los pases de la Comunidad Andina y la Repblica Dominicana. Los sistemas preferenciales unilaterales y los acuerdos de libre comercio del Canad excluyen a los aranceles aplicables fuera de los contingentes a los productos cuya oferta est regulada (productos lcteos, avcolas y huevos - vase el captulo IV 2)) y ciertos sectores de servicios (captulo IV) y, por lo dems, varan en su mbito de cobertura. Los ms completos, tales como el TLCAN y el Acuerdo de Libre Comercio con Chile, no slo prevn la eliminacin casi total de los aranceles y establecen las normas relativas a las inversiones y los servicios, sino que tambin disponen la concertacin de acuerdos sobre cuestiones tcnicas como, por ejemplo, las inspecciones sanitarias y fitosanitarias. Adems, el Canad est convencido de que la utilizacin de medidas antidumping y compensatorias entre mercados integrados no es adecuada y ha tratado de lograr su eliminacin en el marco de los Acuerdos de Libre Comercio con el TLCAN y con Chile (vase infra). Cuadro II.4 Acuerdos preferenciales de comercio e inversin concertados por el Canad, diciembre de 2002 Acuerdo (entrada en vigor)/CoberturaInterlocutoresCambios desde 2000CARIBCAN (1986) Trato de franquicia arancelaria otorgado unilateralmente a las mercancas originarias de los pases del Caribe a los que se aplica un programa de asistencia para el desarrollo econmico y comercial de los pases y territorios caribeos del Commonwealth. Estn excluidos los textiles y el vestido y los productos del sector agroalimentario sujetos a aranceles aplicables fuera de los contingentes.Anguila, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Bermudas, Islas Vrgenes Britnicas, Islas Caimn, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, Montserrat, Saint Kitts y Nevis, Santa Luca, San Vicente y las Granadinas, Suriname, Trinidad y Tabago, Islas del Turco y Caicos.Debates en curso sobre un posible acuerdo de libre comercio con los interlocutores de la CARICOM.Arancel Preferencial General y rgimen arancelario para los pases menos adelantados Trato preferencial para la mayora de los productos excepto determinados productos agropecuarios, textiles y prendas de vestir, calzado y productos de acero. Todas las importaciones procedentes de los pases menos adelantados, excepto los productos del sector agroalimentario sujetos a aranceles aplicables fuera de los contingentes, gozan de franquicia arancelaria.163 pases en desarrollo y pases en transicin.En junio de 2002, el Gobierno anunci que el Canad otorgara el acceso en franquicia arancelaria y sin contingentes a las importaciones procedentes de los PMA a partir del 1 de enero de 2003.TLCAN (1994) Rgimen de franquicia arancelaria aplicable al comercio de las mercancas originarias. Trato nacional en el comercio de servicios, excepto los servicios sociales pblicos, las telecomunicaciones bsicas, los servicios financieros, y la mayora de los servicios de transporte martimo y areo. Normas en materia de inversin, poltica de competencia, monopolios y empresas estatales, DPI, normas, medidas sanitarias o fitosanitarias, contratacin pblica, cooperacin ambiental, normas del trabajo, y solucin de diferencias, con inclusin, especficamente, de cuestiones relacionadas con los derechos antidumping y compensatorios. Acuerdos sectoriales (industria del automvil, textiles y prendas de vestir, energa y productos agroalimentarios).Mxico, Estados UnidosReducciones arancelarias aceleradas con Mxico en enero de 2002; aclaracin de las disposiciones del captulo 11.Acuerdo de Libre Comercio entre el Canad e Israel (enero de 1997) Rgimen de franquicia arancelaria para productos industriales y agroalimentarios que representan aproximadamente un 80 por ciento del comercio de productos del sector agroalimentario y de la pesca. No hay disposiciones sobre el comercio de servicios. El texto del ALCCI figura en el documento WT/REG31/2 de la OMC, de 23de enero de 1997.IsraelSegn lo previsto en el Acuerdo, el Canad e Israel comenzaron negociaciones en 1999 con vistas a una mayor liberalizacin del comercio de productos agropecuarios y alimenticios. Las negociaciones siguen en curso.Marco conjunto canadiense-palestino de Cooperacin Econmica y Comercioa Firmado en 1999. Tiene la misma cobertura que el ALCCI.Autoridad PalestinaAcuerdo de Libre Comercio entre el Canad y Chile (julio de 1997) Trato de franquicia arancelaria antes de2003 para la mayora de las mercancas, incluida una exencin mutua del uso de las medidas antidumping a nivel bilateral, y un comit encargado de las disciplinas en materia de subvenciones y las medidas compensatorias. Las disposiciones en materia de servicios e inversin estn inspiradas en las del TLCAN. Trato NMF y trato nacional para la inversin. Tambin incluye un acuerdo de cooperacin laboral. Documento WT/REG38/2 de la OMC, de 28 de enero de 1998.ChileReducciones arancelarias aceleradas en octubre de 2001. Aclaracin sobre las disposiciones del captulo 11 en octubre de2002.Tratado de Libre Comercio entre el Canad y Costa Rica (abril de 2001) Trato de franquicia arancelaria antes de2014 para la mayora de las mercancas. Tambin incluye acuerdos de cooperacin laboral y ambiental. An no se ha notificado a la OMC.Costa RicaEntr en vigor el 1 de noviembre de 2002. a Informacin en lnea del DFAIT. Se puede consultar en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci-gc.ca/tna-nac/framework-e.asp" http://www.dfait-maeci-gc.ca/tna-nac/framework-e.asp. Fuente: Secretara de la OMC, sobre la base de la informacin facilitada por las autoridades canadienses. Relacin con los Estados Unidos y Mxico El Canad y los Estados Unidos mantienen los mayores intercambios comerciales y de inversin del mundo, y la relacin con los Estados Unidos constituye una de las prioridades de poltica clave del Canad. Desde los atentados del 11 de septiembre de 2001 en los Estados Unidos, se han introducido medidas en la frontera para reforzar la seguridad sin interrumpir el comercio bilateral (vase el captulo III 2) 1)). En su mayor parte, la relacin entre los Estados Unidos y Mxico tiene lugar en el marco del TLCAN, que permite el comercio en franquicia arancelaria de todas las mercancas, excepto los productos lcteos y avcolas cuya oferta est regulada, y proporciona las normas sobre el comercio de servicios y las inversiones. Se mantienen muy pocos aranceles sobre los productos importados de Mxico; est previsto eliminar los restantes durante un perodo de escalonamiento de 10 aos (quefinalizar en 2003). Respecto de los dems acuerdos, las autoridades han declarado que el artculo103 del TLCAN abarca los acuerdos vigentes al 1 de enero de 1994 y, por tanto, no cubre las obligaciones del Canad contradas en el marco de la OMC. Por lo general, las corrientes comerciales y de inversin bilaterales entre el Canad y los Estados Unidos, prcticamente, no han experimentado ningn problema, a excepcin de las medidas antidumping y compensatorias. Las partes del TLCAN conservan la facultad de solucionar los problemas en el marco de las normas tanto del TLCAN como de la OMC. El captulo 19 del TLCAN prev el examen por un grupo especial binacional de las determinaciones definitivas en materia de derechos antidumping y compensatorios y la legislacin subyacente. En diciembre de 2002, se examinaron tres decisiones canadienses de conformidad con el captulo 19; al mismo tiempo, se sometieron a examen 21 determinaciones de los Estados Unidos, de las cuales 8 se examinaron a peticin de los productores o de las autoridades canadienses. El principal conflicto reciente, dado su impacto econmico, fue el relacionado con la madera blanda, que, una vez ms, se someti a los rganos de solucin de diferencias del GATT/OMC y del TLCAN, en el marco del captulo 19. Otro motivo de conflictos comerciales bilaterales es la Junta Canadiense del Trigo y sus privilegios comerciales (captulo III 4) iv)). Las disputas relativas a las disposiciones en materia de inversiones del captulo 11 tambin se pueden remitir a cualquiera de los dos mecanismos de solucin de diferencias previstos en el acuerdo: solucin entre gobiernos o arbitraje entre el inversor y el Estado. En julio de 2001, siguiendo la iniciativa del Canad, las partes del TLCAN publicaron Notas de Interpretacin vinculantes respecto de la administracin de los procedimientos en el marco del captulo 11. Las Notas reafirman el entendimiento de los interlocutores del TLCAN de que no hay una obligacin general de confidencialidad y que las partes pueden poner a disposicin del pblico prcticamente todos los documentos presentados a los tribunales previstos en el captulo 11 o emitidos por ellos, y, consiguientemente, tienen por objeto mejorar la transparencia de las disposiciones del captulo en materia de solucin de diferencias. Adems, las Notas aclaran que el nivel mnimo de trato prescrito en el captulo 11 equivale al prescrito por el derecho internacional consuetudinario para el trato de extranjeros. La informacin sobre los asuntos de diferencias relacionados con el captulo 11 y en que ha participado el Canad desde 1999 est a disposicin del pblico en el sitio Web del DFAIT. En noviembre de 2002, haba en curso tres casos de arbitraje entre inversores privados extranjeros y el Gobierno del Canad. Otros acuerdos comerciales preferenciales a) Chile Para enero de 2003, se habrn completado todas las reducciones arancelarias entre el Canad y Chile en virtud del Acuerdo de Libre Comercio entre el Canad y Chile (ALCCC), excepto los aranceles aplicables fuera de los contingentes a los productos lcteos y avcolas cuya oferta est reglamentada, que se mantienen en el nivel NMF. Adems de las reuniones ministeriales ordinarias de la Comisin de Libre Comercio bilateral, existen ocho comits y grupos de trabajo para asegurar la aplicacin, resolver problemas y encontrar formas de facilitar el comercio. Hasta finales de 2002, no ha surgido ningn caso de diferencia en el marco del ALCCC. El ALCCC es el nico Acuerdo de Libre Comercio en el que participa el Canad que contiene una exencin bilateral de la utilizacin mutua de medidas antidumping; tambin prev un comit de disciplinas en materia de subvenciones y medidas compensatorias. No obstante, se pueden adoptar medidas de salvaguardia. En diciembre de2000, el Canad se sum a las consultas celebradas en la OMC sobre las medidas de salvaguardia impuestas por Chile a la leche en polvo y la leche UHT lquida. Consiguientemente, el Canad qued exento de la aplicacin de tales medidas; con arreglo al ALCCC, las partes deben excluir a las importaciones de un producto procedente de otra de las partes de las medidas globales de emergencia, a menos que dichas importaciones representen una parte sustancial del total de las importaciones y contribuyan en gran medida a la existencia o la amenaza de dao grave. El acuerdo comprende disposiciones en materia de servicios y de inversiones formuladas siguiendo el modelo de las del TLCAN. A finales de 2002, el Canad y Chile firmaron notas de interpretacin con objeto de aclarar ciertas disposiciones del captulo sobre inversiones del ALCCC. Tales notas se basan en notas similares del TLCAN (vase supra). Hasta la fecha, no se han presentado casos contra el Canad ni Chile en el marco del captulo sobre inversiones previsto en elALCCC. Los acuerdos paralelos al Acuerdo de Libre Comercio prevn la cooperacin bilateral en cuestiones laborales y ambientales. b) Costa Rica El Tratado de Libre Comercio entre el Canad y Costa Rica se firm el 23 de abril de 2001, junto con acuerdos de cooperacin en materia de mano de obra y de medio ambiente. Los tres acuerdos entraron en vigor el 1 de noviembre de 2002. El Tratado con Costa Rica prev la eliminacin de los aranceles sobre el comercio bilateral antes de 2011, a ms tardar, para todos los productos excepto, en el caso del Canad, la carne de bovino y los productos lcteos y avcolas cuya oferta est regulada. Segn el Canad, uno de los logros principales del Tratado es la creacin de un marco de poltica de competencia que podra servir de modelo para la regin; el Tratado establece un marco concreto para la cooperacin y la consulta encaminado a mejorar la eficacia de las actividades coercitivas de las autoridades en materia de competencia en ambos pases (captulo III 4) i)). Asimismo, el Tratado incluye un captulo exhaustivo sobre la facilitacin del comercio cuyo objetivo es lograr procedimientos comerciales ms eficaces y reducir las formalidades y los costos de la empresa. Por ejemplo, las partes se comprometen a adoptar medidas para coordinar a todos los organismos que participan en la importacin y la exportacin de mercancas y armonizar sus requisitos en materia de informacin, con el fin de permitir que los importadores y los exportadores presenten todos los datos necesarios a un solo organismo fronterizo. Al aplicar el acuerdo, el Canad habr de eliminar sus restricciones cuantitativas a las importaciones de los textiles y el vestido procedentes de Costa Rica (captulo III 2) vi)). Las partes se han reservado el derecho a aplicar derechos antidumping y compensatorios y medidas de salvaguardia. El Tratado no contiene ningn compromiso en la esfera de los servicios o las inversiones, la contratacin o los derechos de propiedad intelectual, pero reconoce la existencia del Tratado entre el Gobierno del Canad y el Gobierno de Costa Rica para la Promocin y Proteccin de las Inversiones, que entr en vigor en 1999. El acuerdo tambin contiene disposiciones especficas en materia de normas de origen y solucin de diferencias, y establece una Comisin de Libre Comercio compuesta por representantes ministeriales y una Secretara. c) Israel El Acuerdo de Libre Comercio entre el Canad e Israel (ALCCI) entr en vigor en enero de1997. Elimin los aranceles sobre los productos industriales y redujo o suprimi los aranceles sobre determinados productos agroalimentarios. El acuerdo tambin abarca ciertas cuestiones de poltica en materia de competencia y de contratacin pblica. Entre 1996 y 2001, el comercio de mercancas bilateral casi se duplic. A finales de 2002, continuaban las negociaciones con vistas a ampliar la lista de productos agrcolas y alimenticios abarcados por el acuerdo. Si bien, en la prctica, el ALCCI cubre el territorio donde se aplican las leyes aduaneras de Israel (que incluye a la Ribera Occidental y Gaza tras la firma de los Protocolos de Pars en 1995), en febrero de 1999, el Canad y la Organizacin de Liberacin de Palestina en nombre de la Autoridad Palestina firmaron el Marco conjunto canadiense-palestino de Cooperacin Econmica y Comercio, concebido para mejorar el acceso a los mercados y los procedimientos aduaneros de manera recproca. El Marco es idntico al ALCCI. Otras relaciones comerciales y de inversiones a) Las Amricas Los pases caribeos reciben un trato arancelario preferencial en el marco del CARIBCAN (cuadro II.4). No obstante, no se otorgan preferencias arancelarias a las importaciones fuera del contingente de productos agroalimentarios, cuya oferta est limitada, ni de textiles y vestido. Un informe reciente presentado a la OMC sobre el comercio en el marco del CARIBCAN indica un fuerte aumento de las importaciones canadienses procedentes de dicha regin, sobre todo de Jamaica y de Trinidad y Tabago. Aproximadamente, el 96 por ciento de las importaciones procedentes de tales pases entraron en el Canad en franquicia arancelaria en 2001. No obstante, slo el 14 por ciento de dichas importaciones se efectuaron en virtud de las disposiciones de franquicia arancelaria del CARIBCAN; el resto lo hicieron en el marco de las disposiciones NMF o APG. En enero de 2001, el Canad y los miembros de la CARICOM acordaron estudiar el modo de reforzar su relacin comercial, incluso por medio de un acuerdo de libre comercio. En abril de 2001, en la Cumbre de las Amricas celebrada en Quebec, los dirigentes respaldaron la decisin de concluir antes de enero de 2005 las negociaciones sobre el rea de Libre Comercio de las Amricas (ALCA) entre todos los pases del hemisferio occidental excepto Cuba. Los dirigentes tambin acordaron que el ALCA entrara en vigor en diciembre de 2005, a ms tardar. La tercera etapa de las negociaciones se inici en noviembre de 2002 en el Ecuador. En noviembre de 2001, se entablaron negociaciones de libre comercio con El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua (CA4). En este acuerdo de libre comercio, el objetivo declarado del Canad es impulsar en mayor medida las negociaciones del ALCA y la OMC dando ejemplo de cooperacin entre pases desarrollados y pases en desarrollo. En marzo de 2002, el Presidente de la Repblica Dominicana y el Primer Ministro canadiense se comprometieron a estudiar la posibilidad de celebrar negociaciones de libre comercio bilaterales. En agosto de 2002, el Canad anunci el inicio de conversaciones preliminares con vistas a un posible acuerdo de libre comercio con los pases de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, el Ecuador, el Per y Venezuela). b) Regin de Asia y el Pacfico Las relaciones comerciales y de inversiones con Asia son, en gran parte, de tipo NMF, pero en octubre de 2001 se anunci la iniciacin de negociaciones sobre un acuerdo de libre comercio con Singapur. Tales negociaciones abarcan diversas esferas, entre ellas, el acceso a los mercados, el comercio de servicios, los servicios financieros, las inversiones, la contratacin pblica, la solucin de diferencias y la competencia. El Canad tambin es miembro fundador del Foro de Cooperacin Econmica de Asia y el Pacfico (APEC), concebido para las relaciones comerciales en la regin de Asia y el Pacfico. El Japn y China son los dos mayores socios econmicos del Canad en Asia. La relacin del Canad con el Japn se desarrolla bajo los auspicios del Marco para la Cooperacin Econmica de1976. Las prioridades actuales del Canad respecto de las relaciones comerciales y de inversiones con el Japn consisten en mejorar la cooperacin normativa entre los dos Gobiernos con el fin de facilitar el comercio de productos reglamentados. c) Europa Las relaciones con la Unin Europea, el segundo mayor interlocutor comercial y de inversiones del Canad, tambin se desarrollan sobre una base NMF, aunque el Gobierno canadiense tiene actualmente la prioridad de "comprometer a la UE a estudiar las ventajas y los inconvenientes de un acuerdo de libre comercio entre la UE y el Canad". Por otro lado, un estudio reciente lleg a la conclusin de que la eliminacin de los aranceles sobre todo el comercio de mercancas en el marco de un acuerdo de libre comercio tal aumentara las exportaciones canadienses a la UE en un 15,6 por ciento o 3.400 millones de dlares canadienses anuales. Las relaciones entre el Canad y la UE tambin se rigen por un marco compuesto por varios elementos: el Acuerdo Marco para la Cooperacin Comercial y Econmica de 1976 estableci el Comit Mixto de Cooperacin, que celebra reuniones de alto nivel una vez al ao. La Declaracin Poltica Conjunta de 1996 sobre las Relaciones entre el Canad y la UE y el Plan de Accin entre el Canad y la UE fijan objetivos para la ampliacin de las relaciones entre ambos en las esferas comercial y econmica, as como en una serie de cuestiones de poltica exterior e interior. La Iniciativa Comercial entre la UE y el Canad, puesta en marcha en diciembre de 1998, estableci un subconjunto de objetivos para la cooperacin en materia de acceso a los mercados y economa extrados del plan de accin, que se consideraron alcanzables en un plazo de tiempo razonable. En cada Cumbre bianual entre el Canad y la UE, se presenta a los ministros de comercio un informe sobre los progresos alcanzados en el marco de la Iniciativa. Las cuestiones comerciales del Canad y la UE tambin son abordadas por los funcionarios por medio de un Comit Mixto de Cooperacin y un Subcomit de Comercio e Inversiones. En octubre de 2001, el Gobierno present su respuesta a las 25 recomendaciones contenidas en un informe del Comit Permanente de Asuntos Exteriores y Comercio Internacional titulado "Crossing the Atlantic: Expanding the Economic Relationship between Canada and Europe." Desde 1998, se estn desplegando esfuerzos para negociar un acuerdo de libre comercio entre el Canad y la AELC, que constituira el primer "puente de libre comercio" con Europa. Las negociaciones han abarcado la eliminacin de los aranceles para los productos no agrcolas, la facilitacin del comercio y la poltica en materia de competencia; no se han discutido las nuevas obligaciones en esferas tales como los servicios, las inversiones, la propiedad intelectual o la contratacin pblica. Las negociaciones se han estancado en una serie de cuestiones, incluida la eliminacin de los aranceles y las subvenciones al sector de la construccin naval.  Para obtener ms informacin, vase la Oficina del Auditor General [en lnea] en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.oag-bvg.gc.ca/domino/oag-bvg.nsf/html/menue.html" http://www.oag-bvg.gc.ca/domino/oag-bvg.nsf/html/menue.html.  Se puede consultar informacin en lnea sobre el Ministerio de Industria del Canad en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.ic.gc.ca" http://www.ic.gc.ca.  Se puede consultar informacin de la Secretara de Comercio Interno en lnea en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.intrasec.mb.ca" http://www.intrasec.mb.ca.  Estos son: contratacin pblica; proteccin ambiental; medidas y normas relacionadas con el consumo; movilidad de la mano de obra; inversiones; productos agropecuarios y alimenticios; bebidas alcohlicas; telecomunicaciones; transporte; transformacin de recursos naturales; y energa.  Se puede consultar informacin en lnea sobre las exportaciones en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.exportsource.gc.ca" http://www.exportsource.gc.ca.  Se puede consultar informacin adicional sobre las prioridades y los resultados de las visitas de "Team Canada" en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.tcm-mec.gc.ca" http://www.tcm-mec.gc.ca.  La informacin en lnea del DFAIT facilita datos adicionales sobre estas consultas. Se puede consultar en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/wto_opinion-e.asp" http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/wto_opinion-e.asp.  Se puede consultar informacin de la Oficina de Asuntos del Consumidor en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://strategis.ic.gc.ca/sc_consu/consaffairs/engdoc/oca.html" http://strategis.ic.gc.ca/sc_consu/consaffairs/engdoc/oca.html.  OCDE (2002b).  Vase tambin la informacin en lnea sobre inversiones en el Canad en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.investincanada.gc.ca" http://www.investincanada.gc.ca.  El texto de la Ley de Inversiones del Canad se puede consultar en lnea en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://laws.justice.gc.ca/en/I-21.8/75574.html" http://laws.justice.gc.ca/en/I-21.8/75574.html.  Se puede consultar informacin en lnea en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://icnet.ic.gc.ca/investcan/main.htm" http://icnet.ic.gc.ca/investcan/main.htm.  Documento G/TRIMS/N/2/Rev.9/Add.10 de la OMC, de fecha 11 de octubre de 2002.  Documento S/C/N/89 de la OMC, de fecha 14 de diciembre de 1998.  Documento G/AG/NG/W/11 de la OMC, de fecha 16 de junio de 2000.  Documento G/AG/NG/W/93 de la OMC, de fecha 21 de diciembre de 2000.  Documento G/AG/NG/W/12 de la OMC, de fecha 19 de junio de 2000. Vase tambin la informacin en lnea del Ministerio de Agricultura y del Sector Agroalimentario del Canad (AAFC) en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.agr.gc.ca/itpd-dpci/english/current/proposals.htm" www.agr.gc.ca/itpd-dpci/english/current/proposals.htm.  Documentos G/AG/NG/W/92 de la OMC, de 21 de diciembre de 2000, y G/AG/NG/W/112, de 13 de febrero de 2001. Vase tambin la informacin en lnea del AAFC.  Se puede consultar Improving the Regulation of Genetically Modified Foods and Other Novel Foods in Canada [en lnea] en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.cbac-cccb.ca/documents/en/cbac.report.pdf" http://www.cbac-cccb.ca/documents/en/cbac.report.pdf.  Vase, por ejemplo, el documento WT/TPR/M/102/Add.1 de la OMC, de fecha 23 de septiembre de2002.  Vase, por ejemplo, el documento G/TBT/M/27 de la OMC, de fecha 31 de julio de 2002.  Vase, por ejemplo, el documento S/C/M/57 de la OMC, de fecha 13 de febrero de 2002.  Documento S/CSS/M/10 de la OMC, de fecha 21 de septiembre de 2001.  Vase, por ejemplo, el documento S/WPGR/M/38 de la OMC, 2002.  "Canada's Objectives for the Fourth ϲʹ Ministerial Conference", presentado por el Ilustre Pierre Pettigrew, Ministro de Comercio Exterior, ante el Comit Permanente de Asuntos Exteriores y Comercio Exterior de la Cmara de los Comunes, el 24 de octubre de 2001 [en lnea]. Se puede consultar en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci/gc.ca/tna-nac/ϲʹ-obj-e.asp#V" http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/ϲʹ-obj-e.asp#V.  Documento WT/DSB/26/Add.1 de la OMC, de fecha 12 de octubre de 2001.  Los pases con derecho a recibir los beneficios para los pases menos adelantados en el Canad son aquellos que corresponden a la definicin de las Naciones Unidas de pases menos adelantados, salvo Myanmar (Birmania).  El texto del acuerdo se puede consultar en lnea en la siguiente direccin de la secretara del TLCAN:  HIPERVNCULO "http://www.nafta-sec-alena.org" http://www.nafta-sec-alena.org.  Artculo 103 del TLCAN: Relacin con otros tratados internacionales: 1. Las Partes confirman los derechos y obligaciones existentes entre ellas conforme al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y otros acuerdos de los que sean parte. 2. En caso de incompatibilidad entre tales acuerdos y el presente Tratado, ste prevalecer en la medida de la incompatibilidad, salvo que en el mismo se disponga otra cosa.  Se puede consultar informacin adicional en lnea en la siguiente direccin: http://www.ustr.gov/releases/2002/02/02-22-finding.pdf.  Vase  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/gov-s.asp" http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/gov-e.asp.  Documento WT/REG38/2 de la OMC, de fecha 28 de enero de 1998.  Documento G/SG/24/Suppl.2 de la OMC, de fecha 13 de octubre de 2000.  Documento WT/REG38/M/4 de la OMC, de fecha 11 de junio de 2002.  Para consultar informacin sobre este acuerdo, vase "Canada and Chile: Five Years as Free Trade Partners", y otra informacin en lnea del DFAIT en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/bilateral-e.asp#01" http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/bilateral-e.asp#01.  La Lista del Canad para la eliminacin de aranceles en el marco del Tratado de Libre Comercio entre el Canad y Costa Rica se puede consultar en el sitio Web del DFAIT en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/canada_schedule-e.pdf" http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/canada_schedule-e.pdf.  Vase tambin DFAIT (2002), pgina 108.  Documento WT/L/483 de la OMC, de fecha 4 de octubre de 2002. El programa CARIBCAN est exento de las normas de la OMC hasta el 31 de diciembre de 2006.  Se puede consultar informacin en lnea sobre el ALCA en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.ftaa-alca.org" http://www.ftaaalca.org.  Vase la informacin del DFAIT en lnea en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://webapps.dfait-maeci.gc.ca/minpub/Publication.asp?FileSpec=/Min_Pub_Docs/104688.htm" http://webapps.dfait-maeci.gc.ca/minpub/Publication.asp?FileSpec=/Min_Pub_Docs/104688.htm.  Vase la informacin del DFAIT en lnea en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/singapore-e.asp#negotiations" http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/singapore-e.asp#negotiations.  DFAIT (2002).  Cameron y Loukine (2001).  Vase la informacin en lnea del DFAIT en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci.gc.ca/english/geo/europe/eu/action-e.htm" www.dfait-maeci.gc.ca/english/geo/europe/eu/action-e.htm.  Vase la informacin en lnea del DFAIT en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci.gc.ca/english/geo/europe/EU/ECTI-Dec-2000-E.html" www.dfait-maeci.gc.ca/english/geo/europe/EU/ECTI-Dec-2000-E.html.  Se puede consultar el informe en el sitio Web del DFAIT en la siguiente direccin:  HIPERVNCULO "http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/fifth-report-english.pdf" http://www.dfait-maeci.gc.ca/tna-nac/fifth-report-english.pdf. WT/TPR/S/112 Examen de las Polticas Comerciales Pgina  PGINA 14 Canad WT/TPR/S/112 Pgina  PGINA 31 Page I. PGINA \* COMFORMATO 1 {|*+ab##$$%%F&G&))Q-R-y.z.33Y555/6>:[:a>c>>>LLLLLL/MTTXX\\]]^^__\b]bHcIc0d1d2dehehhhiiwjjekkllmm.nwn o?o|oo:pp qTq8sfstt6CJCJH*CJH*CJfH`CJ5CJ j0J0UX7D !%''*S-'0Y5e555555$(($$7D !%''*S-'0Y5e5555555/6061626F6p677K7s7h8i888=:>:::::::;;;;<<:<;<<<Z===H>I>c>d>>>yAzAA$BBB&CNCEEEFFFFFFFGGGHqHrHHHIIIIJJJd55/6061626F6p677K7s7h8yTyppp$(($=$$l4 tF $   $$(($>$$l44 tF $    h8i888=:>:::::::;;;;<<:<;<<<T€œ<$(($=$$l4 tF $   <Z===H>I>c>d>>>yAzA f=$$l4 tF $   $=$$l4 tF $   $(($ $(($ zAA$BBB&CNCEEEFFFFF ||x=$$l4 tF $   =$$l4 tF $   $(($FFFGGGHqHrHHHIIIIJJJJ8K9KLK8L@=$$l4 tF $   $(($JJ8K9KLKpKLLL0M1MPSTTXX8ZTZ]_2d>dddddddeeee"e:eeeeefff4f}f~fffffg.gJgKgeg}ggggg hhehfhghhhhhhhhhhhi(i@iAi[isiiiijjjj7jvjwjjjjjk1kdkekkkkkdLKpKLLL0M1MPSTTXX8ZTZ]_2d>dd$ & Fj=$$l4 tF $   $(($ddddddeeee"e:eem=$$l4 tF $    $$(($>$$l44 tF $   $(($$ eeeefff4f}f~fffffg.gJgKgeg}ggg\<$(($=$$l4 tF $   ggg hhehfhghhhhhhhhhhhi(i@iAi[ih$0\=$$l4 tF $   $(($[isiiiijjjj7jvjwjjjjjk1kdkekk $$(($=$$l4 tF $   $(($kkkkkkll=lZlllllllllmmHmP$(($=$$l4 tF $   $$(($kkkll=lZlllllllllmmHm[mmmmmmmmmmmmn-n.nwnxnynznnno o?o@oAoBoLo`o{o|oooooop9p:pppppppq qTqUqVqWqqqqqqqqrr3rHrzr{rrrrrrs7s8sfsgshsisrssssssssdHm[mmmmmmmmmmmmn-n.nwnxnynznnn(0=$$l4 tF $   $(($no o?o@oAoBoLo`o{o|oooo|=$$l4 tF $   =$$l4 tF $   $(($ ooop9p:pppppppq qTq|||=$$l4 tF $   $(($=$$l4 tF $   TqUqVqWqqqqqqqqrr3rHrzr{rrrrrrsd@=$$l4 tF $   $(($s7s8sfsgshsisrsssssssstCtsttttttX=$$l4 tF $   $(($stCtsttttttttt%u&u?uZusutuuu v v&vBvgvhvvvvvvv ww(w=wPwQwwwwwwwxxsxtxuxvxxxyyyTyUyny|&|||||||||}}}#}e}f}p}{}}}}~~~~~~~XYcn/0:EdtttQwwxsxyySy||كڄۄ@Aއ߇rsÕ();@C\ͰFU`"01mn;<\]g 0J>*CJjCJU jCJU 5CJH*6 j0J0U6CJCJ5CJQtttt%u&u?uZusutuuu v v&vBvgvhvvvvv8`pTD$(($=$$l4 tF $   vvv ww(w=wPwQwwwwwwwxxsxtxuxvxx Ph=$$l4 tF $   $(($xxyyyTyUyny|&||||||(($$=$$l4 tF $   $(($||||}}}#}e}du|nn(($=$$l4 tF p#   $(($<($=$$l4 tF p#   e}f}p}{}}}}~~~~~~~XYcnœ˜|$(($(($=$$l4 tF p#   /0:E"3āo„„`$(($(($=$$l4 tF p#   "3āopz݂ނ@AKVكڃ҉(Й*d|COҪ̯ҳEF޵?STUHIJP2 Bluydopz݂ނ@AKVكڃ҉¸Œ$$(($(($=$$l4 tF p#   ҉(Й*d|COҪ$(($$$$̯H } ;$$l tF p#   $(($=$$l4 tF p#   ҳEF޵?STU ` $(($ $$(($;$$l tF p#   HIJP}{u{{{pn & Fk0;$$l tF p#   $(($=$$l4 tF p#   P2 Bluy 8HGi&9C 8HGi&9C qsNO$%./'(89z{QR  ab@  K L ) *      $%ghTcdCDTUqdgh(~} }&()STUnost,-.KLOP !"%&jCUjTUjuUjU0J>*jIU jU6 j0J0UK qsNO$%./'(89z{B+,/0$%()9:WYZMNOwx{|RSikl#%&kj! 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