ࡱ> 68345@  bjbjFF q,,j7B/...(   $.gggPfghd.4ii^iiiijDk$$9R &kii&k&k  iippp&kx i ip&kppʂ  i~i p&glH,lՑ0PmX..     &k&kp&k&k&k&k&k..$2RKp..RKRGIMEN de poltica COMERCIAL Y DE INVERSIONES: marco y objetivos Visin general El perodo de disturbios sociales en Sierra Leona y el traspaso de poderes a una administracin democrticamente elegida cambi poco la Constitucin de 1991. Desde 2000, se ha procurado descentralizar el Gobierno y emprender una reforma legislativa. En junio de 2004, se cre un Comit Nacional de Coordinacin del Comercio con el fin de garantizar una mejor coordinacin de la poltica sobre el comercio y asuntos afines; el Ministerio de Comercio e Industria reforz su capacidad institucional para abordar las cuestiones comerciales. De conformidad con el mandato constitucional sobre poltica exterior, se ha consolidado la participacin y el compromiso de SierraLeona en las iniciativas de integracin regional, especialmente en relacin con la Comunidad Econmica de los Estados del frica Occidental (CEDEAO). Parece que las disposiciones de laCEDEAO sustituyen en Sierra Leona a las de los Acuerdos de la OMC, pero se afirma que estn en conformidad con ellas. El pas hace grandes esfuerzos para aprovechar la ampliacin de los acuerdos de comercio preferencial no recprocos que ofrecen sus interlocutores comerciales desarrollados (porejemplo, la Unin Europea y los Estados Unidos) o que se negocian con ellos. La disposicin de Sierra Leona a reconstruir su economa se refleja en su decisin de aumentar su participacin en el sistema multilateral de comercio y en la labor de la OMC; SierraLeona fue el primer pas menos desarrollado Miembro de la OMC que se benefici de los nuevos servicios de consulta sobre poltica comercial. Sierra Leona no ha presentado todava ninguna notificacin a la OMC, aunque ha disfrutado de diversas formas de asistencia tcnica relacionada con el comercio (anexo II.1). Este Examen de las Polticas Comerciales debe ayudar, entre otras cosas, a mejorar la necesaria transparencia de las polticas internas en los planos nacional y multilateral. En octubre de 2004, se dio un primer paso para la inclusin de Sierra Leona en el proceso del Marco Integrado (MI). El marco jurdico por el que se rigen las inversiones se actualiz (abarca ya todos los sectores) en agosto de 2004; a esto ha de seguir una lista revisada de incentivos fiscales (entre ellos un tipo ms bajo del impuesto sobre la nmina para los ciudadanos de la CEDEAO), que posiblemente se ample y preste ms atencin al desarrollo territorial. Ya estn en marcha los trabajos para la adopcin de un rgimen de zonas francas industriales. Marco general constitucional y jurdico La Constitucin de la Repblica de Sierra Leona, aprobada en 1991 y suspendida en abril de1992, est en vigor desde 1996 tras el traspaso de poderes a una administracin civil democrticamente elegida. Desde 1996, la Constitucin se ha modificado en una ocasin, en febrero de 2002. El Presidente de la Repblica es el Jefe del Estado y es elegido por sufragio universal directo (sistema de votacin en dos vueltas) por un perodo de cinco aos, renovable una vez; el poder ejecutivo recae en el Presidente, quien decide y dirige los asuntos de Estado. El Presidente nombra a los miembros del Gabinete y determina sus responsabilidades. En las ltimas elecciones presidenciales, celebradas el 14 de mayo de 2002, el Presidente, Dr. Ahmad Tejan Kabbah, fue reelegido para un segundo mandato, hasta el ao 2007. El poder legislativo reside en un Parlamento unicameral, compuesto por 112 miembros (elegidos mediante el sistema de representacin por distritos para un perodo de cinco aos) y 12Grandes Jefes. Las ltimas elecciones legislativas tuvieron lugar el 14 de mayo de 2002. El Parlamento aprueba la legislacin, incluida la relativa a las finanzas, los ingresos del Estado y los objetivos de gastos. Cada Ministerio preside las negociaciones de los tratados internacionales aplicables a su mbito. Prepara el proyecto del instrumento de ratificacin, o el proyecto de legislacin, en colaboracin con la Oficina del Fiscal General y otros organismos, segn del asunto de que se trate; el proyecto se remite para su examen al Consejo de Ministros, antes de presentarlo al Parlamento para su ratificacin. La aplicacin de la nueva ley corresponde al Ministerio de que se trate, en consulta con los dems ministerios interesados. El poder judicial reside en la Judicatura, presidida por el Ministro de Justicia. La Judicatura es competente en todos los asuntos civiles y penales, incluidos los relativos a la Constitucin, y en todas las dems cuestiones cuya competencia pueda conferirle el Parlamento o una ley parlamentaria. Comprende el Tribunal Supremo, el Tribunal de Apelacin y el Tribunal Superior de Justicia. El Presidente, asesorado por la Comisin de Servicios Judiciales y Jurdicos, y a reserva de aprobacin por el Parlamento, designa al Ministro de Justicia de Sierra Leona (que encabeza la Judicatura), a los magistrados del Tribunal Supremo y del Tribunal de Apelacin y a los jueces del Tribunal Superior. Los asuntos comerciales se deciden en la Sala de lo Civil del Tribunal Superior. Las decisiones del Tribunal Supremo son vinculantes para el Ejecutivo y el Legislativo, y para todos los dems tribunales; no cabe recurso contra ellas. Puede consultarse al Tribunal Supremo sobre cuestiones constitucionales o jurisdiccionales. El Ministerio de Justicia (Departamento de Justicia) se encarga de redactar y modificar las leyes y reglamentos antes de su presentacin al Parlamento. La Constitucin prev el establecimiento de la oficina del Defensor del Pueblo, entre cuyos deberes se incluye la investigacin de toda accin emprendida u omitida por, o en nombre de: los departamentos o ministerios del Gobierno, las corporaciones jurdicas o las instituciones de educacin o enseanza superior creadas enteramente o en parte con fondos pblicos; y los miembros del servicio pblico, que emprendan u omitan una accin que ha de ser realizada en el ejercicio de las funciones administrativas de ese departamento, ministerio, corporacin jurdica, institucin o persona. En abril de 2000, el Presidente nombr al primer Defensor del Pueblo de Sierra Leona, previa aprobacin del Parlamento. En 2003, la oficina recibi 812 reclamaciones (570 en 2002), e investig 510 casos (430 en 2002). Sierra Leona est dividida en 4 regiones, 3 de las cuales se dividen a su vez en 12 distritos (representados en el Parlamento por sus Grandes Jefes). Desde 2000, est establecindose progresivamente un sistema descentralizado de administracin local, con nuevas funciones y responsabilidades, poderes y servicios para los consejos locales y los territorios. La autoridad poltica superior de la localidad es un consejo local que ejerce los poderes legislativo y ejecutivo. En general, los consejos locales desempean funciones financieras, sociales y de seguridad, y se encargan del desarrollo de su respectiva localidad y del bienestar de las personas. Los consejos locales se financian con los ingresos que ellos mismos recaudan (impuestos locales, impuestos sobre la propiedad, licencias, derechos y cargas, participacin en los ingresos mineros, intereses y dividendos, y los dems ingresos oficiales asignados por el Ministro de Hacienda a travs de un instrumento jurdico), mediante las ayudas del Gobierno central por las funciones transferidas, y mediante las transferencias por servicios delegados de los ministerios gubernamentales. Los consejos locales tienen derecho a una donacin vinculada anual del Gobierno central por el desempeo de las funciones transferidas y como contribucin a los costos administrativos. En mayo de 2004 se celebraron elecciones locales; las prximas elecciones locales estn previstas para 2008. Estructura de la formulacin de las polticas comerciales Poder ejecutivo del Gobierno Desde 1961, el Ministerio de Comercio e Industria est encargado de la formulacin y aplicacin de la poltica comercial de Sierra Leona. En este proceso participan otras instituciones, entre ellas: la Oficina del Vicepresidente; el Ministerio de Hacienda; el Ministerio de Desarrollo y Planificacin Econmica (vase la seccin 5)); el Ministerio de Recursos Minerales; el Ministerio de Agricultura, Silvicultura y Seguridad Alimentaria; y la Administracin de la Renta Nacional recientemente establecida (captulo I 4) i)). En junio de 2004, a raz de los trabajos preparatorios del presente examen, el Ministerio de Comercio e Industria estableci un Comit Nacional de Coordinacin del Comercio, constituido por todos los ministerios interesados y diversas instituciones independientes, entre ellas una universidad. Por otra parte, este mismo Ministerio cre dos nuevos departamentos (Poltica, Planificacin e Investigacin; y Comercio Internacional) con el fin de reforzar su capacidad para abordar cuestiones comerciales. Estos arreglos institucionales mejorarn la transparencia, la consulta y la coordinacin/coherencia en la formulacin de polticas comerciales y relacionadas con el comercio en diversas esferas fundamentales (por ejemplo, la integracin regional, la valoracin en aduana y el desarrollo sectorial). rganos consultivos No parece que haya en funcionamiento ningn rgano consultivo autnomo en Sierra Leona; hay un Comit Nacional Consultivo de Poltica General, constituido por personas de probada integridad, que presta una importante contribucin a la formulacin de polticas dentro del Ejecutivo, pero en la Secretara no se dispona de ms informacin relativa a su condicin y actividades. El Ministerio de Comercio e Industria supervisa diversos organismos autnomos que forman parte del Ministerio, como la Dependencia del Petrleo y la Corporacin para la Inversin y el Desarrollo de las Exportaciones de Sierra Leona. La Cmara de Comercio, Industria y Agricultura de SierraLeona, la Asociacin Autctona de Comercio de Sierra Leona, el Organismo de Proteccin del Consumidor, la Asociacin de Importadores de Sierra Leona, la Asociacin de Pequeos Comerciantes y la Asociacin de las Mujeres del Mercado son rganos independientes que participan en el proceso consultivo para la formulacin y aplicacin de la poltica comercial. Objetivos de la poltica comercial Sierra Leona concede como mnimo trato de nacin ms favorecida (NMF) a todos sus interlocutores comerciales (captulo III 2) iii) a)). Los objetivos de poltica comercial de Sierra Leona estn estipulados en el marco ms general de un documento provisional de estrategia de reduccin de lucha contra la pobreza (DELP) (captulo I 2) i)) y sus compromisos se derivan de su pertenencia a la CEDEAO (seccin 6) ii) c)). Las autoridades confan en que la recuperacin del sector privado ser el catalizador para el crecimiento econmico. El desarrollo y los instrumentos de la poltica comercial tienen en cuenta las prioridades fiscales y las relacionadas con las reformas como: i) la consolidacin de la integracin econmica regional; ii) la reanudacin de las exportaciones de los recursos minerales; iii) la diversificacin de la produccin y las exportaciones agrcolas (por ejemplo, delarroz); y iv) la creacin de una zona franca industrial (artculo 7). Leyes y reglamentos comerciales Todas las leyes, reglamentos, decretos y dems textos de aplicacin de poltica general se publican en ingls en el Boletn Oficial que, en principio, est a disposicin del pblico, aunque esto no siempre es as. Un nmero creciente de ministerios y organismos pblicos tiene previsto utilizar pginas de Internet para difundir las leyes y dems informacin pertinente. Desde la independencia, el Parlamento ha aprobado muchas leyes, sin modificar en muchos casos la legislacin pertinente anterior. Por consiguiente, el marco reglamentario de Sierra Leona es en algunos casos contradictorio, lo que dificulta el acceso a la justicia y lleva a resultados imprevisibles. En 2003, se estableci una Comisin de Reforma de la Legislacin. Su principal funcin es mantener en examen las leyes de Sierra Leona, tanto las estatutarias como las dems, para su reforma, desarrollo, consolidacin o codificacin. La Comisin tambin recibi el mandato de tomar otras iniciativas y proponer la promulgacin de nuevas leyes en circunstancias adecuadas. Su plan de trabajo de 2004 a 2006 incluye el examen de las leyes sobre la utilizacin comercial de la tierra, la proteccin del consumidor, la silvicultura, el medio ambiente, la Ley de Reforma de 1994, y los delitos sexuales. Una vez publicados en el Boletn Oficial, las disposiciones del Acuerdo sobre la OMC y los reglamentos de la CEDEAO que hayan sido ratificados tienen prioridad sobre las leyes nacionales. A juicio de las autoridades, las disposiciones de la CEDEAO sustituyen a las disposiciones del Acuerdo sobre la OMC; sin embargo, se est intentando garantizar que no haya ningn conflicto intrnseco entre ambos cuerpos jurdicos. El Ministerio de Comercio e Industria aplica las disposiciones del Acuerdo sobre la OMC promulgando la legislacin pertinente, pero no se ha facilitado a la Secretara esa legislacin para la preparacin de este examen. Asimismo, el Ministerio de Desarrollo y Planificacin Econmica aplica las disposiciones de la CEDEAO mediante la promulgacin de legislacin. Ambos Ministerios actan coordinadamente en las cuestiones relativas a la CEDEAO. Se ha previsto el establecimiento del Comit Nacional de Coordinacin del Comercio (seccin 3) i)) con el fin de prever un planteamiento coordinado para la aplicacin de los Acuerdos de la OMC. Sierra Leona no ha presentado ninguna notificacin al GATT/OMC hasta el momento de finalizar este informe. Esta situacin quiz se deba, entre otras cosas, a las dificultades del pasado, por los disturbios y conflictos civiles y por las prioridades de poltica resultantes. Segn las autoridades, Sierra Leona no ha sido institucionalmente consciente de la importancia de la OMC y de sus Acuerdos, y el personal del Ministerio de Comercio e Industria no tena capacidad tcnica para preparar y presentar notificaciones. Ahora se ha establecido en el Ministerio de Comercio e Industria una unidad independiente para encargarse de las cuestiones del comercio internacional, y, en la peticin de asistencia tcnica formulada por Sierra Leona, en 2004, al Instituto de Formacin y Cooperacin Tcnica, de la OMC, se contemplan los requisitos de notificacin. Las autoridades han indicado su intencin de enviar notificaciones en breve, con arreglo al prrafo 2 del artculo 15 del Acuerdo sobre Obstculos Tcnicos al Comercio (captulo III 2) ix) a)). Sierra Leona acept que se transmitieran a la Base Integrada de Datos (BID) de la OMC los datos arancelarios comunicados a la Secretara para la preparacin del presente Examen de las Polticas Comerciales; antes de ello, SierraLeona no haba comunicado a la OMC ningn dato arancelario ni estadstico sobre sus importaciones. Acuerdos y arreglos comerciales Acuerdos multilaterales a) OMC Sierra Leona, pas menos adelantado segn la designacin de las Naciones Unidas, pas a ser Miembro de la OMC el 23 de julio de 1995; haba sido parte contratante del GATT desde el 19 de mayo de 1961. Sierra Leona no es signatario ni observador de ninguno de los acuerdos plurilaterales de la OMC. A medio plazo, prev aumentar en general su participacin en la OMC y, despus, SierraLeona podr contemplar la posibilidad de firmar los acuerdos plurilaterales cuando stos coincidan con sus intereses nacionales. b) Participacin en las actividades de la OMC Sierra Leona est comprometida con el sistema de comercio multilateral, sobre la base de normas claras y firmes capaces de garantizar el acceso a los mercados y fomentar el crecimiento, el desarrollo y la creacin de puestos de trabajo en el plano mundial; tambin se ha comprometido a cumplir sus obligaciones en la OMC. En su declaracin en la Conferencia Ministerial de Cancn, de2003, Sierra Leona insisti en que en las negociaciones del Programa de Doha para el Desarrollo deba tenerse en cuenta la situacin especial de los pases menos adelantados; y que era importante avanzar en las cuestiones del acceso a los mercados para los productos agropecuarios suprimiendo las subvenciones a la exportacin y las subvenciones internas concedidas por los pases desarrollados, y fomentando la capacidad de oferta en los sectores agrcola e industrial. El trato especial y diferenciado para los PMA debe considerarse cuestin transversal. Sierra Leona respald la posicin comn adoptada por los pases del Grupo Africano en cuanto a la necesidad de llevar adelante el proceso de aclaracin de las cuestiones de Singapur. Asimismo, apoy decididamente "la iniciativa sectorial en favor del algodn" de varios pases africanos relativa a las subvenciones al algodn y la estabilizacin de los precios de ese producto bsico. Sierra Leona rene las condiciones para participar en los cursos de poltica comercial de laOMC y ha recibido asistencia tcnica relacionada con el comercio (prrafo 1 del anexo II). En el presente informe se identifican otros sectores en los que se busca ms asistencia tcnica, con el fin de preparar un programa estructurado. Sierra Leona no tiene representacin en Ginebra; el pas est representado en la OMC por su misin en Bruselas. Las autoridades reconocen que el establecimiento de una misin en Ginebra permitira participar ms en las actividades de la OMC, pero las limitaciones financieras son un impedimento. Acuerdos econmicos regionales En la Constitucin de Sierra Leona se estipula la promocin de la cooperacin subregional, regional e interafricana, y la unidad entre los principales objetivos de poltica exterior. a) La Unin Africana y la Nueva Asociacin para el Desarrollo de frica Sierra Leona es miembro fundador de la Unin Africana (UA) que, en 2001, sustituy a la Organizacin de la Unidad Africana (OUA). Se espera que la UA llegue a ser una unin econmica y monetaria; su marco institucional (que incluye una Conferencia de Jefes de Estado y de Gobierno y un Consejo de Ministros) est en preparacin. Entre las actividades en curso de la UA cabe mencionar el mantenimiento de la paz, los programas ampliados de integracin subregional, el establecimiento de una fuerza africana de reserva y la armonizacin de las polticas de educacin. En la Cumbre de Lusaka de 2001, los Jefes de Estado africanos adoptaron la Nueva Asociacin para el Desarrollo de frica (NAPDA), que pide una nueva relacin entre frica y la comunidad internacional, en especial con los pases industrializados. La NAPDA trata de alentar la reforma interna en los pases africanos por medio de un sistema de examen por homlogos y movilizar recursos adicionales de alivio de la carga de la deuda y el apoyo de los donantes para financiar programas de mitigacin de la pobreza. En la Cumbre de Maputo de 2003, los Jefes de Estado y de Gobierno de la UA adoptaron una declaracin en virtud de la cual la NAPDA ha de integrarse en las estructuras y procesos de la UA en un plazo mximo de tres aos. b) Unin del Ro Mano Sierra Leona es miembro fundador de la Unin del Ro Mano (URM), integrada por tres pases, y cuya secretara tiene la sede en Freetown. Desde 1973, su objetivo ha sido constituir una unin aduanera y econmica para mejorar los niveles de vida. En 1986, se firm un tratado de no agresin y de cooperacin para la seguridad, pero las actividades se suspendieron a causa de los disturbios civiles de Sierra Leona. La URM se reactiv en mayo de 2004, tras la restauracin de la paz y la seguridad en la regin. Segn las autoridades, los pases de la URM han indicado que estn comprometidos a adoptar una proteccin comn en frontera y a liberalizar el mercado interno. Actualmente, el comercio entre los tres pases no tiene restricciones informales, en espera de los avances del proceso de integracin de la CEDEAO. c) Comunidad Econmica de los Estados del frica Occidental Sierra Leona es miembro fundador de la Comunidad Econmica de los Estados del frica Occidental (CEDEAO), principal grupo de integracin econmica de la regin. Su Tratado de 1975 se revis en 1993 para reactivar el proceso de integracin. El marco institucional de la CEDEAO est constituido por: la Autoridad de Jefes de Estado y de Gobierno; el Consejo de Ministros (desde1975); el Parlamento (desde el 14 de marzo de 2002); el Tribunal de Justicia (desde el 5 de noviembre de 1996); la Secretara Ejecutiva (desde 1975); el Banco Central; el Banco de Inversiones y Desarrollo; y varias comisiones tcnicas. Los principales objetivos de la CEDEAO son: i) la convergencia de los resultados econmicos y las polticas de los Estados miembros por medio de un procedimiento de vigilancia multilateral; ii) la adopcin de un arancel exterior comn (programado para 2008); iii) la creacin de un mercado comn (programado para 2008); iv) el establecimiento de una unin monetaria (programada para julio de 2005) (vase el captulo I 3) i) y el recuadro I.1); y v) la armonizacin y coordinacin de las polticas nacionales. En 2000, la Secretara Ejecutiva de la CEDEAO seal que "una de las principales deficiencias de la CEDEAO proviene de que no se ha aplicado el plan de liberalizacin del comercio" e indic que el comercio intracomunitario representaba slo el 11 por ciento del comercio total de los miembros. Con el fin de cambiar esta situacin, se dio un nuevo impulso al proceso de integracin econmica. Se consiguieron avances mediante el establecimiento de un mecanismo para compensar las prdidas de ingresos aduaneros producidas por la aplicacin del rgimen preferencial interno de la CEDEAO, que se armoniz con el de la Unin Econmica y Monetaria del frica Occidental (UEMAO) (captulo III 2) ii) b) y 2) iii) e)). Desde el 1 de enero de 2004, todos los miembros de la CEDEAO, algunos de los cuales tambin son miembros de la UEMAO, aplican el trato de franquicia arancelaria a los productos incluidos en las preferencias internas de la UEMAO; entre estos productos se incluyen las mercancas no elaboradas (materias primas), la artesana tradicional y determinados productos industriales de empresas autorizadas de los Estados miembros. Segn las autoridades, Sierra Leona no est aplicando el plan de liberalizacin del comercio de la CEDEAO, porque los operadores tienen un conocimiento limitado de l y por la incertidumbre de los ingresos aduaneros condonados. Se han conseguido menos avances en los planes para un Arancel Exterior Comn (AEC) de laCEDEAO, que todava no se ha negociado ni establecido; segn las autoridades de Sierra Leona, este arancel debe basarse en el ya existente AEC de la UEMAO. Sierra Leona ha ajustado de manera progresiva su arancel nacional al AEC de la UEMAO (captulo III 2) iii) a)). La CEDEAO tiene la intencin de crear una unin aduanera en 2008. Como ya se ha visto anteriormente (captulo I 3) i), recuadro I.1 y cuadro I.4), en abril de2002 seis miembros de la CEDEAO (no pertenecientes a la UEMAO), entre ellos Sierra Leona, firmaron un acuerdo para establecer una unin monetaria, la Zona Monetaria del frica Occidental (ZMAO). El propsito es que esta ZMAO se una a la UEMAO, para formar una unin monetaria de los pases de la CEDEAO, pero hasta el momento no se ha fijado una fecha para esta fusin. Todava no se ha notificado a la OMC el tratado de la CEDEAO (noviembre de 2004). La Secretara Ejecutiva de la CEDEAO (junto con la Comisin de la UEMAO) ha entablado negociaciones con la UE para la conclusin de un acuerdo de asociacin econmica (seccin iv) infra). La Secretara Ejecutiva de la CEDEAO es tambin el centro de coordinacin para la aplicacin de la NAPDA (seccin 2) ii) a)). La CEDEAO ha intervenido en la seguridad regional por medio de su Grupo de Vigilancia del Alto el Fuego. Recientemente se han llevado a cabo en la regin misiones de mantenimiento de la paz (por ejemplo, en Guinea-Bissau (1998), Cte d'Ivoire (2003) y Liberia (2003)). Acuerdos comerciales preferenciales e iniciativas con ellos relacionadas Sistema Generalizado de Preferencias (SGP) Sierra Leona rene las condiciones necesarias para recibir el trato preferencial no recproco de varios pases industrializados donantes en el marco del SGP. No se dispone de cifras precisas sobre los beneficios obtenidos por Sierra Leona del trato SGP. Sistema Global de Preferencias Comerciales (SGPC) Sierra Leona no participa en el Sistema Global de Preferencias Comerciales. Todo menos armas Por la iniciativa de la UE "Todo menos armas", vigente desde el 5 de marzo de 2001, se ampla el acceso en franquicia arancelaria y sin contingentes para las importaciones de todos los productos, excepto las armas, originarios de 49 pases menos adelantados. Este trato preferencial se ampliar gradualmente y se aplicar a los pltanos (a partir de enero de 2006), al azcar (a partir de2009) y al arroz (a partir de septiembre de 2009). Los contingentes arancelarios libres de derechos para el arroz y el azcar se han abierto desde la campaa de 2002-2003; estos contingentes arancelarios se incrementan anualmente. Ley de Crecimiento y Oportunidades para frica (AGOA) Con arreglo a la Ley de Crecimiento y Oportunidades para frica, de los Estados Unidos,Sierra Leona puede optar, desde el 23 de octubre de 2002, a las preferencias comerciales aplicables a una amplia variedad de productos. En virtud de lo establecido en la AGOA, los Estados Unidos concedieron preferencias comerciales a 37 pases hasta finales de septiembre de 2008 (captuloIII3)i)); 24 pases son acreedores a las ventajas relativas a las prendas de vestir (visado para los textiles desde el 5 de abril de 2004). En 2003, Sierra Leona export productos por un valor de 75.000 dlares EE.UU. en el marco de la AGOA y las disposiciones de su SGP, algo ms del 1 por ciento de las exportaciones totales a los Estados Unidos. Segn las autoridades, en la actualidad se est desarrollando la produccin de jengibre, anacardos, textiles y prendas de vestir para su exportacin con arreglo a la AGOA. Acuerdo de Asociacin entre los pases ACP y la UE (Acuerdo de Cotonou) Sierra Leona es uno de los pases de frica, el Caribe y el Pacfico (ACP) que firmaron un Acuerdo de Asociacin con la UE; el Acuerdo entr (provisionalmente) en vigor el 1 de marzo de2000. Con arreglo a este Acuerdo, la UE concede unilateralmente acceso en franquicia arancelaria a los productos industriales y a los productos agropecuarios elaborados originarios de los77 pases ACP. En la Conferencia Ministerial de Doha, celebrada los das 9 a 14 de noviembre de 2001, los Miembros de la OMC concedieron a la UE una exencin de sus obligaciones dimanantes del prrafo 1 del artculo I del GATT de 1994 (relativas al trato NMF), por un perodo que abarca desde el 1 de marzo de 2000 al 31 de diciembre de 2007, fecha en la que tienen que haberse concluido nuevos arreglos comerciales compatibles con las normas de la OMC. De conformidad con el Acuerdo de Cotonou, esos nuevos arreglos han de tener la forma de un acuerdo de colaboracin econmica entre la UE y diversos grupos regionales. El establecimiento de una zona de libre comercio entre la UE y los pases del frica Occidental (al trmino de un perodo transitorio que concluir, a ms tardar, en elao 2020) conlleva la supresin de los derechos de aduana aplicados a los productos originarios de la UE e incluidos en el acuerdo de colaboracin econmica y, en consecuencia, una prdida de ingresos fiscales. Las negociaciones se iniciaron el 27 de diciembre de 2002. En la primera fase participaron todos los pases ACP y la UE, y se abordaron cuestiones horizontales de inters para todas las partes. Esta fase concluy el 2 de octubre de 2003 con un entendimiento preliminar sobre las cuestiones horizontales en sectores importantes, como el acceso a los mercados, los sectores relacionados con el comercio, los servicios y las dimensiones de desarrollo de los acuerdos de colaboracin econmica. La segunda fase comenz en octubre de 2003 con la iniciacin de negociaciones con la Comunidad Econmica y Monetaria del frica Central y los pases del frica Occidental (representados por la Secretara Ejecutiva de la CEDEAO, en colaboracin con la Comisin de la UEMAO). La UE considera que con estas negociaciones se fortalecer el proceso de integracin regional dentro de la CEDEAO. La UE acord favorecer estas iniciativas destinando, entre 2003 y 2007, 235 millones de euros del 9 Fondo Europeo para el Desarrollo. Ello permitir a los miembros de la CEDEAO y laUEMAO consolidar su proceso de integracin, mejorar su capacidad institucional y reforzar la poltica regional de transportes, y ayudar a la CEDEAO a aplicar su Mecanismo de prevencin, gestin y solucin de los conflictos, mantenimiento de la paz y la seguridad. La CEDEAO consigui financiacin del Fondo Europeo de Desarrollo para estudiar la repercusin del acuerdo de colaboracin econmica en las economas de los pases signatarios. Con la creacin de una zona de libre comercio entre la UE y los pases del frica Occidental (al trmino del perodo de transicin, a ms tardar en 2020), la supresin de los derechos de aduana aplicados a los productos de origen comunitario comprendidos en el acuerdo de colaboracin econmica dar lugar a prdidas de ingresos fiscales. En 2000, los Estados miembros de la CEDEAO solicitaron financiacin a la UE para cubrir esas prdidas durante el perodo transitorio. En la reunin ministerial de la CEDEAO, celebrada en Accra en abril de 2003, los Ministros pidieron a la UE ms recursos para que la regin del frica Occidental pudiera hacer frente al costo del reajuste de su economa. Rgimen de inversiones extranjeras Entre 1998 y 2002, la parte correspondiente a las inversiones extranjeras directas (IED) en el PIB aument de manera sostenida y pas del 1 al 3,3 por ciento, el nivel ms elevado en un decenio. En 2002, las entradas de IED alcanzaron la cifra de unos 5 millones de dlares EE.UU. (haban sido de unos 3 millones, en 2001), es decir, el 5 por ciento de su nivel de antes del conflicto (unos140millones de dlares en 1986, ao rcord). El entorno de las inversiones parece dbil. En estudios recientes (de marzo de 2004) hechos por el Departamento de Desarrollo Internacional, del Reino Unido, y por los Servicios de Asesoramiento sobre Inversiones Extranjeras, del Banco Mundial (junio de 2004) se identificaron las siguientes limitaciones para el desarrollo del sector privado: i) los elevados costos y la ineficiencia en la prestacin de servicios, especialmente en el caso de los servicios pblicos; ii) la debilidad del entorno judicial y reglamentario; iii) la infraestructura devastada; iv) el sistema financiero, somero e ineficiente; v) una elevada percepcin del riesgo; vi) la escasa participacin de la sociedad civil en los asuntos del sector privado; vii) las polticas de los donantes, que frenan el desarrollo del sector privado nacional; y viii) la estructura del mercado, carente de equidad y eficiencia. Para hacer frente a estas dificultades, en agosto de 2004 se actualiz el marco jurdico por el que se rigen las inversiones extranjeras directas, al aprobarse la Ley de Promocin de las Inversiones y derogarse la Ley de Comercio y Actividades Empresariales (de ciudadanos de otros pases), de1969. Segn afirma la Corporacin para la Inversin y el Desarrollo de las Exportaciones de Sierra Leona, otras medidas adoptadas para mejorar el entorno de las inversiones fueron las siguientes: i) establecimiento de un Tribunal Sectorial en 2002; ii) formacin de la Autoridad Fiscal Nacional (encargada del Impuesto Aduanero y sobre la Renta) en septiembre de 2002; iii) el Comit de la Ley de Quiebra, que comenz sus trabajos en septiembre de 2004; iv) la posibilidad de llevar un litigio ante un tribunal internacional. Las medidas que deben adoptarse son: i) la aplicacin de la Ley de Empresas y de la Ley sobre el Uso de la Tierra para fines comerciales (prevista para diciembre de 2004); ii) un examen de la Ley de Asociacin (1890); y iii) el establecimiento de una oficina de centralizacin de trmites en los puertos. Ley de Promocin de las Inversiones La Ley de Promocin de las Inversiones se aplica a todos los sectores excepto a la produccin de armas y municiones, y de los uniformes y equipo de las fuerzas militares, la polica y los funcionarios de prisiones; en virtud de esta Ley se abrieron a la participacin extranjera sectores tales como la minera (inclusive la artesanal), la fabricacin, el transporte, la fabricacin de ladrillos y la venta al por menor. Las leyes especficas para otros sectores contienen disposiciones especiales adicionales relativas a las inversiones en la pesca, la minera, los bancos y otras actividades financieras no bancarias, y las actividades tursticas se recogen en leyes especficas para los correspondientes sectores; segn afirman las autoridades, en esos reglamentos no hay disposiciones restrictivas ni discriminatorias. El nuevo marco jurdico fomenta la competencia al garantizar el trato nacional en casi todos los sectores para los inversionistas privados y del sector pblico. Desde 1996, no ha habido lmites para la participacin del capital extranjero en los sectores actualmente comprendidos en el mbito de la Ley de Promocin de las Inversiones. En las leyes especficas para los distintos sectores no se prevn lmites para la participacin extranjera en el capital. La Ley de Promocin de las Inversiones da aplicacin a los incentivos fiscales previstos en el reglamento de ingresos fiscales (cuadro II.1). Las ventajas fiscales anteriores seguirn vigentes hasta que se derogue el cdigo fiscal vigente. A la Ley de Promocin de las Inversiones de 2004 se anexar una lista revisada de los incentivos fiscales que pondr en vigor el Parlamento, pero esa lista an no ha sido aprobada por l. Sierra Leona ha previsto tipos impositivos ms favorables sobre la nmina para los inversionistas que den empleo a ciudadanos de los pases de la CEDEAO, e incentivos fiscales para las actividades de elaboracin de productos agropecuarios con un requisito del 60 por ciento de aportacin nacional o de valor aadido (captulo III 3) v)). A efectos de la lista que se prev anexar a la Ley de Promocin de las Inversiones, el territorio se dividir en dos zonas (Zona A - Sierra Leona Occidental; y Zona B - todas las dems regiones de Sierra Leona). Puede aumentarse el capital previsto para la reconstruccin del pas, e incentivos tales como las exenciones fiscales y de derechos. Puede ser que aumenten tambin los incentivos en el sector del turismo, y quiz se establezca un fondo para gastos especiales de investigacin y de formacin. Segn afirman las autoridades, las estimaciones de ingresos fiscales condonados por la concesin de incentivos ascienden a una suma que se sita entre los 10.000 millones y los 12.000 millones de leones durante los dos primeros aos de aplicacin de la Ley de Promocin de las Inversiones. Los inversionistas tienen garantizada la libertad para hacer negocios (eleccin de proveedores, clientes, prestacin de servicios); la libertad de entrada, de residencia, de movimientos y de salida de los expatriados y de sus familias, con sujecin a que se respeten las normas vigentes; la libertad de gestin; la libertad para transferir capitales, e inclusive los beneficios y dividendos debidamente justificados, y los fondos adquiridos a consecuencia de la transferencia o cesacin de las actividades de la empresa, con sujecin a la legislacin vigente; la no aplicacin de medidas de expropiacin; y el derecho a la solucin de las diferencias resultantes de la interpretacin o la aplicacin de la Ley. Si se plantearan litigios acerca de la validez, la interpretacin o la aplicacin de la Ley y la posible determinacin de cualesquiera penalizaciones fiscales por ignorancia o violacin de compromisos, el procedimiento de arbitraje puede aplicarse mediante comn acuerdo entre las dos partes o por: i) referencia a las normas del procedimiento de arbitraje de la Comisin de las Naciones Unidas sobre Derecho Comercial Internacional (UNCITRAL); ii) referencia a cualquier acuerdo bilateral o multilateral sobre proteccin de las inversiones en el que sean parte el Gobierno y el pas del que sea nacional el inversionista; o iii) referencia a cualquier otro dispositivo nacional o internacional para la solucin de litigios sobre inversiones, segn acuerden las partes. Cuadro II.1 Incentivos a la inversin, septiembre de 2004 Medida/CoberturaSituacin actual (No Ciudadanos (Comercio y Negocios) Ley de 1969, y otras leyes)Lista indicativa que ha de anexarse a la Ley de Promocin de las Inversiones, de 2004Impuesto sobre sociedadesTipo general del 35%Zona A: 30%; Zona B: 25%aAgricultura (cultivos frutcolas y alimentarios) y silvicultura (cultivos)Arroz: exento 10 primeros aosExento 10 primeros aosElaboracin de productos agrcolas (60% de contenido local)35%Exento 10 primeros aosElaboracin de productos agrcolas (menos del 60% de contenido)35%10 primeros aos: Zona A - 20%; Zona B - 10%Silvicultura (elaboracin)35%Zona A - 30%; Zona B - 20%TurismoExento de 1 a 5 aosZona A - 25%; Zona B - 20%Amortizacin de prdidasPosible, sujeta a una amortizacin anual mxima del 50% del beneficio de aos sucesivosPosible: la amortizacin mxima anual ha de ser el 50% del beneficio de los aos siguientesDerecho de importacinMaterias primas5% (medicamentos contra el paludismo yVIH, exentos)FranquiciaFbricas y maquinaria5%FranquiciaOperaciones5%FranquiciaTurismoConcesin de franquicia para nueva construccin, ampliacin o renovacin de uno ya existente, aplicable a los materiales de construccin y la maquinaria o equipos no fcilmente accesibles en Sierra Leona durante el perodo de la construccin o rehabilitacini) Concesin de franquicia para las construcciones de nueva aprobacin, la ampliacin realizada, la restauracin de instalaciones y atractivos tursticos, con inclusin de las renovaciones por fuerza mayor, decididas por el Consejo Turstico. Esto se aplica a los materiales de construccin, el mobiliario y el equipo importados, durante los tresprimeros aos o hasta la fecha de terminacinsi es anterior a los tres aos. ii) 50% de reduccin del derecho para mejoras durante los primeros 12 meses de las obras o hastala fecha de su terminacin si el plazo es inferior a 12 meses.Productos intermedios20%20%Vehculos para operaciones5% (entre 0 y 4 aos) 20% (ms de 4 y hasta 10 aos) 30% (ms de 10 aos)5% (entre 0 y 4 aos) 20% (ms de 4 y hasta 10 aos) 30% (ms de 10 aos)Impuesto sobre las ventasFbricas y maquinariaLibre de impuestosLibre de impuestosOtros: a la entrada (impuesto adelantado)17,5%10% en valuacin final17,5% (produccin de ms de 100 millones de Le)17,5% (toda la produccin) vehculos17,5%17,5%Impuesto sobre nminaGeneralNo ciudadanos de la CEDEAO: 1 milln de Le (370 $EE.UU.) por ao; y ciudadanos de la CEDEAO: 100.000 Le (37 $EE.UU.) al aoNo ciudadanos de la CEDEAO: 1 milln de Le (370 $EE.UU.) al ao; y ciudadanos de la CEDEAO: 100.000 Le (37 $EE.UU.) al ao Exentos si la empresa exporta 1 milln de $EE.UU. o ms durante el aoTurismoExento durante los tres primeros aos para capacidades no disponibles o para empleo de hasta seis personasExento si se trata de capacidades no disponibles, durante los dos primeros aos para un personal de hasta tres empleadosPrima para inversiones5% en el primer ao de la nueva adquisicin7,5% en el primer ao de la nueva adquisicinIncentivos a la exportacinImpuesto de consumo/exportacinExento para el 75% de la produccin exportadaExento para el 75% de la produccin exportadaZonas de elaboracin para la exportacinn.d.Se concedern incentivos especialesDevolucin de derechosSe permite para las materias primas incluidas en los bienes exportadosSe permite para las materias primas incluidas en los bienes exportadosGastos de investigacin y de formacin (slo capital de inversiones)n.d.Prima inicial: 40%; anual: 20%Prima por empleo de nacionales (nmina de empleados)n.d.2,5% de los ingresos empresariales estn exentos de impuestos (menos de 51 empleados) 5% de los ingresos empresariales estn exentos de impuestos entre 51 y 100 empleados) 7,5% de los ingresos empresariales estn exentos de impuestos (ms de 100 empleados) n.d. No se dispone de datos. a Zona A: Sierra Leona Occidental; y Zona B: todas las regiones de Sierra Leona excepto las de la Zona A. Fuente: Ley sobre los No Ciudadanos (Comercio y Negocios), de 1969; y Ley N 9: la Ley de Promocin de las Inversiones, de 5 de agosto de 2004. Sierra Leona ha ratificado 6 acuerdos multilaterales sobre inversiones, entre ellos el Conveniosobre solucin de diferencias relativas a inversiones entre Estados y nacionales de otros Estados, de 1965 (desde el 14 de octubre de 1966), y el Organismo Multilateral de Garanta de Inversiones de 1985 (OMGI) (desde el 12 de abril de 1988). En el plano bilateral, ha firmado 3acuerdos y tratados sobre la promocin y la proteccin de las inversiones (con Alemania en 1965, con el Reino Unido en 1981 y 2000, y con China en 2001). Tambin ha firmado acuerdos para evitar la doble imposicin, con cuatro pases (con el Reino Unido en 1947 y 2000, con Dinamarca en1954, con Noruega en 1955 y con la India en 1956). Sierra Leona ha firmado adems 10 acuerdos bilaterales, principalmente sobre cooperacin comercial y 1 sobre promocin de las pesqueras de pequea escala. Zonas de elaboracin para la exportacin Desde 2002, se trata de desarrollar las zonas de elaboracin para la exportacin (ZEE) (captulo III 3) iv)). En 1999 se elabor un proyecto de Ley de la Autoridad de las ZEE, pero nunca se promulg. No hay legislacin en vigor, pero actualmente se estn preparando reglamentos. Segn las autoridades, el 15 de noviembre de 2003 se firm un acuerdo de empresa conjunta con la empresa china Henan Guoji Group Company para desarrollar una zona comercial e industrial situada en un complejo industrial nacional. Esa empresa conjunta recibe el nombre de GuojiInvestment and Development Company, de Sierra Leona. Ya se ha dado cumplimiento a todas las formalidades (incluido el registro) de la zona. En el marco de ese acuerdo, el Gobierno de Sierra Leona facilitar los terrenos, edificios existentes, y otorgar condiciones preferenciales (que no se han precisado a la Secretara) para el establecimiento de la zona. A cambio, el Gobierno tendr en la empresa conjunta una participacin del 18 por ciento del capital social y un puesto de Director en el Consejo. La empresa conjunta se encargar de la construccin y gestin de la zona y tanto los empresarios chinos como los dems, incluidos los de Sierra Leona, podrn alquilar instalaciones/estructuras. Henan Guoji aportar capital al proyecto. Ocuparn la zona compaas dedicadas a la produccin industrial (fabricacin y montaje). Para el centro internacional de muestras y para el almacn bajo control aduanero de la zona se garantizan las mismas condiciones e incentivos que los que se concedern a las dems ZEE. Los incentivos y condiciones aplicables a las empresas situadas en la zona podrn hacerse extensivas fuera de sta a otras empresas caso por caso y dentro del mbito del acuerdo constitutivo de la Henan Guoji Industry and Development Corporation. Anexo II.1: Asistencia tcnica relacionada con el comercio Aspectos generales En 2003, Sierra Leona fue el primer Miembro de la OMC que se benefici de los servicios de consulta sobre poltica comercial de la OMC, recientemente establecidos, que hicieron una evaluacin de las necesidades de asistencia tcnica relacionada con el comercio, del pas. Sierra Leona no se ha beneficiado todava del programa actualizado del Marco Integrado (MI), pero en octubre de 2004 se hizo un examen tcnico como primer paso para incluir al pas en el proceso del MI. Sierra Leona no ha participado todava en el Programa Integrado Conjunto de Asistencia Tcnica (JITAP). La OMC inici varias actividades de asistencia tcnica relacionada con el comercio para ayudar a Sierra Leona en 2004 y se prevn nuevas actividades para 2005. Las acciones se centran en lo siguiente: desarrollo de recursos humanos; creacin de capacidad institucional; apoyo para la aplicacin de los Acuerdos de la OMC; y apoyo para la participacin en el Programa de Doha para el Desarrollo (PDD). El desarrollo del comercio internacional en Sierra Leona se ve favorecido tambin en los planos nacional y regional (CEDEAO, UEMAO y MRU) por varios asociados para el desarrollo como los organismos especializados de las Naciones Unidas (FAO, PNUD, ONUDI), el Banco Mundial, la Unin Europea, el Departamento del Gobierno Britnico encargado de la promocin del desarrollo y la reduccin de la pobreza, y el Organismo de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), el Organismo Canadiense para el Desarrollo Internacional (CIDA) y la Secretara del Commonwealth, y otros socios bilaterales. Organismos no gubernamentales realizan tambin diversas actividades. Actuacin de la OMC desde 1995 Entre enero de 1995 y agosto de 2004, funcionarios de Sierra Leona tomaron parte en 14seminarios, 18 talleres y 6 cursos de formacin regionales organizados por la Secretara de la OMC sobre diversos aspectos del sistema multilateral de comercio. Adems, hubo 2 misiones tcnicas de la OMC a Freetown y se celebr en el pas 1 seminario nacional en relacin con la aplicacin del Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF). Como antes se ha dicho, el primer servicio de consulta sobre poltica comercial, de la OMC, se celebr en Freetown, en agosto de 2003. En2001 y 2003, dos funcionarios de Sierra Leona tomaron parte en los cursos de poltica comercial organizados en Ginebra por el Instituto de Formacin y Cooperacin Tcnica, de la OMC. En noviembre de 2003, se estableci, en el Ministerio de Comercio e Industria, un centro de referencia para la OMC. Segn las autoridades, el centro de referencia ha sido muy til para las autoridades gubernamentales y para los investigadores de las comunidades acadmica y empresarial. El establecimiento de un centro de referencia en las instituciones de formacin se considera muy importante para difundir informacin sobre el sistema multilateral de comercio, entre los estudiantes y las instituciones acadmicas. Desde noviembre de 2003, adems del personal del Ministerio de Comercio e Industria, han utilizado el centro de referencia ms de 100 personas. Planes de actuacin de la OMC para 2004 y 2005 En los Planes de Asistencia Tcnica y Formacin, de la OMC, para 2004 y 2005, se prev la participacin de funcionarios de Sierra Leona: en cursos de poltica comercial impartidos en Ginebra; en cursos de poltica comercial regional; en cursillos de poltica comercial sobre el Programa de Doha para el Desarrollo; en seminarios o talleres sobre diversas cuestiones, de mbito regional y subregional; tcnicas de negociacin; reuniones para promover la conciencia entre los parlamentarios; y otras varias actividades en la Sede de la OMC. Consideraciones para la actuacin de la OMC Las autoridades tratan de fortalecer las actuaciones para contribuir a que los formadores y expertos del comercio internacional comprendan el sistema multilateral de comercio. Para ello, se refuerzan y prosiguen los cursos de formacin, los cursos de poltica comercial y las reuniones tcnicas, que se centran ms en los pases. Como suceda en el pasado, en estas actividades deben abordarse asuntos tales como las notificaciones, la aplicacin de los Acuerdos de la OMC, y el PDD. La labor preparatoria para ese Examen de la Poltica Comercial hizo que las autoridades fueran ms conscientes de los problemas de coordinacin entre organismos en relacin con diversos problemas del comercio y relacionados con el comercio. En l se manifest tambin claramente la necesidad de una pronta asistencia tcnica en cuestiones de valoracin en aduana, MIC y ADPIC que afectan a laOMC y a otros organismos internacionales especializados, como la OMA (Organizacin Mundial de Aduanas) y la Organizacin Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Otro tipo de actuacin sera prestar apoyo al establecimiento de ms centros de referencia. En lo que respecta al centro actual, sus necesidades se refieren al mantenimiento del equipo, la formacin de los usuarios, y la actualizacin de la base documental. Las autoridades desean que se establezca un Centro Nacional de Informacin, que se encargue de preparar las notificaciones de los requisitos tcnicos, las MSF, y las dems normas utilizadas en Sierra Leona.  Ms informacin disponible en: http://www.statehouse-sl.org [29 de junio de 2004].  En virtud de la Ley N 6 de 1991, que entr en vigor el 1 de octubre de 1991, se revoc la Ley N 12 de 1978 (Europa, 2003).  La Constitucin se modific para permitir la celebracin de elecciones parlamentarias sobre la base del sistema de representacin por distritos en lugar de por circunscripciones.  Con un porcentaje de al menos el 55 por ciento de los votos, el Presidente es elegido directamente en la primera vuelta.  En marzo de 1996, en las primeras elecciones celebradas en Sierra Leona desde 1967, fue elegido Presidente Ahmad Tejan Kabbah, que alcanz un acuerdo de alto el fuego con el Frente Unido Revolucionario. En mayo de 1997, un golpe militar oblig al Presidente Kabbah a exiliarse en Guinea. En abril de 1998, fue destituida la junta de gobierno del Consejo de Mando de las Fuerzas Armadas, lo que facilit el regreso del Presidente Kabbah a Sierra Leona. El 6 de enero de 1999, los rebeldes lanzaron una ofensiva sobre Freetown, pero fueron rechazados dos semanas despus. Entre enero de 1999 y septiembre de 2001 el pas vivi fuertes disturbios. Los mandatos del Presidente Kabbah y del Parlamento expiraban en 2000, pero se ampliaron seis meses de conformidad con los poderes especiales previstos en la Constitucin para momentos de crisis de la seguridad. Estos mandatos se prolongaron seis meses ms, celebrndose a continuacin elecciones presidenciales y legislativas, en mayo de 2002, bajo la supervisin de las Naciones Unidas (Europa, 2003).  El Gran Jefe es elegido por un colegio electoral de los consejeros del territorio, cada uno de los cuales representa a 20 contribuyentes del territorio. Este cargo es vitalicio. Cada distrito enva al Parlamento un Gran Jefe, que es elegido por los consejeros de los diversos territorios del distrito. Este Gran Jefe ejerce sus funciones en el Parlamento por un perodo de cinco aos, y puede ser reelegido por tantos perodos como juzguen oportuno los consejeros de los territorios del distrito. De conformidad con la Constitucin, los Grandes Jefes slo pueden ser destituidos por el Presidente en casos probados de conducta inadecuada.  El Tribunal de Apelacin es competente para conocer y decidir sobre los recursos contra las decisiones del Tribunal Superior en cuestiones penales y civiles. Frente a las decisiones del Tribunal de Apelacin cabe interponer recurso ante el Tribunal Supremo. Est compuesto por no menos de siete magistrados y lo convoca cualquiera de los magistrados de apelacin. Los magistrados permanecen en activo hasta la edad de 65 aos.  El Tribunal Superior de Sierra Leona tiene competencia directa e ilimitada en las cuestiones penales y civiles. Est compuesto por magistrados y jueces que llevan en ejercicio no menos de 10 y de 8 aos respectivamente. Ejercen hasta los 65 aos. Pueden continuar en activo pasada esta edad en situaciones de escasez importante de magistrados y jueces. El Tribunal Superior desempea funciones de tribunal de apelacin contra las decisiones de los tribunales de magistrados. En los casos penales, la competencia de los tribunales de magistrados se limita a los procedimientos sumarios y a las investigaciones preliminares para determinar si se ha de procesar a una persona acusada de un delito.  Artculo 135 de la Constitucin.  Artculo 146 de la Constitucin, Ley N 2 de 1997 sobre el Defensor del Pueblo, de 25 de marzo de1997.  Office of the Ombudsman(2002) y (2003).  Ley de Gobiernos Locales de 4 de marzo de 2004. Las regiones son: la zona Occidental, que comprende la capital Freetown y sus alrededores, y las 3 provincias, a saber, la Septentrional, la Oriental y la Meridional, que comprenden 12 distritos.  El partido en el poder (Partido del Pueblo de Sierra Leona) gan en una mayora de 17 de los 19consejos locales; el principal partido de la oposicin (Partido de Todos los Pueblos) obtuvo la mayora en Freetown. Las elecciones de los consejos locales tienen lugar cada cuatro aos.  Discurso inaugural de su Excelencia Dr. Alhaji Ahmad Tejan Kabbah, Presidente de la Repblica de Sierra Leona, con ocasin de la apertura oficial de la Primera Sesin del Primer Parlamento de la Tercera Repblica, Freetown, 12 de julio de 2002. Disponible en: http//www.sierra-leone.org/kabbah071202.html [4denoviembre de 2004].  Establecida por el Decreto N 23 de 1993. La Corporacin para la Inversin y el Desarrollo de las Exportaciones de Sierra Leona, institucin autnoma que opera bajo la supervisin del Ministerio de Comercio e Industria, es el centro nacional de coordinacin para el desarrollo y promocin de las exportaciones.  Informacin disponible en: http://www.statehouse-sl.org [22 de junio de 2004].  Law Reform Commission (2004).  Ley de 1994 relativa a la Comisin de Reforma de la Legislacin, modificada en 1996.  El Acuerdo sobre la OMC se ratific en 1995, pero parece que falta el instrumento de ratificacin. (WT/LET/24, 28 de junio de 1995.)  Documento G/L/223/Rev.11 de la OMC, de 18 de junio de 2004.  Documento G/MA/IDB/2/Rev.18 de la OMC, de 26 de marzo de 2004.  WT/MIN(03)/ST/115, de 13 de septiembre de 2003.  En relacin con las negociaciones multilaterales en el marco del Programa de Doha para el Desarrollo, los Estados miembros de la CEDEAO han adoptado una posicin comn en lo referente a las subvenciones de las exportaciones de algodn por algunos pases desarrollados Miembros de la OMC (OMC,2004; y WT/CG/74, 10 de noviembre de 2003).  Prrafo b) del artculo 10 del captulo II (Principios fundamentales de la poltica del Estado) de la Constitucin de 1991. Disponible en: http://www.statehouse.sl.org/ [29 de junio de 2004].  Informacin disponible en: http://www.africa-union.org [22 de junio de 2004] y http://www.nepad.org [22 de junio de 2004].  La Carta por la que se establece la OUA fue firmada el 25 de mayo de 1963. El Acta de Constitucin de la Unin Africana se adopt en la Cumbre de la OUA, en julio de 2000, en Lom (Togo). La Unin Africana, heredera de la OUA, fue proclamada en Lusaka, Zambia, el 11 de julio de 2001, previa ratificacin del Acta de Constitucin por 44 de los 53 Estados miembros de la OUA.  El marco institucional de la UA comprende: el Consejo de Paz y Seguridad (protocolo ratificado), la Comisin (creada en julio de 2003), el Parlamento Panafricano (protocolo ratificado), un Banco Central, un Fondo Monetario, el Banco Africano de Inversiones, el Tribunal de Justicia (su Estatuto est ya preparado), el Consejo Econmico, Social y Cultural (ECOSOCC) (su Estatuto est ya preparado) y diversos comits tcnicos especializados. Informacin disponible en: http://www.africa-union.org/home/Welcome.htm [6 de octubre de2004]. Segn las autoridades, Sierra Leona prepara la ratificacin de los comits tcnicos.  Westminster Foundation for Democracy (2000).  Liberia y Sierra Leona firmaron el Tratado de la Unin del Ro Mano el 3 de octubre de 1973; Guinea entr en la Unin en 1980.  El Tratado por el que se establece la CEDEAO se firm el 28 de mayo de 1975. La CEDEAO est constituida actualmente por 15 pases: Benin, Burkina Faso, Cabo Verde, Cte d'Ivoire, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bissau, Liberia, Mal, Nger, Nigeria, Senegal, Sierra Leona y Togo. Mauritania se retir en2000.  CEDEAO (2000a).  CEDEAO (2000b).  El mecanismo se estableci mediante el Protocolo sobre la aplicacin de la compensacin, adoptado el 5 de abril de 2002. Sus recursos provienen de la aplicacin de un gravamen de solidaridad comunitaria (0,5por ciento del valor de las importaciones provenientes de fuera de la CEDEAO) que se aplica en todos los pases del frica Occidental desde el 1 de julio de 2003.  Firmaron el Tratado de la UEMAO, el 11 de enero de 1994, Benin, Burkina Faso, Cte d'Ivoire, Mal, Nger, Senegal y Togo; Guinea-Bissau se incorpor al Tratado el 1 de enero de 1997 (OMC, 2004).  Protocolo sobre la definicin del concepto de "productos de origen", adoptado por la UEMAO el 5de abril de 2002. Tambin se han armonizado las definiciones de valor aadido, procedimientos de aprobacin y documentos conexos (por ejemplo, certificados de origen).  Cuadragsimo sptimo Consejo de Ministros de la CEDEAO, diciembre de 2000, Comunicado de Prensa N 105.  Ministry of Development and Economic Planning (2001); y CEDEAO (2000b).  Los dems participantes son Gambia, Ghana, Guinea, Liberia y Nigeria.  FMI (2001).  Decisin A/Dec.11/12/01.  Los pases donantes en el marco del SGP son: Australia, Belars, Bulgaria, Canad, Estados Unidos, Federacin de Rusia, Hungra, Japn, Noruega, Nueva Zelandia, Polonia, Repblica Checa, Repblica Eslovaca, Suiza, y la UE(15) (UNCTAD, 2001).  El Acuerdo sobre el SGPC trata de promover y apoyar el comercio recproco y el desarrollo de la cooperacin econmica entre pases en desarrollo, mediante el intercambio de concesiones de conformidad con las disposiciones del Acuerdo. En l se prev la negociacin de preferencias arancelarias en el comercio entre sus miembros y la posibilidad de negociar preferencias no arancelarias. Informacin disponible en: http://www.g77.org/gstp/# [6 de octubre de 2004].  Reglamento de la CE N 416/2001, de 28 de febrero de 2001, y Reglamento del Consejo (CE) N2501/2001.  Reglamentos de la CE Nos 1381/2002 y 1401/2002 aplicables a los contingentes para el azcar y el arroz respectivamente (Comisin Europea, actualizacin de 2004).  Informacin disponible en: http://www.agoa.gov [23 de junio de 2004].  La AGOA se aplica a 6.400 lneas arancelarias, entre ellas productos elaborados, semielaborados, prendas de vestir y productos textiles, y determinados productos agropecuarios, pesqueros y productos primarios industriales.  Ley de Comercio y Desarrollo de los Estados Unidos, de 2000, modificada por la Ley de Comercio, de agosto de 2002.  En 2004, 37 pases pudieron acogerse a los beneficios de la AGOA: Angola, Benin, Botswana, Camern, Cabo Verde, Chad, Repblica del Congo, Cote d'Ivoire, Repblica Democrtica del Congo, Djibouti, Etiopa, Gabn, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bissau, Kenya, Lesotho, Madagascar, Malawi, Mal, Mauritania, Mauricio, Mozambique, Namibia, Nger, Nigeria, Rwanda, Santo Tom y Prncipe, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sudfrica, Swazilandia, Tanzana, Uganda y Zambia. Veinticuatro pases pudieron optar a las ventajas relativas a las prendas de vestir: Benin, Botswana, Camern, Cabo Verde, Cote d'Ivoire, Etiopa, Ghana, Kenya, Lesotho, Madagascar, Malawi, Mal, Mauricio, Mozambique, Namibia, Nger, Rwanda, Senegal, Sierra Leona, Sudfrica, Swazilandia, Tanzana, Uganda y Zambia.  Informacin disponible en: http://www.agoa.gov [23 de junio de 2004].  El Acuerdo se firm en Cotonou el 23 de junio de 2000 y entr definitivamente en vigor el 1 de abril de 2003 tras su ratificacin. El Acuerdo sustituy al Convenio de Lom, que estaba vigente desde 1975 y cuya cuarta prrroga haba expirado a finales de febrero de 2000.  Documento WT/MIN(01)/15 de la OMC, de 14 de noviembre de 2001. La exencin de la OMC (WT/L/186, 18 de octubre de 1996), por la que se ampliaba la exencin del artculo I (NMF) del GATT al Cuarto Convenio de Lom concertado entre los pases ACP y la CEE (documento L/7694 del GATT), expir el29 de febrero de 2000.  Segn la UE, no se toma en consideracin la opcin del SGP. Hay que sealar que el esquema SGP revisado, actualmente en vigor, incluye la iniciativa "Todo menos armas", en favor de los pases menos adelantados.  Comunicado de Prensa de la Direccin General de Comercio de la Comisin Europea, 3 de octubre de 2003. Disponible en: http://www.europa.eu.int [23 de junio de 2004].  Comunicados de Prensa de la CEDEAO N 26/2003 (20 de abril de 2003) y N 31/2003 (25 de abril de 2003).  CEDEAO (2000b).  Por los conflictos polticos y los aos de la guerra civil, los niveles de las IED fueron bastante bajos (UNCTAD, 2004).  "Informe oficial de 2001 sobre el Desarrollo y la competitividad del sector privado en Sierra Leona" citado en el Ministry of Development and Economic Planning (2004) (se prev que se aprobar en diciembre).  Ley N 9, Ley de Promocin de las Inversiones, 5 de agosto de 2004.  El Tribunal est compuesto por un juez en dedicacin completa, que pude aplicar multas de hasta200.000 leones y decretar penas de prisin de hasta dos aos.  Garanta de que el Estado de Sierra Leona no adoptar medida ninguna para expropiar las inversiones realizadas, salvo en los casos especiales para los fines pblicos establecidos en la Constitucin Nacional y en la legislacin. Las medidas de expropiacin pueden consistir en hacerse cargo de la mayora de las acciones, o del funcionamiento de la compaa. La compensacin se har segn decida el Tribunal Internacional de Solucin de Litigios sobre Inversiones.  Cuando un litigio entre un inversionista y una parte no gubernamental respecto de una empresa no se soluciona de manera amistosa, el asunto se remite, para su solucin, a la autoridad jurdica competente en SierraLeona, de conformidad con las leyes y reglamentos por los que se rigen esas transacciones.  Los otros acuerdos son: el Convenio por el que se establece la Corporacin interarbica de garanta de las inversiones, de mayo de 1971 (desde abril de 1974); el Acuerdo para la promocin, proteccin y garanta de las inversiones entre los Estados miembros de la Organizacin de la conferencia islmica, de 1 de junio de1981 (desde el 23 de septiembre de 1986); el Acuerdo unificado para la inversin de capital rabe en los Estados rabes, de 1982; el Acuerdo de la Corporacin islmica de seguros de las inversiones y de crdito a la exportacin, de 19 de febrero de 1992 (desde el 1 de agosto de 1994).  UNCTAD (2004).  En la actualidad hay acuerdos bilaterales vigentes con: Argelia, Checoslovaquia, Repblica Federal de Alemania (1980), Hungra (1973), Guinea, Repblica Popular de China, Repblica de Corea, Togo, y Reino Unido e Irlanda del Norte (1981).  El complejo industrial nacional era anteriormente un complejo de reparaciones para los ferrocarriles y en l haba maquinaria pesada. Cuando los ferrocarriles dejaron de utilizarlo, este complejo se utiliz como centro de produccin de herramientas bsicas, como las de carpintera. Durante la guerra civil las mquinas quedaron prcticamente destruidas y el complejo fue abandonado.  En su reunin de los das 29 y 30 de junio de 2004, el Grupo de Trabajo del Marco Integrado pidi al Banco Mundial que hiciera un examen tcnico de Sierra Leona.  Los organismos de aplicacin son el Centro de Comercio Internacional (CCI), la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) y la OMC.  Este anexo se ha preparado recurriendo, entre otros elementos, a la informacin facilitada por las autoridades de Sierra Leona y los datos disponibles en la base de datos para la asistencia tcnica (Instituto de Formacin y Cooperacin Tcnica de la Secretara de la OMC).  Estas actividades estuvieron relacionadas con lo siguiente: comercio y medio ambiente; la Base Integrada de Datos (BID) y la Lista Arancelaria Refundida (LAR); el Programa de Doha para el Desarrollo y los preparativos para Cancn; las medidas sanitarias y fitosanitarias; los obstculos tcnicos al comercio; el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios; la agricultura; las prcticas y procedimientos de solucin de diferencias; el acceso a los mercados; la valoracin en aduanan; el examen de las polticas comerciales; los textiles; la reglamentacin de las telecomunicaciones; la aplicacin de normas; la poltica de competencia; las compras del sector pblico; el comercio y las inversiones; el comercio y la competencia; y el centro de referencia.  Los servicios de consulta sobre poltica comercial son actividades especiales que persiguen la finalidad de ayudar a dar respuesta a los asuntos de poltica comercial identificados por los Miembros, y hacen el diagnstico y dan recomendaciones prcticas sobre cmo pueden abordarse esos problemas (WT/COMTD/W/117, 16 de junio de 2003). El segundo servicio de consulta sobre poltica comercial, de laOMC, tuvo lugar en Angola del 26 al 28 de mayo de 2004.  Documento WT/COMTD/W/119/Rev.2/Add.1 de la OMC, de 12 de diciembre de 2003.  Con inclusin de la Semana en Ginebra. A estos actos especiales que duran una semana, asisten los representantes de los Miembros de la OMC que no tienen una misin permanente en Ginebra. La finalidad perseguida es informar a esos Miembros y observadores de los acontecimientos recientes que han tenido lugar en la OMC. Desde 1999, se han celebrado nueve Semanas en Ginebra (una por ao entre 1999 y 2001, y dospor ao desde 2002). WT/TPR/S/143 Examen de las Polticas Comerciales Pgina  PAGE 18 Sierra Leona WT/TPR/S/143 Pgina  PAGE 31 Pague III. PAGE \* MERGEFORMAT 17 WT/TPR/S/143 Examen de las Polticas Comerciales Pgina  PAGE 36 Sierra Leona WT/TPR/S/143 Pgina  PAGE 37 .1BCK N h l o # eh '()*1234<>38[{78=>jh hW0J0UaJ jh hW0J05UaJh9Thfq~h h80 PJh hWPJ h h80 h hW h h3 h h! h hH@CR" : ?S i&&&+,0804 459H=gd gd gd80 gd80 gd80 gdfq~gdfq~gdfq~gdfq~j  >MPQR  beCFwzFI"YZ~NQ\ _ !W!X!Z!("+"""R#U#`#a#$$=%h{z$ h h h h80 h h3jh hW0J0UaJ h hWR=%@%%%%%*&-&g&h&H'K'''''''( ((((((6(9({(~((((((())V))))i*l***e,h,---s.t.v...0000%1&1;1p1q1x111111111ؿ h h;ihF+hGg[h3h hWPJha{ h h80 jh hW0J0UaJh{z$ h hW h h3H111O2R22233]3`333333344444455666667777798<888989G9M9s99998:P:S::::;;;;;0<3<9<ǽǬǣǚǣǣh h80 PJh h3PJ!jh hW0J0PJUaJhRhW6PJh hWPJjh hW0J0UaJhRhW6 h h hR h h3 h hW<9<:<<<<<<F=G=H====Z>]>>>Q?T?@@YAcAdAgAAA4B7BLBMBBBBBC?CtCwCCCDDTDtDDDDE"E#E"F%FdFgFFFFϹϵϹϹϹϹϵϹϮϣϹϹϹϮϚϹϹh h aJh hWaJh hWnH tH  h h h-4 h h3jh hW0J0UaJ h hWh h;iPJh h PJh h3PJh hWPJ hRPJ9H=BBBBD#EYJKLLMM)PSSTVVX[a` bc1d|fff$gdVvg$gd gd gd gd FSGVG|HHHHIIVJWJXJJJKKKKKKKKLLMMMMMMoNpNrNNN9O:Or@rrrr[s h h_1 h hMh hWaJh hW6aJjh hW0J0UaJhn h h h hW h h3H[sbsrssssctfttt'u*uQvTvvv5w6wewfwhwww`xcxxxx!y'yyyyyyLzOz{{{{||(|)|+|K|_|||}|||}}} }+}j}}}}}A~E~~~ƽƫƫƥ haJh h3aJh hMaJh h~aJh hWaJjh hW0J0UaJh hWPJhh&` h hk} h hW h h3A~~~ :=EHloāiMP|SV…Ņ%DEJMy|ц҆ӆ̇χÉƉϊҊ|} h hq h h3 h hWh hW6 haJh h~aJh h3aJjh hW0J0UaJh hWaJF=CяԏWZ;>TWMP{|Y\*+LMQRhiøíääíííh#(5CJaJh hWCJaJh hqCJaJh hW5CJaJjh hW0J0UaJh#( h hqh hWPJ h h3 h hW>*+<YEE$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl44F &p#  J  t0    4 lalf4$ <<$Ifa$gd86$gdq #),/0 '(cfmnru|}qtțޛ'13HgqRYorڞiƟǟ꫿h h865CJaJhSfPCJaJh hW5CJaJh#(CJaJh h86CJaJh hWCJH*aJh hWCJaJh h3CJaJC12}`kd$$Ifl4F &p#  J  t0    4 lalf4$ (($Ifa$gd86t```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4OSt``H$ (($If]a$gd86$ (($Ifa$gd86kdP$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4t```$ (($Ifa$gd86kd $$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4ǚܚt```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4jǛt```$ (($Ifa$gd86kd{$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4Ǜțߛt```$ (($Ifa$gd86kd4$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4'2t```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf423ILWt```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4WXdgrt```$ (($Ifa$gd86kd_$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4rs{~ȟt``H$ (($If]a$gd86$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4ȟɟߟt```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4Mt```$ (($Ifa$gd86kd $$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4t```$ (($Ifa$gd86kdC $$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4ˠޠt```$ (($Ifa$gd86kd $$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4ʠ()hjۡޡߡ!),0?Z]^lqr 5Dce )*.?CQTWhE"CJaJh h865CJaJh hlCJaJh hW5CJaJh hE"CJaJh h3CJaJh h86CJaJh hWCJaJB#'t```$ (($Ifa$gd86kd $$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4'(<lt_G3$ (($Ifa$gd86$ (($If]a$gd86$ (($Ifa$gd86kd $$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4t_KK$ (($Ifa$gd86$ (($Ifa$gd86kdQ $$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4t```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4@t```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4yt```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4 6dt```$ (($Ifa$gd86kdC$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4det___$$ (($Ifa$gd'kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4Ҥt```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4*/St```$ (($Ifa$gd86kdn$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4STkt```$ (($Ifa$gd86kd'$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4?Dft\HH$ (($Ifa$gd86$ (($If]a$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4WZ_b§ʧͧ/0678ru{~¨èި#i:<ժ֪ت<\*+긱 h hIjh hW0J0UaJ h h3hE" h hW h h'h hW5CJaJh hW6CJaJh h'CJaJhE"CJaJh hWCJaJh h3CJaJ8fgt```$ (($Ifa$gd86kd$$Ifl4F &p#  J t0    4 lalf4§/0¨è-tooooobo]gd4R 0^`0gd'gd'kdR$$Ifl4F &p#  J  t0    4 lalf4 +,-V¬Ŭ TUWfBEmpDZʱz{|}̳ڴݴ]^ ۶ûڥڡڡښڡ h hH5hH5hE"h hW5aJh h35h hW5h hWaJ h h4R h h3 h hWhE"hW6 h h-_jh hW0J0UaJ<-Vo{|}̳Nnj3VjBgdfq~gd gd'4  & Fl hgd'4$gd'4gd-_gd4Rgd4R$gd4R۶޶"%WZ NlmnĺźӺԺߺefhuw #$'IJUVdemn߽ܽps123mo or!$EFSTUV$hBohH5 h h'4jh hW0J0UaJh hW5aJ h hW h h3N$%03fiX[69hijk|@ABCst?@0BCŲťh0Kh hCJjh h0J0CJUh h hjh h0J0U h h h h'4 h hW h h3 h hbahbaAABsAB:;Z[89Bgd-_ `gdfq~Bgdfq~Bgdfq~C;<[\9:;QZ[9:;<z{DE xyz,-fgyzCDEr9:jh h0J0CJU h#hjh#h0J0Uh0Kjh h0J0Uh h hK9YZ:;yzCD xy+,efxBgd-_xyBC89'`gd-_Bgd-_:QS() YfK45 !"45$Q ,kl@Atupqef  ٷjh h0J0CJUh0Kh hnH tH h h hjh h0J0Uh hCJH*h hCJH'( 34 !34j`gd-_Bgd-_jk?@ste     Bgd-_ MNUVcdno8>@d-.9:HIQR    Q R Y \ j                       , hh5h0KmHnHujhhU hhh0Khjh h0J0U h hL       gddkd$$IfFD##04 Fap $Ifgd         ! 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Num. - WTOF & F hPOrP TPR1st page titleG$a$ 5CJ$KH$DOD Tpr-Note 1st pageH&d = Q Y~Wg%s&-./15:>WBEEoF9GKKO'TTBUUUVYYZ[\_m``b&ccd3efg=jjeoq(tv w{|{բ+Tle1T  !"#$%&'()*+,-./0123456789:;<=>?@AW *_  B A|HR?"bn %!n!}!!"e$$t%%&'-*w*+,-L...F/0`012 4r66w789D:X;e>1@@6B9B}>CR": ? 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