ࡱ> @ bjbjצצ 70B*ppp64jjj~jKjKjK8K^LT~ZyhLL:LLLL Q46Rxxxxxxx$zR}xjRLLRRxjjLLy]]]R jLjLx]Rx]]}mjjvLL `9jK[$v(w *y0Zy9vL}]~Pv~~jjjj}db~4jvHRR]RRRRRxx~"$F6$](~"F6RGIMEN COMERCIAL Y DE INVERSIONES Panorama General Desde el anterior Examen realizado en 1999, se han producido varios cambios importantes en el marco jurdico e institucional de Bolivia. Tambin ha habido inestabilidad poltica y social, lo cual ha repercutido negativamente en la economa (vase adems el captulo I). La poltica comercial de Bolivia se formula principalmente a nivel nacional. En mayo de2005, Bolivia adopt un programa de polticas que tiene por objeto, entre otras cosas, reforzar su participacin en los procesos de integracin, abrir nuevos mercados de exportacin, promover la inversin, y consolidar la alianza con el sector privado. Para mejorar el acceso efectivo a los mercados extranjeros, Bolivia trata asimismo de mantener y mejorar las preferencias y hacer ms progresos en la facilitacin del comercio. Adems est elaborando una nueva estrategia de exportacin para aumentar y diversificar la produccin de bienes y servicios exportables. Bolivia, Miembro de la OMC desde septiembre de 1995, participa activamente en el sistema multilateral de comercio y ha hecho varias propuestas en el marco del Programa de Doha para el Desarrollo. Desde su ltimo Examen, Bolivia ha presentado un nmero elevado de notificaciones a la OMC. Ha hecho uso del mecanismo de solucin de diferencias de la OMC (como tercero) en un caso relativo a las preferencias comerciales. Bolivia es miembro fundador de la Comunidad Andina. Participa en la Asociacin Latinoamericana de Integracin (ALADI), donde ha suscrito acuerdos de complementacin econmica con Chile, Cuba, el MERCOSUR y Mxico. Participa en calidad de observador en las negociaciones de un tratado de libre comercio entre los Estados Unidos, por una parte, y Colombia, el Ecuador y el Per, por otra. Bolivia se beneficia de las preferencias unilaterales otorgadas por la Unin Europea y los Estados Unidos, entre otros. Tambin se ha beneficiado de diversas actividades de asistencia tcnica organizadas en el marco de la OMC y de otros foros. La Constitucin de Bolivia garantiza la propiedad privada velando que el uso de la misma no sea perjudicial para el inters colectivo. En general, los inversores extranjeros reciben trato nacional, salvo en zonas prximas a fronteras internacionales (50 kilmetros de las fronteras) o sealadas en la legislacin. Bolivia ofrece garantas a los inversores extranjeros a travs de acuerdos bilaterales sobre inversiones, acuerdos de libre comercio y compromisos contrados en el marco del AGCS. La ampliacin de estos ltimos aportara mayor previsibilidad al rgimen de inversiones de Bolivia, reduciendo los riesgos y costos y, en consecuencia, fomentando la atraccin de la inversin extranjera. Formulacin y Aplicacin de la Poltica Comercial Marco jurdico e institucional general Desde el anterior Examen realizado en 1999, el marco jurdico de Bolivia ha experimentado varios cambios. La Constitucin de Bolivia se modific en 2004, pero estas modificaciones no afectaron directamente al comercio. El Poder Ejecutivo es ejercido conjuntamente por el Presidente y los Ministros de Estado. ElPresidente y el Vicepresidente son elegidos al mismo tiempo por un perodo no renovable de cincoaos; sin embargo, pueden ser reelectos despus de transcurrido cuando menos un perodo constitucional. Los Ministros son nombrados por Decreto del Presidente. La Constitucin otorga al Presidente facultad para, entre otras cosas, presentar el presupuesto al Congreso para su aprobacin, conducir las relaciones exteriores, y negociar tratados internacionales. El Poder Legislativo en Bolivia reside en el Congreso Nacional compuesto de dos Cmaras. La Cmara Baja, es decir, la Cmara de Diputados, est compuesta por 130 miembros, y el Senado por27 (tres senadores por Departamento). Tanto los diputados como los senadores son elegidos por un perodo de cinco aos y son reelegibles. El Congreso est presidido por el Vicepresidente. El Poder Legislativo tiene autoridad para, entre otras cosas, aprobar el presupuesto e imponer contribuciones de cualquier clase o naturaleza. Los niveles arancelarios son propuestos por el Poder Ejecutivo y aprobados por el Poder Legislativo. Bolivia est organizada poltica y administrativamente en nueve departamentos. stos se encargan, entre otras cosas, de la aplicacin de la legislacin nacional y gestionan sus recursos financieros. La jerarqua de la legislacin boliviana es, en orden decreciente, la Constitucin, las leyes nacionales, y los instrumentos jurdicos adoptados por el Poder Ejecutivo: los decretos supremos, las resoluciones supremas, las resoluciones multiministeriales, las resoluciones biministeriales, las resoluciones ministeriales y las resoluciones administrativas. Los tratados internacionales suscritos por el Presidente y ratificados por el Congreso pasan a formar parte del ordenamiento jurdico nacional y pueden ser invocados en los tribunales nacionales. El Congreso no modifica los acuerdos internacionales suscritos por el Ejecutivo. El Poder Judicial es ejercido por la Corte Suprema de Justicia de la Nacin, el Tribunal Constitucional, las Cortes Superiores de Distrito, los tribunales y jueces de instancia y dems tribunales y juzgados que establece la ley. La Corte Suprema est integrada por 12 jueces y el Presidente, que son elegidos por el Congreso Nacional por un perodo de 10 aos. El Tribunal Andino de Justicia controla la legalidad de las disposiciones de la Comunidad Andina mediante la accin de nulidad; este Tribunal tambin interpreta las leyes de la Comunidad Andina para asegurar la aplicacin uniforme de stas en el territorio de los pases miembros y dirime las controversias. Durante el perodo objeto de examen, la inestabilidad poltica y social en Bolivia condujo a la dimisin de dos Presidentes de la Repblica, en octubre de 2003 y junio de 2005. Esta ltima dimisin tuvo lugar en el contexto de un complejo programa que inclua el establecimiento de una Asamblea Constituyente, un referndum sobre la autonoma regional y la explotacin de los hidrocarburos. Las elecciones generales adelantadas para elegir el Presidente, el Vicepresidente, y los senadores y diputados estn previstas para el mes de diciembre de 2005. La fecha de convocatoria a la Asamblea Constituyente y el referndum sobre las autonomas est fijada para el primer domingo de julio de 2006. La inestabilidad ha repercutido negativamente en la economa boliviana (vase tambin el captulo I). Segn el Fondo Monetario Internacional, no ha habido crecimiento porque las reformas realizadas no han logrado alterar fundamentalmente el carcter del Estado y mejorar el entorno empresarial, mientras que la oposicin poltica a reformas estructurales decisivas y la presin de varios grupos de inters han contribuido a que Bolivia siga teniendo que hacer frente a una fragilidad fiscal y financiera permanente. En el perodo objeto de examen, Bolivia tambin ha luchado contra la corrupcin, en particular, a travs de la creacin en 2003 de la Delegacin Presidencial Anticorrupcin (DPA). En enero de 2004, la DPA adopt el Plan de Accin Anticorrupcin 2004-2007 que tiene por objeto contribuir a lograr la transparencia de la gestin pblica. Formulacin y objetivos de la poltica comercial Desde 1999 se han introducido varios cambios en la estructura de la formulacin de la poltica comercial. En 2003 se reorganiz el Poder Ejecutivo de conformidad con la Ley N 2.446 de 12 de marzo de 2003 y sus Decretos Supremos reglamentarios N 26.973 de 27 de marzo de 2003 y N27.230 de 31 de octubre de 2003. En el marco de la nueva estructura del Poder Ejecutivo, la institucin encargada de la coordinacin de todas las polticas de desarrollo econmico, social y humano y, en general, de la formulacin y aplicacin de las polticas es el Consejo Nacional de Poltica Econmica y Social (CONAPES). La Secretara Tcnica del CONAPES es la Unidad de Anlisis de Polticas Sociales y Econmicas (UDAPE). El Ministerio de Desarrollo Econmico ha asumido muchas de las funciones del antiguo Ministerio de Comercio Exterior e Inversin. El Ministerio de Desarrollo Econmico, por conducto de su Viceministro de Industria, Comercio y Exportaciones, se encarga de elaborar polticas comerciales y de formular y aplicar polticas de inversin. Tambin se ocupa de crear puestos tcnicos relacionados con el comercio exterior y la integracin comercial, en coordinacin con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, y participa en la negociacin de acuerdos comerciales. El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto se encarga de formular y ejecutar estrategias para las relaciones econmicas bilaterales y multilaterales, y de negociar acuerdos comerciales as como acuerdos y otros instrumentos de integracin econmica y comercial. El Ministerio de Hacienda est a cargo de la poltica fiscal, incluida la poltica arancelaria. En colaboracin con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, negocia acuerdos de integracin regional y otros acuerdos preferenciales que incluyen concesiones arancelarias y fiscales. El Consejo Nacional de Exportaciones (CONEX) se encarga de proponer polticas, programas y estrategias de exportacin y puede ser consultado acerca de proyectos legislativos. Est presididopor el Ministro de Desarrollo Econmico y la Vicepresidencia se encuentra a cargo del Viceministro de Industria, Comercio y Exportaciones; otros miembros son el Viceministro de Relaciones Econmicas y Comercio Exterior, el Viceministro de Agricultura y Ganadera, elViceministro de Poltica Tributaria, el Presidente de la Cmara Nacional de Exportadores de Bolivia, y por un exportador del sector industrial, uno del sector agropecuario, y uno del sector forestal, los tres acreditados por la Cmara Nacional de Exportadores de Bolivia. Asimismo, el CONEX puede invitar a tcnicos y especialistas que contribuyan al debate para la formulacin de polticas, de acuerdo al tema a tratarse. La participacin del sector privado en las negociaciones comerciales se institucionaliz en mayo de 2005; para ello, el Poder Ejecutivo convocar a las siguientes entidades privadas: Confederacin de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Cmara Nacional de Exportadores de Bolivia (CANEB), Cmara Nacional de Comercio (CNC), Cmara Nacional de Industria (CNI), y Confederacin Agropecuaria Boliviana (CONFEAGRO). Adems, en caso necesario, tambin se puede convocar al Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE) y otras entidades especializadas. En principio, la poltica comercial de Bolivia se inscribe en el marco de su participacin en la Comunidad Andina, pero en la situacin actual de la integracin andina dicha poltica comercial se formula principalmente a nivel nacional. En mayo 2005, varias nuevas normas fueron introducidas con el objetivo de impulsar el desarrollo de las exportaciones (ver tambin captulo III 3) v)). Bolivia adopt una Poltica Nacional de Insercin Externa, Promocin Econmica y Comercial y de Acceso Efectivo a los Mercados que tiene por objeto fortalecer la participacin de Bolivia en los procesos de integracin; desarrollar, en los procesos de integracin, la gravitacin estratgica de Bolivia en funcin de su posicin geogrfica y sus recursos naturales; abrir y conquistar nuevos mercados, consolidando los ya existentes; promover la atraccin de inversiones; impulsar acuerdos y acciones de integracin para el desarrollo de la infraestructura fsica; y fortalecer la alianza con el sector privado. Para mejorar el acceso efectivo a los mercados extranjeros, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto tiene que, entre otras cosas, tratar de mantener y mejorar las preferencias y facilitar el comercio. El Ministerio tambin establecer mercados objetivos, que tendrn prioridad en la ejecucin de los programas y las acciones. Adems, en mayo de 2005 se cre la Red Externa Boliviana (REB) para la promocin econmica y comercial, la atraccin de inversiones, el turismo y la cultura. La REB depende del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y est compuesta por las misiones diplomticas y consulados de Bolivia. Tambin en mayo de 2005, se encomend al Ministerio de Desarrollo Econmico que desarrollara en el plazo de 60 das la Estrategia Nacional de Exportaciones (ENEX). El ENEX tiene por objetivo aumentar la produccin de bienes y servicios exportables, mejorar su productividad y calidad, crear la infraestructura necesaria, diversificar las exportaciones bolivianas, y llevar a cabo una promocin adecuada (vase el captulo III 3) v)). Rgimen de Inversiones Extranjeras Las autoridades sealaron que la poltica de inversiones busca asegurar que los beneficios de la inversin privada, nacional y extranjera, se traduzcan en una transformacin de la estructura productiva de Bolivia. Se busca que la inversin privada extranjera y nacional hagan una mayor contribucin al crecimiento econmico, a la generacin de empleo y a la reduccin de la pobreza, a travs de la inversin pblica, para mejorar las condiciones generales. La poltica pblica estipula tambin la necesidad de desarrollar polticas complementarias a las polticas de inversin extranjera para desarrollar el mercado de capitales boliviano, fortalecer las instituciones y desarrollar las exportaciones manufactureras. Se busca tambin desarrollar una promocin selectiva tanto en trminos de localizacin (regiones y municipalidades) como en trminos de sectores que no se beneficiaron por las polticas de capitalizacin/privatizacin (manufacturas). El Viceministerio de Industria, Comercio y Exportaciones (VMICE), el cual es parte del Ministerio de Desarrollo Econmico, est encargado de formular y ejecutar las polticas de promociny estmulo a la inversin. El VMCIE tambin vigila el cumplimiento de los estatutos legales que garantizan la inversin privada. El Centro de Promocin Bolivia, por su parte, implementa la polticade promocin de la inversin extranjera en Bolivia. El Consejo Nacional de Poltica Econmica (CONAPE) es el responsable de evaluar y aprobar las polticas de inversin propuestas por el VMICE, asegurando que sean compatibles con las polticas nacionales de desarrollo social y econmico. El rgimen de inversiones en Bolivia se rige por la Ley N 1.182 del 17 de septiembre de 1990 (Ley de Inversiones), las Decisiones N 291 y 292 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) (vase infra) y varias regulaciones sectoriales adicionales que incluyen disposiciones en materia de inversin (vase el captulo IV) 7) y 7) ii), iii) y iv)). La Ley de Inversiones establece los aspectos generales de dicho rgimen, en particular las garantas y obligaciones de los inversores, el rgimen de riesgo compartido y las zonas francas. La Constitucin garantiza la propiedad privada siempre que su uso no sea perjudicial al inters colectivo (Art. 22). Las autoridades sealaron que aunque la Constitucin no explica lo que deba entenderse por inters colectivo, se puede deducir que el Art. 22 otorga garantas a la propiedad privada siempre y cuando la misma se haya conseguido de forma lcita y que su uso no infrinja ninguna ley o atente contra el bienestar social. La Decisin N 291 establece el rgimen de inversin extranjera en el mbito de la CAN, mientras que la Decisin N 292 establece el rgimen de inversin para empresas multinacionales andinas (EMA), definidas como aquellas en las cuales el 60 por ciento del capital social pertenece a inversionistas de dos o ms pases miembros de la CAN. Las EMA reciben trato nacional por parte de los pases miembros de la CAN excepto en lo referente a la contratacin de tecnologa en cuyo caso los pases miembros de la CAN deben contratar la misma preferentemente de las EMA. La Decisin N 291, adems estipula que los inversionistas que provienen de pases que no son miembros de la CAN tienen los mismos derechos y obligaciones que los inversionistas que provienen de pases miembros de la CAN salvo lo que disponga la legislacin nacional. La Ley de Inversiones de 1990 reconoce los mismos derechos, deberes y garantas a todos los inversionistas y a la empresa o sociedad en la que stos participen, sin otra limitacin que las establecidas por la ley. Esta ley proporciona las siguientes garantas: Derecho a la propiedad privada sin ninguna limitacin que las estipuladas por la Ley (vaseinfra). Rgimen de libertad cambiaria. Libre ingreso y salida de capitales. Libre convertibilidad de moneda. Libre contratacin de seguros de inversin en Bolivia o el extranjero. Libre exportacin e importacin de bienes y servicios siempre y cuando no afecten la salud pblica y/o la seguridad del Estado. Libre produccin y comercializacin de bienes y servicios, al igual que libre determinacin de precios. Derecho a someter diferencias a tribunales arbitrales de conformidad con la Constitucin de Bolivia y las normas internacionales (vase infra). Trato nacional a todos los inversionistas en el acceso a los incentivos otorgados por el gobierno nacional. Libre remisin al extranjero de dividendos, intereses y regalas por transferencia de tecnologa. La inversin extranjera en Bolivia no requiere autorizacin previa ni registros especficos de la inversin. La Constitucin no permite la propiedad privada de suelo boliviano que quede entre la frontera y los primeros 50 kilmetros del territorio nacional a extranjeros salvo cuando se trate de necesidades nacionales. Estas necesidades engloban la construccin de caeras para mover hidrocarburos o sus derivados, la construccin y operacin para la generacin, interconexin, transmisin, distribucin y mercadeo de electricidad y la construccin y operacin de cualquier facilidad para la transmisin de datos, seales, imgenes, sonido e informacin general que utilice cualquier medio de comunicacin. Los extranjeros tambin pueden desarrollar y ejecutar trabajos tanto mineros como referentes a hidrocarburos dentro de la franja de 50 kilmetros mediante contratos de riesgo compartido con bolivianos, empresas de dueos bolivianos o el Estado (vase tambin elcaptulo IV 3) 5) y 6)). Las autoridades aclararon que no existen sectores reservados para el Estado. Bolivia asumi compromisos en el contexto del Acuerdo General de Comercio en Servicios (AGCS) relacionados con aspectos relativos a la inversin (vase el captulo IV 5)). Bolivia tiene varios acuerdos preferenciales con clusulas sobre inversiones. Dentro de la CAN, las Decisiones N 291 y 292 establecen los parmetros legales para la inversin extranjera en Bolivia (vase supra). Por otro lado, el Acuerdo de Complementacin Econmica (ACE) entre Bolivia y Mxico contiene clusulas sobre inversin en las cuales se estipula, entre otras cosas, que las partes se brindarn trato nacional y NMF y adems se establecen mecanismos de resolucin de disputas relacionadas a la inversin. El ACE entre Bolivia y el MERCOSUR no contiene clusulas especficas sobre las inversiones entre el MERCOSUR y Bolivia aunque se estipula que los signatarios examinarn la posibilidad de suscribir acuerdos para evitar la doble tributacin y fomentar y proteger las inversiones recprocas (ver seccin 4) infra). Bolivia tiene acuerdos bilaterales para fomentar y proteger las inversiones mutuas con: Holanda (1994), el Per (1995), la Argentina (1995), Cuba (1998), Dinamarca (1997), Rumania (1997), la Repblica de Corea (1997), el Ecuador (1997), Chile (1999), los Estados Unidos (2001) y el Paraguay (2003). Bolivia tambin firm un tratado de inversin con Costa Rica en 2002 el cual an no ha sido ratificado. Bolivia ha ratificado varios acuerdos bilaterales para evitar la doble tributacin con: Argentina (1997), Holanda (1992), China(1993), elPer(1993), Suecia (1994), el Reino Unido (1994), Alemania (1995), Francia (1995) y Espaa(1997). La Decisin N 578 de la CAN, a su vez establece el rgimen para evitar la doble tributacin entre los pases miembros de la CAN. La Ley N 1.770 del 10 de marzo de 1997 proporciona el marco legal en Bolivia para la resolucin de conflictos y arbitraje al cual pueden acudir las partes facultativamente antes de someter sus litigios a los tribunales. Bolivia tambin es parte de arreglos internacionales que buscan proteger las inversiones, tales como la Agencia Multilateral de Garanta de Inversiones y el Centro de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. Relaciones Internacionales Organizacin Mundial del Comercio Bolivia pas a ser signatario del GATT el 8 de septiembre de 1990. Ratific el Acuerdo de Marrakech por el que se establece la OMC en su Congreso Nacional el 5 de julio de 1995 en virtud de la Ley N 1.637 y es Miembro de la OMC desde el 12 de septiembre de 1995. Bolivia particip en las negociaciones posteriores a la Ronda Uruguay sobre telecomunicaciones y servicios financieros; los compromisos que contrajo en ambas esferas se adjuntaron al Cuarto y Quinto Protocolos anexos al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (vase tambin el captulo IV 7)). Bolivia no es signatario de los Acuerdos Plurilaterales de la OMC sobre el Comercio de Aeronaves Civiles y sobre Contratacin Pblica, ni tiene la condicin de observador en los mismos; tampoco es signatario del Acuerdo sobre Tecnologa de la Informacin. Bolivia otorga como mnimo el trato NMF a todos sus interlocutores comerciales. Desde el ltimo Examen realizado en 1999, Bolivia ha presentado un nmero elevado de notificaciones a la OMC, pero en marzo de 2005 an quedaban por hacer algunas notificaciones. Por ejemplo, Bolivia no ha notificado su participacin en ningn acuerdo de integracin econmica ni ha completado la lista de cuestiones con arreglo a la decisin adoptada por el Comit de Valoracin en Aduana el 5 de mayo de 1981. Tambin es necesario actualizar algunas notificaciones que Bolivia debe presentar anualmente (por ejemplo, la relativa a las subvenciones a la exportacin para la agricultura) y algunas notificaciones bianuales (como la notificacin de restricciones cuantitativas) (cuadro AII.1). Bolivia participa activamente en la OMC. Ha presentado varias propuestas en la Ronda de Doha para el Desarrollo, algunas de ellas conjuntamente con otras pequeas economas y/o pases sin litoral. En el ao 2002 Bolivia como miembro del Grupo CAIRNS fue sede de la XXIV Reunin Ministerial de los Lderes Agropecuarios del Grupo CAIRNS. Bolivia resalta el hecho de que los pases en desarrollo sin litoral se enfrentan a problemas geogrficos excepcionales que ocasionan mayores costos de transporte y transaccin de sus mercancas y servicios, limitando su competitividad. En consecuencia, Bolivia ha instado a los Miembros de la OMC a que consideren la peculiar situacin de estos pases y adopten medidas (como el acceso preferencial a los mercados para sus exportaciones) que faciliten su plena integracin en el sistema multilateral de comercio. En abril de 2005, Bolivia y otros Miembros presentaron una comunicacin sobre la facilitacin del comercio con propuestas para mejorar determinados elementos contenidos en el Artculo V del GATT (Libertad de trnsito). Entre los principios que ha identificado Bolivia como esenciales para una conclusin fructfera de las negociaciones de Doha figuran, la integracin de los pases en desarrollo en el sistema multilateral de comercio y en los beneficios resultantes de ste; el logro de un paquete final aceptable y beneficioso sin excluir a ningn sector; y la participacin de todos los Miembros en el proceso de adopcin de decisiones. Bolivia tambin ha sido parte en una propuesta de enmienda de determinadas disposiciones del Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solucin de diferencias. Adems, Bolivia sostiene que, para que las negociaciones de Doha tengan xito, hay que concretar ms la dimensin de desarrollo. En opinin de Bolivia, para ello es necesario aclarar la relacin entre el Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pblica, y el establecimiento de normas justas y equitativas sobre el comercio agropecuario en la OMC. Bolivia ha manifestado su deseo de un mandato claro sobre la eliminacin de las medidas proteccionistas y causantes de distorsin del comercio en el sector agropecuario, dado que la agricultura es uno de los sectores ms importantes para la mayora de la poblacin boliviana. Asimismo, Bolivia ha pedido que, como parte de las negociaciones sobre la agricultura, los Miembros de la OMC acuerden el establecimiento de disciplinas para las actividades de las empresas gubernamentales y no gubernamentales y las entidades de comercializacin. Junto con otros Miembros de la OMC, Bolivia ha propuesto un marco para el programa de trabajo sobre las pequeas economas en el contexto del prrafo 35 de la Declaracin Ministerial de Doha. Los objetivos de Bolivia en las negociaciones sobre los servicios incluyen alcanzar niveles de liberalizacin del comercio de servicios progresivamente ms elevados como medio de promover el crecimiento econmico; conseguir un equilibrio de derechos y obligaciones mediante un acceso efectivo a los mercados; establecer la flexibilidad apropiada para los pases en desarrollo Miembros; y garantizar que se tomen en cuenta las necesidades de las delegaciones ms pequeas. Bolivia afirma que es necesaria la aplicacin efectiva de los objetivos establecidos en el Prembulo y los artculos IV (Participacin creciente de los pases en desarrollo) y XIX (Compromisos especficos) del AGCS. En este sentido, ha hecho propuestas para que se examine la medida en que se estn aplicando en la negociacin el artculo IV y el prrafo 2 del artculo XIX (flexibilidad apropiada para los distintos pases en desarrollo) del AGCS. En una comunicacin conjunta, Bolivia sostuvo que la liberalizacin del modo 4 de suministro de servicios (es decir, la presencia de personas fsicas) facilitara el acceso efectivo a los mercados a los proveedores de servicios de los pases en desarrollo Miembros. La comunicacin tambin expresa preocupacin acerca de las ofertas de compromisos relativos al modo 4 presentadas hasta la fecha por los pases desarrollados Miembros. Bolivia destac, en otra comunicacin conjunta, algunos elementos relacionados con las cuestiones relativas al modo 4 en las actuales negociaciones, incluidos los procedimientos administrativos. El derecho de los Miembros de la OMC a aplicar medidas para proteger la salud pblica es importante para Bolivia. En consecuencia, Bolivia ha propuesto, junto con otros Miembros, una declaracin relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la salud pblica. Tambin ha expresado preocupacin por la aplicacin de reclamaciones sin infraccin y por otras situaciones al Acuerdo sobre los ADPIC en la esfera de la solucin de diferencias. Bolivia no ha participado ni como reclamante ni como demandado en ninguna diferencia sustanciada en la OMC. En 2004 particip como tercero en una diferencia relativa a las preferencias arancelarias de la Unin Europea (UE). El rgano de Apelacin concluy que la UE actu de manera incompatible con las normas de la OMC, dado que no estableci criterios claros para determinar qu pases se podan incluir como beneficiarios en su programa de erradicacin de las drogas, y que la UE no demostr "que el Rgimen Droga est justificado de conformidad con el prrafo 2 a) de la Clusula de Habilitacin". Acuerdos comerciales preferenciales a) Comunidad Andina Bolivia es miembro fundador de la Comunidad Andina, que se cre en virtud del Acuerdo de Cartagena en 1969 y est compuesta (adems de Bolivia) por Colombia, el Ecuador, el Per y Venezuela. La Comunidad Andina abarca varias instituciones, agrupadas en el marco del Sistema Andino de Integracin (cuadro AII.2). Las instituciones andinas tienen facultades supranacionales. El rgano de ms alto nivel del Sistema Andino de Integracin es el Consejo Presidencial. La Comisin de la Comunidad Andina es un rgano deliberante y adopta decisiones de carcter vinculante, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores es el rgano poltico rector mientras que la Secretara General es el rgano ejecutivo. El Tribunal de Justicia es el rgano jurisdiccional de la Comunidad Andina. Los principales objetivos perseguidos por la Comunidad Andina han sido el establecimiento de una zona de libre comercio y la creacin de una unin aduanera. En 1993 se cre una zona de librecomercio entre Bolivia, Colombia, el Ecuador y Venezuela. La unin aduanera an tiene quecompletarse, dado que el Arancel Externo Comn (AEC) no era aplicado plenamente por los cinco pases miembros en agosto de 2005. En julio de 2005 se decidi crear un Grupo Ad Hoc con el fin de definir, antes del 2 de diciembre de 2005, la poltica arancelaria comn (vase el captulo III 2) iv)). Adems de las normas y mecanismos habituales de desarrollo comercial (como las normas de origen, los reglamentos tcnicos, las medidas de salvaguardia, los mecanismos antidumping o los procedimientos de solucin de diferencias), la Comunidad Andina ha abordado otras cuestiones como la inversin, la poltica de competencia, los servicios y los derechos de propiedad intelectual. En1999, el Consejo Presidencial Andino estableci el objetivo de crear en el ao 2005 a ms tardar el Mercado Comn Andino, que proporcionara, adems de la libre circulacin de mercancas, la libre circulacin de servicios, capital y personas en la subregin. En 2000, se acord que el marco general de principios y normas para la liberalizacin progresiva del comercio de servicios, contenido en la Decisin 439 (captulo IV 7)), se aplicara en los plazos especificados. Adems, haba que eliminar los obstculos restantes al movimiento de capitales, suavizar las normas nacionales sobre la circulacin de personas, definir y aplicar los criterios para la armonizacin macroeconmica y seguir armonizando la legislacin comercial. En 2004, la Comunidad Andina reconoci que las negociaciones comerciales con terceros pases generaban oportunidades pero tambin desafos para la integracin andina, y decidi permitir a los pases miembros llevar a cabo negociaciones bilaterales para la conclusin de acuerdos comerciales con terceros pases, cuando no fuera posible negociar comunitariamente. Al hacerlo, los pases miembros estn obligados a "preservar el ordenamiento jurdico andino en las relaciones entre los Pases Miembros de la Comunidad Andina; tomar en cuenta las sensibilidades comerciales presentadas por los otros socios andinos, en las ofertas de liberacin comercial; y mantener un apropiado intercambio de informacin y consultas en el desarrollo de las negociaciones, en un marco de transparencia y solidaridad". Las reformas econmicas previstas en el programa de profundizacin de la integracin comercial andina, a principios de mayo de 2005, consistan en avanzar en la armonizacin de las polticas macroeconmicas con arreglo a los criterios de convergencia establecidos, definir la poltica agrcola comn, continuar el proceso de liberalizacin de servicios sobre la base de la Decisin 510 "Adopcin del Inventario de Medidas Restrictivas del Comercio de Servicios" firmada el 31 de octubre de 2001, promover el desarrollo energtico y la integracin, y mejorar la infraestructura fsica. Bolivia considera importante mantener sus mercados de exportacin en la Comunidad Andina y espera que la Comunidad Andina exija el cumplimiento de los compromisos relativos a los temas de acceso a los mercados de sus pases miembros, defina una poltica agrcola comn y aplique un Arancel Externo Comn (AEC), que no implique la apertura en los sectores de exportacin de Bolivia. Desde 1999, Bolivia ha sido demandada ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en tres casos por incumplimiento del ordenamiento jurdico andino. Una reclamacin se refera a la no renovacin del permiso de operacin de transporte areo no regular de carga internacional a la empresa Cielos del Per S.A., y la segunda a las licencias previas obligatorias para determinados productos agropecuarios (captulo III 2) vi)). Ambas fueron presentadas por la Secretara General de la Comunidad Andina. El tercero se refera a la exigencia de fumigacin con bromuro de metilo a las importaciones de algodn provenientes del Per. Las autoridades indicaron, que a septiembre de 2005, Bolivia estaba adoptando las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia, emitida el 6 de julio de 2005, sobre la exigencia de fumigacin. b) Asociacin Latinoamericana de Integracin (ALADI) Bolivia es miembro de la Asociacin Latinoamericana de Integracin (ALADI), establecida en1980 en virtud del Tratado de Montevideo. En el contexto de la ALADI, Bolivia pertenece al grupo de pases de menor desarrollo econmico relativo (vase el captulo III 2) iv) d)). Por consiguiente, Bolivia, junto con el Ecuador y el Paraguay, goza de las preferencias unilaterales otorgadas por los distintos pases miembros de la ALADI en virtud de los acuerdos regionales de apertura de los mercados firmados en 1983 como parte del sistema de apoyo en favor de los pases de menor desarrollo econmico relativo. Las preferencias otorgadas consisten en la eliminacin de los gravmenes aduaneros y dems restricciones aplicados a determinados artculos negociados. No obstante, estas preferencias poco a poco estn desapareciendo debido a su incorporacin en los programas de liberalizacin del comercio previstos en los acuerdos de "nueva generacin" (como los acuerdos de complementacin econmica) o a su modificacin como resultado de estos acuerdos. En el marco de la ALADI, Bolivia ha firmado varios acuerdos de alcance parcial, como los acuerdos de complementacin econmica (ACE) con Chile, Cuba, el MERCOSUR y Mxico, y algunos acuerdos de liberalizacin del comercio de productos especficos. El ACE N 22 entre Bolivia y Chile est en vigor desde 1993. En virtud del acuerdo, Chile otorga preferencias para 406 lneas arancelarias y Bolivia para 305 lneas (vase el captuloIII 2) iv)d)). El acuerdo contiene asimismo disposiciones sobre normas de origen, salvaguardias, prcticas desleales de comercio y competencia, impuestos internos, inversiones, complementacin energtica y cooperacin econmica en esferas como las medidas sanitarias y fitosanitarias, reglamentos tcnicos e informacin comercial y promocin del comercio, medio ambiente y derechos de propiedad intelectual. Con respecto al acuerdo bilateral con Chile, as como el acuerdo suscrito con Mxico (vase infra), Bolivia considera necesario promover reuniones de evaluacin para crear un mecanismo que permita disminuir los desequilibrios. El ACE N 47 entre Bolivia y Cuba entr en vigor en 2001, en sustitucin del anterior Acuerdo de Alcance Parcial N 34 y se adopt en Bolivia en abril de 1997. En virtud de este Acuerdo, Bolivia otorga a Cuba acceso preferencial para 104 lneas arancelarias y Cuba a Bolivia para 96 lneas arancelarias (vase el captuloIII 2) iv)d)). Adems, el acuerdo contiene disposiciones relativas a cuestiones como las normas de origen, salvaguardias, prcticas desleales de comercio, comercio de servicios, reglamentos tcnicos, inversiones, transporte, promocin y facilitacin del comercio, derechos de propiedad intelectual y solucin de diferencias. El ACE N 36 entre Bolivia y el MERCOSUR, para el establecimiento de una zona de libre comercio entre Bolivia y el MERCOSUR, entr en vigor en 1997. Sus objetivos incluyen la creacin de una zona de libre comercio en un plazo de 10 aos. Sin embargo, los aranceles aplicadosa cierto nmero de productos quedaran reducidos a cero en 2011 2014 (vase el captuloIII 2) iv)d)). Adems, las preferencias establecidas en el Acuerdo de Alcance Parcial para la Liberacin y Expansin del Comercio Intrarregional de Semillas y el Acuerdo Regional N 7 de Cooperacin e Intercambio de Bienes en las reas Cultural, Educacional y Cientfica prevalecen para los productos abarcados por estos acuerdos. El ACE contiene tambin disposiciones sobre el rgimen de origen, tributos internos, prcticas desleales del comercio (dumping y subsidios) y prcticas restrictivas de la competencia, incentivos a la exportacin, salvaguardias, solucin de controversias, valoracin aduanera, normas y reglamentos tcnicos, medidas sanitarias y fitosanitarias, complementacin e intercambio por sectores productivos, promocin e intercambio de informacin comercial, servicios, integracin fsica, inversiones y doble tributacin, y cooperacin cientfica y tecnolgica. En relacin con el comercio con el MERCOSUR, Bolivia tiene la intencin de acelerar la liberalizacin del comercio, eliminar los cupos para productos exportables y buscar mecanismos que eviten la aplicacin de restricciones comerciales como las salvaguardias y las medidas fitosanitarias. Adems, Bolivia considera que deberan adoptarse iniciativas para negociar una zona de libre comercio entre la Comunidad Andina y el MERCOSUR y armonizar las polticas macroeconmicas. El ACE N 31 con Mxico est en vigor desde 1995. Abarca el comercio de bienes y servicios, normas de origen, obstculos tcnicos al comercio, valoracin en aduana y trmites aduaneros, sector agropecuario y medidas sanitarias y fitosanitarias, salvaguardias, prcticas desleales de comercio internacional, contratacin pblica, inversiones, propiedad intelectual, entrada temporal de personas de negocios, transparencia y procedimientos de solucin de diferencias. Se aplican diferentes planes de desgravacin arancelaria y se prev la liberalizacin total para enero de 2009 (vase el captuloIII 2) iv)d)). No obstante, Bolivia considera que las acciones en el mbito empresarial son sumamente importantes porque Bolivia no aprovecha plenamente el acceso al mercado mexicano y faltan iniciativas comerciales. Las autoridades indicaron que Bolivia est negociando un plan de accin en el marco de la Comisin Administradora del ACE N 31, destinado a promover el comercio, la inversin , el turismo y la complementacin econmica. El Acuerdo de Alcance Parcial para la Liberacin y Expansin del Comercio Intrarregional de Semillas (el Acuerdo Agropecuario N 2) entre la Argentina, Bolivia, el Brasil, Chile, Colombia, Cuba, el Ecuador, Mxico, el Paraguay, el Per, el Uruguay y Venezuela entr en vigor en Bolivia en 1997. Otorga preferencias arancelarias del 100 por ciento al comercio intrarregional de semillas. Hasta agosto de 2005, Bolivia se encontraba efectuando los trmites administrativos internos para disponer la vigencia efectiva del Acuerdo Regional de Cooperacin e Intercambio de Bienes en las reas Cultural, Educacional y Cientfica (el Acuerdo Regional N 7) entre la Argentina, Bolivia, el Brasil, Chile, Colombia, Cuba, el Ecuador, Mxico, el Paraguay, el Per, el Uruguay y Venezuela. El Acuerdo tiene por objeto la formacin de un mercado comn de bienes y servicios culturales y otorga una preferencia del 100 por ciento a los productos enumerados. c) Regmenes unilaterales en vigor Bolivia se beneficia de las preferencias unilaterales otorgadas por varios pases (vase el captulo III 3) vi)). Bolivia se ha beneficiado del actual SGP de las Comunidades Europeas (que expirar el 31 de diciembre de 2005), incluidos los regmenes especiales de las CE para combatir la produccin y el trfico de estupefacientes que en2004 fueron declarados incompatibles con las normas de la OMC (vase la seccin 4) i)). Con arreglo a las normas pertinentes de la OMC, la UE dispuso hasta el 1 de julio de 2005 para poner su legislacin en conformidad con las obligaciones que le corresponden en el marco de la OMC. Un nuevo SGP fue adoptado el 27 de junio de 2005 a travs del Reglamento (CE) No 980/2005 del Consejo. El SGP+ entr en vigor para los pases andinos y otros el 1 de julio de 2005. Bolivia tambin se beneficia de la Ley de Promocin Comercial y Erradicacin de la Droga (ATPDEA) de los Estados Unidos, en virtud de la cual un gran nmero de productos exportados de Bolivia ingresa en los Estados Unidos en rgimen de franquicia arancelaria. d) Acuerdos comerciales actualmente objeto de negociacin Bolivia, junto con todos los pases de Amrica Central, Amrica Latina y el Caribe (salvo Cuba), participa en el proceso de construccin del rea de Libre Comercio de las Amricas (ALCA) que, hasta junio de 2005, se encontraba suspendido. Bolivia participa en las negociaciones conjuntamente con los dems pases de la Comunidad Andina. A mediados de 2005, Bolivia participaba en calidad de observador en las negociaciones del Tratado de Libre Comercio Andino entre el Ecuador, Colombia, el Per y los Estados Unidos. Bolivia ha manifestado varias veces su deseo de transformarse en negociador pleno, y en el contexto de este examen las autoridades manifestaron que esperaban que se iniciasen negociaciones bilaterales para la conclusin de un TLC con los Estados Unidos en un futuro prximo. Desde marzo de 2000, Bolivia, junto con sus socios de la Comunidad Andina, ha estado negociando un acuerdo de complementacin econmica con tres pases del Mercado Comn Centroamericano (MCCA), a saber, Guatemala, El Salvador y Honduras, conocidos como el "Tringulo Norte". En noviembre de 2000, las dos partes convinieron en intercambiar listas refundidas de productos de inters que contenan las preferencias solicitadas y ofrecidas. Dicho intercambio de listas tuvo lugar en mayo de 2001. En septiembre de 2004, en la reunin en NuevaYork entre los Cancilleres de la Comunidad Andina y del Sistema de Integracin Centroamericana, los pases de la Comunidad propusieron el establecimiento de un mecanismo de dilogo poltico y cooperacin entre ambos bloques de integracin, lo que constituira una etapa previa a una futura negociacin de un Tratado de Libre Comercio. En mayo de 1999, la Comunidad Andina y el Canad, suscribieron un Entendimiento de Cooperacin en materia de Comercio e Inversiones. En este Entendimiento, las partes se comprometieron, entre otros aspectos, a intensificar y fortalecer las relaciones econmicas bilaterales y promover la liberalizacin del comercio y las inversiones y facilitar una mayor participacin e interrelacin de los sectores privados. En agosto de 2002, los miembros de la Comunidad Andina y el Canad acordaron iniciar dilogos para explorar la posibilidad de negociar un tratado de libre comercio. La ronda ms reciente de esos dilogos tuvo lugar en Ottawa en mayo de 2003. A julio de 2005, los pases andinos estaban elaborando, con la Secretara General de la Comunidad Andina, una lista de acceso preferencial para ser presentada al Canad. Los miembros de la Comunidad Andina y la Unin Europea tratan de alcanzar un acuerdo de asociacin, con inclusin de una zona de libre comercio. En enero de 2005 se inici la evaluacin conjunta del proceso de integracin regional de la Comunidad Andina, que dio lugar al establecimiento de un grupo de trabajo ad hoc conjunto. En diciembre de 2003, la Comunidad Andina y la Unin Europea suscribieron un Acuerdo de Dilogo Poltico y Cooperacin que contiene disposiciones sobre la cooperacin en esferas como el comercio, las aduanas, los servicios, la propiedad intelectual, la contratacin pblica y los reglamentos tcnicos. Asistencia Tcnica Relacionada con el Comercio La asistencia tcnica que la OMC ha prestado a Bolivia se ha centrado en mejorar los conocimientos de los funcionarios pblicos sobre las cuestiones relacionadas con la OMC. Desde1999, Bolivia ha participado en 86 actividades de asistencia tcnica, con inclusin de63talleres, seminarios y actividades de formacin tcnica a nivel regional y nueve actividades de formacin a nivel nacional. Estas actividades han abarcado una amplia gama de temas de la OMC, con inclusin de la agricultura, los acuerdos comerciales regionales, los obstculos tcnicos al comercio, las medidas sanitarias y fitosanitarias, los servicios, la solucin de diferencias, las prcticas antidumping, las disciplinas sobre subvenciones, la contratacin pblica y cuestiones conexas como la poltica de competencia, la facilitacin del comercio y las inversiones. En febrero de 2003, Bolivia acogi el taller regional sobre comercio y medio ambiente para los pases de Amrica Latina. Bolivia tambin se ha beneficiado de los programas de asistencia tcnica y creacin de capacidad relacionadas con el comercio proporcionados por donantes bilaterales como el Canad, la Comisin Europea y distintos pases miembros de la UE (Alemania, Blgica, Dinamarca, Espaa, Gran Bretaa, Francia y los Pases Bajos), los Estados Unidos, el Japn y Suiza, y los organismos multilaterales como la Asociacin Internacional de Fomento (AIF), el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Centro de Comercio Internacional (CCI), la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (CNUCED) y la Organizacin de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI). Se ha prestado asistencia para la poltica y reglamentos comerciales, y cuestiones relacionadas con el desarrollo comercial. Tambin han prestado asistencia relacionada con el comercio varias otras organizaciones internacionales como el Banco Interamericano de Desarrollo (sobre cuestiones relacionadas con las polticas oficiales para apoyar la productividad y la competitividad, el apoyo al desarrollo rural productivo, el fortalecimiento de la gestin del comercio exterior, el proyecto de reforma y modernizacin de la aduana, las oportunidades que ofrece el comercio electrnico a los PMA, y la modernizacin del servicio de registro empresarial); la Organizacin de los Estados Americanos por conducto de la Agencia Interamericana para la Cooperacin y el Desarrollo (AICD); y el Banco Mundial (proyectos de reforma institucional, y el Programa de reestructuracin del sector bancario y empresarial). La Organizacin Mundial de la Propiedad Intelectual ha organizado varios talleres y seminarios nacionales y regionales sobre cuestiones como la propiedad industrial e informacin tecnolgica como herramienta de apoyo a la industria, estrategias de mercado y beneficios econmicos del uso de las indicaciones geogrficas, propiedad intelectual y desarrollo econmico, derechos de autor y derechos conexos, el uso de los sistemas de propiedad intelectual para la proteccin de los conocimientos tradicionales y el folklore, y el tratado de cooperacin en materia de patentes.  Constitucin Poltica del Estado. Disponible en: http://www.constituyente.bo/.  Artculos 60 a 66 de la Constitucin.  Artculo 59 de la Constitucin Poltica del Estado.  A su vez, los departamentos se dividen en 112 provincias y 327 municipios.  Ley N 1.654 (Ley de descentralizacin administrativa) de 28 de julio de 1995.  Ley N 2.446 de 12 de marzo de 2003.  Comunidad Andina, Tribunal de Justicia Andino, disponible en: http://www.comunidadandina.org/ quienes/tribunal.htm.  Mensaje del Presidente sobre su dimisin de la Presidencia de la Repblica, La Paz, 6 de junio de2005.  FMI (2005b), pgina 17.  Decreto Presidencial N 27.214 de 19 de octubre de 2003.  Presidencia de la Repblica de Bolivia, Delegacin Presidencial Anticorrupcin, Plan de Accin Anticorrupcin 2004-2007, disponible en: http://www.anticorrupcion.gov.bo/DPAInternet/Plan_de_Accin/ Marco_referencial.aspx.  El CONAPE est presidido por el Presidente de la Repblica y, en su ausencia, por el Ministro de Desarrollo Econmico e incluye otros ministros y viceministros como, el Ministro de la Presidencia, el Ministro de Hacienda, el Ministro de Desarrollo Sostenible, el Ministro de Servicios y Obras Publicas, el Ministro de Minera e Hidrocarburos, Educacin, Salud y Deportes, Trabajo, Asuntos Campesinos y Agropecuarios y el Ministro sin Cartera Responsable de Participacin Popular; los Viceministros de Relaciones Econmicas y Comercio Exterior, de Coordinacin Gubernamental y, de Inversin Publica y Financiamiento Externo. Adems, si es necesario, se puede convocar a otros ministros o funcionarios de distintas instituciones.  La UDAPE se cre en virtud del Decreto Supremo N 19.758 de 22 de agosto de 1983.  El CONEX se cre en 1993 en virtud de la Ley N 1.489.  Primer crculo: reas fronterizas de influencia geoeconmica; segundo crculo: resto de los mercados de los pases de la Comunidad Andina, del MERCOSUR y resto de la ALADI; y tercer crculo: mercados de los Estados Unidos de Amrica, Canad, la Unin Europea y Asia.  Decreto Supremo N 28.124 de 17 de mayo de 2005.  Decreto Supremo N 28.124 de 17 de mayo de 2005.  Primer crculo: reas fronterizas de influencia geoeconmica; segundo crculo: resto de los mercados de los pases de la Comunidad Andina, del MERCOSUR y resto de la ALADI; y tercer crculo: mercados de los Estados Unidos de Amrica, Canad, la Unin Europea y Asia.  Decretos Supremos N 28.124 de 17 de mayo de 2005 y N 28.128 de 17 de mayo de 2005.  Decreto Supremo N 28.124 de 17 de mayo de 2005.  CONAPE (2005), pginas 38 y 39.  CONAPE (2005), pgina 40.  Ministerio de Desarrollo Econmico, informacin en lnea. Disponible en: http://www.desarrollo. gov.bo.  Decisin N 292, Art. 23.  Constitucin Poltica del Estado, Art. 25.  Ley N 1.961 del 23 de marzo de 1999, Artculos 1,2 y 3.  Ley N 1.777 del 17 de marzo de 1997 (Cdigo Minero), Art. 17 y Ley N 1.689 del 30 de abril de 1996 (Ley de Hidrocarburos), Art. 2.  Las fechas en parntesis corresponden al ao en que entraron en vigor.  Las fechas en parntesis corresponden al ao en que entraron en vigor.  Banco Mundial, informacin en lnea. Disponible en: http://www.worldbank.org.  Documentos de la OMC WT/MIN(03)/W/23 de 14 de septiembre de 2003 (Propuesta conjunta de los pases en desarrollo sin litoral (Afganistn, Armenia, Azerbaiyn, Bhutn, Bolivia, Botswana, Burkina Faso, Kazajstn, Malawi, Mal, Mongolia, el Paraguay, la Repblica Kirguisa, Rwanda, Swazilandia, Uganda, Zambia y Zimbabwe) y WT/COMTD/SE/W/10, de 27 de abril de 2004.  Documentos de la OMC WT/MIN(03)/W/23 de 14 de septiembre de 2003 (Propuesta conjunta de los pases en desarrollo sin litoral (Afganistn, Armenia, Azerbaiyn, Bhutn, Bolivia, Botswana, Burkina Faso, Kazajstn, Malawi, Mal, Mongolia, el Paraguay, la Repblica Kirguisa, Rwanda, Swazilandia, Uganda, Zambia y Zimbabwe)) y WT/COMTD/SE/W/10, de 27 de abril de 2004.  Documentos de la OMC TN/TF/W/28 y TN/TF/W/28/Add.1 de 22 de abril de 2005 y 11 de mayo de2005, respectivamente.  Documento de la OMC TN/C/W/13 de 6 de junio de 2003.  Documento de la OMC WT/GC/W/410/Rev.1 de 26 de octubre de 2001 (Comunicacin de Bolivia, el Canad, Chile, Colombia, Corea, Costa Rica, el Ecuador, Japn, Noruega, Nueva Zelandia, el Per, Suiza, elUruguay y Venezuela).  Documento de la OMC WT/GC/M/71 de 13 de diciembre de 2001.  Documento de la OMC WT/GC/M/71 de 13 de diciembre de 2001.  Documentos de la OMC WT/GC/M/71 y G/AG/NG/W/104 de 13 de diciembre de 2001 y de 23 de enero de 2001, respectivamente. Vanse tambin los documentos de la OMC WT/MIN(03)/ST/83 y WT/MIN(01)/ST/125 de 12 de septiembre de 2003 y de 12 de noviembre de 2001, respectivamente.  Documento de la OMC WT/GC/W/468 de 12 de febrero de 2002 (Comunicacin de Barbados, Belice, Bolivia, Cuba, El Salvador, Fiji, Guatemala, Honduras, las Islas Salomn, Jamaica, Mauricio, Nicaragua, Papua Nueva Guinea, la Repblica Dominicana, Santa Luca, Sri Lanka y Trinidad y Tabago).  Documento de la OMC S/CSS/W/13 de 24 de noviembre de 2000 (Comunicacin de la Argentina, elBrasil, Cuba, El Salvador, Filipinas, Honduras, la India, Indonesia, Malasia, Mxico, Nicaragua, Pakistn, Panam, el Paraguay, la Repblica Dominicana, Sri Lanka, Tailandia, el Uruguay y los miembros de la Comunidad Andina (Bolivia, Colombia, Ecuador, el Per y Venezuela).  Documento de la OMC TN/S/W/16 de 25 de julio de 2003 - Declaracin conjunta relativa a la "aplicacin del prrafo 15 de las Directrices y Procedimientos para las Negociaciones sobre el Comercio de Servicios". Comunicacin de las delegaciones de Barbados, Bolivia, Colombia, Cuba, China, el Ecuador, Egipto, Honduras, la India, Indonesia, Jamaica, Malasia, Nicaragua, Pakistn, el Per, la Repblica Dominicana, Trinidad y Tabago y Venezuela. Vase tambin el documento de la OMC TN/S/W/7 de 28 de octubre de 2002, de las delegaciones de Bolivia, Barbados, Colombia, Cuba, el Ecuador, Nicaragua, el Per y Trinidad y Tabago.  Documento de la OMC TN/S/W/19 de 29 de marzo de 2004 (Comunicacin de las delegaciones de Bolivia, el Brasil, Chile, China, Colombia, Cuba, el Ecuador, Egipto, Filipinas, Guatemala, la India, Indonesia, Mxico, Nicaragua, Pakistn, el Per, la Repblica Dominicana y Tailandia).  Documento de la OMC TN/S/W/14 de 3 de julio de 2003 (Comunicacin recibida de las delegaciones de la Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Egipto, Filipinas, Guatemala, la India, Mxico, Pakistn, el Per, la Repblica Dominicana, Repblica Popular China y Tailandia).  Documento de la OMC IP/C/W/312 - WT/GC/W/450 de 4 de octubre de 2001 (Propuesta de Bangladesh, Barbados, Bolivia, el Brasil, Cuba, el Ecuador, Filipinas, el Grupo Africano, Hait, Honduras, laIndia, Indonesia, Jamaica, Pakistn, el Paraguay, el Per, la Repblica Dominicana, Sri Lanka, Tailandia y Venezuela).  Documento de la OMC IP/C/W/385 de 4 de octubre de 2002 (Comunicacin de la Argentina, Bolivia, el Brasil, Colombia, Cuba, el Ecuador, Egipto, la India, Kenya, Malasia, Pakistn, el Per, Sri Lanka y Venezuela).  Documento de la OMC WT/DS246/AB/R de 7 de abril de 2004.  El Per se adhiri a la zona de libre comercio en 1997 y estar plenamente integrado en 2005.  Consejo Presidencial Andino, Ley de Cartagena de 27 de mayo de 1999.  Consejo Presidencial Andino, Ley de Lima de 9 y 10 de junio de 2000.  Decisin 598 de la Comunidad Andina de 11 de julio de 2004.  Decisin 598 de la Comunidad Andina de 11 de julio de 2004, artculo 2.  El Plan de Accin del Consejo de Ministros de Energa, Electricidad, Hidrocarburos y Minas de la Comunidad Andina se aprob el 19 de junio de 2003.  Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Notas Sobre Poltica Exterior Boliviana, disponible en: http://www.rree.gov.bo/ministerio/POLITICA%20EXTERIOR/politica.htm.  En el caso de Bolivia, las preferencias se otorgan en virtud del Acuerdo Regional N 1 (a saber, el Acuerdo Regional de Apertura de Mercados en favor de Bolivia).  ALADI (2002).  El ACE N 22 se incorpor en la legislacin de Bolivia en virtud del Decreto Supremo N 23.538 de30 de junio de 1993 y de Chile en 1993.  ALADI (2002).  Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Notas Sobre Poltica Exterior Boliviana, disponible en: http://www.rree.gov.bo/ministerio/POLITICA%20EXTERIOR/politica.htm.  Decreto Supremo N 26.287 de 22 de agosto de 2001.  El ACE N 47 se incorpor en la legislacin de Bolivia en 2001 en virtud del Decreto Supremo N26.287 de 22 de agosto de 2001 y de Cuba en 2000.  ALADI (2002).  El ACE N 36 se incorpor en la legislacin de Bolivia en 1997 (en virtud del Decreto SupremoN24.503 de 21 de febrero de 1997 y el Decreto Supremo (vigencia administrativa) N 25.651 de 14de enero de2000), en la de la Argentina en 1991, en la del Brasil y del Paraguay en 1997, y en la del Uruguay en1985.  Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Notas Sobre Poltica Exterior Boliviana, disponible en: http://www.rree.gov.bo/ministerio/POLITICA%20EXTERIOR/politica.htm.  El ACE N 31 se incorpor en la legislacin de Bolivia en virtud del Decreto Supremo N 23.933 de23 diciembre de 1994 y la Nota SG/N 19/99 y de Mxico en 1994.  Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Notas Sobre Poltica Exterior Boliviana, disponible en: http://www.rree.gov.bo/ministerio/POLITICA%20EXTERIOR/politica.htm.  Este Acuerdo fue incorporado al ordenamiento jurdico boliviano, mediante el Decreto Supremo N24.543 de 31 de marzo de 1997.  El Acuerdo Agropecuario se incorpor en la legislacin de Bolivia en 1997 (en virtud del Decreto Supremo N 24.543 de 1997), en la de la Argentina en 1991, en la del Brasil, Chile y el Uruguay en 1993, y en la del Per en 1995; para otros pases, a saber, Colombia, Cuba, el Ecuador, el Paraguay y Venezuela, no se dispone de informacin.  El Acuerdo se incorpor en la legislacin de la Argentina, el Brasil y Venezuela en 1989, en la de Colombia y Mxico en 1990, y en la de Chile en 2001. Para otros pases, a saber, Cuba, el Ecuador, elParaguay, el Per y el Uruguay, no se dispone de informacin.  Incluyen productos como pelculas cinematogrficas, pelculas fotogrficas, soportes para grabar sonido, libros, folletos e impresos similares, diarios y publicaciones peridicas, cuadros, pinturas y dibujos, y msica manuscrita o impresa.  Documento de la OMC WT/DS246/14 de 20 de septiembre de 2004.  Comunidad Andina, Centroamrica y el Caribe, informacin en lnea. Disponible en: http://www. comunidadandina.org/exterior/centro_caribe.htm.  Comisin Europea (2005).  BID, informacin en lnea. Disponible en: http://www.iadb.org/exr/country/esp/bolivia/.  Banco Mundial, Projects & Operations, informacin en lnea. Disponible en: http://www. worldbank.com/.  OMPI, Bolivia, informacin en lnea. Disponible en : http://www.wipo.int/directory/es/details.jsp? country_id=22. WT/TPR/S/154 Examen de las Polticas Comerciales Pgina  PAGE 18 Bolivia WT/TPR/S/154 Pgina  PAGE 17 Page I. PAGE \* COMFORMATO 1 - . 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